martes, 30 de septiembre de 2014

EN EL "CUADRO DE HONOR"


EL DESHONROSO CUADRO DE HONOR...

Nuestro ayuntamiento tiene el bochornoso honor de formar parte del cuadro de los 35 ayuntamientos, que a estas fechas no han rendido la Cuenta General de 2012 a la Cámara de Cuentas. Forma parte pues de ese selecto pelotón de los torpes incapaces de cuadrar sus cuentas y remitirlas al órgano encargado de la fiscalización de las cuentas públicas. Según la ley de Haciendas Locales, la Cuenta General de 2012 debía de estar aprobada y remitida a la Cámara de Cuentas antes del 1 de octubre de 2013. Sin embargo, un año después, está sobre la mesa del pleno municipal porque el equipo de gobierno no es capaz de aprobarlas respetando, además, los acuerdos de la Comisión de Cuentas adoptado por los grupos de la oposición estimando nuestras alegaciones. Así están las cosas.





...Y ESTAS SERÁN LAS CONSECUENCIAS

Y no remitir la Cuenta General de 2012 tiene, desde primeros de año, una desagradable consecuencia: no serán pagadas las subvenciones por parte de la Consejería de Hacienda.

Así pues, nuestro ayuntamiento no solo se halla entre el lamentable elenco de municipios incapaces de aprobar y remitir la Cuenta General un año después de su obligada remisión (como pasó con las de 2011), sino que como consecuencia de ello la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid está obligada por su propia normativa aprobada a primeros de año, a retener las subvenciones que tiene acordadas con el ayuntamiento.

Nuestra asociación denunciará esta situación tanto en la Cámara de Cuentas como ante la Consejería de Hacienda, exponiendo además la lamentable tomadura de pelo que supone que el equipo de gobierno se niegue a dar trámite al dictamen de la Comisión Especial de Cuentas, con la estimación de nuestras alegaciones a la Cuenta General de 2012. Es la única salida que nos queda y así lo haremos y daremos cuenta a nuestros seguidores. Saludos.


domingo, 28 de septiembre de 2014

LAS CUENTAS DEL GRAN CAPITÁN

PLENO MUNICIPAL DEL PASADO 18 DE SEPTIEMBRE QUE DEJÓ SOBRE LA MESA LA APROBACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DE 2012

AVISO A NAVEGANTES

***

Si en julio del presente año fueron aprobados por fin los primeros presupuestos ordinarios de todo el mandato desde 2011, el pasado día 18 del mes actual el mismo pleno municipal no consiguió aprobar la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2012 (que debería de haber sido aprobada y remitida a la Cámara de Cuentas en octubre de 2013). Lo más insólito de todo no es solo la evidente situación de improvisada inseguridad y formidable retraso contable y presupuestario en que viene incurriendo el equipo de gobierno, sino el hecho de que ni los presupuestos ni por supuesto la contabilidad pública oficial recojan alusión alguna a PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL y su situación. Siendo como es la primera acreedora no presupuestaria del Ayuntamiento a resultas de lo ordenado por el Juzgado 6 de lo mercantil de Madrid, que sigue su concurso de acreedores. Así como por el hecho de que el Auto del mismo Juzgado de 2 de septiembre que ordena la liquidación de dicha sociedad mixta, suponga entre otras cosas la pérdida patrimonial para el propio Ayuntamiento de toda la inversión realizada en la misma, por importe de nada menos que más de 11 millones de euros. Veamos algunas cuestiones de este esperpento.



***



EL LAMENTABLE CASO DE LA CUENTA GENERAL


El pasado día 20 de mayo fue insertado en el BOCM un anuncio convocando al personal para examinar la Cuenta General municipal correspondiente al ejercicio de 2012. Estas cuentas deberían de haber sido aprobadas y remitidas a la Cámara de Cuentas para su fiscalización, cuando le toque claro está, antes de octubre de 2013.

La Cuenta General está constituida por una serie de documentos contables e informes preceptivos, que tienen por finalidad la de rendir las cuentas públicas consolidadas (incluidas en este caso las de la EMS), la ejecución del presupuesto, y el correspondiente balance de situación. Es pues la rendición de las cuentas públicas al pleno municipal y a los ciudadanos en general, que también pueden participar y formular sus reparos y reclamaciones a la misma.

Examinada pues la documentación que había sido presentada a la Comisión Especial de Cuentas celebrada el 29 de abril, pudimos comprobar que de nuevo y al igual que sucedía con las correspondientes a los ejercicios de 2008, 2009, 2010, y 2011, dichas cuentas - que deben reflejar la imagen fiel tanto contable y financiera como patrimonial de la Corporación -, adolecían precisamente de graves omisiones que advertimos mediante las oportunas alegaciones presentadas el día 13 de junio. 

Nuestras alegaciones se centraban en las omisiones de la participación societaria del Ayuntamiento en la sociedad mixta PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, y que asciende a nada menos que a 11.169.925,20 € por el importe del 49 % del nominal de su capital social suscrito por el Ayuntamiento. Y la omisión también de otras 1.172 participaciones correspondientes a operaciones de recompra realizadas por la propia sociedad con cargo a sus propios recursos a INMOBILIARIA CORRAL y AGRÍCOLA MONTESINOS, por cuenta del Ayuntamiento y por importe de 2.891.296,74 €. Así como el hecho de que en los balances contables obrantes en el expediente de la Cuenta General, no figurara provisión alguna tanto por el evidente deterioro de los activos invertidos en la misma a causa de su manifiesta situación de quiebra, como por el hecho de que el Ayuntamiento resulte ser según los informes de la administración concursal y las propias resoluciones del Juzgado 6 de lo mercantil, el mayor deudor de la propia sociedad mixta.

Nuestras alegaciones fueron sometidas, como es preceptivo, a la consideración de la Comisión Especial de Cuentas para elevar su dictamen al pleno celebrado el pasado día 18 de los corrientes. Y fueron estimadas íntegramente con los votos a favor de los dos grupos de la oposición (PP y PSOE), y el voto en contra del grupo municipal de IU.

Y así, con ese dictamen en el que se incluían nuestras reclamaciones, fue elevado al pleno último para su aprobación. Pero he aquí que el equipo de gobierno en el acto mismo del pleno, se negó a someter al mismo el dictamen acordado por la Comisión Especial de Cuentas, tratando de eludir pronunciamiento alguno sobre nuestras alegaciones e invocando no se sabe qué extraña y torticera interpretación del precepto de la Ley de Haciendas Locales. En definitiva, el equipo de gobierno trató de eludir en todo momento un pronunciamiento del pleno sobre, precisamente, las cuestiones que nuestras alegaciones planteaban, y que no tenían otro objeto que el de advertir al pleno municipal de las graves omisiones contenidas en la contabilidad municipal, así como en la posible responsabilidad en que podían incurrir los cuentadantes. Y el asunto se enredó de tal forma que la oposición no pudo conseguir apenas otra cosa que no fuese "dejar el expediente sobre la mesa".



LAS CUENTAS DEL GRAN CAPITÁN

Son absolutamente inadmisibles estas tomaduras de pelo y todo este despliegue de maniobras torticeras para con el derecho de participación ciudadana. Cuando los expedientes son sometidos al trámite de información pública y se presentan las oportunas alegaciones por parte de los administrados, no solo se está cumpliendo un requisito esencial en la tramitación de un expediente (si no se cumpliera sería nada menos que nulo), sino que es obligado también resolver en el sentido que sea las reclamaciones o los reparos. Cosa que el grupo municipal de IU se niega a cumplir.

Y ello mucho más si, como es el caso, dichas reclamaciones lo son sobre nada menos que unos hechos que denuncian y revelan que las cuentas públicas de nuestro Ayuntamiento, no reflejan de forma fiel, ostensible y clara, su verdadera y real situación patrimonial y financiera.

Así, en efecto, el Juzgado número 6 de lo mercantil mediante Auto judicial de este mismo mes, obliga a disolver la sociedad mixta participada por el Ayuntamiento en un 49 %, ¡a resultas del cual toda su inversión de más de 11 millones de euros se ha perdido absolutamente! por cuanto que la sociedad se halla en quiebra y por ello es precisa su liquidación.

De la misma forma, el Ayuntamiento resulta ser el principal deudor de la sociedad mixta (y por ello una de las causas de su insolvencia), con deudas por importes que suman 4.929.807,29 € (correspondientes a 2.421.345,00 € de subvenciones comprometidas, y 2.508.462,58 € del Museo de la Ciudad también comprometidos y no abonados).

Ese importe de 4,9 millones de euros son ya deudas vencidas y líquidas, por haberlo así acordado el Juzgado 6 de lo mercantil y por lo tanto han de ser abonadas a la sociedad mixta por el Ayuntamiento. Es decir, en estos momentos, PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL es la mayor acreedora no presupuestaria de la corporación, y sin embargo nada, absolutamente nada de esto aparece en la contabilidad municipal ni, por supuesto, en los presupuestos aprobados en pasado mes de julio.

(CONTINUARÁ)
PRÓXIMA ENTRADA
***
DE LA SUBVENCIÓN PERDIDA AL ENRIQUECIMIENTO INJUSTO DEL AYUNTAMIENTO





jueves, 25 de septiembre de 2014

MÁS MADERA

ENTRE EL JUZGADO DE LO MERCANTIL Y LA AC DE PESF SL, LE HACEN UN AGUJERO DE 5 MILLONES AL AYUNTAMIENTO...Y EL AYUNTAMIENTO NO SE DA POR ENTERADO
***
PRESUPUESTA QUE ALGO QUEDA

El pasado día 24 de julio y en sesión plenaria, fue aprobado el primer presupuesto desde que quedó constituida la nueva corporación tras las elecciones de 2011. Los votos del equipo de gobierno y la abstención de los grupos de la oposición, obraron el milagro de que por fin y en año electoral el Ayuntamiento tenga presupuesto. Eso sí, como se dice, aprobado ya cuando el propio ejercicio estaba medio ejecutado. En la página web municipal no obstante aún tiene la concejalía de hacienda colgado el presupuesto de 2011, tantas veces prorrogado y tantas veces modificado que es irreconocible no obstante. Esperemos que cualquier año de estos cuelguen el presupuesto correcto de 2014.

Hay no obstante varias cuestiones que nos llaman la atención del nuevo presupuesto de 2014, y que iremos desgranando en sucesivas ocasiones. Por el momento nos centraremos en una que, sin duda, es muy llamativa: la absoluta desaparición de referencia alguna en el texto presupuestario a la sociedad mixta PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL que, como todo el mundo sabe incluido el alcalde, está en disolución por quiebra.

¿Cómo es posible pues que una inversión municipal de más de 11 millones ahora totalmente evaporados (perdidos), sea absolutamente ignorada por los presupuestos municipales de 2014? Por haber desaparecido lo ha hecho también el famoso Museo de la Ciudad de la concejalía de cultura, cuando se trata de una partida presupuestaria de inversión creada en 2005 y a la que le quedan pendientes y por realizar la mayor parte de los pagos. Repetimos, ¿cómo es esto posible?

El presupuesto para 2014 prevé un superávit de 2,1 millones, que pretenden aplicar a los déficits acumulados (2013 cerró con un déficit de 4,3 millones de euros), y saldar las obligaciones reconocidas pero no pagadas de los llamados "acreedores no presupuestarios" (fundamentalmente sentencias).

Por su parte, la señora interventora en funciones (es increíble que un Ayuntamiento de tamaño medio como el nuestro, tenga los dos titulares habilitados nacionales, el secretario y el interventor, de baja desde años y sus plazas estén cubiertas por personal ad hoc no habilitados), alega en su informe sobre el presupuesto para el 2014, que el mismo incumple la Regla del gasto impuesto por Hacienda, y que ello se debe fundamentalmente a la imputación de gastos sin reconocimiento de créditos originados durante 2013. Y entre esos gastos estarían las obligaciones del cumplimiento de sentencias desconocidas.

UN AGUJERO PRESUPUESTARIO SIN PROVISIÓN

Sorprende sobremanera que en los nuevos y flamantes presupuestos de 2014, aprobados por el pleno municipal con la abstención de los grupos de la oposición (hay que recordar que la abstención no es un voto, sino precisamente no votar), nada dicen ni reconocen de la que es nada menos que su principal acreedora no presupuestaria: PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL. Y esto no lo puede desconocer el Ayuntamiento precisamente.

O lo que es lo mismo, a pesar de que es el Ayuntamiento el más importante y casi único deudor de la sociedad mixta, por importe ya firme de nada menos que casi 5 millones de euros. Pues nada, ni rastro alguno de esa deuda firme en los nuevos presupuestos de 2014. De nuevo decimos, ¿cómo es esto posible?

Deben de haber llegado al convencimiento todos (equipo de gobierno, oposición, y responsables de la oficina presupuestaria), que la mejor forma de eludir un grave problema presupuestario (un agujero de cerca de 5 millones), es sencillamente ignorarlo. De otra manera no nos lo explicamos.

¿OCULTACIÓN O DESPISTE?

En septiembre de 2013 se produjo una sentencia por parte del juzgado 6 de lo mercantil de Madrid (que sigue el concurso de acreedores de la sociedad mixta), en virtud de la cual se condenaba a la Administración concursal a contabilizar en la masa activa dos importes que afectaban (y de qué manera) al Ayuntamiento: la inclusión en el inventario de los 20 locales de la EMS (hoy esos activos están contabilizados en los balances de ambas sociedades para mayor esperpento), y a insertar un crédito a favor de PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL por importe de 2,5 millones de euros y contra el Ayuntamiento.

Que nosotros sepamos esa sentencia es ya firme, y para mayor escándalo y desconcierto, el Ayuntamiento, que se halla personado en la causa 788/2012 del concurso con su representación legal, ¡no se personó sin embargo en el incidente! ¿cuál fue la razón? Lo desconocemos. Lo que sí sabemos es que el incidente fue promovido por PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL asistida por un abogado que no es el oficialmente contratado por la sociedad, ERNST & YOUNG (que factura a la sociedad mixta cerca de 450.000 €), sino otro que, oh casualidad, lo hemos conocido personado en las juntas de WOODMAN SL representando a su vez los intereses de VICTORIANO CUESTA. 

Este insólito desistimiento del Ayuntamiento en un asunto en el que estaban en juego nada menos 2,5 millones de euros, es absolutamente incomprensible. A menos claro está que la notificación girada a la corporación, fuera recibida por alguien que deliberadamente tenía interés en ocultarla. Harían bien en el Ayuntamiento abriendo una investigación sobre el caso porque desde luego es grave.

Sea como fuere no obstante, a raíz de dicha sentencia el Ayuntamiento se ha convertido pues en el mayor deudor concursal de PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, por importe de casi 5 millones de euros (2,4 correspondientes a subvenciones comprometidas, y 2,5 por los importes pendientes de abonar por el Museo de la Ciudad que, como hemos dicho antes, han desaparecido de los Presupuestos de 2014).

Y para traca final, el Auto del mismo juzgado 2 de lo mercantil de septiembre último, ordena, además de la liquidación y disolución de la sociedad, el vencimiento anticipado de todos los créditos. Es decir, el Ayuntamiento será requerido por el juzgado de lo mercantil a pagar la cantidad aproximada de 5 millones de euros una vez adquiera firmeza el Auto de liquidación, porque esos créditos ya han sido declarados vencidos por el juzgado. 

Y sin embargo nada de esto aparece en los presupuestos aprobados de 2014. Ni esta obligación económica impuesta por el juzgado (ojo, en septiembre del año pasado), ni tampoco se hace provisión alguna en el mismo presupuesto acerca de las pérdidas que representa la quiebra de la misma sociedad. Lo dicho, el equipo de gobierno se ha propuesto simplemente ignorar este grave problema económico y presupuestario; hacer como si no existiera. Y la oposición, con la cabeza ya puesta en otras urgencias como las próximas elecciones, impotente ante lo que es a todas luces un problema que más pronto que tarde, aflorará en forma de requerimiento judicial para pagar una voluminosa deuda que sin embargo ni está provisionada, ni desde luego incomprensiblemente aparece reflejada en los presupuestos recién aprobados. 
***
(CONTINUARÁ)
PRÓXIMA ENTREGA
LAS CUENTAS DEL GRAN CAPITÁN: LA CUENTA GENERAL 2012





miércoles, 17 de septiembre de 2014

UN FRAUDE DE LEY

FINCA EL BATÁN (LA VAQUERÍA) QUE HA DE SER EXPROPIADA POR EL AYUNTAMIENTO

NUEVO VARAPALO JUDICIAL
(con un formidable coste para el Ayuntamiento)
***
Una reciente sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a la que ha tenido acceso EL MOLINO, anula un acuerdo adoptado por el pleno municipal celebrado el 17 de octubre de 2013, en virtud del cual el Ayuntamiento desistía del procedimiento expropiatorio de la finca El Batán (conocida como la vaquería), situada en el Pº de los Pinos y frente al polideportivo. El procedimiento fue iniciado nada menos que en el año 2005.

La sentencia del TSJM no puede ser más contundente. Califica el acuerdo del pleno de burdo, y no deja opción al Ayuntamiento al que ordena el cumplimiento de las sentencias que pierde. Dice el TSJM que el acuerdo (adoptado por IU y con la abstención de los grupos de la oposición) es un fraude de ley, cuyo único objeto era eludir el cumplimiento de otra sentencia firme. Además de anular dicho acuerdo (que pretendía desistir ahora nueve años después de la expropiación de esta finca), condena también al Ayuntamiento a pagar las costas judiciales y anula también otra del Juzgado número 8 de Madrid.

UN FORMIDABLE LÍO QUE PUEDE ARRUINAR AL AYUNTAMIENTO

La finca El Batán tiene prevista su obtención (cerca de 60.000 m2) mediante la expropiación forzosa pura y dura, como dotación (zona verde) contenida en el PGOU aprobado en 2002. En el año 2005, el Ayuntamiento inició la expropiación de esta finca que actualmente tiene una actividad de explotación ganadera. 

El justiprecio ofrecido por el Ayuntamiento es de 1.940.540,21 € (ya decimos que se trata de una finca que supera los 60.000 m2). Pero los propietarios no aceptaron el justiprecio formulando hoja de aprecio por nada menos que 123.042.655,46 €. Es decir, la ruina municipal. Al mismo tiempo, en vista de que no había acuerdo, los propietarios solicitaron la remisión del expediente expropiatorio al jurado territorial de expropiación. Y ahí comienzan los problemas.

El Ayuntamiento no remitió (como está legalmente obligado) el expediente al jurado, haciendo oídos sordos a los requerimientos de dicho órgano durante varios años. Por su parte los propietarios, ante este ilícito juego de la corporación, iniciaron las acciones judiciales pertinentes recurriendo al juzgado número 8 de lo contencioso, que acabó dictando una sentencia favorable a los expropiados en marzo de 2011. Dicha sentencia fue apelada por el Ayuntamiento, que la perdió, quedando firme y confirmada. Así pues, el Ayuntamiento debía de continuar con la expropiación iniciada y remitir el expediente al jurado.

Sin embargo, en el pleno celebrado el día 17 de octubre de 2013, fueron adoptados tres acuerdos respecto de este asunto. Uno de ellos lo fue, a propuesta del alcalde, para el desistimiento (renuncia) por parte del Ayuntamiento a la expropiación de la finca. El Ayuntamiento pretendía pues abandonar la expropiación simplemente sin anular los acuerdos anteriores.

Se basaba dicho acuerdo en varios informes emitidos, uno de ellos por la secretaria general municipal, según el cual era posible el desistimiento porque el Ayuntamiento no había ocupado ni tomado posesión nunca de la finca. Sin embargo, en dicho informe se ignoraba que se estaba en presencia de una expropiación por razones urbanísticas, y en que en estos casos, transcurridos cinco años desde la publicación del PGOU, la expropiación la puede instar el expropiado tal y como recoge por otra parte la ley de suelo de la Comunidad de Madrid, sin que el Ayuntamiento lo pueda ignorar o desistir.

El acuerdo adoptado el 17 de octubre de 2013 por el pleno municipal, contenía también otro que culpaba a la entonces asesora del equipo de gobierno, Dª CARMEN CRIADO, de ser la responsable de las apelaciones reiteradas realizadas que el TSJM califica de nada menos que temerarias, de las dilaciones, y de las costas judiciales a que fue condenado el Ayuntamiento.

El informe de la secretaria general municipal (en el que se basó luego el acuerdo), contiene expresiones sorprendentes no obstante, pues no solo justificaba la legalidad del acuerdo de desistimiento (ahora anulado por fraudulento), sino que también se explayaba con otras razones de oportunidad. En  un momento de la exposición de sus tesis en el informe realizaba una pregunta retórica: ¿debemos continuar con la expropiación? Ahora, el TSJM le contesta contundentemente en forma de anulación por fraude de ley dicho acuerdo. Este acuerdo fue recurrido por los propietarios, que de nuevo le ganan un pleito al Ayuntamiento y que ya no puede eludir más.

Lo que decía la secretaria en su informe es que si se continuara con la expropiación de esta finca sería la ruina del Ayuntamiento. Teniendo en cuenta la hoja de aprecio de los propietarios de la finca (que piden más de 123 millones de euros), y el criterio seguido por el jurado territorial de expropiación (que suele fijar en la mitad el justiprecio), ella calcula que el fallo de jurado podría alcanzar los 60 millones de euros que tendría que desembolsar el Ayuntamiento, claro. Lo dice la propia secretaria en su informe.

Pues bien, el TSJM falla ahora contra el Ayuntamiento (uno más de contenido económico), anulando el acuerdo de desistimiento de 17 de octubre y ordenando ahora que el Ayuntamiento continúe con la expropiación porque, además, está constitucionalmente obligado a cumplir las sentencias.

***
Este nuevo fallo del TSJM que condena al Ayuntamiento, es contundente y muy claro. Califica el acuerdo adoptado por el pleno el día 17 de octubre de 2013 y ahora anulado, de fraudulento y burdo, por cuanto que lo único que pretende es eludir  nada menos que el ordenamiento constitucional que establece la obligación de cumplir las sentencias.

Este es un caso paradigmático de un estilo de gobernar y gestionar, que tiene como correlato una sucesión tras otra de dilaciones, retrasos, incumplimientos, y burlas de las más elementales obligaciones que es dado a una administración: cumplir las sentencias que le ganan sus ciudadanos.

Un expediente iniciado alegre e irresponsablemente en el año 2005, nueve años después aún colea y no ha llegado siquiera al jurado territorial de expropiación. Donde es de esperar ahora un fallo (que es lo que querían evitar con el acuerdo del pleno de octubre de 2013) que arruinará al Ayuntamiento, pues, como dice la secretaria municipal, el jurado atiende estas reclamaciones fijando el justiprecio en la mitad de lo que pide el expropiado. Es decir, más de 60 millones de euros del ala que nos costará este formidable lío. Uno más de los muchos que tenemos encima: CYTEC, Casa de Campo, UG-5, finca El Batán, etc, etc. Y van...



viernes, 12 de septiembre de 2014

LA PLAZA DE ESPAÑA SERÁ SUBASTADA


AVISO A NAVEGANTES
***
Si nadie lo remedia a última hora, la plaza de España será subastada. Un Auto de 2 de septiembre del Juzgado 6 de lo Mercantil ordena la liquidación de la sociedad PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, y la realización de sus activos. No hubo convenio y se abre la fase quinta. El alcalde como presidente y los demás consejeros han sido destituidos por el juez, y el ayuntamiento ha perdido el control de la sociedad y el valor de todas sus inversiones. En quince días deberá ser presentado un plan de liquidación y habrá de ser acordada también la calificación del concurso. Si fuera culpable, los administradores habrán de responder.

***
QUIEN DESEE EL ENVÍO DE NÚMERO COMPLETO DE NUESTRO BOLETÍN DE SEPTIEMBRE, PUEDE PEDIRLO A NUESTRO CORREO:
elmolinodesanfernando@hotmail.es

domingo, 7 de septiembre de 2014

LA TRAMA (II)

UNA DE LAS PARCELAS DEL POLÍGONO PERMUTADA SIN CONCURSO ALGUNO POR EL AYUNTAMIENTO A RESIDENCIAL ALPERCHINES SL


EL PELOTAZO DE RESIDENCIAL ALPERCHINES SL
***

Corrían los meses de mayo y junio de 2008 y WOODMAN SL ya trabajaba para la futura empresa mixta. El encargo expreso lo había firmado JULIO SETIÉN un año antes en la mesa de trabajo constituida al efecto, concretamente en marzo de 2007. La que luego sería gerente de la sociedad mixta domiciliada en Ventura de Argumosa 22,  negociaba con los afectados, confeccionaba los convenios, elaboraba minutas notariales, e incluso redactaba borradores de decretos que luego firmaba el concejal de urbanismo, relacionados todos ellos con la actuación en la UE-1.

Los tres socios de WOODMAN SL lo eran también en otras tantas promotoras del conglomerado de sociedades patrimoniales e instrumentales que tenían y tienen montado en Ventura de Argumosa 22 (propiedad de la sociedad patrimonial ALCÁNTARA 163 SL), donde ha tenido su verdadero domicilio social PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL. Una de esas sociedades es la afortunada promotora inmobiliaria RESIDENCIAL ALPERCHINES SL administrada por los mimos socios de WOODMAN SL.

RESIDENCIAL ALPERCHINES SL toma su nombre precisamente de una actuación que preparaban por aquellas fechas en la calle del mismo nombre, para la construcción de una veintena de viviendas. Esta sociedad también comparte intereses con INMOBILIARIA CORRAL SL (que luego sería muy favorecida haciendo un negocio redondo en la UE-1 donde tiene tres fincas), en una Unidad urbanística de Coslada.

Pues bien, como se dice en la entrada anterior, RESIDENCIAL ALPERCHINES SL se convierte desde el primer momento en la financiadora de PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, entre el periodo de tiempo que va desde la constitución de la sociedad mixta (julio de 2008), hasta febrero de 2009. El importe de la ayuda financiera prestada por RESIDENCIAL ALPERCHINES a la sociedad mixta alcanzó la cifra de 1.500.000 €. Sin embargo, esta operación no está documentada con contrato alguno ni, desde luego, con facturas o soporte documental contable. Tampoco figura en los balances contables de la sociedad que preside el alcalde. A nadie le interesa que se conozca esta operación. 

Los pagos realizados por RESIDENCIAL ALPERCHINES son sorprendentes no obstante, por cuanto que la mayor parte de ellos lo son a las propias empresas del grupo: WOODMAN SL (900.000 €), AGRÍCOLA MONTESINOS SL (200.000 €), arquitecto (92.000 €), así como intereses abonados de WOODMAN SL y un sorprendente pago de 257.000 € a uno de los propietarios en compensación de 80 m2 de menos por los inmuebles a retornar. Esta operación de prestamista realizada por RESIDENCIAL ALPERCHINES SL no es realizada gratis et amore, naturalmente, sino que por ello cobra unos suculentos intereses.

EL PELOTAZO

Simultáneamente a toda esa operativa (que es preciso insistir no se halla documentada en absoluto y solo fue cancelada mediante el abono en efectivo del 1.500.000 € en febrero de 2009, para evitar dejar el menor rastro posible de ello), RESIDENCIAL ALPERCHINES SL iba a hacer un gran negocio con el ayuntamiento a costa del Patrimonio Público de Suelo.

En efecto, con el pretexto de la necesidad de vivienda pública (la EMS estaba entonces realizando la promoción de 169 viviendas del solar de Echeveste en régimen de vivienda de renta libre), los avispados administradores de RESIDENCIAL ALPERCHINES SL (los mismos que lo son de WOODMAN), consiguieron que el ayuntamiento les permutara dos solares de más de 10.000 m2 y 8.000 m2 de edificabilidad propiedad del ayuntamiento por adjudicación libre de cargas provenientes del SECTOR SUP - TO - I - 3 con uso de industria escaparate, por el que era de su propiedad en la calle Alperchines de 630 m2 y 2.212 m2 de edificabilidad y uso residencial.

Este solar se hallaba entonces tasado por el banco (año 2007 en plena burbuja), en 3.000.000 € máximo. RESIDENCIAL ALPERCHINES tenía por su parte contabilizado este solar en 1.257.000 € (ver las imágenes de arriba). La permuta se realizó saltándose la ley, como por otra parte viene siendo habitual, sin concurrencia ni publicidad alguna y mediante un simple convenio, directamente. Convenio que por supuesto nunca fue sometido a información pública como por otra parte establecía ya la nueva ley de suelo de 2007.

RESIDENCIAL ALPERCHINES SL consiguió vender rápidamente sus solares. Tan rápido que es sorprendente y que solo puede explicarse en razón de que los hábiles administradores de WOODMAN SL, tenían comprador hacía tiempo para esos estratégicos solares del polígono industrial de propiedad municipal. El pase de esos solares fueron pues realizados por RESIDENCIAL ALPERCHINES SL en tiempo récord a la sociedad TRAINVER SERVICIOS INMOBILIARIOS SL, quien a su vez lo hizo después a la sociedad que explota la ITV en el edificio que puede reconocerse en la M-206 tras la rotonda del cruce con la M-45.

El precio por el que RESIDENCIAL ALPERCHINES SL consiguió colocar tan rápidamente sus solares permutados con el Ayuntamiento sin concurso público alguno, tal y como impone la ley, multiplicó por cuatro el que figuraba en sus balances, estando tasado hoy por el banco solo uno de ellos, en cerca de 6.000.000 €. Valor al que debe de aproximarse naturalmente el otro de los solares que, además, es más grande.

Es decir, el Ayuntamiento permutó dos solares de algo más de 10.000 m2 y 8.000 m2 de edificabilidad pertenecientes al patrimonio municipal de suelo, que hoy los bancos tienen tasados en cerca de 9.000.000 €, por un solar en el casco urbano para construir 24 viviendas, de 630 m2 y 2212 m2 de edificabilidad tasado hoy por los bancos en 3.000.000 €.

Esto es lo que se dice un buen pelotazo. Perpetrado además sin publicidad alguna, sin concurrencia de ofertas, y con la más absoluta opacidad. Simplemente mediante convenio. Esto es suerte, desde luego, mucha suerte.

Naturalmente, esto explica muchas cosas, pero también deja en el aire otras. Explica desde luego que sea RESIDENCIAL ALPERCHINES SL la que se ofrezca para financiar PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, aunque hayan hecho todo lo posible por ocultarlo, incluido no dejar rastro contable y contractual alguno. Los administradores de RESIDENCIAL ALPERCHINES SL hicieron desde luego un gran negocio, de esos que solo pueden hacer los muy afortunados. Es decir, tener el privilegio de estar cerca, muy cerca, de los que mandan y en este caso, además, por tenerlos rodeados: WOODMAN SL como gerente, AGRÍCOLA MONTESINOS SL como testaferro de la corporación, y RESIDENCIAL ALPERCHINES SL, favorecida por el formidable pelotazo dado por la ventajosa permuta, como prestamista de la sociedad mixta. 

Eso sí, PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL se halla hoy como todo el mundo sabe en concurso de acreedores por insolvencia total. Y llegados a este punto es preciso preguntarse: ¿cómo es posible que tipos tan hábiles para hacer negocios tan fabulosos con sus propias sociedades, utilizando desde luego su influencia sobre el poder, hayan sido tan  incompetentes y descuidados hasta arruinar a la sociedad mixta de la que eran gerentes y presidía el alcalde?

lunes, 1 de septiembre de 2014

LA TRAMA (I)





LA SOCIEDAD MIXTA Y LA TELA DE ARAÑA
***
AVISO A NAVEGANTES
***
Nuestro último número de EL MOLINO DE PAPEL del mes de agosto, ha tenido una gran repercusión y han sido numerosos los seguidores del blog que nos han pedido el envío de dicho ejemplar. Para los que no han podido hacerlo antes porque estaban de vacaciones y para conocimiento de nuestros seguidores en general, iniciamos ahora una serie de entradas mediante las cuales iremos explicando pacientemente, cómo la sociedad mixta se halló desde el primer momento de su constitución a merced del conglomerado de sociedades del grupo empresarial cine San Fernando, radicado en Ventura de Argumosa 22. Esta es la primera de dichas entregas.
***

Arriba se refleja en un gráfico lo que no es otra cosa que la tela de araña en que se vio envuelta la sociedad mixta PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, nada más comenzar sus operaciones. 

Lo primero que hicieron fue firmar el contrato de prestación de servicios con WOODMAN SL, cuyos administradores habían conseguido blindar mediante la argucia de insertar en el clausulado de los convenios expropiatorios precisamente ese compromiso. Dicho contrato lo fue por un importe de nada menos que 4,2 millones de euros, para una sociedad que ni siquiera tenía empleados.

Inmediatamente después, uno de los propietarios que no aceptaba la fórmula ofrecida de pago en "especie", exigió el cumplimiento de los compromisos secretos mantenidos con él, y PESF SL utilizó a la mercantil patrimonial de uno de los socios de WOODMAN SL para solucionar el problema. Y es así como la sociedad patrimonial AGRÍCOLA MONTESINOS SL, acabó pronto comprando las 398 participaciones del socio FINCAS RAMÓN NÚÑEZ SL. Eso sí, la compradora pagó 800.000 € por unas participaciones que el Ayuntamiento acababa de valorar en 254.000 €.

El interés de la compra le fue notificado notarialmente a uno de los miembros del consejo de administración, el vocal MANUEL G. ROJO, en el Ayuntamiento el 4 de agosto, pues en aquellos momentos ejercía de alcalde en funciones.

La finalidad de la notificación notarial era, naturalmente, cumplir las disposiciones estatutarias y la propia ley de sociedades, con la obligación del consejo de administración de comunicar la oferta a los demás socios. Pero no se realizó por parte del consejo dicha notificación al resto de los socios. Y el resultado final fue que AGRÍCOLA MONTESINOS SL compró las 398 participaciones de FINCAS R. NÚÑEZ SL, y se convirtió así en nuevo socio de PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL.

Sin embargo, y para sorpresa de propios y extraños, AGRÍCOLA MONTESINOS SL le vendió unos meses después a PESF SL su participación societaria, pero ¡al mismo precio de 800.000 €!. Es decir, la sociedad mixta pagó a AGRÍCOLA MONTESINOS SL los mismos 800.000 €. Eso sí, esa compra, que se formalizó mediante una modificación del convenio de expropiación aprobado por el Ayuntamiento, pero cuyo anexo firmó el consejero delegado de la sociedad sin autorización de la corporación pues, ¡se realizó por cuenta del Ayuntamiento! Es decir, no se trataba de una operación de autocartera, sino de la compra pura y dura de unos derechos en favor de un socio, el Ayuntamiento, que controlaba la sociedad además a través de sus órganos de administración, pero metiendo directamente la mano en la caja; es decir, con dinero de la sociedad.

No obstante lo cual, en los balances de la sociedad aparece este importe (y otros más) como créditos a favor de la sociedad, cuando en realidad evidentemente nada de eso es así.

Y dado que la sociedad mixta carecía de liquidez desde su constitución, por cuanto que el capital social lo era todo en forma de aportaciones no dinerarias (aquí no ha puesto un euro físico nadie, excepto Caja Madrid claro está), y que los préstamos hipotecarios no le fueron aprobados sino hasta el 31 de diciembre de 2008, es por lo que a lo largo de todo el año 2008 y parte de 2009, PESF SL tuvo como entidad financiadora a otra sociedad del grupo de los socios de WOODMAN SL: RESIDENCIAL ALPERCHINES SL.

De esta forma, PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL acabó enredada y presa de una formidable tela de araña que no podía eludir de ninguna forma, tejida por los socios de la gerente. Así pues, WOODMAN SL era la sociedad que la gerenciaba a cambio de un suculento contrato de prestación de servicios. AGRÍCOLA MONTESINOS SL compraba las participaciones de los socios descontentos a precios desorbitados, siguiendo las instrucciones de los responsables municipales y adquiriendo esas participaciones por cuenta del Ayuntamiento. Es decir, actuando como un auténtico testaferro de la corporación. Para, finalmente, acabar echándose en brazos de otra sociedad del mismo grupo, RESIDENCIAL ALPERCHINES SL, como la mercantil que financiaría los gastos a los que PESF SL habría de hacer frente en 2008, y que ascendieron a 1,5 millones de euros. 

Eso sí, simultáneamente, RESIDENCIAL ALPERCHINES SL se veía favorecida por una ventajosa permuta de suelo con el Ayuntamiento y de la que hablaremos en la próxima entrada.
***
(CONTINUARÁ)



domingo, 24 de agosto de 2014

CASO PLAZA DE ESPAÑA: CRUCE DE DENUNCIAS


EL ALCALDE DENUNCIA A LA EXSECRETARIA 
***
Es sabido que el alcalde actual y la exsecretaria de PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, Dª CARMEN CRIADO, no se llevaban precisamente bien. Y es así que en los primeros días de su toma de posesión como alcalde allá por el mes de abril de 2013, D. ÁNGEL MORENO trató de conocer detalles de la situación de la sociedad mixta a cuya presidencia había accedido por su condición de alcalde. De modo que le pidió a la entonces secretaria del consejo de administración todos los documentos de la sociedad. El nuevo alcalde no la renovó en su cargo de confianza política de asesora del equipo de gobierno, razón por la cual cesó en el ayuntamiento.

No obstante lo cual, la ya exasesora jurídica del equipo de gobierno siguió ocupando su despacho que además guardaba con llave. Por ello, un día, y siguiendo instrucciones del propio alcalde, la secretaria general municipal acompañada del jefe de recursos humanos, compareció en el despacho que ocupaba Dª CARMEN para hacerle entrega de un acta en la que se la requería toda la documentación de la sociedad mixta, así como la llave del despacho y el ruego de que abandonara el mismo por no ser ya empleada del ayuntamiento.

Dª CARMEN se negó rotundamente a cumplir con lo que se le requería, alegando que dicho despacho era la sede social de la empresa mixta, y ella, mientras no fuese cesada por la Junta de partícipes, era su secretaria y por ello ocupaba dicha dependencia municipal. La secretaria general accidental del ayuntamiento le hizo entrega del requerimiento, diligenció la negativa, y dejó constancia de su contumaz resistencia a entregar los documentos y la llave del despacho. No obstante lo cual, y pasado un tiempo, la exasesora se avino a entregar parte de los documentos, reclamando la presencia del notario para hacer entrega de la llave del despacho. El notario no acudió de todas formas, pues tan fedatario público es la secretaria municipal como el propio notario. Al fin hizo entrega de las llaves y de parte de los documentos. Al día siguiente fue cesada como secretaria de la sociedad por su presidente.

De los documentos que la exsecretaria entregó, el alcalde fue conociendo algunas vicisitudes de la gestión de la sociedad, lo cual tuvo como primer correlato una denuncia presentada ante la Fiscalía en el mes de noviembre de 2013 de la que ya hemos hablado aquí. Y tuvo continuidad con un segunda denuncia, pero ahora en el juzgado de guardia de Coslada en el mes de enero de este año, y solo contra la exsecretaria de la sociedad mixta. 

Acusa el alcalde a la exsecreataria de ser en realidad la administradora de hecho de la sociedad mixta. Y también de la presunta comisión por la misma de varios posible ilícitos penales (falsedad contable, administración desleal, infidelidad en la custodia de documentos, tráfico de influencias, malversación de fondos, y negociación prohibida a funcionarios). Todos esos presuntos cargos los alega el alcalde como presidente de la sociedad, y firma la denuncia junto con la consejera delegada actual, contra la exsecretaria y exasesora del equipo de gobierno Dª CARMEN CRIADO.

A la denuncia ante la Fiscalía del alcalde ha respondido Dª CARMEN revolviéndose contra él (y el resto de los denunciantes) por injurias y calumnias. Así están las cosas...de momento. Con cruces de denuncias por graves cargos.
***
(próxima entrada)
LA EXTRAÑA HISTORIA DE UN CONTRATO


miércoles, 30 de julio de 2014

LA TUPIDA MARAÑA


NÚMERO DE AGOSTO DE EL MOLINO DE PAPEL
***
Donde contamos cómo se tejió la red de sociedades vinculadas a WOODMAN SL que colonizaron PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL.
***
Las personas que deseen que les remitamos el ejemplar completo, solo tienen pedírnoslo al correo: elmolinodesanfernando@hotmail.es

domingo, 27 de julio de 2014

ROBOS Y SAQUEOS



ROBAN 80.000 € Y DOCUMENTOS EN LA SEDE DE WOODMAN
****


Cuando se iniciaron las primeras pesquisas judiciales contra la gestión de Jesús Gil en el saqueo del ayuntamiento marbellí, siempre ocurría lo mismo: un oportuno robo de la documentación en alguna oficina de alguien que la tenía depositada y que reclamaba el juzgado, impedía o entorpecía la investigación judicial.

Al caso plaza de España le aparecen cada vez más similitudes con estos sonados casos, y por no faltarle no le falta ya siquiera el oportuno robo de documentos que, oh casualidad, andan requiriendo los juzgados.

En efecto, si hace unos meses supimos que hay una denuncia en uno de los juzgados de Coslada (son ya prácticamente los seis juzgados los que siguen algún caso relacionado con plaza de España), por la posible sustracción de documentos y expedientes en el Ayuntamiento, relacionados todos ellos con el caso plaza de España, ahora sabemos que a primeros de año fue WOODMAN la que "sufrió" un lamentable robo. Y cuyos cacos, además de llevarse un voluminoso importe de dinero de la caja fuerte, también arramplaron con documentos clave de plaza de España que están investigando los jueces. Naturalmente, sin documentos, no hay caso.

Es providencial la oportunidad y diligencia que muestran estos ladrones de documentos, y parece mentira que unos cacos tan habilidosos para oler dónde hay importantes cantidades de dinero guardado en lugares que no sean los bancos, son también tan extraordinariamente aficionados a hacerse con documentos ajenos que, casualmente, andan pidiendo los jueces que investigan estos casos.

Este caso de la plaza de España huele cada vez más a podrido, y no nos extrañaría que en los próximos meses algún siniestro (un fuego o una inundación), acabe por hacer desaparecer todos los documentos y expedientes relacionados con el caso, bien en las dependencias municipales o bien en otras particulares, de las muchas que han contribuido de una forma u otra a la ruina de la sociedad mixta. De momento, ya vamos camino de experimentar lo mismo que los atónitos vecinos de Marbella: ver cómo hay ladrones muy bien aleccionados para interesarse por expedientes y documentos clave de investigaciones judiciales, que desaparecen con la misma facilidad que voluminosas cantidades de dinero sospechosamente almacenadas en el doble fondo de una caja fuerte. Así funciona este mundo de los bajos fondos, por lo que se ve. 

domingo, 29 de junio de 2014

"DATOS TERRORÍFICOS"



PARALELISMOS ENTRE EL CASO PLAZA DE ESPAÑA Y EL CASO GULLÓN
***
El pasado jueves se celebró el pleno ordinario de junio y, entre mociones de "alta política" y otros enredos a los que nos tienen acostumbrados los grupos municipales, se coló una del grupo municipal de PP que nos parece muy pertinente a propósito de la personación pedida por el alcalde en las diligencias previas del juzgado 5 de Coslada, sobre la investigación del caso plaza de España.

La personación del Ayuntamiento solicitada el año pasado por el alcalde, ha sido ahora suspendida por el juez para que aclare en calidad de qué se solicita. ¡Seis meses después! Y, al parecer, alega el primer edil que lo hace como acusación particular al considerar que el Ayuntamiento puede haber sido perjudicado por las actuaciones de los implicados. Es decir, que se persona para acusar. Alternativamente no obstante, también lo hace porque puede ser condenado (el Ayuntamiento, claro) como responsable civil subsidiario.

Ya hemos manifestado aquí nuestro mosqueo al respecto, pues es bien conocido que en muchas ocasiones (el PP en el caso Bárcenas o la Junta de Andalucía en el de los EREs, por ejemplo), se utiliza esta estratagema procesal pero no para acusar, sino para ejercer de defensa encubierta de los implicados.

La moción del grupo municipal del PP no obstante venía a cuento por el lamentable abuso que supone que, una vez hay condena de nuestra lentísima justicia, son sistemáticas las resoluciones judiciales que condenan a las instituciones con las correspondientes cargas económicas civiles, mientras que los procesados se van de rositas con leves penas de simple inhabilitación por ejemplo. Esto fue desde luego lo que ocurrió en nuestro Ayuntamiento con el caso Gullón, y en previsión de que ahora con el caso plaza de España pueda suceder lo mismo, el grupo municipal del PP presentó dicha moción para que los implicados, si finalmente fuesen condenados, corran con los gastos de su bolsillo y no se carguen a las arcas municipales.

UN CASO ENTERRADO EN EL OLVIDO

Desde luego hay muchas concomitancias entre el caso Gullón y el caso plaza de España, y entre ellas el no menor riesgo de que el de la sociedad mixta dure tanto como el primero: ¡más de diecinueve años y aún colea!

Pocos vecinos conocen pues el caso Gullón con detalle, y ni siquiera tienen noticia alguna de la condena de inhabilitación que hubo de afrontar un alcalde de IU por una espeluznante actuación suya, mezcla de venganza, prevaricadora arrogancia, y prepotencia política. Privó a un ciudadano de la propiedad de una finca que tenía frente a PRYCA (hoy Carrefour), y en connivencia con la multinacional urdieron un plan para vengarse por la oposición que mantuvo cuando levantaron el centro comercial de la Nacional II en los años ochenta.

Y no solo consiguió el entonces alcalde despojar al indefenso ciudadano de la finca de su propiedad, sino que luego, mediante torticeras maniobras y la complicidad de un juez de paz, acabó adjudicándosela a un contratista del Ayuntamiento en pago de obras que le debía el propio Ayuntamiento. El contratista en cuestión tenía la suerte de verse muy favorecido por sucesivas contratas municipales, muchas de las cuales (como el asfaltado de las calles), le eran adjudicadas por el alcalde directamente troceando los presupuestos.

El caso Gullón fue un lamentable y bochornoso ejemplo del funcionamiento de nuestra justicia. El juez de instrucción del juzgado de Alcalá de Henares denunció presiones del presidente de la Audiencia Nacional para que archivara el caso, a petición de una conocidísima abogada íntima amiga del presidente de la Audiencia y conmilitante entonces en la coalición del alcalde imputado. Y al mismo tiempo que el juez instructor declaraba secreto el sumario, anunciaba que en sus investigaciones del caso había encontrado "datos terroríficos" y no permitiría presión política alguna, en clara alusión al entonces presidente de la Audiencia Nacional. El problema es que la instrucción duró dieciséis años, y solo pudo ser levemente enmendada tan tercermundista actuación judicial, gracias al Tribunal Supremo que, en el año 2006, condenó a los imputados, entre ellos al exalcalde de IU. Eso sí, después de declarar responsable civil al Ayuntamiento. Es decir, condenar al Ayuntamiento y con él a todos los vecinos, a pagar los gastos, las costas, y las inmdenizaciones correspondientes. Lo dicho, los responsables con penas muy leves diecinueve años después y el Ayuntamiento a pagar.

La resolución final del caso cuya representación procesal del Ayuntamiento la llevó por cierto Carmen CRIADO, fue deliberadamente ocultada bajo un manto de silencio. De ahí que nos parezca pertinente que se conozca bien. Particularmente lamentable fue la actuación de la Audiencia Provincial que absolvió inicialmente a los encausados, con resoluciones que, vistas hoy, nos parecen oprobiosas. Menos mal que el Tribunal Supremo por la certera y valiente ponencia del magistrado Martín Pallín (conocido simpatizante de la coalición), vino a enmendar el formidable atropello y a reparar algo el largo sufrimiento de la familia (el señor Gullón murió a los pocos años y no pudo ver reparada la injusticia). 

Entre los hechos que la Audiencia Provincial - en una sentencia absolutoria que pasará a los anales más negros de la sedicente justicia española - no consideró probados, está la sospechosa aparición de varios abonos de cheques en la cuenta de la mujer del alcalde, procedentes del contratista adjudicatario de la finca subastada. El pago en metálico y con rebaja de un vehículo adquirido a un concesionario amigo del mismo contratista. O el hecho de que los obreros del mismo contratista fuesen los que reformaran una nueva casa en Madrid comprada por el alcalde, a los que aseguraba pagar él mismo en mano, y que, según su declaración que la Audiencia creyó, también compraba él personalmente los materiales de la reforma, a pesar de reconocer tener un presupuesto del propio contratista.

Tal vez fueran estos los datos que el juez de instrucción consideró terroríficos. Como se dice, la Audiencia Provincial absolvió de todos los cargos a los encausados, si bien el Supremo solo en parte vino a reparar tan insólita resolución de un proceso que duró nada menos que diecinueve años.

Las concomitancias pues entre el caso Gullón y el caso plaza de España son de momento evidentes, y llevan en muchos aspectos el mismo camino. Tres años y medio después de presentada la querella por nosotros en el juzgado 5 de Coslada, la instrucción avanza a paso de tortuga entre recursos e impugnaciones de los imputados, bajas del fiscal, y resoluciones dilatadas tanto en el tiempo que ya casi se olvidan. El caso comienza a ser como el camarote de los hermanos Marx, demasiadas partes y pocos avances. Y ahora el Ayuntamiento que asegura personarse para acusar. Esperemos que sea así, y no nos encontremos de nuevo con un lamentable caso Gullón con la sola esperanza de que sea el Tribunal Supremo el que venga, dentro de veinte años, a poner las cosas en su sitio.
***
No auguramos mucho éxito a la moción (al parecer luego transformada en pregunta) del grupo municipal del PP, en el sentido de conocer exactamente cuánto le costó o va a costar al Ayuntamiento (y por lo tanto a todos), la condena del caso Gullón. Estamos demasiado acostumbrados a que los gobiernos (y por acto reflejo las oposiciones en sentido inverso) nieguen la más elemental información cuando el asunto les atañe directamente a ellos o a alguno de los suyos, mientras son muy exigentes cuando están en la oposición y hay imputados de los adversarios. El comportamiento es tan desesperadamente reincidente y previsible que simplemente abochorna. 

Pero se olvidan unos y otros que el derecho a conocer esos datos no está residenciado a los grupos políticos (que también), sino en los ciudadanos y muy particularmente en los contribuyentes, que tenemos absoluto derecho a saber hasta dónde y cómo se aplica hasta el último euro de nuestros impuestos. Sin que, desde luego, para ello sea necesario invocar ley de transparencia alguna. El alcalde tiene una buena oportunidad de demostrar con este emplazamiento del grupo municipal popular, si es tan exigente consigo mismo como su coalición en otros Ayuntamientos donde no gobierna, o si por el contrario no es muy distinto a otros gobiernos municipales. 

domingo, 22 de junio de 2014

EL MANUSCRITO HALLADO EN ZARAGOZA (II)

FICHA DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN UE-1 . PLAZA DE ESPAÑA




FICHA URBANÍSTICA DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN UE-4 - ECHEVESTE


El profesor de la Universidad de Zaragoza, Dr. JULIO TEJEDOR BIELSA, al que han acudido los seguidores del exportavoz del grupo municipal de IU JAVIER BLANCO, hubiera evitado hacer afirmaciones tan temerarias como erróneas en su Dictamen, si hubiera reparado en las diferencias entre la Unidad de ejecución UE-1 (objeto de la controversia sobre la inclusión o no de la plaza de España), y la unidad de enfrente que el PGOU denomina UE-4, donde, a diferencia de la plaza de España, en ésta si se halla incluida el antiguo solar permutado a Echeveste. 

Como puede apreciarse por las fichas de arriba, la diferencia entre estas dos unidades de ejecución de parecidas superficies, consiste precisamente en que el aprovechamiento resultante en la UE-1 (de la plaza de España) es de 18.591 m2, mientras que en la UE-4 (antiguo solar de Echeveste) es de 51.940 m2. Esta brutal diferencia en cuanto al aprovechamiento resultante de una y otra unidad de superficies semejantes, se debe precisamente a que mientras en la primera (la de la plaza de España) no está incluido el Sistema General existente (SG VB-7 de la plaza de España), en la segunda (la del viejo solar de Echeveste), sí lo está (SG VB-5).

¿Y CUÁL ES LA RAZÓN DE SU INCLUSIÓN EN UNA Y NO EN OTRA?

En ambos casos se trata de sistemas generales ya existentes con anterioridad a la aprobación del nuevo PGOU, sin embargo, mientras que la plaza de España fue obtenida por cesión (gratuita) de la Corona en 1888, sin embargo el solar de Echeveste (que ya el anterior PGOU lo consideraba un sistema general verde), lo fue por permuta con su propietario (Echeveste) en 1996. Es decir, que fue obtenido de forma onerosa (mediante la permuta con otros bienes municipales). En este caso, la ley de suelo de la Comunidad de Madrid sí permite su inclusión (aunque ya sea propiedad municipal) en las unidades de ejecución, y atribuirle pues el aprovechamiento correspondiente aunque naturalmente no sea preciso ya obtenerlo.

Es desde luego el caso de la UE-4, donde la inclusión de los más 10.000 m2 de lo que hoy es la plaza de detrás del Ayuntamiento, permitió arrojar un aprovechamiento lucrativo de 51.940 m2 frente a los 18.591 m2 de la UE-1. Lo que revelaría una vez más que la plaza de España, contra lo que dice el profesor de Zaragoza, no se halla incluida en la Unidad UE-1 por el PGOU. Una evidencia más de la disparatada interpretación que este profesor hace del asunto.

NOTA: Si bien en la UE-4 el aprovechamiento lucrativo resultante es de 51.940 m2, solo son patrimonializables 20.000 m2. La diferencia de 31.940 m2 es una bolsa de unidades de aprovechamiento excedentarias de propiedad municipal para transferir (vender) a los propietarios que dentro del Área de Reparto número 1 a la que pertenece la unidad, tengan defecto de aprovechamiento. Lo asombroso es que el Ayuntamiento, que es titular de esa impresionante bolsa de unidades de aprovechamiento (y que por lo tanto forman parte del patrimonio municipal de suelo) no ha vendido (transferido) ni una sola unidad de ese aprovechamiento. Lo cual significa pura, lisa y llanamente, que se las ha regalado a todos los privados que se hallaban en esa situación en el Área de Reparto número 1, donde por cierto estaban ubicados los edificios de la calle Coslada 9 y G. de Córdoba 14, que fueron adheridos irregularmente a la actuación de la plaza de España. Sinceramente inaudito. 

(continuará)