lunes, 9 de septiembre de 2019

POR QUÉ HEMOS LLEGADO A ESTO: CRÓNICA DE UN EXPOLIO (II)




LA DESPATRIMONIALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO SE PRODUJO DE FORMA ALEVOSA EN VARIOS PERIODOS. UNO PRIMERO QUE PODEMOS DATAR ENTRE 1936 Y 1963. Y EL SEGUNDO ENTRE 1996 Y EL AÑO 2008. ACOMPAÑADA ESO SÍ DE LA CASI TOTAL DESTRUCCIÓN DE EDIFICIOS E INSTALACIONES QUE TUVIERON SU ÚLTIMO HITO EN LOS AÑOS SESENTA CUANDO FUE DEMOLIDA LITERALMENTE LA QUE ERA LA REAL CASA DE ADMINISTRACIÓN PARA LEVANTAR LO QUE HOY ES EL COMPLEJO DEL COLEGIO EL PILAR.

ARRIBA, EN ROJO, LAS PROPIEDADES QUE PERDIÓ EL AYUNTAMIENTO EN EL PRIMER PERIODO. ABAJO, EN AMARILLO, LO QUE SE HA PERDIDO EN EL SEGUNDO PERIODO. EN ESTE ÚLTIMO SE PRODUJO LA PÉRDIDA DE LA PLAZA DE ESPAÑA NADA MENOS. 

LA ESCRITURA DE CESIÓN DE 1888



ESCRITURA DE CESIÓN AL MUNICIPIO REALIZADO POR EL ESTADO CON FECHA DE 1888 Y OTORGADA ANTE EL NOTARIO DE ALCALÁ DE HENARES D. GREGORIO AZAÑA, PADRE DEL QUE FUERA PRESIDENTE DE LA II REPÚBLICA. 

MEDIANTE ESTA ESCRITURA NO SOLO SE CEDÍAN LAS CALLES, LAS PLAZAS Y LOS CAMINOS, SINO TAMBIÉN UN FORMIDABLE PATRIMONIO AMBIENTAL DE NADA MENOS QUE 3.183 ÁRBOLES VALORADOS ENTONCES EN 9.713 PESETAS. ESTE PATRIMONIO ESTABA MEJOR VALORADO QUE TODOS LOS DEMÁS CEDIDOS PORQUE PERMITÍA AL AYUNTAMIENTO OBTENER DE ÉL MAGROS RECURSOS ECONÓMICOS.

TAMBIÉN EL PATRIMONIO DE LOS ÁRBOLES


HOJAS KILOMÉTRICAS DE 1865 QUE ACREDITAN QUE SAN FERNANDO TENÍA FORMIDABLES PASEOS ARBOLADOS QUE FUERON CEDIDOS AL AYUNTAMIENTO POR EL REAL PATRIMONIO EN 1888 EN RÉGIMEN DE CENSO. 

NADA MENOS QUE 3.183 ÁRBOLES MENOS 45 QUE HABÍAN SIDO DERRIBADOS POR UN VENDAVAL EN AQUELLAS FECHAS. EN LA ESCRITURA SE RECOGE ESA CIRCUNSTANCIA QUE INDICA QUE YA ENTONCES LOS ÁRBOLES SE CAÍAN POR LOS EFECTOS DE LOS VENDAVALES. 

PERO NO FUE  UN VENDAVAL LO QUE SE LLEVÓ AQUELLA FORMIDABLE RIQUEZA QUE EL ESTADO LE CEDIÓ AL AYUNTAMIENTO SINO LA MANO DEL HOMBRE EN SU AFÁN DEPREDADOR. HOY NO QUEDA NADA DE TODO ELLO, NI SIQUIERA LOS ÁRBOLES DEL CONOCIDO COMO PASEO DE LOS CHOPOS ES ORIGINAL SINO REPLANTADO TODO EN LOS AÑOS SETENTA.


LA HUERTA GRANDE Y PASEO DE LOS CHOPOS ENTRE 1946 Y 1975. CASI TODO EL PATRIMONIO ARBOLADO (3.183 ÁRBOLES) CEDIDOS EN 1888 HABÍA DESAPARECIDO EN 1946. APENAS QUEDABA UNA HILERA DEL PASEO DEL MOLINO. EL QUE HOY SE CONOCE COMO PASEO DE LOS CHOPOS FUE REPLANTADO EN LOS AÑOS SETENTA COMO PUEDE VERSE. TAMBIÉN EL PATRIMONIO NATURAL CEDIDO EN 1888 FUE VÍCTIMA DE EXPOLIO Y DE LA DESIDIA MUNICIPAL.


EL EXPOLIO DEL PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO



ENTRE 1936 Y 1963 EL MUNICIPIO PERDIÓ CASI TODO SU PATRIMONIO MEDIANTE CESIONES GRATUITAS A VECINOS DEL MUNICIPIO INCLUIDOS EDILES Y FUNCIONARIOS MUNICIPALES. 

CUANDO EN LOS AÑOS SESENTA FUE OBJETO DE UNA DENUNCIA ESTE EXPOLIO EJECUTADO AL MARGEN DE TODA LEGALIDAD, LAS AUTORIDADES MUNICIPALES DE ENTONCES ALEGARON AL REQUERIMIENTO DE LA INSPECCIÓN ENVIADA POR EL GOBERNADOR CIVIL, QUE TODO SE HABÍA HECHO AL AMPARO DE LO PREVISTO EN ARTÍCULO 113 DE LA LEY MUNICIPAL DE LA II REPÚBLICA DE 1935. LOS INSPECTORES NO DABAN CRÉDITO A LO QUE LES ESTABAN CONTANDO LOS RESPONSABLES MUNICIPALES DE ENTONCES PUES, AUN ADMITIENDO ESO, EL ARTÍCULO CITADO NO EXIMÍA LÓGICAMENTE DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD TAMPOCO.



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LO QUE DESCUBRIÓ LA INSPECCIÓN DEL MINISTERIO DE LA GOBERNACIÓN

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La denuncia fue realizada por el subdelegado provincial del Movimiento ante el Gobernador Civil, que provocó la inmediata personación del Servicio Nacional de la Inspección del Ministerio de la Gobernación con objeto de verificar lo denunciado. Y los inspectores elevaron sus actas y conclusiones a sus superiores que, a su vez, las trasladaron al Gobernador Civil y a los jefes provinciales del Ministerio quienes ordenaron a las autoridades municipales la adopción de una serie de medidas.

SOBRE LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS

Los funcionarios de la Inspección concluyeron que el Ayuntamiento, que era propietario de una serie de terrenos en varias calles de la localidad, concretamente en la plaza de Fernando VI, calle del General Mola (hoy calle Picasso), calle de Gonzalo de Córdoba, en el Camino de la Huerta (hoy calle de la Huerta), y en las calles de Pizarro y de la Presa, lo había perdido todo. Estos terrenos habían sido cedidos al Ayuntamiento por el Real Patrimonio del Estado mediante la escritura de 1888 presentada ante el Juez de 1ª Instancia de Alcalá de Henares el 20 de noviembre del mismo año. 

Ante las preguntas de los Inspectores las autoridades municipales y los vecinos interrogados explicaban que, a medida que los vecinos iban solicitando esos terrenos al Ayuntamiento, éste los cedía gratuitamente con la condición de utilizarlos para realizar viviendas sobre ellos. Las autorizaciones en muchas ocasiones se realizaba verbalmente por el alcalde sin más trámite. Así, los inspectores constataron que se habían cedido todos los terrenos municipales procedentes del Real Patrimonio y que a la fecha de la inspección (1963) el Ayuntamiento carecía ya de terreno alguno de su propiedad.

Fueron requeridos de los vecinos favorecidos por estas cesiones gratuitas a acreditar documentalmente las mismas y algunos presentaron incluso títulos formalizados ante el Juzgado y algunos llevaban fecha incluso de 1936. Otros carecían de ellos. De esta forma, las autoridades municipales franquistas justificaban que las cesiones gratuitas de los terrenos se hizo en aplicación de la Ley Municipal de la II República y más concretamente de lo previsto en su artículo 113. 

Los inspectores constataron también que entre los beneficiados estaba el propio alcalde y algunos concejales así como el secretario. Este último justificó que en realidad la había comprado a unos de los vecinos beneficiados en 1944. Concluyeron pues que las cesiones se habían hecho al margen de toda legalidad y que el Ayuntamiento había dilapidado todo el patrimonio cedido por el Estado en 1888. También indicaron en sus actas que los hechos fueran puesto en conocimiento del juzgado, al tiempo de sugerir que el propio Ayuntamiento incoara un expediente de responsabilidad civil contra las autoridades y funcionarios que habían causado aquel gravísimo perjuicio al patrimonio municipal.


LOS FONDOS DEL PARO OBRERO

Otra de las insólitas cuestiones denunciadas es el destino dado a las subvenciones del Estado para paliar los efectos del desempleo en aquellas fechas (años sesenta), y que se conocía como Fondos para el Paro Obrero. 

De las actas levantadas por la Inspección se deduce que, en pequeño, San Fernando vivió también su particular caso EREs en aquellas fechas. En efecto, este tipo de subvenciones a las entidades locales se regían por lo dispuesto en un Decreto de 1943 que imponía que, en cada Ayuntamiento, debía de formarse una comisión integrada por el alcalde, dos representantes de la propia Corporación, dos representantes de los contribuyentes y dos trabajadores designados por al Organización sindical (entonces sindicato vertical). Esta disposición ordenaba también una serie de formalidades tanto contables como administrativas para con los obreros y trabajadores en general beneficiarios de las ayudas. Sin embargo, los inspectores constataron que nada de lo prescrito se había cumplido por parte de las autoridades municipales. Ni se había constituido comisión alguna ni tampoco las cantidades recibidas fueron debidamente contabilizadas.

El Ayuntamiento recibió entre 1960 y 1963 dos subvenciones para atender el paro del municipio por importes de 19.600 y 50.000 pesetas. Aproximadamente el equivalente hoy a 1,4 millones de euros. Sin embargo, los inspectores se encontraron con que los justificantes de los abonos tenían las fechas raspadas y que faltaba también la firma del alcalde. Para sorpresa de los inspectores, la fecha de las certificaciones emitidas por el Secretario municipal para su remisión al Gobierno Civil, llevaban todas fecha de 1963. 

Comprobaron también que no existía Libro de Caja en el Ayuntamiento y por lo tanto no se registraba la entrada de esos importes. Por su parte, todos los números de orden de los mandamientos de pago estaban también raspadas y manipulados. Los inspectores concluyeron que la mayoría de los jornales pagados adolecían de raspaduras o enmiendas que indicaban que habían sido manipulados todos ante la llegada de la inspección. También en este caso proponían que se incoara expediente de responsabilidad contra las autoridades y funcionarios y se pusiera todo en conocimiento de la Dirección General de Empleo para que adoptara a su vez medidas. En realidad, los documentos del paro manipulados acabaron en el Juzgado de Alcalá, sin que sepamos no obstante cómo acabó el asunto.

DEL FUNCIONAMIENTO DIARIO DEL AYUNTAMIENTO

Los inspectores constataron también el lamentable funcionamiento diario del Ayuntamiento. Así, comprobaron que se hallaban constituidas las comisiones informativas de Hacienda y Presupuestos, Festejos, Higiene y Sanidad, Fomento Pecuario y Enseñanza, pero estas comisiones, que eran unipersonales, no habían celebrado ninguna sesión.

También constataron que no se llevaba el Libro de Resoluciones de Alcaldía, ni tampoco fichero alguno de los acuerdos y decretos. Tampoco se publicaban los acuerdos ni siquiera en el tablón de anuncios. No se llevaban libros de registro de entrada y salida de documentos. De la misma forma, tampoco se hacían expedientes de los asuntos a tratar y los inspectores indican que en este aspecto la organización municipal era un absoluto desastre.

En materia de personal los inspectores escriben que la desorganización llega a extremos difícilmente superables. Señalaron que el Secretario - Interventor percibía los honorarios que le parecían oportunos ya que tenía acumulados en su persona tanto el Ayuntamiento de San Fernando como el de Coslada. Lo que le obligaría a percibir su sueldo y demás emolumentos proporcionalmente a las poblaciones respectivas. Concluyen pues que el Secretario - Interventor venía percibiendo el salario duplicado en lugar de proporcionalmente. Por su parte, también indicaron los inspectores que el Ayuntamiento contaba con dos funcionarios auxiliares, pero que ambos venían cobrando un salario base altísimo infringiendo todas las disposiciones legales aplicables.

También contaba el Ayuntamiento con cuatro empleados para la recogida de la basura y la limpieza de las escuelas y las dependencias municipales. Los inspectores concluyeron que las irregularidades descubiertas en materia de personal eran gravísimas y elaboraron un cuadro de los emolumentos que debían de percibir y el que realmente percibían, que en algunos casos duplicaba lo legalmente permitido. Los inspectores concluyeron pues que los empleados municipales de entonces percibían indebidamente cantidades exorbitantes en materia de salarios y complementos.

En materia de contratación se indica que el Ayuntamiento no había hecho nunca un solo contrato de ninguna clase, y las únicas obras que se habían hecho en el municipio las había ejecutado la Diputación Provincial, así como cincuenta viviendas que había construido el Instituto Nacional de la Vivienda (en la calle José Alix dentro del Plan de Reconstrucción de Regiones Devastadas). 

Entonces el horario de las dependencias municipales era de 9 a 2 en verano y de 9 a 2 y de 16 a 18 horas en invierno. 

Del Servicio de Intervención el informe de la Inspección concluye que en esta materia existía en el Ayuntamiento el caos más completo y desastroso. Dicen los inspectores que se hacían los ingresos cuando se quería y se contabilizaba de la misma forma. Los libros oficiales no estaban al día y faltaban asientos desde el 31 de agosto (la inspección se inició a primeros de septiembre). No se hacían padrones fiscales ni matrículas y tampoco se contabilizaban las resultas.

Se afirma también en el informe, que la ordenación de los gastos y los propios pagos los realizaba el alcalde, que era un capitán de la legión retirado que había tomado posesión desde enero de 1963 y al que la inspección califica de "excelente persona llena de la mejor voluntad". Era él mismo quien realizaba los pagos personalmente en algunos casos sin libramientos, porque no confiaba en el Tesorero.

Aunque exhibieron un arqueo de caja de 31 de agosto que decía que el Ayuntamiento tenía entre la caja, la cuenta corriente en el Banco de España y las subvenciones del paro obrero más de 175.000 pesetas, sin embargo la inspección constató el día de la visita en septiembre, que en la caja no había tal dinero y que el correspondiente al paro obrero (30.686,44 pesetas) tampoco aparecía. 

En fin, las actas de la inspección siguen constatando el formidable caos y desorganización municipal en su funcionamiento, también en materia de recaudación, para lo que tenían contratada a una persona que, al igual que en el caso del Secretario, también lo era de Coslada. La situación del Recaudador era tan insostenible que la Inspección propuso la revocación de su contrato y la contratación de otro nuevo a través de un concurso. Dos años después de aquella decisión, la recaudación municipal se multiplicó por cuatro.

El informe de la Inspección termina con toda una serie de instrucciones a las autoridades municipales para tratar de poner orden en medio de todo el espantoso caos organizativo y administrativo.


EL CONCEPTO DE EXPOLIO

La Ley de Patrimonio Histórico del Estado de 1985 utiliza varias veces el término expoliación para definir toda acción u omisión que ponga en peligro de pérdida o destrucción de todos o algunos de los valores del patrimonio histórico español. Este concepto fue también tratado y desarrollado por el Real Decreto 111/1986 en su artículo 57 acerca de las medidas que todas la autoridades y los particulares deben adoptar para evitar el expolio de nuestro patrimonio cultural.

Por otra parte, también el Tribunal Constitucional recogió el sentido del término en una sentencia 117/1991, recurrida tanto por el Gobierno vasco como el catalán por, entre otras cosas, ir contra el término expoliación. Y el TC acordó que la redacción dada al término expoliación era perfectamente constitucional por cuanto que se trataba de añadir un plus de protección al Estado sobre el patrimonio cultural.

En ese sentido, no hay duda de que en San Fernando de Henares se ha producido un verdadero expolio o una perseverante expoliación de todo su patrimonio histórico heredado desde 1888 cuando fue traspasado por el Estado al Ayuntamiento. Y eso ha contado desde luego con una manifiesta complicidad cuando no cooperación de las autoridades municipales, dándose la última precisamente en el año 2008 cuando fue aportada nada menos que la plaza de España, la más representativa pieza que se conserva del conjunto histórico, al capital social de la mercantil mixta privada constituida en aquellas fechas.

Se sabe que fueron utilizados ladrillos y piedra del edificio principal del edificio de la fábrica en el arreglo del Camino de la Huerta y de la plaza de Fernando VI, donde es posible ver actualmente algunas de las piedras del edificio. También muchos vecinos utilizaron esos mismos materiales para la construcción y reforma de sus casas, especialmente en las levantadas en las calles adyacentes de Gonzalo de Córdoba.  Hasta Mejorada del Campo llegaron algunos de los despojos para viviendas particulares.

Pero, lo más insólito fue cuando el constructor D. LUIS PÉREZ RÍOS pidió licencia al Ayuntamiento para "la demolición de la construcción del Palacio sito en la plaza de España 21 de este pueblo...", como consta en el acta de 18 de mayo del mismo año, y se la dieron.

Así pues, esta es una breve crónica (el tema daría para muchas más entradas) de cómo todos, autoridades y particulares, se entregaron irresponsablemente a la destrucción y el expolio de un conjunto histórico de gran interés arquitectónico y medioambiental heredado por varias generaciones desde que en 1888 el Estado lo cedió al Ayuntamiento. Y que, evidentemente, no solo no hemos mantenido como se condicionó en la correspondiente escritura, sino que literalmente hemos hecho desparecer con saña porque no solo nos hemos abandonado a su defensa; nos hemos entregado a su sistemático saqueo, expolio y destrucción. Hoy, apenas quedan unos restos y el trazado. Nada más.

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