martes, 20 de noviembre de 2012

PLAZA DE ESPAÑA: LA APOTEOSIS DE LOS DISPARATES (I)

AVISO A NAVEGANTES
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Es difícil comprender un buen puñado de decisiones adoptadas en relación a la gestión de la Unidad de ejecución UE-1 de la Plaza de España. Al fin y al cabo no se trata sino de tareas de gestión urbanística perfectamente regladas, pero en este caso podemos afirmar que la regla y el respeto a la legalidad es la excepción. Vamos a ver algunos de estos disparates que revelan que quien ha tomado las decisiones en la gestión de esta Unidad, o no sabía mucho de urbanismo o simplemente confiaba que siendo el alcalde el presidente de la sociedad mixta y su consejero delegado el concejal de urbanismo, no tendrían problema alguno en sacarlos adelante. Y ciertamente así fue. Veamos algunos ejemplos que, además, pueden tener incidencia sobre las expectativas que pueden tener los afectados de cara al futuro.
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LOS AFECTADOS NO PODRÁN ACUDIR AL CONCURSO DE ACREEDORES
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El pleno municipal de 28 de mayo de 2008 aprobó una cláusula en los convenios expropiatorios, en virtud de la cual los propietarios no podrán acudir al concurso de acreedores. La idea inicial era que ellos no respondieran por las posibles deudas de la sociedad, pero ahora pueden quedar indefensos porque los acreedores de la sociedad PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL pueden impedir su personación en el concurso de acreedores. También Bankia puede hacer uso de su beneficio de excusión en relación a los avales y fianzas prestadas. 

La situación de los propietarios respecto de la sociedad mercantil que preside el señor alcalde, es absolutamente precaria y contradictoria, puesto que además de propietarios de la sociedad (aunque sin derecho de voto), también son acreedores de la misma, si bien las deudas con ellos no aparecen en los balances contables de la sociedad.


LA INCREÍBLE PERIPECIA DE UN PROYECTO DE REPARCELACIÓN
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Los propietarios también firmaron una extraña cláusula en los convenios expropiatorios (puede verse en la imagen de arriba) firmados en el año 2008, en virtud de la cual aceptaban un "proyecto de reparcelación que se iba a ejecutar". Pues bien, he aquí toda la sorprendente peripecia de ese proyecto de reparcelación que los propietarios decían aceptar sin saber en qué consistía y sin que dicho proyecto existiera cuando firmaron esos convenios.


El proyecto de reparcelación fue presentado por la mercantil PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL un año después a la Junta de Gobierno Local. El expediente tuvo entrada en el Ayuntamiento el día 1 de julio de 2009, y dos días después ya estaba aprobado por la Junta de Gobierno. De la Junta formaban parte todos los Tenientes de Alcalde de IU y del PSOE que gobernaban en coalición. Bajo la Presidencia del Alcalde D. JULIO SETIÉN, asistieron: D. MANUEL GONZÁLEZ ROJO (PSOE), D. JOAQUÍN MARTÍNEZ MARTÍNEZ (IU), Dª CARMEN MUÑOZ PAREDES (PSOE), D. ÁNGEL MORENO GARCÍA (IU) y D. FRANCISCO JAVIER CORPA RUBIO (PSOE). 


 El proyecto de reparcelación de la UE-1 aprobado por la Junta de Gobierno en esa sesión de 3 de julio fue tramitado con carácter de urgencia, y aprobado por UNANIMIDAD. Las fincas resultantes incluida la plaza de España eran agrupadas y adjudicadas mediante este acuerdo al propietario único de la Unidad: PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL. La plaza de España ya estaba adjudicada y tenía un nuevo dueño. Ninguno de los asistentes se enteró de nada. Y si lo hicieron, no quisieron enterarse.


Pero algo debió de fallar con el proyecto aprobado el día 3, pues la mercantil que preside el señor Alcalde presentó una modificación el día 29 del mismo mes. Ahora esta sesión estuvo presidida por el primer teniente de Alcalde del PSOE, D. MANUEL GONZÁLEZ ROJO, pues el señor Alcalde se ausentó. Lo asombroso es lo siguiente:


En el punto VII del acta aparecen dos puntos iguales al menos en los títulos de su ordinales, tal y como puede comprobarse por la imagen de arriba.


En realidad se trata de un error, ya que lo que aprueban es otro proyecto de reparcelación de una Unidad de actuación de un plan parcial del Puente de San Fernando. Pero es un error muy revelador, y lo asombroso es que mientras que este proyecto de reparcelación es aprobado inicialmente y sometido a información pública, no sucede lo mismo con el proyecto de reparcelación de la Unidad de la plaza de España del punto siguiente, que además fue tramitado en un tiempo récord (entró en el registro el día 24 de julio y el 29 ya estaba aprobado). Pero ¡definitivamente y sin trámite de información pública! Hay quien dé más. Solo nos queda preguntarle a los miembros de la Junta de gobierno cuál es la razón por la que unos proyectos de reparcelación los someten a información pública (como es preceptivo y así lo establece la ley de suelo), y los que presenta PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, además de ser tramitados a gran velocidad, no son sometidos a información pública. Pero estos señores de la Junta de Gobierno de julio de 2009, ¿sabían realmente lo que votaban?


Pero no acaba ahí la peripecia inexplicable de este proyecto de Reparcelación, puesto que de nuevo lo modifican. Ahora también de forma urgente y sin información pública. Es en la sesión del día 22 de diciembre de 2011, y la Junta de Gobierno Local ya solo está formada por concejales de IU. Es inaudito lo que puede dar de sí este proyecto de reparcelación. ¡Ha sido modificado hasta tres veces y aprobado siempre sin información pública! Con un par. Y la oposición sin enterarse.

Esta modificación hace referencia al proyecto presentado el día 3 de julio, pero como hemos visto antes, fue modificado por la propia Junta de gobierno el día 29 de julio. Claro, llevan tantas modificaciones del poryecto que ya se confunden de fecha. Sin información pública alguna, el proyecto es presentado el día 19 de diciembre, aprobado el día 22 del mismo mes, y, como puede verse por la imagen de abajo, el día 27 ya estaba presentado en el Registro de la Propiedad. Todo un récord de irregularidades invalidantes. 


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