domingo, 29 de agosto de 2021

UN ACUERDO DE PLENO ABSOLUTAMENTE ILEGAL


 CUANDO LOS CONCEJALES VOTAN SU PROPIO SALARIO

(COSAS QUE SOLO PASAN EN NUESTRO AYUNTAMIENTO)
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La demanda de protección del derecho al honor que el concejal de Personal y Régimen Interior, Formación y Empleo, y Sanidad y Consumo, y presidente de dos Comisiones Informativas y Secretario del Comité liquidador de la EMS, (a pesar de, según él, tener todas esas delegaciones en régimen de no dedicación ni exclusiva),  ha interpuesto contra nosotros por una entrada anterior en la que denunciábamos la irregular situación en que este concejal viene desempeñando sus cargos desde marzo de este año, al haber delegado el alcalde en él la de Personal y Régimen Interior cuyo acuerdo del Pleno de Organización estableció que la misma lo era en régimen de dedicación exclusiva, y sin embargo viene percibiendo una pensión de invalidez de la Seguridad Social, nos va a permitir llevar a los juzgados en los próximos días el patente fraude de ley en que este concejal viene incurriendo tras su nombramiento. Y al futuro pronunciamiento de los tribunales nos remitimos pues.

Sin embargo, del estudio de la clara y manifiesta irregular situación de este concejal dada su clamorosa incompatibilidad en el desempeño de su delegación con una percepción de pensión de la Seguridad Social, nos ha permitido al mismo tiempo descubrir otras patentes situaciones y acuerdos irregulares, que revelan la formidable improvisación por no decir frivolidad con que se adoptan determinados acuerdos en este Ayuntamiento.

Y es que, efectivamente, en el denominado Pleno de Organización celebrado el día 28 de junio de 2019 (ver la foto de arriba), fue adoptado, entre otros, el acuerdo de retribuciones de los miembros de la Corporación. 

Pero este acuerdo tiene una grave irregularidad que persiste a día de hoy: que la propuesta del alcalde, tal y como está formulada al pleno, obligó a los concejales de equipo de gobierno (PSOE y CIUDADANOS) a votar sus propios salarios. Algo que la Ley no permite, ya que, lógicamente, en ese acuerdo tienen los propios concejales un interés directo y personal lo que les obligaba a abstenerse en esta votación y no lo hicieron.

UN MONUMENTAL ERROR QUE LES PUEDE COSTAR MUY CARO

Este acuerdo parte, como se dice, de un monumental error del alcalde (y se supone que de la entonces Secretaria accidental), por cuanto que nada más ser elegido en el pleno del 15 de junio, procedió al nombramiento de los que luego serían concejales del equipo de gobierno pero sin esperar al Pleno de organización celebrado el día 28. Es decir, el celebrado trece días después. 

En total nombró con delegación a once concejales que es lo máximo que permite la ley en este Ayuntamiento. Los seis concejales del PSOE y los cinco de CIUDADANOS. 

Pero estos nombramientos con sus correspondientes delegaciones en Áreas concretas, adolecían de la falta de autorización del régimen de dedicación (exclusiva o parcial) de cada concejal, así como, sobre todo, su retribución, ya que ambas cuestiones son potestades solo atribuidas el Pleno municipal.


He aquí la propuesta del alcalde tal y como la presentó al pleno y viene recogida en el acta del pleno de 28 de junio de 2019. 

Como puede apreciarse, en el punto IV del orden del día se dice: RETRIBUCIÓN A MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN, seguida luego del nombre y apellidos de los concejales delegados y sus respectivas delegaciones, para pasar luego a fijar las retribuciones del propio alcalde y de los demás concejales con delegación. O, en otras palabras, aquellas Áreas o delegaciones que conllevan el régimen de dedicación exclusiva o parcial, y que solo son competencia del pleno.

Pero, al haber nombrado con anterioridad a la autorización del pleno el alcalde a los concejales con delegación, y siendo competencia del mismo establecer el régimen de dedicación y el salario a percibir por él mismo y por los concejales delegados, necesariamente su propuesta, que contiene los nombramientos ya realizados, obligó a los concejales del equipo de gobierno y al propio alcalde a votarse su propia retribución. Algo que la ley no permite en absoluto al tener, lógicamente, un interés directo y por lo tanto un claro caso de deber de abstención.

¿QUÉ DICEN LOS TRIBUNALES SOBRE ESTOS ACUERDOS?

Son varias, unánimes y contundentes, las sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia que vienen acordando o confirmando la nulidad de estos acuerdos de otros tantos juzgados, en los que los propios concejales se votan sus salarios. 

Así lo han acordado desde el TSJ de Valencia, el de Andalucía o de Extremadura, como otros Juzgados de lo Contencioso de Castilla y León. Vienen pues anulado estos acuerdos de otros Ayuntamiento que han incurrido en el mismo error que el de San Fernando, por cuanto que, obviamente, al tener un interés directo y personal en el acuerdo los concejales tienen el deber de abstenerse, toda vez que, lo que acuerdan es éso; su propia retribución. 

Las resoluciones judiciales son todas ellas unánimes y contundentes como se dice, y decretan la nulidad de pleno derecho de esos acuerdos adoptados con las mismas circunstancias que las del pleno de 28 de junio de 2019.

¿QUIÉN PUEDE RECURRIR ESTE ACUERDO PARA SU POSIBLE NULIDAD?




SOLO DOS VOTOS EN CONTRA TUVO ESTE ILEGAL ACUERDO PLENARIO


El acuerdo solo contó con dos votos en contra: los pertenecientes al entonces concejal de España 2000 Sandro ALGABA y del concejal de VOX Jesús FERNÁNDEZ. 

Pero el debate sobre este asunto degeneró sin embargo por otros derroteros muy curiosos, que nada tenían que ver con el fondo del asunto y que contó con una enmienda del grupo de IU, Equo, Anticapitalistas.

Las intervenciones pues de la casi totalidad de los portavoces de cada grupo representados, derivó hacia cómo repartir las presidencias de las Comisiones Informativas, ya que, según la propuesta del alcalde, dichas presidencias estaban generosamente retribuidas con 450 euros mensuales fijos. 

Y para ello, el alcalde ya había llegado a un acuerdo con el portavoz de PODEMOS y con la portavoz de ACTÚA, para que ambos, en la oposición, presidieran cada uno una Comisión Informativa reservándose las demás para el propio equipo de gobierno.

Como se dice, la propuesta del alcalde, a pesar de su patente ilegalidad, solo contó con los votos en contra de los concejales del Grupo Mixto que en la foto de arriba figuran circulados en rojo. Y solo ellos pues pueden arrumbar este manifiesto acuerdo ilegal si lo llevan a los tribunales.

¿Serán capaces de hacerlo y tendrán la decisión y determinación suficiente como para llevar este manifiesto acuerdo ilegal de retribución de los concejales del equipo de gobierno, ante los juzgados para que sea anulado? Lo desconocemos, pero mucho nos tememos que no lo harán y sería muy lamentable.

VÍDEOS QUE DESAPARECEN DE LA WEB MUNICIPAL

Hemos podido comprobar que el vídeo de la grabación del pleno de 28 de junio de 2019, y que necesitamos para su aportación al Juzgado para la denuncia que estamos preparando sobre el nombramiento del Concejal de Personal, ha desaparecido de la relación de grabaciones de todos los plenos celebrados en el año 2019. Desconocemos la razón de la súbita desaparición de esta grabación a pesar de que en su día sí estuvo colgada de la web. 

¿Por qué ha retirado el equipo de gobierno o la persona que manipula las subidas a la web municipal esas grabaciones? Como decimos, lo desconocemos absolutamente, pero prometemos hacer todo lo posible para que, a través del juzgado, sea pedida la misma y conocer su paradero.

martes, 10 de agosto de 2021

PRESUPUESTOS 2021 - HACIENDO TRAMPAS EN EL SOLITARIO (II)

 


HACIENDO TRAMPAS EN EL SOLITARIO

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El pasado día 16 de julio en el pleno extraordinario celebrado a las ocho treinta de la mañana, lógicamente sin público asistente alguno, se aprobó inicialmente el Proyecto de Presupuestos 2021 con los votos del equipo de gobierno y algunas ayudas pactadas con algunos grupos de la oposición que, dicho sea de paso, cada día que pasa es menos oposición si es que alguna vez lo fue.

Hoy precisamente, termina el periodo de información pública de los mismos, pero no tiene un pase aprobar los Presupuestos de 2021 a finales de julio con objeto de pillar en el mes de agosto con buena parte de la ciudadanía en plenas vacaciones estivales. Pero esto es lo que hay. Presupuestos participativos lo llaman a esto. Puro relato para incautos.

No obstante las dificultades y las fechas agosteñas, hemos llegado a tiempo para presentar una serie de alegaciones a estos Presupuestos 2021 que estamos dispuestos a defender hasta las últimas consecuencias. No esperamos obviamente estimación de ninguna de ellas ni, desde luego, apoyo a las mismas de los grupos de la oposición. Cuando decimos defenderlas hasta las últimas consecuencias nos referimos lógicamente hacerlo hasta en los tribunales, por cuanto que estamos plenamente convencidos de que estos Presupuestos si no los modifican, incumplen clamorosamente la ley en varios de sus contenidos, porque, en buena parte, lo que el equipo viene haciendo no es otra cosa que no tener en cuenta las importantes deudas a que hay que hacer frente, pero de las que no se hallará rastro alguno en estos Presupuestos porque todas ellas las han escondido bajo la alfombra.

Veamos algunas de las más evidentes.

DESMONTANDO LAS TRAMPAS DE LOS PRESUPUESTOS 2021

Si usted amable seguidor de este blog, se propone hacer un balance anual de sus finanzas familiares y realiza un pequeño presupuesto para todo el año, tiene dos opciones: i) ser riguroso y consignar absolutamente todos los gastos y todas las deudas, o bien ii) hacerse trampas en el solitario y omitir las deudas o las obligaciones económicas más perentorias ignorándolas y dando patadas a seguir a la bola de nieve. Si elige usted la segunda opción entonces ha optado hacer lo mismo que el Ayuntamiento. Es decir, ignorar las deudas y demás obligaciones económicas que perturben la cuadratura del círculo que nos quieren emplumar. Veamos algunas de estas clamorosas trampas que, si no son rectificadas, darán inevitablemente con estos Presupuestos en la plena nulidad judicial.

A VUELTAS CON LA DEUDA VIVA REAL

Según el Proyecto de Presupuestos para 2021, la deuda viva del Ayuntamiento es de 21,5 millones de euros, agrupada toda en un ventajoso préstamo a largo plazo del Fondo de Impulso Económico del Ministerio de Hacienda creado para que los Ayuntamientos puedan hacer frente a sus numerosas trampas pagando sentencias judiciales ya firmes. En el caso del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, esas sentencias judiciales se corresponden casi todas ellas con el pago a los socios privados de la mercantil PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, cuyas sistemáticas condenas del Tribunal Superior de Justicia de Madrid supone llevar ya pagados más de 25 millones de euros con sus intereses legales correspondientes y demás indemnizaciones.

Ese nivel de endeudamiento se corresponde con un 54 % de los derechos reconocidos como ingresos en la liquidación del Presupuestos de 2020 (Capítulos I a V), estando fijado el límite legal en el 110 % de dicho importe que en este caso es de 39 millones de euros. 

Ahora bien, sin embargo, si consultamos el portal del Ministerio de Hacienda relativo a la deuda viva de los municipios al cierre del ejercicio del 31 de diciembre de 2020, la deuda viva del Ayuntamiento de San Fernando de Henares es de nada menos que de 64,08 millones de euros. O, lo que es lo mismo, el 162 % de los derechos liquidados en 2020. ¿A quién creemos pues?



He aquí la primera trampa que nos ofrecen los Presupuestos 2021 con datos incontestables: el Ministerio de Hacienda, que recaba su información de la Central de Riesgos del Banco de España así como de la banca comercial privada, ha detectado que la deuda viva real del Ayuntamiento de San Fernando de Henares es de 64,08 millones de euros y no de 21,5 como se nos trata de colar en el Proyecto de Presupuestos. Lo cual entrañaría obviamente que el ratio de endeudamiento real sería del 162 % sobre los derechos liquidados de 2020 que, a su vez, supone superar el límite legal en un 52 % demás.

El truco (o la trampa mejor) consiste en eludir la deuda de la mercantil municipal PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL puesto que, al estar en liquidación, no lo tienen en cuenta. O, lo que es lo mismo, si metemos bajo la alfombra los 54 millones que debe dicha mercantil, la deuda viva del Ayuntamiento queda rebajada hasta solo el 54 %. He aquí la primera trampa que pretenden hacernos creer desde el equipo de gobierno; consistente en meter bajo la alfombra nada menos que 54 millones de euros de la mercantil PESF. Así cuadra cualquiera.

NO CONSIGNAR LAS OBLIGACIONES EXIGIBLES TAMPOCO

Otra de las trampas consiste en ignorar lo que se conoce como obligaciones exigibles provenientes de sentencias judiciales precisamente ya totalmente firmes, y que, en este caso, se corresponden con una sentencia del TSJ de Madrid de lo contencioso luego confirmada por el Tribunal Supremo, por importe de 8,5 millones de euros, y otra de 2,4 millones de euros también y que se corresponde con otra sentencia firme pero en este caso del Juzgado de lo Mercantil nº 6. La primera por un recurso ganado al Ayuntamiento por una de las empresas constructoras que intervino en la UE-1 de la plaza de España. Y la otra se debe a un incidente presentado por el Administrador concursal de PESF ante el mismo Juzgado concursal, y en virtud de la cual se condenaba al Ayuntamiento al abono a la masa activa de dicho importe de 2,4 millones de euros. Se da la circunstancia nunca aclarada por ningún equipo de gobierno, de que el Ayuntamiento no se personó en dicho incidente; lo cual es de aurora boreal.

Así pues, en este caso la trampa consiste en ignorar estas obligaciones totalmente exigibles al corresponderse con sentencia ya firmes, y cuya omisión o falta de consignación de los créditos correspondientes puede acarrear la nulidad de los propios Presupuestos. Es decir, más deudas bajo las alfombras para que no se note. En este caso asciende al menos a 10,9 millones de euros que no se hallan consignados ni dotados con crédito alguno en estos Presupuestos. 

EL FORMIDABLE EMBROLLO DE LOS CONVENIOS URBANÍSTICOS

La Ley Reguladora de Haciendas Locales obliga a que los Presupuestos contengan la programación cuatrienal del Programa de Actuación del PGOU, tanto de las inversiones programadas como, en su caso, de los créditos necesarios para su ejecución.

En el caso de los Presupuestos 2021 esa supuesta programación cuatrienal se ofrece mediante un informe del Área de Urbanismo, solo que en lugar de la programación cuatrienal lo han calculado para cinco años sin que se entienda bien a qué responde esta "innovadora" técnica que obviamente va contra lo previsto en el propio Programa de Actuación. Debe ser que se trata de reminiscencias de los planes quinquenales.

En cualquier caso, lo insólito de todo esto es que, incomprensiblemente, todo el esfuerzo de un informe de 32 páginas se diluye en divagaciones varias consumiendo páginas y páginas en proyecciones más que discutibles, y solo al final se centra en toda una larga relación de convenios urbanísticos firmados con las Juntas de Compensación de los sectores programados del PGOU, entre el largo periodo de tiempo que va de 2004 a 2019 y que se resume en la siguiente relación de abajo.


Hasta un total de 21 convenios se han firmado con los diferentes sectores programados de suelo urbanizable o sectorizado según el PGOU de 2002 y otras tantas Unidades de Ejecución, dos de los cuales están pendientes de firma según el Proyecto de Presupuestos 2021.

La firma de todos estos convenios han supuesto ingresos en las arcas municipales por importe de más de 28,8 millones de euros en lo que va de 2004 a 2019. Ver el cuadro de abajo.


Ahora bien, estos ingresos que el Ayuntamiento ha obtenido provienen todos ellos de lo que se conoce como ingresos de derecho privado por operaciones sobre el Patrimonio Municipal de Suelo, pero cuyo destino se halla afectado legalmente primero como patrimonio separado, y luego como inversiones destinadas todas ellas a la conservación o el incremento de dicho Patrimonio.

Pero, en este caso, además, buena parte de esos ingresos son finalistas, por cuanto que se han de destinar a la ejecución tanto de los sistemas locales como de los sistemas generales previstos en el PGOU.


Arriba, el cuadro de los Sistemas Generales adscritos a los diferentes sectores de suelo programado, casi todos ellos de la red viaria, a cuya ejecución han de ser destinados casi todos esos ingresos que el Ayuntamiento ha obtenido mediante los célebres convenios urbanísticos.

Ahora bien, la trampa consiste en que, si bien el Ayuntamiento ha percibido ya casi todos esos ingresos afectados y finalistas con destino a financiar los sistemas generales viarios, hasta el punto de haber recaudado ya unos 28 millones de euros, sin embargo, a día de hoy, no ha ejecutado ni uno solo de esos sistemas generales.

O, lo que es lo mismo, el Ayuntamiento solo presupuesta y contabiliza los ingresos, pero no ha consignado ni dotado a lo largo de más quince años, ni una sola partida de gasto o crédito alguno destinado a la ejecución de los sistemas generales comprometidos en el Programa de Actuación del PGOU.

Es decir, las Juntas de Compensación han pagado al Ayuntamiento los importes correspondientes a esos sistemas generales en cumplimiento de los convenios firmados, pero el Ayuntamiento ha aplicado y desviado a lo largo de todos estos años esos importes para financiar otros gastos incluido gasto corriente. Lo cual está prohibido por la ley.

De esta forma, han eludido consignar créditos por importe de, al menos, 10,5 millones de euros ya ingresados pero aplicados a otros gastos. Más deuda bajo la alfombra.

Este asunto de los convenios urbanísticos es tan clamorosamente escandaloso y dificultoso de cuantificar bien, que prometemos ponerlo en conocimiento del Tribunal de Cuentas para ver si consiguen ellos poner negro sobre blanco en este oscuro e inquietante asunto. Entre otras cosas, porque ahora mismo hay cuantiosos compromisos económicos contraídos por convenios urbanísticos firmados, cuya parte obligacional municipal no ha sido cumplida en ni uno solo de los casos, practicando un política del avestruz como sucede con estos Presupuestos cuya inversión prevista apenas es de 263.000 euros y todo ello para el socorrido asfaltado de calles. Ya veremos en qué queda todo esto.

Todo lo anterior pone en evidencia clara que el relato triunfalista y autocomplaciente del equipo de gobierno, se cae estrepitosamente ante la contundencia de los datos. Tanto, que si no rectifican serán los tribunales quienes tenga que obligarlos a hacerlo porque la deriva de huida permanente hacia adelante es tan irresponsable como suicida.

PROXIMO CAPÍTULO

LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO 2020