AL ALCALDE SE LE ACUMULAN LOS REQUERIMIENTOS DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES PARA QUE EJECUTE LAS SENTENCIAS FIRMES DE PLAZA DE ESPAÑA
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Mientras el personal se hallaba disfrutando de la fiestas patronales y los responsables municipales se recuperan de la resaca de fuegos de artificio, los tribunales y juzgados funcionan a pleno rendimiento y van despachando órdenes de ejecución de las sentencias firmes del caso plaza de España cuyas ejecuciones se le acumulan y atragantan al alcalde Corpa. Veamos las últimas resoluciones recién salidas del horno judicial.
En el Registro de la Propiedad aparecen estas dos fincas resultantes junto con otra bajo rasante que habrán de ser anuladas, porque traen causa, precisamente, del Proyecto de Reparcelación anulado. Por lo que todos los asientos registrales desde septiembre de 2009, habrán de ser anulados. También la finca de las plazas subterráneas sobre las que se han levantado 606 plazas de garaje tambiém ilegales.
Sin embargo, lo que no podrá ser repuesto a su estado orginal ya es el parcelario histórico que goza de protección integral del Catálogo de Bienes Protegidos del PGOU y que ha desaparecido irreversiblemente. El alcalde Corpa votó a favor de esta barbaridad en las sucesivas sesiones de la Junta de Gobierno Local de 3 y 29 de julio de 2009. Ahora, se verá obligado a dehacer estos formidables atropellos a la legalidad.
DE CÓMO CAJA MADRID CONSIGUIÓ ESCAMOTEAR EN EL REGISTRO LA PREFERENCIA DE LAS HIPOTECAS LEGALES TÁCITAS EN FAVOR DEL AYUNTAMIENTO
Aunque ya hemos hablado alguna de vez de este asunto, otras de las cuestiones que la nulidad del Proyecto de Reparcelación va a traer a colación es la estratagema del fraude registral, con que la entidad financiera consiguió que sus hipotecas luego fueran considerados créditos preferentes y por lo tanto los primeros respecto de la masa acreedora, cuando, en realidad, debió ser en favor del Ayuntamiento de acuerdo a lo que dispone el artículo 126 del Reglamento de Gestión Urbanísctica, y que tiene preferencia sobre todos los demás créditos. Esto pudo suceder porque las fincas resultantes del Proyecto de Reparcelación no fueron afectadas a esas obligaciones o cargas, y que es lo que se conoce en el argot registral como hipotecas legales táctitas con preferencia sobre todas las demás cargas incluidas las hipotecarias.
Así, mientras en las inscripciones de los préstamos hipotecarios, Caja Madrid, que fue quien realmente gestionó las inscripciones en registro de la propiedad, afirma que los títulos de las fincas hipotecadas provienen del Proyecto de Reparcelación ahora anulado, sin embargo las anotaciones de las fincas resultantes se hizo como obra nueva y division horizontal.
De esta sencilla forma Caja Madrid consiguió eludir la afección real de las cargas de urbanización desplazando las hipotecas legales tácitas en favor del Ayuntamiento como preferentes, por la preferencia de las suyas. Lo que ha permitido manejar como créditos preferentes sus hipotecas en lugar de los créditos correspondientes a las cargas urbanísticas que afectan a las fincas resultantes de toda actuación urbanística.
El Ayuntamiento pretendía la suspensión de la ejecución de la sentencia a cuyo cargo está la Sección de Ejecución del Tribunal de Instancia Plaza 17 de lo CA de Madrid. Sin embargo, ha sido denegada dicha suspensión. La ejecución de esta sentencia persigue la demolición de todas las obras realizazdas sin licencia en la UE-1 y que, entre otras, son estas de abajo:
GRUPO DE OBRAS ILEGALES (EJECUTADAS SIN LICENCIA) QUE HAN DE SER DEMOLIDAS
Por último, también el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ordenado mediante Diligencia de Ordenación de la señora Letrada Judicial de la Sección Primera, la ejecución de la Sentencia ya firme que anuló el Plan Especial emplazando al Ayuntamiento a su cumplimiento. Tiene dos meses para hacerlo, si no lo hace pediremos al Tribunal la ejecución forzosa.
Y ENTRE TANTO ¿QUÉ HACE EL ALCALDE?



















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