EN LA CALLE HERRADEROS NÚMERO 1 DEL POLÍGONO INDUSTRIAL HAY UNA GASOLINERA DE REPSOL FUNCIONADO DESDE HACE ALGUNOS MESES
LA GASOLINERA QUE ESTÁ PLENAMENTE OPERATIVA COMO PUEDE VERSE, ES EXPLOTADA POR CAMPSA ESTACIONES DE SERVICIOS SA
NO OBSTANTE LO CUAL EL PASADO MES DE MAYO FUE SOLICITADO INFORME DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DE ACTIVIDADES POR LA MERCANTIL INVERSORA MELOFE SL EN EL AYUNTAMIENTO
COSAS SURREALISTAS (Y MUY GRAVES) QUE SOLO PASAN EN SAN FERNANDO DE HENARES
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El pasado mes de mayo fue publicado un edicto en virtud del cual se sometía al trámite de información pública para el informe preceptivo de evaluación ambiental de actividades, el expediente que puede verse en el documento de arriba.
Vamos a exponer lo que nos ha sucedido con este asunto porque es demostrativo de un estado de cosas que ocurren con frecuencia en nuestro Ayuntamiento, y que solo podemos calificar como surrealistas (si no fueran más graves) pero que es imperativo que cambien de una vez con la entrada en el gobierno municipal de nuevos responsables porque resulta intolerable todo lo que vamos a contar. Y ello como síntoma de cómo en el departamento de Industria del Área de urbanismo se inventan sus propias normas haciendo caso omiso a todas las disposiciones legales sobre un tema tan serio como el medio ambiente. Veamos.
Advertidos por el edicto de 9 de mayo de 2019 del trámite de información pública para la instalación de una estación de carburantes, comercio al por menor y oficinas, instado por la entidad mercantil INVERSORA MELOFE SL, localizada en la calle Herraderos 1 del polígono industrial, nos personamos en la sección de Industria del Área de Urbanismo con objeto de consultar el expediente dentro del plazo legal para hacerlo de veinte días.
Sin embargo, cuál no sería nuestra sorpresa (y nuestra impotencia) cuando la funcionaria de la sección nos indica que, para consultar el expediente indicado en exposición pública, ¡debemos solicitarlo por escrito! Es decir, que un expediente sometido al trámite de exposición pública para nada menos que su evaluación ambiental y por lo tanto de libre acceso en ese periodo para el público en general, y al que se nos convocaba desde el propio Ayuntamiento en cumplimiento de lo previsto en artículo 45 de la Ley 2/2002 de evaluación ambiental de la Comunidad de Madrid, se nos impedía conocerlo (a pesar de que dicho artículo establece obviamente el libre acceso para posibles alegaciones) y además debíamos pedirlo por escrito. Sí, señores, como lo leen.
Te convocan para que puedas examinar un expediente y en su caso alegar en el trámite de evaluación ambiental, pero cuando llegas allí no solo no te lo permiten sino que tienes que "presentar un escrito", frase ideal y recurrente de funcionarios que, además de desconocer cuáles son sus obligaciones y los derechos ciudadanos, los maltratan imponiendo trámites que ninguna ley exige e impidiendo con ello el ejercicio de un derecho en supuestos de nada menos que el medio ambiente.
Te convocan para que puedas examinar un expediente y en su caso alegar en el trámite de evaluación ambiental, pero cuando llegas allí no solo no te lo permiten sino que tienes que "presentar un escrito", frase ideal y recurrente de funcionarios que, además de desconocer cuáles son sus obligaciones y los derechos ciudadanos, los maltratan imponiendo trámites que ninguna ley exige e impidiendo con ello el ejercicio de un derecho en supuestos de nada menos que el medio ambiente.
No obstante lo cual y dado que en el edicto, como se puede comprobar, se establecía un plazo de veinte días para poder consultar el expediente si bien remitiendo dicho plazo al anuncio expuesto en el Tablón municipal, procedimos a visitar y visionar todos los tablones de anuncios con la sorpresa de que el edicto sobre esta estación de carburantes no estaba ya expuesto o, lo que es más probable, nunca fue colocado en el tablón. En todo caso no fue posible examinar tampoco el edicto expuesto en el tablón de anuncios municipal ni nadie supo darnos explicación por su ausencia.
Acostumbrados ya a este tipo de maltrato al ciudadano, haciéndoles objeto de imposiciones y negativas que no deben soportar, decidimos presentar unas alegaciones a dicho expediente oponiéndonos por no haber sido posible examinar el maldito expediente. De forma tal que, al día siguiente y mediante llamada telefónica, se nos invitó a conocer el dichoso expediente que el día antes nos habían impedido examinar.
Y fue pues al día siguiente cuando nos personamos en la misma sección de Industria del Área de Urbanismo, y donde nos facilitaron una simple copia de la solicitud y el proyecto técnico de las instalaciones que se sometían al informe ambiental de actividad. Nada más.
Y las sorpresas no cesan, porque pudimos comprobar que el expediente en realidad se correspondía con una solicitud presentada el ¡1 de agosto de 2017! Es decir, casi dos años antes. En vista de lo cual pedimos que se nos facilitara examinar el expediente administrativo completo, dado lo extraño de que el mismo no hubiera sido tramitado después de casi dos años ingresado en el Ayuntamiento.
Pero he aquí de nuevo la implacable burocracia tras la cual se parapeta todo buen funcionario que se precie: no se les puede dejar ver el expediente administrativo porque ¡"está en tramitación"! nos dicen. A lo cual, además, nos indican también que hablemos con el concejal de la cosa (que en estos momentos está en funciones), quien a su vez consulta con alguien detrás de un biombo y que parece que es el asesor o asesora jurídica, para contestarnos con lo mismo: no podemos consultar el expediente administrativo porque "está en tramitación". Claro, lleva en tramitación este asunto casi dos años. Alucinante. Qué misterio tendrá este expediente que después de llevar en tramitación dos años, no nos dejan verlo completo.
Mosqueados por lo raro de todo esto (un expediente que lleva dos años tramitándose y que, en el trámite de información pública, no nos dejan consultarlo primero y luego tampoco nos permiten ver expediente administrativo completo), nos fuimos al lugar de los hechos, es decir, a la dirección que se indicaba y nos encontramos pues, como puede verse en la fotografía de arriba, con la evidencia de lo que pasaba: que la estación está a pleno funcionamiento desde hace varios meses pero, obviamente, sin el preceptivo y vinculante informe ambiental favorable y, posiblemente, sin licencia también.
La propia ley 2/2002 de evaluación ambiental califica como infracción muy grave iniciar el funcionamiento o las obras sin haber obtenido previamente el informe ambiental favorable. Con sanciones económicas de más de 250.000 euros, además. Advirtiendo también que el mismo no se obtiene por silencio positivo si transcurridos cinco meses no se ha recibido. Y que toda licencia otorgada contraviniendo lo anterior ha de considerarse nula de pleno derecho.
No sabemos si CAMPSA o INVERSORA MELOFE han obtenido o no las licencias de obras y de funcionamiento con anterioridad, pero lo que sí es seguro es que esta estación de servicio carece de informe ambiental favorable. Por ello hemos denunciado este caso que es el paradigma de otros más. Y si bien nosotros nos interesamos por este asunto por otras razones, hemos podido comprobar la infracción por parte del propio Ayuntamiento de un buen puñado de preceptos, algunos muy graves. Vamos pues a exigir las responsabilidades a que haya lugar por este lamentable asunto que pone de manifiesto el sistemático incumplimiento de todas las disposiciones sobre medio ambiente, al tiempo de un funcionamiento absolutamente irregular y al margen de toda disposición administrativa, imponiendo a los ciudadanos penosas obligaciones que no se hallan en ningún lugar.
Ya tiene pues trabajo el próximo alcalde y el próximo concejal de urbanismo con este asunto. Al tiempo de que deberían de tomar buena nota de que no es posible seguir con este lamentable funcionamiento de secciones y áreas administrativas que, como esta de Industria, han decidido aplicar pos su cuenta disposiciones que solo ellos conocen. Seguiremos informando del caso y del resultado de la denuncia.
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