EL DAZIBAO
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Es sabido que hay mentiras, grandes mentiras, y comunicados de los partidos políticos. Izquierda Unida (vayan ustedes a saber qué facción local de ellas), insulta de nuevo nuestra inteligencia (y la dignidad de sus votantes), con su dazibao al uso plagado de mendacidades. Alegan en un pasquín recién pegado, entre otras falacias, que la plaza de España nunca fue privatizada (en cuyo caso es preciso preguntarse que para qué votaron entonces a favor de recuperarla), e incluso se atreven a poner en duda que fuera embargada. Es como si nos tomaran por idiotas. ¿Cómo es posible que a estas alturas se desmelenen con semejante comunicado pretendiendo desmentir lo que está al alcance de cualquiera comprobar, sin más demostración que su propia afirmación que contradice, claro está, precisamente todo lo que documentalmente es posible cotejar y ellos mismos han venido haciendo hasta ahora?
Y hablando de desmentirse a sí mismos, lo que figura arriba en amarillo es un párrafo, uno solo, del escrito de traslado a la Fiscalía firmado por el propio alcalde señor MORENO. No hacen falta más comentarios que los precisos para acusar a los gestores de la sociedad mixta: de una acción sostenida en el tiempo para la obtención del lucro personal. ¿Cabe mejor desmentido a este comunicado de IU, cuya autoría, por cierto, apunta a los del grupo fraccionado de Izquierda Abierta? O seguirán pensando de todos nosotros, ciudadanos y contribuyentes, que somos una pandilla de indocumentados capaces de dejarnos conmover por las soflamas hinchadas de patriotismo de partido, como si estuviéramos aquejados de algún síndrome de minusvalía que nos impidiese leer e interpretar por nosotros mismos un simple texto contenido en una escritura notarial, o en el registro público de la propiedad.
¿Cómo pueden estos señores hacer una alarde tan envilecido de su desprecio a nuestra capacidad para interpretar los hechos, negando toda evidencia, y cuya comprobación afortunadamente hoy día está al alcance de cualquiera que quiera acercarse al Registro de la propiedad y gastarse 3 euros en pedir una copia simple de la finca 30.659?
Para no dejarse intoxicar más por comunicados partidistas interesados, he aquí algunas pruebas que ponen en evidencia, cuán perversa es la política informativa practicada por algunos partidos, cuando se trata de no reconocer clamorosos errores, cuando no groseras muestras que exhiben sin pudor alguno su congénita estulticia.
Veamos.
LA FICHA URBANÍSTICA
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Se dice en el comunicado de marras, con evidente desprecio a la verdad, que la aportación de la plaza era necesaria para la ejecución de la actuación. Esta afirmación no solo es falsa de toda falsedad, sino que queda en total evidencia simplemente si se consulta la ficha urbanística del PGOU que advierte, como no podía ser de otra manera, que la ejecución y remodelación del sistema general del espacio libre (la plaza de España), no corre a cargo de la actuación sobre la UE -1.
La razón de ello es que lo prohíbe expresamente la ley de suelo. Se trata de un sistema general ya existente y propiedad del Ayuntamiento, y por lo tanto excluido de la Unidad de ejecución. Si no hubiera sido así, y teniendo en cuenta que tiene una superficie de 10.691 m2 (frente a los 6.191 m2 que aportaron los propietarios afectados) al Ayuntamiento le hubiera correspondido cerca del 70 % del aprovechamiento de la unidad. Pero, insistimos, eso no lo permite la ley lógicamente. La única razón por la que fue aportada la plaza de España a nada menos que el capital social de la sociedad mixta, fue para permitir la apropiación del subsuelo de la misma (que es tan público como la propia plaza), por parte de dicha mercantil. Esa fue la verdadera razón de la aportación de la plaza, que en absoluto era obligatorio hacerlo.
LA CONFIRMACIÓN DEL EMBROLLO
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El excalde SETIÉN, incumpliendo el mandato del pleno y tomándose atribuciones que no tenía, realizó un acto de disposición ilícito de la plaza de España, aportándola al capital social de la sociedad mercantil privada PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL en pleno dominio. A cambio, suscribió 13.088 participaciones de la sociedad mixta por importe de algo más de 9 millones de euros. Esta participación nunca apareció reflejada en la contabilidad oficial municipal.
Y ¿qué significa en pleno dominio? Pues significa que el titular del pleno dominio tiene todas las facultades que pueden ejercerse sobre dicho inmueble: usar, gravar, enajenar, ceder, donar, etc. Es decir, que la sociedad PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, goza ilimitadamente, como propietaria, de todas esas prerrogativas sobre la plaza, porque el entonces alcalde SETIÉN la aportó precisamente en pleno dominio. ¿Qué es lo que no han entendido estos señores de IU de esta categoría jurídica del "pleno dominio"?
Y ¿cuándo se consumó el atropello? Pues el día 3 de julio de 2009, cuando los miembros de la entonces Junta de gobierno local, aprobaron el proyecto de reparcelación presentado por plaza de España, con el cual permitieron a la sociedad mixta no solo agrupar la plaza de España con las demás, sino segregar luego otras tres quedando nuestra plaza integrada junto con otras en la nueva finca número 31.183. Fue pues la Junta de gobierno de 3 de julio de 2009 (conformada por concejales de IU y del PSOE), la que aprobó el instrumento de gestión del proyecto de reparcelación, que permitiría luego inscribirla en el registro de la propiedad para formalizar después las correspondientes hipotecas con Caja Madrid.
Y ¿qué significa en pleno dominio? Pues significa que el titular del pleno dominio tiene todas las facultades que pueden ejercerse sobre dicho inmueble: usar, gravar, enajenar, ceder, donar, etc. Es decir, que la sociedad PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, goza ilimitadamente, como propietaria, de todas esas prerrogativas sobre la plaza, porque el entonces alcalde SETIÉN la aportó precisamente en pleno dominio. ¿Qué es lo que no han entendido estos señores de IU de esta categoría jurídica del "pleno dominio"?
LOS EMBARGOS
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Al alcance de cualquiera está también obtener una copia simple en el registro de la propiedad, para comprobar que esa finca, la 31.183, a la que está adscrita la plaza de España por decisión de la Junta de gobierno local el día 3 de julio de 2009, se halla embargada. Uno de los embargos lo pidió la sociedad vinculada a WOODMAN SL, PERSIAN BOLD SL, y figuraba como tal en el mes de mayo de 2012. Y después y como anotación B, figura el embargo ordenado por el Juzgado 1 de Cosalda a petición de CONSTRUCCIONES ORTIZ, mediante auto dictado el día 18 de junio de 2012. Es decir, un día antes de que los señores de IU en pleno, acudieran a la Junta de accionistas celebrada pues el día 19 de junio de 2012, y acordaran adjudicar nada menos que 370 inmuebles al resto de los socios. Eso sí, asegurando que ¡no tenían cargas ni estaban embargados! Con un par. Pues bien, señores de IU, esos inmuebles ¡SÍ ESTABAN EMBARGADOS! Incluida claro está, la propia plaza de España. Y así siguen.
LA MASA ACTIVA Y EL RIESGO DE SUBASTA
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Y ¿dónde está contabilizada la plaza de España en el balance de la sociedad? Pues la plaza de España forma parte hoy de la masa activa del concurso de acreedores. Efectivamente, está contabilizada, junto con el resto de los inmuebles aportados para suscribir el capital social, en el epígrafe de Existencias. Es decir, en la masa activa que ha de responder por las deudas que tiene contraídas la propia sociedad con sus acreedores. Así pues, son los derechos de crédito de los acreedores los que serían lesionados si ahora, sin justificación alguna, fuera revisado el capital social por anulación de la aportación que hizo en su momento el alcalde SETIÉN. Y aunque se trata de un bien de dominio público inprescriptible, el problema es que forma parte desde el 9 de julio de 2008, del capital social de la sociedad mixta. Es decir, de la esfera patrimonial garantía de los acreedores, no de los socios ni del Ayuntamiento.
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La plaza de España por su carácter demanial, está fuera del comercio de la cosas, y por esa razón ni puede ser enajenada (vendida o aportada), ni puede ser hipotecada, ni por lo mismo puede ser embargada. El problema es sin embargo que ha sido las tres cosas: enajenada, hipotecada, y embargada. Pero no será fácil deshacer este formidable lío, sin incurrir en millonarias reclamaciones judiciales por parte de los acreedores.
Y una última cuestión para intentar alumbrar algo a esta interesada ceremonia de la confusión, a la que contribuyen irresponsablemente actuaciones como el propio comunicado de IU. El excalde SETIÉN efectivamente no estaba autorizado a aportar la plaza de España por el pleno municipal. Pero incluso si lo hubiera estado, hubiera sido imposible aportarla por cuanto que solo si la plaza fuese posible cambiarle el uso público que tiene, sería posible desafectarla. El cambio pues en la calificación jurídica de la plaza de España, es imposible y no podría llevarse a cabo tampoco por el pleno. A ver si se enteran de una vez. La cuestión de la autorización o no del pleno al exalcalde SETIÉN, guarda relación con los hechos que investiga el Juzgado 5 y con la naturaleza de los presuntos delitos que se le imputan. Pero que no estuviera autorizado por el pleno, no significa que el pleno municipal tuviera potestad para hacerlo, en absoluto. Porque para ello, y previo expediente que acredite las razones de legalidad y oportunidad y la correspondiente fase de información pública, hubiera sido necesario cambiar el uso de la plaza. Es decir, que para que el pleno pudiera enajenar la plaza, tendría que dejar de ser una plaza pública. O lo que es lo mismo, convertir el bien demanial en patrimonial o de propios. Lo cual no será nunca posible ni siquiera por acuerdo del pleno, mientras el espacio público sea eso, una plaza.