CASO PLAZA DE ESPAÑA
LA PERMANENTE HUIDA HACIA NINGUNA PARTE
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En el que conocemos como caso Plaza de España, ese vergonzante embrollo urbanístico que no tiene fin, hay una costante: la inequívoca y permanente huida hacia ninguna parte y el empecinado empeño de los responsables municipales en hacernos creer que ellos y solo ellos tienen la solución, aunque sea a costa de ir contra todos los presupuestos legales, doctrinales y jurisprudenciales conocidos sobre el caso.
Este caso es ciertamente singular pues tiene anulados un Plan Especial, el Proyecto de Reparcelación y los títulos de las licencas de las obras ejecutadas tanto sobre rasante, bajo rasante como, también, sobre el Museo de la Ciudad. Y, como consecuencia de ello, las correspondientes secciones del servicio de ejecuciones de sentencias de tres Tribunales de instancia y la del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, están tutelando la aplicación del mandato constitucional del artícuo 118 dela CE que ordena la inexorable ejecución de las sentencias y, de paso, también de nuestro derecho a la tutela judicial efectiva en tanto que recurrentes y parte ejecutante también.
Sin embargo, en este Ayuntamiento, desde hace mucho tiempo, hay una suerte de epidemia de personas iluminadas que, a tan singular atropello a la legalidad donde nada de lo ejecutado es legal, ni los edficios sobre rasante, ni los aparcamientos bajo rasante ni tampoco las obras de urbanización, aseguran que se puede arreglar con una simple Modificación Puntual del PGOU. Es decir, el Ayuntamiento de San Fernando de Henares o esos ínclitos personajes a mitad de camino entre la complicidad errática y la irresponsabilidad más abstrusa, están en la creencia de que tan complejísimo embrollo urbanístico tiene una solución mágica y milagrosa del siguiente infantil tenor: modifiquemos el PGOU y asunto concluido. Así de sencillo y fácil.
CONCURSOS A GOGÓ
Hace muy poco tiempo una resolución de uno de los Juzgados que tiene a su cargo asegurar la ejecucion de la sentencia que anula las licencias, advertía al Ayuntamiento que no era conforme a derecho hacer depender la ejecución de la sentencia (ejecución que no puede ser otra que la demolición de lo ilíctamente construido), porque no puede hacerse depender de una futura modificación del PGOU. Sin embargo, y a pesar de esas advertencias del órgano judicial, el alcalde, que va por su cuenta y riesgo, ha sacado a licitación un contrato de asistencia consistente en redactar una Modificación Puntual del PGOU que regularice la situación de Plaza de España. Así, como suena.
El contrato de la empresa adjudicataria, Omicron-Ampero SA se ha firmado muy recientemente y el procedimiento seguido no deja de sorprendernos por las siguiente razones: i) que la adjudicataria no sea un empresa consultora de urbanismo propiamente dicho, sino un grupo de construcción puro y duro, ii) que, asimismo, las otras dos empresas concurrentes sean también empresas constructoras puras y duras quedando una de ellas fuera del concurso por solo 32 segundos de retraso, y iii) que se haya adjudicado el contrato a la oferta más cara. De todas formas, nuestra asociación pedirá acceder al expediente de contratación con objeto de estudiar su impugnación.
No obstante lo cual, no es eso lo que más nos preocupa, sino el irracional empecinamiento de los responsables de la cosa en llevarle la contraria una y otra vez al sentido común y, sobre todo, a lo que los tribunales vienen sosteniendo como doctrina unificada desde hace mucho tiempo y que consiste en que, entre las amplias facultades de ius variandi que los Ayuntamientos tienen reconocido en materia de ordenación del territorio, NO ESTÁ LA DE LEGALIZAR LO QUE ES ILEGAL.
EN BUSCA DE LA CUADRATURA DEL CÍRCULO
(EL CASO DE MARBELLA Y EL CASO DE SAN FERNANDO)
Hay muchas concomitancias entre lo ocurrido en el muncipio de Marbella y el de San Fernando de Henares, en relación con la gestión municipal de urbanismo. En ambos casos se sustituyó la ley por la pura voluntad de los gestores municipales. Y la consecuencia en ambos casos es la misma.
También los gestores municipales de Marbella pensaron que la solución para regularizar los muchísimos casos de infracciones urbanísticas incluso con licencia, se podían resolver mediante una revisión del propio PGOU vigente adaptando su propia normativa a la casuística de cada ilícito urbanístico para, de esta forma, legalizar lo declarado nulo por nulidad de las licencias. Craso error. Es nada menos que el Tribunal Supremo el que, recongiendo su propia doctrina anterior declaró nulo el PGOU de Marbella de 2010, proclamando que, entre las potestades del ius variandi que la ley le reconoce a los Ayuntamiento, no está la de decretar legal lo que es ilegal. Que es, exactamente, lo que pretende el Ayuntamiento de San Fernando con esta Modificación encargada del PGOU.
Pero además, otro motivo para declarar nulo el nuevo PGOU que pretendía regularizar todas las atrocidades cometidas durante la etapa de Jesús Gil, es el referido a la clasificación del suelo urbano consolidado, vedado también a la modulación caprichosa de los planificadores, pues su clasficación tiene carácter reglado y no discrecional.
Y este asunto es también uno de los que se pretende burlar mediante la Modificación Puntual del PGOU que se ha contratado. Y es muy importante porque pretender "regularizar" mediante esa modificación de planeamiento general es tanto como pretender hallar la cuadratura del círculo. Solo desde un gran desconcimiento de lo que ha pasado con esta impresentable actuación comparable a lo sucedido en la Marbella de Gil, se puede sostener con frivolidad o desconocimiento inexcusable que los atropellos a la legalidad perepetrados por los órganos incluso los colegiados en el caso PLaza de España, pueden hacerse desaparecer mágicamente mediante la tramitación de una incoua Modificación del PGOU y a otra cosa mariposa.
Vamos pues a llevar ante los jueces que están presentes en cada uno de los cuatro incidentes de ejecución de las respectivas sentencias ya firmes, este asunto del contrato de la Modificación del PGOU, además naturalmente de impugnar si es posible esta contratación directamente. Y hacemos responsable directamente al alcalde de esta adjudicación que firma porque, con seguridad, los tribunales lo anularán de nuevo. Y, como los concejales están sujetos a responsabilidad penal y civil activaremos los mecanismos coercitivos que tienen los jueces cuando, dada la abierta rebeldía de quienes tienen la obligación de cumplir las sentencias, se dedican a burlarlas. Ahí nos vamos a ver.
AVISO A NAVEGANTES
Subyace en todas las maniobras que el equipo de gobierno viene realizando respecto del cumplimiento de las sentencias que han condenado al Ayuntamiento, que pueden dedicarse a buscar soluciones estrafalarias como esta de tratar de legalizar lo que es ilegal, sin contar con nosotros, que somos los titulares de derechos constitucionales que amparan el nuestro a que sean ejecutadas las sentencias. Solo desde la arrogancia más frívola o desde el desconocimiento más inexcusable se puede pretender semejante conclusión. Pues bien, que sepan que nuestra determinación es inamovible y que, cada paso en falso que den, allí estaremos para su depuración por la vía judicial sin descartar ninguna acción.









































