domingo, 29 de junio de 2014

"DATOS TERRORÍFICOS"



PARALELISMOS ENTRE EL CASO PLAZA DE ESPAÑA Y EL CASO GULLÓN
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El pasado jueves se celebró el pleno ordinario de junio y, entre mociones de "alta política" y otros enredos a los que nos tienen acostumbrados los grupos municipales, se coló una del grupo municipal de PP que nos parece muy pertinente a propósito de la personación pedida por el alcalde en las diligencias previas del juzgado 5 de Coslada, sobre la investigación del caso plaza de España.

La personación del Ayuntamiento solicitada el año pasado por el alcalde, ha sido ahora suspendida por el juez para que aclare en calidad de qué se solicita. ¡Seis meses después! Y, al parecer, alega el primer edil que lo hace como acusación particular al considerar que el Ayuntamiento puede haber sido perjudicado por las actuaciones de los implicados. Es decir, que se persona para acusar. Alternativamente no obstante, también lo hace porque puede ser condenado (el Ayuntamiento, claro) como responsable civil subsidiario.

Ya hemos manifestado aquí nuestro mosqueo al respecto, pues es bien conocido que en muchas ocasiones (el PP en el caso Bárcenas o la Junta de Andalucía en el de los EREs, por ejemplo), se utiliza esta estratagema procesal pero no para acusar, sino para ejercer de defensa encubierta de los implicados.

La moción del grupo municipal del PP no obstante venía a cuento por el lamentable abuso que supone que, una vez hay condena de nuestra lentísima justicia, son sistemáticas las resoluciones judiciales que condenan a las instituciones con las correspondientes cargas económicas civiles, mientras que los procesados se van de rositas con leves penas de simple inhabilitación por ejemplo. Esto fue desde luego lo que ocurrió en nuestro Ayuntamiento con el caso Gullón, y en previsión de que ahora con el caso plaza de España pueda suceder lo mismo, el grupo municipal del PP presentó dicha moción para que los implicados, si finalmente fuesen condenados, corran con los gastos de su bolsillo y no se carguen a las arcas municipales.

UN CASO ENTERRADO EN EL OLVIDO

Desde luego hay muchas concomitancias entre el caso Gullón y el caso plaza de España, y entre ellas el no menor riesgo de que el de la sociedad mixta dure tanto como el primero: ¡más de diecinueve años y aún colea!

Pocos vecinos conocen pues el caso Gullón con detalle, y ni siquiera tienen noticia alguna de la condena de inhabilitación que hubo de afrontar un alcalde de IU por una espeluznante actuación suya, mezcla de venganza, prevaricadora arrogancia, y prepotencia política. Privó a un ciudadano de la propiedad de una finca que tenía frente a PRYCA (hoy Carrefour), y en connivencia con la multinacional urdieron un plan para vengarse por la oposición que mantuvo cuando levantaron el centro comercial de la Nacional II en los años ochenta.

Y no solo consiguió el entonces alcalde despojar al indefenso ciudadano de la finca de su propiedad, sino que luego, mediante torticeras maniobras y la complicidad de un juez de paz, acabó adjudicándosela a un contratista del Ayuntamiento en pago de obras que le debía el propio Ayuntamiento. El contratista en cuestión tenía la suerte de verse muy favorecido por sucesivas contratas municipales, muchas de las cuales (como el asfaltado de las calles), le eran adjudicadas por el alcalde directamente troceando los presupuestos.

El caso Gullón fue un lamentable y bochornoso ejemplo del funcionamiento de nuestra justicia. El juez de instrucción del juzgado de Alcalá de Henares denunció presiones del presidente de la Audiencia Nacional para que archivara el caso, a petición de una conocidísima abogada íntima amiga del presidente de la Audiencia y conmilitante entonces en la coalición del alcalde imputado. Y al mismo tiempo que el juez instructor declaraba secreto el sumario, anunciaba que en sus investigaciones del caso había encontrado "datos terroríficos" y no permitiría presión política alguna, en clara alusión al entonces presidente de la Audiencia Nacional. El problema es que la instrucción duró dieciséis años, y solo pudo ser levemente enmendada tan tercermundista actuación judicial, gracias al Tribunal Supremo que, en el año 2006, condenó a los imputados, entre ellos al exalcalde de IU. Eso sí, después de declarar responsable civil al Ayuntamiento. Es decir, condenar al Ayuntamiento y con él a todos los vecinos, a pagar los gastos, las costas, y las inmdenizaciones correspondientes. Lo dicho, los responsables con penas muy leves diecinueve años después y el Ayuntamiento a pagar.

La resolución final del caso cuya representación procesal del Ayuntamiento la llevó por cierto Carmen CRIADO, fue deliberadamente ocultada bajo un manto de silencio. De ahí que nos parezca pertinente que se conozca bien. Particularmente lamentable fue la actuación de la Audiencia Provincial que absolvió inicialmente a los encausados, con resoluciones que, vistas hoy, nos parecen oprobiosas. Menos mal que el Tribunal Supremo por la certera y valiente ponencia del magistrado Martín Pallín (conocido simpatizante de la coalición), vino a enmendar el formidable atropello y a reparar algo el largo sufrimiento de la familia (el señor Gullón murió a los pocos años y no pudo ver reparada la injusticia). 

Entre los hechos que la Audiencia Provincial - en una sentencia absolutoria que pasará a los anales más negros de la sedicente justicia española - no consideró probados, está la sospechosa aparición de varios abonos de cheques en la cuenta de la mujer del alcalde, procedentes del contratista adjudicatario de la finca subastada. El pago en metálico y con rebaja de un vehículo adquirido a un concesionario amigo del mismo contratista. O el hecho de que los obreros del mismo contratista fuesen los que reformaran una nueva casa en Madrid comprada por el alcalde, a los que aseguraba pagar él mismo en mano, y que, según su declaración que la Audiencia creyó, también compraba él personalmente los materiales de la reforma, a pesar de reconocer tener un presupuesto del propio contratista.

Tal vez fueran estos los datos que el juez de instrucción consideró terroríficos. Como se dice, la Audiencia Provincial absolvió de todos los cargos a los encausados, si bien el Supremo solo en parte vino a reparar tan insólita resolución de un proceso que duró nada menos que diecinueve años.

Las concomitancias pues entre el caso Gullón y el caso plaza de España son de momento evidentes, y llevan en muchos aspectos el mismo camino. Tres años y medio después de presentada la querella por nosotros en el juzgado 5 de Coslada, la instrucción avanza a paso de tortuga entre recursos e impugnaciones de los imputados, bajas del fiscal, y resoluciones dilatadas tanto en el tiempo que ya casi se olvidan. El caso comienza a ser como el camarote de los hermanos Marx, demasiadas partes y pocos avances. Y ahora el Ayuntamiento que asegura personarse para acusar. Esperemos que sea así, y no nos encontremos de nuevo con un lamentable caso Gullón con la sola esperanza de que sea el Tribunal Supremo el que venga, dentro de veinte años, a poner las cosas en su sitio.
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No auguramos mucho éxito a la moción (al parecer luego transformada en pregunta) del grupo municipal del PP, en el sentido de conocer exactamente cuánto le costó o va a costar al Ayuntamiento (y por lo tanto a todos), la condena del caso Gullón. Estamos demasiado acostumbrados a que los gobiernos (y por acto reflejo las oposiciones en sentido inverso) nieguen la más elemental información cuando el asunto les atañe directamente a ellos o a alguno de los suyos, mientras son muy exigentes cuando están en la oposición y hay imputados de los adversarios. El comportamiento es tan desesperadamente reincidente y previsible que simplemente abochorna. 

Pero se olvidan unos y otros que el derecho a conocer esos datos no está residenciado a los grupos políticos (que también), sino en los ciudadanos y muy particularmente en los contribuyentes, que tenemos absoluto derecho a saber hasta dónde y cómo se aplica hasta el último euro de nuestros impuestos. Sin que, desde luego, para ello sea necesario invocar ley de transparencia alguna. El alcalde tiene una buena oportunidad de demostrar con este emplazamiento del grupo municipal popular, si es tan exigente consigo mismo como su coalición en otros Ayuntamientos donde no gobierna, o si por el contrario no es muy distinto a otros gobiernos municipales. 

domingo, 22 de junio de 2014

EL MANUSCRITO HALLADO EN ZARAGOZA (II)

FICHA DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN UE-1 . PLAZA DE ESPAÑA




FICHA URBANÍSTICA DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN UE-4 - ECHEVESTE


El profesor de la Universidad de Zaragoza, Dr. JULIO TEJEDOR BIELSA, al que han acudido los seguidores del exportavoz del grupo municipal de IU JAVIER BLANCO, hubiera evitado hacer afirmaciones tan temerarias como erróneas en su Dictamen, si hubiera reparado en las diferencias entre la Unidad de ejecución UE-1 (objeto de la controversia sobre la inclusión o no de la plaza de España), y la unidad de enfrente que el PGOU denomina UE-4, donde, a diferencia de la plaza de España, en ésta si se halla incluida el antiguo solar permutado a Echeveste. 

Como puede apreciarse por las fichas de arriba, la diferencia entre estas dos unidades de ejecución de parecidas superficies, consiste precisamente en que el aprovechamiento resultante en la UE-1 (de la plaza de España) es de 18.591 m2, mientras que en la UE-4 (antiguo solar de Echeveste) es de 51.940 m2. Esta brutal diferencia en cuanto al aprovechamiento resultante de una y otra unidad de superficies semejantes, se debe precisamente a que mientras en la primera (la de la plaza de España) no está incluido el Sistema General existente (SG VB-7 de la plaza de España), en la segunda (la del viejo solar de Echeveste), sí lo está (SG VB-5).

¿Y CUÁL ES LA RAZÓN DE SU INCLUSIÓN EN UNA Y NO EN OTRA?

En ambos casos se trata de sistemas generales ya existentes con anterioridad a la aprobación del nuevo PGOU, sin embargo, mientras que la plaza de España fue obtenida por cesión (gratuita) de la Corona en 1888, sin embargo el solar de Echeveste (que ya el anterior PGOU lo consideraba un sistema general verde), lo fue por permuta con su propietario (Echeveste) en 1996. Es decir, que fue obtenido de forma onerosa (mediante la permuta con otros bienes municipales). En este caso, la ley de suelo de la Comunidad de Madrid sí permite su inclusión (aunque ya sea propiedad municipal) en las unidades de ejecución, y atribuirle pues el aprovechamiento correspondiente aunque naturalmente no sea preciso ya obtenerlo.

Es desde luego el caso de la UE-4, donde la inclusión de los más 10.000 m2 de lo que hoy es la plaza de detrás del Ayuntamiento, permitió arrojar un aprovechamiento lucrativo de 51.940 m2 frente a los 18.591 m2 de la UE-1. Lo que revelaría una vez más que la plaza de España, contra lo que dice el profesor de Zaragoza, no se halla incluida en la Unidad UE-1 por el PGOU. Una evidencia más de la disparatada interpretación que este profesor hace del asunto.

NOTA: Si bien en la UE-4 el aprovechamiento lucrativo resultante es de 51.940 m2, solo son patrimonializables 20.000 m2. La diferencia de 31.940 m2 es una bolsa de unidades de aprovechamiento excedentarias de propiedad municipal para transferir (vender) a los propietarios que dentro del Área de Reparto número 1 a la que pertenece la unidad, tengan defecto de aprovechamiento. Lo asombroso es que el Ayuntamiento, que es titular de esa impresionante bolsa de unidades de aprovechamiento (y que por lo tanto forman parte del patrimonio municipal de suelo) no ha vendido (transferido) ni una sola unidad de ese aprovechamiento. Lo cual significa pura, lisa y llanamente, que se las ha regalado a todos los privados que se hallaban en esa situación en el Área de Reparto número 1, donde por cierto estaban ubicados los edificios de la calle Coslada 9 y G. de Córdoba 14, que fueron adheridos irregularmente a la actuación de la plaza de España. Sinceramente inaudito. 

(continuará)


sábado, 14 de junio de 2014

EL MANUSCRITO HALLADO EN ZARAGOZA (I)

AVISO A NAVEGANTES
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En el último pleno extraordinario celebrado el pasado lunes 9, quedó escenificada la división y el enfrentamiento entre los dos bandos del equipo de gobierno por el caso plaza de España. El exportavoz del grupo, JAVIER BLANCO, para justificar su postura y la de otros cuatro concejales de IU enfrentados a las propuestas del alcalde sobre la recuperación de oficio de la plaza de España y de su subsuelo, hoy en propiedad de la mercantil PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, se presentó a la sesión con un dictamen firmado por el profesor de la Universidad de Zaragoza Dr. JULIO TEJEDOR BIELSA, en otros momentos Director General de Urbanismo de la Junta de Aragón y en la actualidad profesor de dicha Universidad. El dictamen encargado por el exportavoz de IU pretende como es natural arrimar el ascua a la sardina de sus tesis, y es presentado a modo de contrarréplica a los informes realizados por la secretaria general municipal. El dictamen del profesor de la Universidad de Zaragoza (¡qué lejos han ido a buscarlo!), contiene no pocos errores de partida sobre el caso, lo cual le lleva a conclusiones igualmente erróneas. Sin perjuicio pues de comentarlos en sucesivas entradas por el interés que puede tener, en tanto en cuanto que lo contenido en el dictamen es el empecinado error sostenido una y otra vez por una parte del equipo de gobierno, comentaremos a continuación algunos de esos errores de partida en que incurre (tal vez inducido por sus informantes), así como de los errores que contiene el propio PGOU en la Unidad de Ejecución UE-1. Entre ellos, desde luego, el más aparatoso de todos consistente en afirmar que la plaza de España fue incluida por el PGOU en la Unidad. Lo cual es absolutamente falso. Veamos el porqué.


FICHA URBANÍSTICA DE GESTIÓN DEL PGOU
(lectura)
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1.- Superficie considerada a efectos del cálculo del Aprovechamiento Tipo (9.956 m2), que evidencia que la plaza de España (10.565 m2) no ha sido incluida en la Unidad como por otra parte impone la propia ley de suelo.
2.- Superficie de suelo público a obtener, que se corresponde con los espacios interbloques.
3 .- Aprovechamiento total de la Unidad y aprovechamiento tipo. Estos parámetros son el producto de dividir la edificabilidad asignada por la superficie de la Unidad, excluidas las dotaciones públicas (la biblioteca) y los sistemas generales existentes  (la plaza de España). Artículo 2.2.a) de la Ley 20/1997 de Medidas Urgentes en materia de suelo y urbanismo de la Comunidad de Madrid. Es decir, el producto de dividir 18.591 m2 de edificabilidad asignada entre los 9.956 m2 que aparecen en el cuadro 1: 1,8673 m2/m2. Luego la plaza de España que mide 10.565 m2 no se halla incluida en la Unidad a efectos de equidistrubición. Si el planificador la hubiera incluido (cosa que la ley de suelo no autorizaba), el resultado del aprovechamiento tipo resultante hubiese sido obviamente el doble y su exceso propiedad del Ayuntamiento naturalmente.
4.- Se trata del denominado "Granero" donde se localizaría luego el Museo de la Ciudad. Originariamente es una finca privada con aprovechamiento lucrativo propio y por lo tanto incluida en la Unidad. Luego, al pasar a ser propiedad del Ayuntamiento por su compra, éste lo excluye de la Unidad sin explicar el porqué, pero al excluirlo modificaron también el aprovechamiento tipo de la Unidad, lo cual obligaba a realizar una modificación del PGOU, cosa que no se hizo.
5.- La Unidad de ejecución UE-1 se halla incluida en el Área de Reparto en suelo urbano número 2. El dictamen del profesor de la Universidad de Zaragoza ignora esto.
6.- Se trata de la finca y del edificio de la Biblioteca (antiguo Ayuntamiento) que el PGOU incluye por error en la Unidad, cuando al tratarse de una dotación pública ha de ser excluida. Sin embargo, su exclusión entraña también la modificación del aprovechamiento tipo y de la edificabilidad de toda la Unidad.
7.- Es la plaza de España, sistema general verde al servicio del barrio y no de la Unidad. Razón por la cual no puede ser incluida en la misma. El PGOU, contra lo que afirma el profesor de Zaragoza, no la incluye.
8.- Por si hubiera alguna duda, la propia ficha urbanística aclara rotundamente que los obras de renovación del sistema general no corren a cargo de la Unidad. El profesor de la Universidad de Zaragoza y el grupo de IU que secunda al exportavoz, ignoran deliberadamente esta determinación de la ficha. La plaza de España, además de no poder ser incluida en la Unidad por imperativo legal, es excluida expresamente por el PGOU.

Por otra parte, en el recuadro de más abajo sobre la información catastral, aparecen todas las fincas afectadas por la actuación e incluidas en la Unidad de ejecución. Entre ellas no está lógicamente la plaza de España. Sin embargo sí están el granero (finca número 11) y la biblioteca (viejo Ayuntamiento) con el número 5.


El PGOU contiene numerosos errores y otras omisiones al diseñar esta Unidad de ejecución. En función del plano que se consulte, puede estar o no incluida la finca de la biblioteca (número 2), que como dotación pública no puede serlo. Sin embargo, en todos ellos sí está incluida la finca correspondiente al denominado Granero (número 1), por su naturaleza de uso terciario y por lo tanto con aprovechamiento lucrativo asignado.




Otro de los planos donde aparece una delimitación de la UE-1 distinta, como puede apreciarse en este en el que la biblioteca ha sido excluida de la Unidad, a pesar de que en la Ficha de Gestión aparece como incluida. En realidad, esta Unidad de ejecución es claramente discontínua: la zona sur y la zona norte, pero el PGOU no la considera así.



El PGOU califica la plaza de España como Sistema General Zona Verde de Barrio VB-7, por la cual se halla al servicio de todo el barrio y no de la Unidad. Esta es una razón más que impide que la plaza de España sea incluida en la Unidad de ejecución, contra lo que afirma el profesor de Zaragoza.



El profesor de Zaragoza ignora en su dictamen que la Unidad de ejecución UE-1 se halla dentro del Área de Reparto número 2, que según la ficha correspondiente tiene exactamente la misma superficie que la propia Unidad. Lo cual significa que si se modifica la delimitación de la Unidad de ejecución (como así ocurrió con el Plan Especial), también ha de serlo el Área de reparto, lo cual entraña una necesaria modificación del PGOU también. El profesor de Zaragoza ignora también (no sabemos si deliberadamente), que el PGOU de San Fernando de Henares se aprobó durante la vacatio legis de la ley de suelo de la Comunidad de Madrid de 2001 (fue aprobado urgentemente en el mes de agosto seis días antes de la entrada en vigor de la nueva ley, precisamente para evitarla). Razón por la cual se aprobó con la ley de suelo de 1995 y posterior modificación de 1997. Por esa causa, el PGOU de San Fernando de Henares contiene Áreas de reparto en suelo urbano, que sin embargo la ley de suelo vigente las suprime. El PGOU de San Fernando de Henares está pues sin adaptar a la nueva ley.

La ficha de gestión urbanística del PGOU (que no ha sido modificada), sigue conteniendo las mismas determinaciones hoy día: inclusión en la Unidad de ejecución del granero (número 1), inclusión también de la biblioteca que es una dotación pública y por lo tanto no puede ser incluida (número 2), y tres fincas privadas (número 3 propiedad de INMOBILIARIA CORRAL SA) que sin embargo no tienen asignado aprovechamiento alguno según la ordenanza particular del PGOU. 



El proyecto unitario de edificación finalmente ejecutado, incumple el propio PGOU en muchos aspectos. Uno de ellos es que la superficie entre los bloques levantados ( que suman 2.451 m2), han de ser públicos y de cesión obligatoria tal y como figura en la ficha de gestión urbanística de arriba. Sin embargo, estos espacios no han sido cedidos al Ayuntamiento a pesar de ser como se dice de cesión obligatoria, y por lo tanto hoy son propiedad de un complejo inmobiliario privado. Este proyecto fue informado favorablemente por los servicios técnicos municipales, a pesar de la evidencia de incumplir clamorosamente el PGOU en este concreto aspecto. Sorprendentemente, ese mismo error es sancionado por las sucesivas Junta de Gobierno Local cuando aprueban en julio de 2009 el Proyecto de Reparcelación presentado por PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL. 



El proyecto de edificación reconoce que se levanta sobre ámbitos de fuera de la Unidad de ejecución y con ordenanzas distintas (caso de los llamados edificios adheridos número 4 y 5), lo cual es absolutamente irregular. A los propietarios de estos edificios adheridos a la Unidad, se les hizo creer que estaban fuera de ordenación (cuando no era verdad), y por ello podían ser expropiados. Todos ellos aceptaron ser expropiados y con el mismo justiprecio que los de dentro de la Unidad. Sin embargo el aprovecho tipo de estos edificios que estaban en un Área de Reparto distinta, era mucho mayor del que finalmente aceptaron.

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(continuará)

martes, 10 de junio de 2014

RUPTURA IRREVERSIBLE

EL DIARIO EL PAÍS DA NOTICIAS HOY DE LA RUPTURA DEL GRUPO MUNICIPAL DE IU



AVISO A NAVEGANTES
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Ayer se celebró un pleno extraordinario para aprobar el controvertido asunto de la recuperación de la plaza de España y del subsuelo de la misma. Desde el mes de febrero en que fue adoptado este acuerdo por unanimidad de todos los grupos, no había sido posible completarlo hasta ahora por diferentes causas. Entre ellas, la evidente división y grave enfrentamiento entre los componentes del equipo de gobierno que ayer, en la votación final de este asunto, se resignaron a visualizar en nada menos que un pleno municipal.

El asunto, como se dice de recuperación de oficio de la plaza de España y de su subsuelo por parte del Ayuntamiento, llevado al pleno en forma de propuesta del propio alcalde en cumplimiento de los acuerdos anteriores, contó sorprendentemente con la oposición de cuatro concejales del grupo de IU encabezados por el exportavoz JAVIER BLANCO, quien había solicitado incluso un informe a un profesor de la Universidad de Zaragoza (del que hablaremos en otro momento) en apoyo de sus tesis, y contra lo informado por la secretaria municipal. La ruptura entre el equipo de gobierno es total, aunque tratan de disimularlo con el argumento incomprensible de que las discrepancias son normales y hasta saludables cuando se dan en los órganos democráticos. Es decir, que desautorizar al alcalde y a sus propuestas oponiéndose y votando en contra, montando el numerito de tratar de introducir un informe encargado a alguien a cientos de kilómetros, forma parte del juego normal del funcionamiento de los órganos institucionales de los que forman parte. 

El fondo del asunto se las trae no obstante, y la argumentación de la oposición del exportavoz del grupo que leyó en voz alta a modo de resumen del dictamen encargado a un correligionario de la Universidad de Zaragoza, auguraba grandes males para el Ayuntamiento y el municipio si, finalmente, se acordaba recuperar de oficio lo que al fin y al cabo es una obligación imperativa contenida en la propia ley: recuperar los bienes de dominio público que nunca debieron de salir del patrimonio municipal. Por su parte, los grupos de la oposición del PSOE y del PP que habían llevado y apoyado decididamente esta iniciativa desde primeros de año, votaron lógicamente a favor y a su vez se vieron apoyados por cinco miembros del equipo de gobierno, incluido el alcalde. Esta vez desde luego estuvieron a la altura de las circunstancias y no se dejaron impresionar por las maniobras del exportavoz de IU y los cuatro concejales que le siguen.

Por otra parte, hemos tenido conocimiento de la existencia de una querella (otra más) interpuesta por el ex concejal de urbanismo JOAQUÍN MARTÍNEZ y por la exasesora del equipo de gobierno y secretaria de PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL CARMEN CRIADO, contra el alcalde, el concejal de urbanismo actual, y dos asesores del alcalde. Son acusados de verter calumnias contra ellos en los informes y escritos remitidos a la Fiscalía que hoy ya forman parte del sumario de la causa que se sigue en el Juzgado número 5, donde por cierto el juez se ha visto obligado a cortar de raíz los numerosos cruces de acusaciones vertidos entre todos ellos recientemente. 

Todo esto no es otra cosa que la ya inevitable e irreversible visualización de una ruptura total, y de un enfrentamiento a muerte entre los dos bandos que todavía forman parte del equipo de gobierno, y que tiene su correlato incluso con la incomparecencia de algunos de los concejales a la propia Junta Local de Gobierno. El alcalde no solo es fuertemente contestado por los miembros minoritarios de la corriente que encabeza el exportavoz JAVIER BLANCO (que a su vez está en mayoría en los órganos del partido), sino que ni siquiera acuden a las sesiones oficiales que el regidor les convoca. Lo que hace su convivencia en el grupo insostenible y en un punto de no retorno.

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PD. La grabación del pleno de ayer que han colgado de la web municipal, debió sufrir una lamentable "avería" ayer, pues es imposible visualizar el sentido del voto final donde quedó reflejada la división total del equipo de gobierno. Queremos creer que todo se debe a un "error" involuntario, y no al intencionado montaje de una mano manipuladora.




sábado, 7 de junio de 2014

REPUBLICANOS DE SALÓN; MONÁRQUICOS DE CONVENIENCIA



En los pasados días y a resultas del anuncio de la abdicación del rey Juan Carlos I, en la balconada de nuestro Ayuntamiento que da al despacho del alcalde, apareció colgada una bandera de la segunda república junto con las demás banderas oficiales. Al parecer, dicha bandera fue colgada por el alcalde como un acto reivindicativo de su partido, Izquierda Unida, que él mismo hace propio utilizando para ello las dependencias municipales (que son de todos), insertada además con el resto de los símbolos oficiales y por lo tanto legales.

Una alcaldesa de un pueblecito de la Castilla profunda hizo lo propio el pasado día 14 de abril, conmemoración de la proclamación de la segunda república, y colgó también del balcón municipal la bandera tricolor republicana. Lo cual le costó el puesto pues su partido, el PSOE, la expulsó ipso facto. No por sus convicciones republicanas, claro está, sino por su lamentable provocación no exenta de supino desconocimiento (hay numerosas sentencias de los tribunales ya al respecto). Se colocó así fuera de la legalidad constitucional al enarbolar una bandera en el balcón del Ayuntamiento precisamente no constitucional, emulando así a los nacionalistas más cerriles. 

El máximo representante institucional de un municipio ha debido de jurar o prometer el cargo de viva voz comprometiéndose a cumplir y hacer cumplir la constitución. Pero en este caso se la salta a la torera a la primera oportunidad con una gratuita exhibición de cómo hacer de su capa un sayo. Un edil, le guste o no, representa a todos incluidos claro está a los no republicanos, y desde luego es el primero obligado y sometido a la ley y al derecho.

No ha sido este desde luego un mero acto propio de un gamberro institucional, ni tampoco de una frívola provocación de desafío a la legalidad constitucional, sino la pueril manifestación de un republicanismo de salón que tiene, además, la virtualidad de evidenciar que los símbolos de la segunda república han sido secuestrados por los militantes sectarios de un partido que, en no pocas ocasiones, la exhibe impertérrito junto con banderas de la extinta Unión Soviética en la que no faltan ni la hoz ni el martillo. Lo cual es para mirárselo. Flaco favor le hacen pues estos republicanos de urgencia a la causa, si además no dudan en proclamarse propietarios de esos símbolos.

No deja de ser una ironía del destino que nuestro alcalde colgara la bandera de la segunda república del balcón de su despacho, que da precisamente a una calle que lleva el nombre de un general que acabó con la primera república: la calle Pavía en honor del general del mismo apellido. Una evidente reminiscencia de las muchas que aún quedan en nuestro municipio, y que, nos guste o no, nos vincula históricamente a la corona.

EL SUEÑO DE UN REY

Corría el año 1996 y por lo tanto se cumplía el 250 aniversario de la fundación, precisamente por la corona, de nuestro municipio, cuando la entonces alcaldesa también de IU como el actual, hizo de anfitriona del rey (y de la reina), le entregó el bastón de mando, y juntos hicieron un memorable recorrido por las calles del pueblo hasta inaugurar una sala de exposiciones en el antiguo colegio de El Pilar que lleva el nombre de Juan Carlos I. Y ello tras su paso por los restos de una puerta (trasladada de su sitio original para la ocasión), que se denomina precisamente "la puerta de la reina".

El recibimiento fue apoteósico y la gente, que abarrotaba las calles y las plazas enfervorizada, prorrumpía en vítores a los reyes. Fue una espontánea manifestación popular de monarquismo entregado con embeleso, a la que no fue ajena la entonces alcaldesa MONSERRAT MUÑOZ como bien puede apreciarse en la foto publicada por la prensa que se hizo eco del recibimiento. Hasta el Gran WYOMING, que ya ejercía de bufón en un programa de televisión, se sumó a la fiesta haciendo entrega de unas gafas negras al monarca.

Nuestro municipio, aunque resultó ser un fallido Real Sitio como Aranjuez o El Escorial, estuvo como es natural ligado a la corona desde que su mentor, Fernando VI, decidiera en 1746 intentar constituir una suerte de industria manufacturera textil, y cambiar la ubicación y el nombre original de Torrejoncillo por el de San Fernando de Jarama. Sus calles llevaron durante mucho tiempo nombres de infantas, y su rey fundador tiene incluso una estatua en la plaza que le da nombre y que el vulgo ha rebautizado como la "plaza del santo". 

Con motivo del 250 aniversario y de esta visita, le fue regalado al rey un meritorio libro escrito para la ocasión por varios autores (en otro momento les citaremos adecuadamente), titulado El sueño de un rey. Sin duda alguna, la visita fue muy fructífera para todos: la alcaldesa no cabía en sí de orgullo al contar para la celebración con sus majestades. También para los reyes al verse aclamados y agasajados por autoridades y pueblo, que luego frívolos programas televisión como el del citado Wyoming (otro republicano de tapadillo), inmortalizó hasta la reiteración poniendo a San Fernando de Henares en el mundo por la fuerza repetitiva de las imágenes televisivas del evento. 

La operación salió totalmente redonda, especialmente para el equipo de gobierno municipal de entonces y para su alcaldesa. No sabemos si habían renunciado a sus convicciones republicanas entonces o en realidad intuyeron que para conseguir votos todo servía, incluso la monarquía. O sea, que aquella visita regia sirvió para demostrar que se puede ser un oportunista político monárquico aunque sea de conveniencia, sin acusar remordimiento alguno de mala conciencia republicana.
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PD. Y tan buen recuerdo debían de guardar del evento de 1996 los regidores de IU, que el alcalde SETIÉN aseguraba en un comunicado en el año 2011, haber cursado las invitaciones de nuevo a los monarcas para inaugurar las nuevas obras de la plaza de España. Tal vez con la esperanza de repetir la jugada y capitalizar los réditos electorales como su antecesora. El resultado sin embargo ya es de todos conocido.



domingo, 1 de junio de 2014

EL MISTERIO CONTABLE DE LOS AVALES



En el informe provisional elaborado por la AC del concurso de PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, quedaba recogido como crédito privilegiado especial a favor de BANKIA, el importe correspondiente a la línea de avales prestados a favor de la sociedad mixta por importe de 7.003.287,49 €. El monto de todos los créditos reconocidos a BANKIA ascendía a la fecha de dicho informe (febrero de 2013) por lo tanto a 64.083.592,88 €.



Si embargo, en el informe definitivo firmado por la AC con fecha marzo de 2014 y ya entregado al juzgado, aparece como reconocido a favor de BANKIA créditos a su favor por solo 56.347.655,80 €. Es decir, han desaparecido de golpe los 7,03 millones de euros de los avales que se le reconocieron en el informe provisional.



Por otra parte, la AC en su informe definitivo entregado ya al juzgado, mantiene la misma partida de 7.003.287,49 € entre la masa activa, formando parte del inventario de bienes y derechos y bajo la rúbrica de inversiones financieras a largo plazo. 

En realidad esta partida no es otra cosa que una IPF indisponible abierta a principios de 2009, con objeto de constituir una especie de prenda en garantía de los avales prestados a PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL frente a los propietarios afectados. El depósito de la IPF inicial se constituyó por el importe de 9 millones de euros, pero contra ese saldo fueron aplicados (compensados) varios importes. Una buena parte de los cuales fueron las mensualidades de los realojos de los meses de enero y febrero de 2013. 

Se supone que esos importes retenidos debían de cubrir o garantizar todos los avales a que venía obligada la sociedad mixta hasta al menos el importe del justiprecio fijado, es decir, algo más de 12 millones de euros. Pero no fue así. Solo fueron extendidos avales para los afectados de la primera fase de constitución de la sociedad por importe de algo más de 9 millones de euros. No obstante lo cual, sorprende sobremanera el hecho de que en los balances contables de la sociedad mixta no aparezca este importe (el de la línea de avales con BANKIA), en el pasivo de esos balances. Aunque a decir verdad, nada puede ya sorprendernos.

BANKIA ha hecho creer a todo el mundo, incluido los administradores de la sociedad, que la IPF donde figuraba un saldo de 7,003 millones de euros a favor de la sociedad estaba pignorada, cuando en realidad era un importe que provenía de la disposición de los préstamos hipotecarios, y, por lo mismo, ya estaba garantizado. Todo parece indicar que en absoluto este importe estuviera pignorado (solo indisponible, eso sí), con todas la bendiciones. Es decir, con póliza pignoraticia intervenida por notario. 

Hoy, la mayoría de los afectados ha ejecutado los avales y BANKIA ha aplicado el pacto de compensación con cargo a la IPF. Eso sí, lo ha hecho ya cuando el concurso estaba declarado, y por lo tanto solo ha podido serlo con autorización de la AC. Es decir, un acreedor, BANKIA, habría sido autorizado a resarcirse de la deudora de un crédito en perjuicio de los demás acreedores.

Por esa razón, en el informe definitivo del administrador concursal ha desaparecido el crédito a favor de BANKIA de los avales por importe de 7,003 millones de euros, quedando a su vez convertido en un crédito contingente de saldo 0 en estos momentos.

Y a la vista de todo esto, surgen un buen puñado de inquietantes preguntas al administrador concursal. Entre otras, debemos preguntarnos necesariamente lo siguiente: si BANKIA ha aplicado al saldo de la IPF la compensación de los avales que ha tenido que pagar a los afectados, ¿cuál es la razón por la que usted mantiene vivo el saldo de esa IPF de 7,003 millones en la masa activa de la sociedad, cuando lógicamente ese dinero habrá desparecido de la cuenta bancaria? 

Y desde luego no podemos sino hacernos la gran pregunta: ¿cómo es posible que diga usted que su informe es el definitivo, y sin embargo reconozca que aún no sabe a cuánto ascienden los créditos a favor de los afectados por los inmuebles sin entregar? Demasiadas preguntas sin respuesta, señor administrador. Y todo un misterio este de los avales de BANKIA que requieren, sin duda, un esclarecimiento urgente.
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NOTA: Seguiremos comentando en sucesivas entregas el informe definitivo de la AC, pues no tiene desperdicio.

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PD. 

EL CONFIDENCIAL

El Gobierno quitará a los jueces el poder para nombrar administradores concursales
http://www.elconfidencial.com/economia/2014-06-02/el-gobierno-quitara-a-los-jueces-el-poder-para-nombrar-administradores-concursales_138951/

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La regulación de los administradores concursales anunciada la semana pasada tendrá como eje la eliminación de la capacidad de los jueces de nombrarlos discrecionalmente, como hacen en la actualidad. Se trata de una merma del poder de los magistrados que el Ejecutivo considera imprescindible para poner fin al oscurantismo y al negocio que se ha creado en torno a esta figura. La modificación se introducirá en una enmienda a la Ley de Refinanciación y Reestructuración de empresas que se encuentra en tramitación parlamentaria, en la que se establecerán requisitos nuevos y específicos para poder ser designado administrador.
Hasta ahora, existen unas listas de candidatos a ser designados administradores concursales en los colegios de abogados, pero los jueces escogen a los que ellos quieren de forma discrecional, sin aplicar ningún criterio ni turno. La intención de esta enmienda es crear una especie de registro o colegio de administradores –algo que solicita PwC en un informe titulado 'Temas candentes de las reestructuraciones financieras'– con unos requisitos concretos para poder acceder a esta figura, así como unos procedimientos sobre cómo se deben seleccionar en cada caso dentro de dicho registro.
"Se trata de que dejen de ser administradores judiciales al servicio de un juez y que pasen a ejercer como verdaderos administradores concursales que velen por los intereses de la empresa", explica una fuente conocedora de la nueva norma. El Gobierno ve con gran preocupación la falta de transparencia y la arbitrariedad en la selección de una figura que se ha convertido en clave con el aluvión de concursos de acreedores que ha traído la crisis. Según las fuentes, el Ejecutivo considera que hay casos en que se ha constituido un verdadero negocio con estas designaciones, lo que da pie a prácticas 'singulares' y a unos honorarios desorbitados en algunos casos que quiere cortar de raíz.
Esta preocupación coincide con las quejas generalizadas de la empresas concursadas y sus acreedores, que acusan a los administradores de alargar los procesos innecesariamente –cuanto más largos, más cobran–, de preferir siempre la liquidación antes que reflotar las compañías y, sobre todo, de ponerse ellos los primeros a la hora de cobrar, con lo que se dan casos en que los damnificados por la suspensión de pagos no ven un euro pero los administradores sí cobran. Todo ello conduce a la idea generalizada de que ser administrador judicial es un "chollo".

viernes, 23 de mayo de 2014

EL EFECTO PÁNICO



LA OPOSICIÓN EN BLOQUE ABANDONA EL PLENO
(EL ALCALDE, OBLIGADO POR IZQUIERDA ABIERTA A RETIRAR UN PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA)
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Ayer, en el pleno ordinario correspondiente al mes de mayo, iba un punto del orden del día en virtud del cual debía iniciarse el procedimiento acordado ya en varias ocasiones por el pleno (incluso por unanimidad), para recuperar de oficio la plaza de España. La recuperación de oficio de los bienes municipales es una obligación legal impuesta por la ley a los órganos municipales. La oposición había conseguido por fin, venciendo las resistencias del propio alcalde y del grupo municipal de IU, forzar al equipo de gobierno el inicio del cumplimiento de los acuerdos plenarios adoptados con anterioridad (al menos desde hace tres meses), y por ello el alcalde había incoado el correspondiente expediente mediante un informe de la secretaria accidental. Es decir, se pretendía así cumplir la ley y recuperar de una vez la propiedad y la posesión tanto de la plaza de España como del subsuelo de la misma. Sin embargo, inopinadamente, llegados ayer al punto correspondiente, el alcalde se desdice de su propia propuesta y afirma que ha decidido retirala. La oposición, desconcertada y cabreada por la arbitraria decisión del alcalde, protestó reiteradamente y le pidió explicaciones exigiendo que se votara el punto. A lo que el alcalde se resistió tozudamente sin más explicación que una vaga e imprecisa facultad que, según él, le confiere el Reglamento de Organización. Y ante la evidencia de que estaba dispuesto a hurtar el debate y posterior voto (una vez más) el punto referido de recuperación de la plaza de España, la oposición decidió abandonar el pleno. Primero lo hizo y lo anunció el grupo socialista y seguidamente el grupo popular. 

El alcalde, una vez más, ha dado muestras de un incorregible nerviosismo cada vez que se toca este asunto o algo relacionado con el caso plaza de España. Y de un ciego autoritarismo. De modo que una de dos: o no se quiere que el Ayuntamiento recupere la propiedad de la plaza de España y sus subsuelo, o habrá que dar por cierto el rumor de que se ha visto obligado a retirarlo del orden del día bajo amenaza de incoarle un expediente de expulsión. Sea como sea, todo se precipita bajo las reacciones del efecto pánico en que entra el equipo de gobierno cada vez que se trata del caso plaza de España. En realidad, es como si una parte del equipo de gobierno (ligada a los anteriores gestores de la sociedad mixta), interpretara estas propuestas del alcalde como una gesto hostil y beligerante hacia los anteriores responsables. Y eso no lo permitirán aun a riesgo de incumplir el mandato legal, que impone la obligación de recuperar los bienes municipales. Y mucho más si son demaniales.

domingo, 18 de mayo de 2014

CASO PLAZA DE ESPAÑA, DONDE CABEN TODOS LOS HORRORES



EN EL LIBRO DE SOCIOS NO FIGURA EL AYUNTAMIENTO
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A estas horas ya sabemos que la gestión de la sociedad PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL ha sido calamitosa. Pero lo que no podíamos imaginar era todo el cúmulo interminable de irregularidades habidas en el seno de esta sociedad presidida por el alcalde, y que bien podíamos de calificar como la "sociedad de los horrores". 

El informe del administrador concursal ya advertía que los libros obligatorios de la sociedad, el de socios y el de actas, en realidad habían sido diligenciados unos días antes de la presentación de la documentación al concurso de acreedores. Es decir, en octubre de 2012. Vamos, que esta sociedad ha venido funcionando sin los libros oficiales y obligatorios de socios y de actas y que, por lo tanto, fueron confeccionados expresamente y solo para el concurso de acreedores. Por esa razón es necesario preguntarse dónde han sido registradas las operaciones intrasocietarias de venta de acciones, o transcritas las actas de las Juntas y del consejo de administración.

Y lo que definitivamente menos podíamos suponer es que en el Libro de Socios oficial entregado al Juzgado 6 de lo Mercantil, ¡no figura el Ayuntamiento como socio y eso que tiene el 49 % de las participaciones! No hay ya nada que nos impresione de larguísimo catálogo de irregularidades administrativas y de otra naturaleza, que revela el formidable caos y desorden que ha habido en la administración de esta sociedad.

Y, para acabar de rematar la faena, comprobamos también que figura como socio de la sociedad una persona que, salvo pacto de recompra oculto, no nos consta que sea titular de participación alguna. Se trata de Dª MARÍA CARMEN GÓMEZ MARÍN, persona de la que sabemos que, entre otras cosas, ha venido asistiendo a los consejos de administración de la sociedad que preside el alcalde, acompañando a los administradores de WOODMAN SL, pero cuyos únicos cargos oficiales conocidos son los de ser apoderada de AGRÍCOLA MONTESINOS SL.

¿Significa esto que por fin se reconoce que AGRÍCOLA MONTESINOS SL, la mercantil patrimonial de la familia PRIETO, tiene participaciones en PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, o, por el contrario, la señora GÓMEZ MARÍN figura como socia a título personal? ¿A quién le ha comprado las participaciones en ese caso? Lo insólito de todo esto es que el Libro de Socios de la sociedad, que como queda dicho no recoge las transmisiones de participaciones habidas, ha sido confeccionado por la propia apoderada de AGRÍCOLA MONTESINOS SL y de una sola tirada. Es decir, que nadie mejor que ella misma para saber si es socia de la empresa mixta a título personal, como testaferro de alguien, o por el contrario lo es en nombre de AGRÍCOLA MONTESINOS SL. Un misterio que debería de aclararnos el actual presidente de la sociedad mixta: el alcalde. O, cuando menos, el actual secretario de dicha sociedad. 

¿Conoceremos alguna vez este nuevo y escandaloso misterio del Libro de Socios de la sociedad mixta, la razón por la que no ha sido registrado el Ayuntamiento entre los socios de la misma, y a quién representa realmente la apoderada de AGRÍCOLA MONTESINOS SL? 

jueves, 15 de mayo de 2014

OTROS TIEMPOS Y OTRA PRENSA

RECORTES DE LA PRENSA QUE RECOGIÓ ALGUNAS DE NUESTRAS DENUNCIAS


CASI VEINTE AÑOS DANDO BATALLAS
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Algunos nos han descubierto recientemente, pero llevamos mucho tiempo dando batallas. Casi va ya para veinte años. Arriba es posible ver algunas de nuestras más sonadas diatribas con los gobiernos. El local, el regional y hasta el estatal. Es posible que para muchos sea un descubrimiento, pero hemos estado en la pomada y las hemos tenido tiesas con todos ellos. Sobre todo contra la tomadura de pelo que supone burlar la buena fe de los ciudadanos haciéndoles creer lo que no es. Vamos, lo que conocemos vulgarmente como engaños clamoroso de nuestros políticos.

TRES CASOS Y TRES MUESTRAS

Arriba pueden verse algunas de nuestras denuncias más sonadas, que tuvieron reflejo en la prensa local cuando era más audaz y receptiva:

EL CASO DE LA M-206

Esta carretera, que no estaba prevista en el PGOU, fue acometida por al gobierno de Ruiz Gallardón a resultas de un pacto con la entonces alcaldesa Muñóz. Y como atraviesa totalmente el Parque Regional de Sureste, era preciso realizar un Estudio de Impacto Ambiental que, naturalmente, retrasaría varios años sus ejecución. Por esa razón, ambos gobernantes pactaron que el gobierno regional eximiría del estudio y los de IU lo aceptarían y no dirían nada. Y así ocurrió. La justificación de la exención del Estudio de Impacto fue un auténtico engaño. Descubierto por nuestra asociación, lo denunciamos a la fiscalía. Y en otra ocasión explicaremos más detalles porque merecen la pena ser conocidos.

EL CASO DE LA M - 45 Y LA M - 50

La M- 45 y la M-50 atraviesan también el Parque Regional del Sureste y la ZEPA de los cantiles del Jarama. Sin embargo, mientras la M-50 (ejecutada por el Ministerio de Fomento) hizo pública su Declaración de Impacto Ambiental (DIA), la M-45 (a ejecutar por la administración autonómica)no. Lo asombroso es que el DIA de la M-50 exigía la implantación de farolas de pequeña altura (apenas dos metros), mientras que la M-45 que discurre paralela a la M50, tenía farolas normales. Hoy, sin embargo, es posible comprobar que la DIA de la M-50 no ha sido cumplida. Aunque parezca mentira, entonces nos apoyaba en nuestras denuncias el mismísimo Joaquín Martínez, que ejercía de concejal de Medio Ambiente.

Y EL CASO DE LA PLAZA DE ESPAÑA

El caso de la plaza de España ya mereció nuestras denuncias hace un buen puñado de años. De modo que no es un asunto que haya suscitado nuestro interés recientemente, sino que desde el año 2001 venimos dando la lata y exigiendo al Ayuntamiento el cumplimiento de las ordenanzas. Y la verdad es que las diferentes corporaciones que han pasado desde el inicio del 2000, han venido toreándonos con más o menos éxito. Lo cierto es que ya en aquellas fechas los responsables municipales nos aseguraban que, los problemas de la plaza, tendrían solución casi inmediata cuando estuviera aprobado el PGOU. Poco podíamos imaginar que lejos de solucionar los problemas, lo que han hecho es crear uno formidable y sin solución. Quién nos lo iba a decir.

viernes, 9 de mayo de 2014

POLÍTICA, MENTIRAS, Y CINTAS DE VÍDEO


O COMO ECHAR BALONES FUERA FALTANDO A LA VERDAD
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En el pleno del pasado día 24 de abril, el grupo municipal popular llevó una moción para reprobar al exportavoz del grupo de IU por haber mentido varias veces en el pleno ordinario anterior. La propuesta fue apoyada por el grupo municipal socialista y por lo tanto el exportavoz JAVIER BLANCO quedó reprobado por el pleno.

Las reiteradas mentiras del señor BLANCO que el grupo municipal popular denunciaba guardan relación, cómo no, con una intervención de dicho concejal sobre el "caso plaza de España". Más concretamente con una reiterada afirmación suya; de su propia cosecha, en el sentido de que si la plaza de España se había aportado a la sociedad mixta era porque el PGOU así lo obligaba. Ante esta afIrmación exculpatoria tan grotesca como falsa, fue interpelado varias veces por el propio portavoz del grupo municipal popular para que demostrara semejante afirmación. A lo que, insistiendo en que efectivamente el PGOU así lo determinaba, fue más lejos aseverando también tener allí mismo en sus manos la instrucción del Plan General que así lo establecía. Naturalmente todo aquello era una ridícula falacia inventada por el exportavoz de IU con la sola intención de exonerar y exonerarse a sí mismo de responsabilidad alguna sobre tan lamentable alcaldada. 

Nosotros mismos revelamos documentalmente cómo el PGOU en su ficha urbanística dice exactamente lo contrario (ver la entrada). Es decir, que la plaza de España no forma parte de la unidad de ejecución UE-1. 

El exportavoz BLANCO no se tomó muy en serio que el pleno municipal mayoritariamente le reprobase por mentir o, si se quiere, por faltar a la verdad en sus afirmaciones, sino que entre sarcasmo y sarcasmo consideraba un honor ser reprobado por la oposición. Además, también negó que dijera lo que hasta por tres veces aseguró sin inmutarse en el pleno anterior a pesar de que al alcance de cualquiera está comprobarlo porque está grabado. Vamos que retroceder, ni para coger impulso. Sostenella y no enmendalla hasta el final.

Lo inquietante, con ser muy grave que este caballero falte a la verdad tan descaradamente y pillado en la mendacidad no quiere reconocerlo, es sin embargo que quede al descubierto que el formidable desaguisado provocado en el "caso plaza de España", es producto, entre otras cosas, de esta forma arrogante de desprecio a la verdad y a la legalidad. Porque, efectivamente, la plaza de España no puede formar parte en ningún caso de la UE-1 sencillamente por imperativo de la propia ley de suelo. Ya lo hemos explicado en otras ocasiones. Pero si la plaza de España (de 10.591 m2 de superficie, casi el doble que el suelo aportado por los propietarios afectados) hubiese formado parte de la UE-1 (que no es posible porque la ley no lo permite), el Ayuntamiento habría tenido derecho a cerca del 60 % de aprovechamiento urbanístico de la unidad de ejecución.

Sin embargo, esta absurda huida de la realidad puesta en escena ya por el exalcalde SETIÉN para justificar lo injustificable, si hubiera que tomarla en serio abocaría además de al ridículo, al esperpento. El Sr. BLANCO no hace con esto sino exhibir su lamentable ignorancia en cuestiones urbanísticas, ya que queda utilizando estos falsos argumentos en la peor de las evidencias por cuanto que lo que ha ocurrido realmente con esta ilícita cesión de la plaza de España, es que se le han regalado a los propietarios a través de la sociedad mixta, todas las unidades de aprovechamiento lucrativo construidas bajo la plaza. Y que en el estudio de viabilidad confeccionado en su día se cifraban en nada menos que 23 millones de euros. Aprovechamiento lucrativo que por estar levantado en el subsuelo público no desafectado, pertenecen al Ayuntamiento y no a la sociedad mixta ni a los propietarios. 

De modo que el exportavoz de IU, además de utilizar la mentira para excusar la metedura de pata, debería de ser más cuidadoso con este tipo de pretextos tan fáciles de desmontar, porque, como ha sucedido ahora, es peor la excusa que utiliza porque revela que desconoce incluso el significado y las consecuencias de lo que pretende excusar. Por lo tanto, será mejor señor BLANCO que lo deje como está o, en un rapto de sinceridad que no esperamos de usted no obstante, al menos reconozca que o fue un gravísimo error el de su correligionario señor SETIÉN, o que le metieron un monumental gol. Pero, por favor, no nos cuente más milongas ya porque además de faltar clamorosamente a la verdad, lo va agravando cada vez más.

viernes, 25 de abril de 2014

LAS CUENTAS DEL GRAN CAPITÁN

TRIBUNAL DE CUENTAS
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EL AYUNTAMIENTO NO RINDE LAS CUENTAS
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Tal y como puede ser consultado en la web del Tribunal de Cuentas, el Ayuntamiento de San Fernando de Henares no rinde cuentas desde el ejercicio de 2011. Y, además, las ya rendidas correspondientes a los ejercicios de 2008, 2009, y 2010, adolecen de graves indicios de que no reflejan fielmente la imagen real de la contabilidad municipal. La causa de ello es naturalmente la sociedad mixta PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, dada la falta de contabilización de la participación municipal realizada entre los años 2008 y 2009, por importe de nada menos que de cerca de 12 millones de euros. Esta importante inversión fue al parecer objeto de olvido por la intervención municipal de fondos, lo cual no ha sido óbice para que los sucesivos equipos de gobierno de los años 2008 a 2011, aprobaran la Cuenta General con esa importantísima y grave omisión contable.

Nuestra asociación presentó reparos a la Cuenta General de 2011 expuesta al público en febrero del año 2013 (hace pues más de un año), en los que alegábamos la omisión en la contabilidad municipal de esa importante partida, advirtiendo de la responsabilidad en que podían incurrir los cuentadantes si no procedían a contabilizarla. Han necesitado más de un año para dictaminar el caso en la comisión especial de cuentas, y una consulta a la Intervención General del Estado, para, por fin, llevar la Cuenta General de 2011 al pleno de ayer. 

La Intervención General del Estado ha contestado muy escuetamente, alegando que era de su conocimiento que el asunto de las aportaciones municipales a la sociedad mixta PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, estaba siendo investigado por un juzgado de Coslada, razón por la cual declinaban pronunciarse al respecto mientras no haya una resolución judicial firme sobre el caso. Esta contestación ha servido de excusa formidable a la interventora accidental (el titular está de nuevo de baja interminable), haciendo suyo el mismo argumento que el de la contestación del IGE. Es decir, bueno, pues por qué no podemos nosotros utilizar la misma argumentación: esperemos pues a que el juzgado 5 de Coslada se pronuncie y hasta entonces aprobemos las cuenta de 2011. Eso sí, plenamente conscientes de que están sin contabilizar los casi 12 millones de euros del nominal de las participaciones en la sociedad mixta. Sinceramente inaudito.

En realidad es todo esperpéntico. Imaginen ustedes que se detectara tras un arqueo la falta en la caja municipal de varios millones de euros por robo, y sin embargo decidieran no reflejar esa pérdida en la contabilidad municipal hasta que fuese condenado el ladrón por un tribunal. Pero ¿puede ser esto serio?

La contabilidad municipal (como todas las contabilidades, pero mucho más la contabilidad pública), ha de reflejar fielmente la imagen real de situación patrimonial y financiera del Ayuntamiento. ¿Cómo pretenden los responsables municipales que nos tomemos en serio la fiabilidad de las cuentas municipales, si todos sabemos (incluidos ellos) que en la contabilidad no aparecen debidamente reflejados los cerca de 12 millones de euros de inversión en la sociedad mixta? Y lo más grave no es eso, lo más grave es que con esta maniobra pretenden eludir lo más evidente: evitar tener que contabilizar las aportaciones ficticias que el entonces alcalde realizó tanto el día de la constitución de la sociedad como el de la ampliación de capital en 2009. Ese sí es el gran problema, pues evidentemente sería un disparate cuyas consecuencias habría de arrostar quien lo haga, si a alguien se le ocurre asentar en la contabilidad municipal esas aportaciones ficticias.

Menos mal que ayer la oposición estuvo a la altura de las circunstancias no obstante, y se opuso a las pretensiones del equipo de gobierno de excusarse de contabilizar adecuadamente nada menos que casi 12 millones de euros en la contabilidad pública municipal, hasta que los tribunales se pronuncien. Y no solo se opusieron a las pretensiones del equipo de gobierno, sino que acordaron enviar la Cuenta General de 2011 sin aprobar a la Cámara de Cuentas de Madrid. Era lo menos que podían hacer con este lamentable asunto del que, no obstante, nuestra asociación también denunciará ante la Cámara de Cuentas la Cuenta General de 2008, 2009 y 2010. 

Resulta increíble pero es así, toda la corporación y los altos funcionarios habilitados de la cosa, saben perfectamente que las cuentas municipales no reflejan la realidad patrimonial porque una importante partida de casi 12 millones euros, no se halla contabilizada. Es más, dada la situación financiera de la sociedad mixta PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, las evidentes pérdidas a resultas de la posible quiebra de la mercantil que preside el alcalde, deben tener también el correspondiente reflejo en la contabilidad municipal, pues naturalmente los casi 12 millones de nominal de la participación tienen hoy un valor igual a cero euros. Es decir, el Ayuntamiento viene obligado no solo a contabilizar la participación en la sociedad mixta, sino a hacerlo por el valor contable real actual: un valor nulo por las pérdidas sociales de la mercantil mixta. De otra forma, la contabilidad municipal será lo más parecido a las cuentas del Gran Capitán.