EL ACTA DE LA JUNTA LOCAL DE GOBIERNO DE 3 DE JULIO DE 2009, POR EL QUE SE APRUEBA EL PROYECTO DE REPARCELACIÓN
DATOS REGISTRALES DE LA MERCANTIL "PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL", CON LA COMPOSICIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
JOAQUIN MARTÍNEZ, A LA SAZÓN CONCEJAL DE URBANISMO DEL AYUNTAMIENTO Y CONSEJERO DELEGADO DE LA MERCANTIL PRIVADA, CUYO OBJETO SOCIAL COINCIDE CON SUS FUNCIONES PÚBLICAS.
DATOS REGISTRALES DE LA MERCANTIL "PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL", CON LA COMPOSICIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
LA FINCA CATASTRAL RESULTANTE UNA VEZ AGRUPADAS TODAS LAS FINCAS E INMATRICULADA A NOMBRE DE "PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL" CON LOS DATOS REGISTRALES: TOMO 1400, LIBRO 508, FINCA 30.791
JOAQUIN MARTÍNEZ, A LA SAZÓN CONCEJAL DE URBANISMO DEL AYUNTAMIENTO Y CONSEJERO DELEGADO DE LA MERCANTIL PRIVADA, CUYO OBJETO SOCIAL COINCIDE CON SUS FUNCIONES PÚBLICAS.
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CRÓNICA DE UN DISPARATE (IV)
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UN PROYECTO DE REPARCELACIÓN INNECESARIO
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El día 3 de julio de 2009, la Junta Local de Gobierno aprobaba un denominado "`PROYECTO DE REPARCELACIÓN DE LA PLAZA DE ESPAÑA" a propuesta del Concejal Delegado de Política Territorial. Dicho proyecto era presentado a su vez por la mercantil privada PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, de la que es Consejero Delegado el propio Concejal. Lo primero que extraña de este proyecto es, precisamente, que sea presentado y tramitado como Proyecto de Reparcelación, cuando, tal y como establece el artículo 73 del Reglamento de Gestión Urbanística, no es necesario hacerlo porque las fincas afectadas por la actuación pertenecen a un sólo propietario, y, además, se está gestionando por el sistema de expropiación. Cualquier persona con unos conocimientos elementales en materia de urbanismo, no conseguiría explicarse la razón por la que es presentado al Ayuntamiento para su aprobación un proyecto que la ley no exige. Y la razón de este incomprensible modo de actuar la encontramos, lógicamente, en el texto del propio proyecto y en la evidente necesidad de que la Plaza de España pase a ser propiedad de la repetida mercantil privada, con objeto de poder segregar luego la unidad subterránea donde poder construir las plazas de aparcamiento. Sin ese requisito no sería posible hacerlo, ya que la plaza de España pertenecía al Ayuntamiento y lo que se pretende es que la nueva finca subterránea a construir en el subsuelo de la plaza, quede adscrita a la sociedad mercantil privada. No han contado los muñidores de esta historia, con que para poder hacerlo así es requisito previo y preceptivo la correspondiente desafectación de la plaza y posterior acuerdo del Pleno. Trámite que, obviamente, ha sido omitido.
(continuará)