viernes, 5 de junio de 2026

NUEVA CRÓNICA DE TRIBUNALES: ÚLTIMAS NOVEDADES DEL CASO PLAZA DE ESPAÑA


 

AL ALCALDE SE LE ACUMULAN LOS REQUERIMIENTOS DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES PARA QUE EJECUTE LAS SENTENCIAS FIRMES DE PLAZA DE ESPAÑA

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Mientras el personal se hallaba disfrutando de la fiestas patronales y los responsables municipales se recuperan de la resaca de fuegos de artificio, los tribunales y juzgados funcionan a pleno rendimiento y van despachando órdenes de ejecución de las sentencias firmes del caso plaza de España cuyas ejecuciones se le acumulan y atragantan al alcalde Corpa. Veamos las últimas resoluciones recién salidas del horno judicial.


TRIBUNAL DE INSTANCIA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. PLAZA 19


El pasado día 22 de mayo de 2026, la Letrada Judicial del Tribunal de Instancia PLaza 19 de lo Contencioso Administrativo dictaba una Diligencia de Ordenación en virtud de la cual, firme ya la sentencia del TSJ de Madrid dictada en su día por el que se anulaba el Proyecto de Reparcelación de la UE-1, procede que el Ayuntamiento ejecute la sentencia en su términos, teniendo un plazo para hacerlo voluntariamente de dos meses. Transcurridos esos meses sin que el Ayuntamiento haya ejecutado la misma, procederemos a pedir a la Sección de Ejecuciones que se proceda a la ejecución forzosa.

La ejecución de esta sentencia resulta ser de muchísima trascendencia y, en próximas entradas, explicaremos el efecto que esto tendrá incluso sobre los asientos registrales del Registro de la Propiedad que tendrán que ser anulados. De momento simplemente indicar que, las parcelas resultantes sobre y bajo rasante, habrán de ser anuladas.


En el Registro de la Propiedad aparecen estas dos fincas resultantes junto con otra bajo rasante que habrán de ser anuladas, porque traen causa, precisamente, del Proyecto de Reparcelación anulado. Por lo que todos los asientos registrales desde septiembre de 2009, habrán de ser anulados. También la finca de las plazas subterráneas sobre las que se han levantado 606 plazas de garaje tambiém ilegales.



Sin embargo, lo que no podrá ser repuesto a su estado orginal ya es el parcelario histórico que goza de protección integral del Catálogo de Bienes Protegidos del PGOU y que ha desaparecido irreversiblemente. El alcalde Corpa votó a favor de esta barbaridad en las sucesivas sesiones de la Junta de Gobierno Local de 3 y 29 de julio de 2009. Ahora, se verá obligado a dehacer estos formidables atropellos a la legalidad.




Esta es la escritura por la que se elevarón a públicos los acuerdos de la Junta de Gobierno Local de 3 y 29 de julio de 2009, y por el que dieron por aprobado definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la UE-1, cosa que no era cierta.
He aquí la descripción contenida en la escritura notarial afirmando que el referido Proyecto de Reparcelación fue aprobado definitivamente por el Ayuntamiento. Falso de toda falsedad. El Proyecto de Reparcelación que ahora han anulado los Tribunales, NUNCA fue aprobado definitivamente por la Junta de Gobierno Local de la que formaba parte el alcalde Corpa.


DE CÓMO CAJA MADRID CONSIGUIÓ ESCAMOTEAR EN EL REGISTRO LA PREFERENCIA DE LAS HIPOTECAS LEGALES TÁCITAS EN FAVOR DEL AYUNTAMIENTO

Aunque ya hemos hablado alguna de vez de este asunto, otras de las cuestiones que la nulidad del Proyecto de Reparcelación va a traer a colación es la estratagema del fraude registral, con que la entidad financiera consiguió que sus hipotecas luego fueran considerados créditos preferentes y por lo tanto los primeros respecto de la masa acreedora, cuando, en realidad, debió ser en favor del Ayuntamiento de acuerdo a lo que dispone el artículo 126 del Reglamento de Gestión Urbanísctica, y que tiene preferencia sobre todos los demás créditos. Esto pudo suceder porque las fincas resultantes del Proyecto de Reparcelación no fueron afectadas a esas obligaciones o cargas, y que es lo que se conoce en el argot registral como hipotecas legales táctitas con preferencia sobre todas las demás cargas incluidas las hipotecarias.

Así, mientras en las inscripciones de los préstamos hipotecarios, Caja Madrid, que fue quien realmente gestionó las inscripciones en registro de la propiedad, afirma que los títulos de las fincas hipotecadas provienen del Proyecto de Reparcelación ahora anulado, sin embargo las anotaciones de las fincas resultantes se hizo como obra nueva y division horizontal.


De esta sencilla forma Caja Madrid consiguió eludir la afección real de las cargas de urbanización desplazando las hipotecas legales tácitas en favor del Ayuntamiento como preferentes, por la preferencia de las suyas. Lo que ha permitido manejar como créditos preferentes sus hipotecas en lugar de los créditos correspondientes a las cargas urbanísticas que afectan a las fincas resultantes de toda actuación urbanística.

MÁS RESOLUCIONES JUDICIALES RECIENTES QUE SE LE ACUMULAN AL ALCALDE




Hoy mismo el Tribunal de Instancia Plaza nº 7 de lo CA de Madrid, que es el que tiene a su cargo la ejecución de la sentencia que anuló las licencias de obras, ha dictado Auto por el anula un Decreto dictado por el concejal de urbanismo, que pretendía suspender la ejecución de la sentencia. En el auto se advierte entre otras cosas, que resulta incompatible hacer depender la ejecución de la sentencia de la aprobación de futura aprobación de modificaciones del planeamiento.




El Ayuntamiento pretendía la suspensión de la ejecución de la sentencia a cuyo cargo está la Sección de Ejecución del Tribunal de Instancia Plaza 17 de lo CA de Madrid. Sin embargo, ha sido denegada dicha suspensión. La ejecución de esta sentencia persigue la demolición de todas las obras realizazdas sin licencia en la UE-1 y que, entre otras, son estas de abajo:


GRUPO DE OBRAS ILEGALES (EJECUTADAS SIN LICENCIA) QUE HAN DE SER DEMOLIDAS





MÁS MADERA




Por último, también el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ordenado mediante Diligencia de Ordenación de la señora Letrada Judicial de la Sección Primera, la ejecución de la Sentencia ya firme que anuló el Plan Especial emplazando al Ayuntamiento a su cumplimiento. Tiene dos meses para hacerlo, si no lo hace pediremos al Tribunal la ejecución forzosa.


Y ENTRE TANTO ¿QUÉ HACE EL ALCALDE?


Nada. Aparte de felicitarse mucho porque el TSJ de Madrid ha estimado una reclamación de uno de los afectados por la Línea 7 B del Metro, y por el que se le reconocía un suplemento económico por daño moral que le negaba la Comunidad de Madrid, y a los que viene prometiendo las viviendas de las plaza de España, organizar las fiestas y demás fuegos artificiales, desde luego en relación con la comisión informativa flamante de plaza de España, de la que nunca volvimos a saber nada, no mueve ni una sola actuación salvo hacer declaraciones evasivas y poco más. Sin duda, este asunto le viene grande y el Ayuntamiento se halla desbordado por cuanto que cinco Tribunales de Justicia ya lo han requerido para ejecute otras tantas cinco sentencias firmes sobre el caso plaza de España, sin que, prácticamente haya movido un solo dedo al respecto. Así están las cosas. Desde luego de todo esto, nada hallarán en la muy controlada información municipal. Solo se hacen eco de las resoluciones judiciales que le interesan, las demás las ocultan tras un manto de silencio ominoso.

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