El Equipo de Gobierno ha decidido enrocarse y no dar más explicaciones que las consabidas proclamas vaporosas, destinadas a evitar que el personal se haga otras preguntas sobre la gestión de la Unidad de ejecución de la Plaza de España. Por ejemplo, estas:
Con fecha 18 de enero pasado, en el BOCM nº 14, aparece este anuncio de arriba en el que se nos informa acerca de la aprobación definitiva del Plan Especial de Reordenación de la UE-1 y Edificios Adheridos de la Plaza de España. Tal y como puede apreciarse en el primer punto del acuerdo, hay vecinos que han participado presentado "alegaciones favorables", lo cual es toda una innovación en los procedimientos de elaboración de las disposiciones administrativas. Pero lo que sí es evidente, es que dicho Plan Especial no ha sido publicado tal y como prescribe, entre otras, la propia Ley de Suelo. Y, si no ha sido publicado, señores del Equipo de Gobierno, el Plan Especial ni puede ser impugnado directamente ni, desde luego, está en vigor. De modo que, ¿cuándo lo van a publicar, cuando esté acabada la obra?
Y si el Plan Especial no está en vigor por su falta de publicación, es decir, no es eficaz, ¿cómo es posible que se estén ejecutando las obras? ¿qué cobertura legal tiene las licencias de obras con las que, se supone, están ejecutándose las mismas, si el Plan Especial no ha entrado aún en vigor porque no está publicado?
El acuerdo adoptado el día 28 de mayo de 2008, establecía claramente que el capital social de la empresa mixta a constituir, lo sería mediante la aportación del aprovechamiento asignado a la Unidad, repartido en la proporción correspondiente al 51% para los propietarios, y el 49% para el Ayuntamiento. Se trataba pues de las unidades de aprovechamiento, en absoluto del suelo y mucho menos de la Plaza de España. El aprovechamiento urbanístico sí puede ser considerado un bien patrimonial, y como tal puede ser inscrito en el Registro como finca independiente, aunque hay quien sostiene que forma parte del Patrimonio Municipal de Suelo. Pero la pregunta es esta: ¿quién y por qué dio el cambiazo, y se presentó ante el Sr. Notario el día la constitución de la empresa, con una minuta totalmente discordante con lo aprobado en el Pleno? ¿era consciente el Sr. Alcalde, facultado para ejecutar los acuerdos del Pleno, de lo que estaba haciendo o le colaron un formidable gol?
Resulta absolutamente inexplicable, y nadie ha conseguido hacerlo, qué pinta D. VICTORIANO CUESTA ÁLVAREZ haciendo encargos en nombre de PLAZA DE ESPAÑA DE SAN FERNANDO SL, y mucho más formulando Planes Especiales en su nombre, si ni siquiera es aporderado de la misma. Es incomprensible la forma en que WOODMAN SL, es designada para "gestionar" esta Unidad, mediante una extraña cláusula aceptada por el Ayuntamiento en los convenios expropiatorios, sin que se sepa cuál es su función y sobre todo cuáles son sus honorarios. Y otra pregunta más que se hacen los ciudadanos, ¿para qué sirve el Consejo de Administración de esta empresa? O, ¿tiene o ha tenido el Sr. Cuesta otros intereses de alguna de sus empresas en las Áreas de Reparto afectadas por el Plan Especial que formuló sin estar facultado para ello? Por ejemplo, ¿a través de RESIDENCIAL ALPERCHINES SL?
Finalmente, el mismo Sr. Cuesta realizaba unas declaraciones en un medio local en el año 2007. Aquí dice representar los intereses de los propietarios, que finalmente son los que han impuesto a su promotora WOODMAN SL al Ayuntamiento. Pero, además, asegura que con la edificabilidad asignada a la Unidad, no es posible rentabilizarla. ¿Ha cambiado de opinión este señor? Y sobre todo, ¿cómo es posible que una empresa que pretende ejecutar más de 200 viviendas y 600 plazas de aparcamiento, no haya desembolsado ni un sólo euro nadie y, a pesar de que figura su domicilio social en el Ayuntamiento, no se le conozca empleado alguno?
cuanto mas me informo mas robo me parece
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