miércoles, 13 de abril de 2022

INTOXICA QUE ALGO QUEDA...


INTOXICA QUE ALGO QUEDA

Desde el autodenominado gabinete de prensa del Ayuntamiento, se nos obsequia de nuevo con un comunicado que trata de desmentir nuestra entrada anterior relativa a la reciente sentencia del TSJ de Madrid confirmando la nulidad de los cargos confianza política, creados a raíz del acuerdo del pleno de organización celebrado el día 15 de junio de 2019.

Como puede comprobarse, se trata de un comunicado que si bien trata de desmentir nuestra información (e incluso descalificándola como fake news), en realidad no desmiente nada sino todo lo contrario; la confirma plenamente.

Este tipo de comunicados no es la primera vez que se emiten desde la factoría de este fantasmagórico gabinete de prensa (no existe como tal en el organigrama municipal), pues ya tuvimos ocasión de conocer otra esperpéntica interpretación acerca de otra resolución en aquella ocasión del Tribunal Supremo, celebrando como una victoria que no les hubiera sido admitido un recurso de casación y concluyendo que dicha resolución tenía como correlato inmediato que la plaza de España ya era municipal. Hoy, varios años después, en el registro de la propiedad sigue figurando la plaza de España a nombre de la mercantil PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL.

EL GABINETE DE PRENSA AFIRMA QUE LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID FABRICAN FAKE NEWS EN SUS RESOLUCIONES


He aquí la célebre y muy reciente sentencia del TSJ de Madrid cuyos magistrados (cuatro en total), acaban de confirmar que, en efecto, cuatro de los cargos del personal eventual creados por el acuerdo del pleno de organización son nulos porque no se ajustan a derecho. Para comprobarlo, solo hace falta consultar los repertorios de jurisprudencia porque son de acceso público. Y, si bien la sentencia lleva fecha 21 de febrero de 2022 y, naturalmente, el Ayuntamiento era el apelante y por lo tanto tiene perfecto conocimiento de ello desde hace muchas semanas, la ciudadanía en general no lo hubiera conocido si nosotros no lo hubiéramos dado a conocer.

Así pues, el que denominan comunicado "oficial" no solo no desmiente nada, sino que califica como fake news a la propia resolución judicial firmada por los cuatro magistrados del tribunal superior, pues no otra conclusión cabe sacar del mismo por cuanto que la sentencia, obviamente, existe y está al alcance de cualquiera que la quiera consultar. 

Eso sí, nadie, ni siquiera de la oposición, se ha hecho eco de ello. Y, desde luego, mucho menos del equipo de gobierno o de su gabinete de prensa que, obviamente, solo está para dar buenas noticias y cuando alguien, como en este caso, saca  las malas, siempre les queda el recurso de descalificarlas como fake news y a otra cosa mariposa.


ACUERDO NULO POR FRAUDULENTO


El Ayuntamiento recurrió la sentencia del Juzgado nº 28 de lo Contencioso de Madrid que ya se pronunció en su momento acerca de la nulidad de estos acuerdos por carecer de motivación, entre otras cosas, y devenir en nulos por constituir un patente fraude de ley. Los puestos creados por el pleno eran de coordinadores, que están reservados a funcionarios y se cubren mediante un proceso de selección de mérito y capacidad. Y, además, entre su plantilla hay numerosos coordinadores cubiertos por personal funcionario.

Así pues, no es que el TSJ de Madrid venga ahora a decir nada distinto a lo que ya dijo en su día el Juzgado nº 28, sino que lo confirma plenamente contra las pretensiones del Ayuntamiento. En otras palabras, los acuerdos del pleno de organización que permitieron los posteriores nombramientos de cuatro de los cargos de confianza, son radicalmente nulos por no ajustarse a derecho al haberse creado sin motivación alguna en manifiesto fraude de ley.

Esto es lo que viene a decir la sentencia del TSJ de Madrid, y no la torticera interpretación que se infiere de la nota emitida para incautos por el gabinete de prensa, tratando de hacer creer al personal que lo recurrido era la existencia de estos cargos (que el cualquier caso han de ser excepcionales) y no los acuerdos  del pleno de 15 de junio de 2019.

...Y EL FALLO


Y aquí está el fallo por si hubiera alguna duda tras la intoxicadora nota de prensa en forma de comunicado "oficial". Se desestima totalmente el recurso del Ayuntamiento, se confirma la sentencia del juzgado nº 28 por ser plenamente ajustada a derecho y, además, se condena en costas al Ayuntamiento.

¿Dónde está pues señor Corpa la fake news? ¿en la noticia que dábamos nosotros o en el comunicado "oficial" de su gabinete prensa,  propaganda e intoxicación?

GRAVES DIFICULTADES DE COMPRENSIÓN LECTORA DE TEXTOS JURÍDICOS EN EL GABINETE DE PRENSA

A la luz del patético texto del comunicado "oficial" del gabinete de prensa solo apto para ciegos conmilitantes, y desde luego de la estrafalaria y torticera interpretación que se hace en el mismo de la famosa sentencia, es muy evidente que quien quiera que sea quien hace estos lamentables comunicados (al menos debería firmarlos con nombres y apellidos), tiene una pavorosa dificultad de comprensión lectora de la literatura emanada de las resoluciones de los juzgados y tribunales. O eso, o simplemente quien haya sido el redactor o redactora de este comunicado es simplemente un o una caradura. 

Porque calificar como fake news una noticia que resulta tan fácil de comprobar con la mera consulta al repertorio jurisprudencial del CGPJ, es más que una torpeza digna de un o una imberbe metida a propagandista política de tres al cuarto; esa enfermedad infantil que padecemos en la política en forma de plaga imposible de erradicar, y de la que es una buena muestra lo que sucede en ese Ayuntamiento. Toneladas de noticias, fotos y selfis sin cuento cifradas en el gabinete de propaganda  para  mayor gloria del alcalde y su troupe de acólitos, y con nulo o escaso rigor en un gabinete que, visto lo visto, tampoco es que dé para mucho más.

Afirmar y arengar a los medios que si quieren tener noticias veraces se dirijan al gabinete de prensa, que es quien tiene el monopolio de la verdad verdadera, no es más que un ridículo ejercicio de necia autocomplacencia. Y descalificar además a las redes sociales cuando el propio Ayuntamiento y sus políticos las utilizan a mansalva y sin control alguno, forma parte ya de ese lamentable paisaje de la política degenerada en el más abyecto cinismo. Porque en tiempos de la posverdad, exhibir impúdicamente que el rigor informativo es solo monopolio del gabinete de prensa del Ayuntamiento, no es solo un oxímoron insufrible; es que, además, es una estupidez porque a estas alturas nadie del gabinete de prensa puede tratar de convencernos de que su trabajo y su misión no es otra cosa que servir al que lo ha nombrado; aunque eso se haga lamentablemente con retribuciones que salen de nuestros impuestos.

QUE SE CUMPLA LA SENTENCIA

Nuestro ordenamiento jurídico se asienta sobre el principio legal de que las sentencias se dictan para ser cumplidas. De modo que, dado el estúpido desafío en que nos pone el comunicado fake del gabinete de prensa, nos vamos a emplear a fondo en los próximos días para exigir de los tribunales que se cumpla la sentencia en todos sus términos. En este sentido, no deja de ser un ingenuo argumento afirmar como se hace en el comunicado, que la situación de los cuatro cargos de confianza fue ya "regularizada" con ocasión de la aprobación de los Presupuestos de 2021 en septiembre del mismo año (en el comunicado se afirma que fue en julio; lo que evidencia que en el gabinete de prensa ni siquiera se han enterado de cuándo fueron aprobados los Presupuestos), pues, entre otras cuestiones, da la casualidad de que nosotros tenemos recurridos esos Presupuestos precisamente. Y esta supuesta regularización hecha así, no es otra cosa que un evidente nuevo fraude para eludir precisamente el cumplimiento de la sentencia.

Haremos pues todo lo posible para que esta sentencia se ejecute porque es ya una cuestión de principios. Principios de los que, como queda patente con el texto del comunicado, adolecen en el sedicente gabinete de prensa municipal, reconvertido en gabinete de propaganda e intoxicación. 

viernes, 8 de abril de 2022

NUEVA CRÓNICA URGENTE DE JUZGADOS II

 


PLENO DE ORGANIZACIÒN DE 28 DE JUNIO DE 2019 EN EL QUE SE ACORDÓ APROBAR LOS SIETE PUESTOS DE CONFIANZA POLÍTICA CUATRO DE LOS CUALES HAN SIDO AHORA ANULADOS POR LOS TRIBUNALES

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EL TSJ DE MADRID CONFIRMA LA NULIDAD DE LOS NOMBRAMIENTOS DE CUATRO CARGOS DE CONFIANZA


Según una muy reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a la que ha tenido acceso El Molino, se confirma la nulidad de los nombramientos de cuatro de los siete cargos confianza política designados en su día por el pleno municipal de organización celebrado el día 28 de junio de 2019, y respecto de los cuales ya se había pronunciado el Juzgado de lo Contencioso nº 28 de Madrid, anulando esos nombramientos firmados por el alcalde Corpa por no ajustarse a derecho.

El equipo de gobierno sufre así un nuevo varapalo judicial al haber recurrido aquel fallo del Juzgado que ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, viene a confirmar en su totalidad condenando de nuevo en costas al Ayuntamiento. 

En este afán indisimulado por ganar tiempo, al equipo de gobierno solo le queda ya el recurso de casación al Tribunal Supremo, en lo que es una descarada carrera inútil por impedir que la sentencia del Juzgado gane firmeza antes de las próximas elecciones. Única motivación real que mueve al alcalde Corpa a mantener contra toda legalidad a estos cuatro cargos designados y nombrados por el propio alcalde a resultas del acuerdo de gobierno con Ciudadanos. Dos de esos cargos pertenecen al PSOE y los otros dos a Ciudadanos.

Los cargos cuyos nombramientos nulos confirma ahora el TSJ de Madrid son los de Coordinador de Urbanismo, de Hacienda, de Cultura y el coordinador de los anteriores, cuyos nombramientos aparecen en  la publicación de abajo.



EL CLAMOROSO SILENCIO DEL PP Y DEL EQUIPO DE GOBIERNO

Este incidente que ha acabado en los tribunales confirmando la ilegalidad de estos nombramientos, fue llevado a la Justicia por el Grupo Municipal Popular. Bien es cierto que el Grupo Popular mezclaba su demanda con otra cuestión espuria como era que exigía que les fuera reconocido el derecho al nombramiento de un auxiliar a su grupo como cargo de confianza también. A lo cual no accedió el Juzgado.

Sin embargo, esta nueva sentencia del TSJM que confirma la anterior, ha sido silenciada por el Grupo Popular Municipal incomprensiblemente, a pesar de tratarse de una sentencia dictada ya a finales de febrero y de la que ellos, en tanto que parte, debían tener conocimiento desde hace tiempo.

Pero, salvo error por nuestra parte, no apreciamos que haya habido ni una simple nota comunicando esa resolución judicial tan importante que, en rigor, debería de dar lugar al cese inmediato de los nombramientos anulados, denunciando al mismo tiempo la trampa o el fraude de renombrarlos como asesores para eludir el cumplimiento de la sentencia. Algo que no está permitido tampoco bajo sanción de fraude, y que es lo que, en la práctica, han convenido en hacer desde el equipo de gobierno: simplemente cambiar la palabra de coordinadores por la de asesores, así de sencillo y así de tramposo e ilegal también. ¿Admite pues el PP este patente fraude?

El silencio pues del grupo municipal del PP respecto de ese asunto, puede guardar relación con la situación de la portavoz del grupo en el Ayuntamiento, cuyo cargo, a pesar de ser de dedicación exclusiva, sin embargo viene compatibilizando incluidas retribuciones prohibidas por la ley, con el de diputada en el Asamblea de Madrid e incluso el cargo de Secretaria de una comisión. 

No hace falta más que seguir la actividad política de la portavoz municipal popular, para comprender que su dedicación real ha dejado de ser exclusiva del Ayuntamiento (aunque le siga pagando su retribución íntegra), y que su  prioridad no es otra que la que realiza en la Asamblea de Madrid, dejando las tareas municipales en la oposición como una actividad residual. Esto quedó muy patente cuando en el último pleno municipal, la portavoz del Grupo municipal llegó muy tarde a la sesión y cuando ya casi había terminado.

QUÉ ES LO QUE NUESTRO MUNÍCIPES NO ENTIENDEN DE LA DEDICACIÓN EXCLUSIVA

Hace unos escasos días el alcalde Corpa procedió a firmar un Decreto donde se expresa, entre otras cuestiones, cuál es el régimen dedicación de los concejales. Algo que, en rigor, debería de haber hecho ya en el comienzo de la legislatura y no ahora. De todas formas aquí está por fin esta obligada aclaración.



El Decreto de arriba del alcalde dictado a resultas de la última remodelación del equipo de gobierno, pone negro sobre blanco acerca del régimen de dedicación exclusiva de los concejales, entre los que está el de Portavoz del grupo municipal del PP. Y este régimen de exclusividad conlleva su derecho a percibir la retribución íntegra acordada en su día por el pleno municipal. Pero, obviamente, el régimen de dedicación exclusiva al cargo tiene su correlativa obligación que lo hace incompatible con otras actividades retribuidas y desde luego con otras actividades en otras administraciones.

El Reglamento de Organización municipal lo deja muy claro, hasta el extremo de que si alguno de estos concejales desempeña la presidencia de alguna comisión informativa, no puede cobrar indemnización alguna por ello. Tan claro como eso.

Sin embargo, hay al menos dos casos (y tal vez un tercero) de concejales que incumplen o han incumplido clamorosamente esos preceptos del Reglamento y que, a su vez, no son otra cosa que lo establecido por la Ley de Incompatibilidades de los funcionarios públicos (aplicable también a los cargos electos), que prohíbe percibir emolumentos de dos administraciones públicas.

En idéntica situación se halló durante bastante tiempo el concejal del PSOE Fernández Casar, al compatibilizar una designación para desempeñar una delegación en régimen de dedicación exclusiva (la de concejal de personal), con una pensión de invalidez de la seguridad social. Algo que es clamorosamente ilegal.

Alguien debería pues advertir a la portavoz del Grupo Municipal Popular, que no se pueden compatibilizar el puesto de Portavoz municipal en régimen de dedicación exclusiva con otros cargos que conlleven retribuciones y/o indemnizaciones. O dicho de otra manera, el Ayuntamiento de San Fernando de Henares le paga de los impuestos de los contribuyentes, una retribución salarial equivalente incluso a la de los concejales del equipo de gobierno, pero para que desarrolle su actividad exclusivamente en y para el municipio, pero no para que lo comparta con otras actividades por las que percibe indemnizaciones y suplidos. 

Su dedicación (preferente además a lo que se ve) a sus tareas como diputada en la Asamblea de Madrid, es incompatible pues con el régimen de dedicación exclusiva en el Ayuntamiento de San Fernando de Henares, y sus retribuciones también. Por esa razón, o renuncia o ha de ser revisada esa situación de acuerdo a lo que prescribe el Reglamento municipal, para lo cual tiene soluciones como la dedicación parcial en un cincuenta o veinticinco por ciento de dedicación, pero en absoluto es admisible la situación actual claramente ilegal.

No obstante lo cual, también hay otros casos en el equipo de gobierno que, además del concejal Fernández Casar, podrían hallarse en clara situación de ilegal compatibilidad. Las oscuras situaciones de alguno de ellos, cuya declaración de incompatibilidad está literalmente en blanco (no se sabe realmente de dónde provenían sus ingresos antes de ser concejal liberado), ponen en evidencia el escaso respeto que nuestros munícipes tiene para con unas normas que tratan, precisamente, de poner límites y evitar que los cargos electos puedan compatibilizar ingresos provenientes de actividades en dos o más administraciones. Haremos pues un seguimiento de estos asuntos. 

EL GRAN NEGOCIO DE LOS "ASESORES"


Arriba, la muy reciente publicación de los nombramientos como "asesores" en el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, a raíz del último pacto de gobierno entre PSOE y Ciudadanos.

Como puede verse, el reciente pacto de gobierno suscrito entre ambos partidos en el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, ha obligado a reacomodar los nombramientos de los que denominan "asesores" (cargos de confianza política de siempre), con el objeto de colocar a los cargos por cooptación en esta modalidad de modernas canonjías para repartir entre correligionarios y acólitos a cargo de los presupuestos municipales. Es decir, de los impuestos que todos pagamos.

Lo singular de esta forma descarada de colocar amiguetes, lo constituye en este caso de Alcalá de Henares en la evidencia de que ha servido para recolocar a ex diputados (en este caso ex diputadas) de la Asamblea de Madrid, que perdieron su escaño en las últimas elecciones autonómicas hace un año. Como puede verse, un año después de haber perdido el escaño ya están recolocados casi todos. 

Disponen las resoluciones judiciales que estos nombramientos han de ser excepcionales y han de estar perfectamente justificados y motivados. Bueno, pues no conocemos un solo caso en el que estos nombramientos sean excepcionales, al contario, son la regla general. Lo demás, la motivación, queda perfectamente camuflada bajo el paraguas de "asesores". Todo un descarado negocio que pone en evidencia lo que ya todo el mundo sabe: que los partidos políticos han degenerado en eso, una descarada oficina de colocación de lo suyos con cargo a los impuestos que todos pagamos. 

Un lamentable negocio alrededor de un descarado uso de unas disposiciones legales pensadas para casos excepcionales, pero por el se cuelan impunemente toda una camarilla de militantes y adheridos al calor de magníficos salarios públicos que en la mayor parte de los casos, nadie en el sector privado les pagaría en absoluto. Este es pues el gran negocio de la política actual.