domingo, 26 de julio de 2026

LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA - MANIPULA QUE ALGO QUEDA



 



DE CÓMO SAN FERNANDO DE HENARES QUEDA VINCULADO INJUSTAMENTE EN LETRA DEL BOE A UN SINIESTRO RELATO TRUCULENTO CON LA COMPLICIDAD DEL ALCALDE
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(I)


Arriba la resolución reciente del BOE y abajo dos de los dictamenes e informes emitidos todos por órganos administrativos o departamentos universitarios variopintos y todos favorables al proyecto, claro, citando con patente frivolidad y no poco desconocimiento el caso de San Fernando como paradigma del siniestro funcionamiento del Patronato de Protección de la Mujer "franquista" "digno de las novelas de Dickens"



El pasado día 20 de marzo de 2026, el BOE nos sorprendía con una Resolución de la Secretaría de Estado de la Memoria Democráctica dependiente del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, en virtud de la cual se incoaba expediente para la declaración de Lugar de la Memoria Democráctica el "Patronato de Protección de la Mujer 1941 - 1985".

La propia resolución y varios de los informes que constan en el expediente, hacen como única referencia toponímica a San Fernando de Henares como puede verse arriba, porque una de las instalaciones del Patronato conocida como el Refugio de El Pilar sito en la calle La Presa nº 2 perteneció (o eso han creído siempre las diferentes administraciones de lo que hablaremos más adelante) al Patronato de Protección de la Mujer. Obviamente, el Patronato contaba con otras muchas instalaciones y centros en numerosas ciudades, pero curiosamente solo se cita a San Fernando de Henares.

Lo primero que llama la atención es la razón por la que, si la Ley de Memoria Democrática acota y circunscribe su revisión a hechos de singular relevancia por su significación histórica, simbólica o por su repercusión en la memoria histórica vinculada a la memoria democrática, el Ministerio de la cosa acota el periodo histórico de 1941 a 1985 para designar al Patronato de Protección de la Mujer bajo el franquismo, incluyendo al menos diez años tras la muerte de Franco y, por los mismo, en un periodo ya democrático. Y la respuesta es clara: se trata de una maniobra para incluir un desgraciado suceso de la muerte de una niña interna en el centro de San Fernando de Henares de la calle la Presa en 1983, y con ese pretexto, además, inferir que dicho Patronato quedó extinguido en 1985 lo cual, como buena parte del relato, no es tampoco cierto del todo.

La elección es caprichosa y discrecional, pero intencionadamente ampliada a un largo periodo democrático al fijarlo en 1985. La elección del Patronato de Proteccion de la Mujer "franquista" debería responder a la finalidad de circunscribir la aplicación de la Ley exclusivamente al perido franquista que datan en 1941 a 1975. Pero, si bien la fecha del inicio de la etapa del Patronato "franquista" se cifra en 1941 por el acuerdo ministerial que lo reorganiza, enuncia que da continuidad al Patronato originario de 1902 aunque sin embargo toma el nombre de la misma institución de la República en 1931. 

Los promtores del expediente califican el Patronato como una institución de represión y control de la mujer inoculando el espíritu del nacionalcatolicismo o la persecución de mujeres bajo el pretexto de apartarlas del mundo de la prostitución, o de tratar de modular su moral sexual con retenciones arbitrarias en este tipo de centros a los que les atribuyen una especie de cárceles clandestinas de jóvenes encerradas contra su voluntad y en la que incluyen al centro de San Fernando. Entregados a la reeducación moral - dicen- incluso a la tortura física y, por lo mismo, digno de figurar como lugar ignominioso de la dictadura. Y señalando, con la aquiescencia del alcalde a lo que parece, como el destinatario de una placa para la que parece tener todas las papeletas San Fernando de Henares, por el luctuoso hecho de la desdichada chica que falleció en 1983 cuando intentaba huir del centro pero cuya certificación de defunción al parecer  quedó transcrita como un suicidio.

El relato oficial, extraído de la proliferación de no pocos relatos más o menos truculentos y que ha dado lugar a incoar este expediente como Lugar de Memoria Democrática al Patronato de Proteccion de la Mujer "franquista", se extiende incluso a buena parte del gobierno socialista de Felipe González. Y parte del hecho de que dicho Patronato se reclama continuador del Real Patronato contra la Represión de la Trata de Blancas fundado en 1902 y, por lo mismo, con una larga historia detrás incluso en largos periodos democráticos anteriores a la República, en el cual ha tenido un importante protagonismo nuestro municipio si bien por puro azar tras su desamortización de la Corona en 1870. 

Merece la pena, no obstante, conocer en su total trayectoria la historia de este centro y no solo en la versión reducida e interesada de 1941 de 1985, por su interés y para desmentir o al menos desvincular el centro de San Fernando a una época y unos hechos que, en parte, no son sino datos manipulables y manipulados al socaire de la Ley de Memoria Democrática. Un verdadero artefacto que deja en manos del Gobierno no ya solo la plena discrecionalidad en la elección de los elementos objeto de aplicación, sino, lo que es más grave, en la narrativa oficial de una versión interesada y amputada de la historia acomodada  incluso a las fechas precisas y datadas caprichosamente como es este caso.

Debe ser conocida al menos por lo que se refiere a este centro de nuestro municipio cuya construcción se remonta a 1746 como la casa de administración del Real Sitio, mediante una aproximación a toda la historia porque, además, resulta ser un caso bien ilustrativo de cómo, el Estado, atropellando la legalidad además, es utilizado como pretexto para acomodar a los relatos ideológicos en este caso de los vencidos de la guerra civil con la pretensión, además, de ganarla noventa años después a costa de construir relatos cuya contraposición sin embargo no cabe porque no interesa al fin maniqueo y sectario de una Ley al servicio de una verdad histórica oficial, pero para realizar un revisinismo en una sola dirección. Ocultando otros aspectos de la historia que, obviamente, quedarán fuera del relato oficial.

Este caso de San Fernando y la azarosa peripecia del centro del Patronato de nuestra localidad hoy reducido y arrasado por otra no menos ignominiosa peripecia de la línea 7 b del Metro a una mera plaza reurbanizada, merece la pena ser conocido dentro las limitaciones que tiene una publicación en un blog como este, pero que puede servir para divulgar otras versiones diferentes a los relatos interesados y oficiosos, muchas veces sostenidas oficialmente con diletantes discursos como el del alcalde recientemente, aprovechando la presentación de un libro sobre el lamentable fallecimiento de la niña interna en 1983. Y, como toda la historia abarca varias decádas y por lo mismo es bastante largo, los seguidores interesados en este asunto habrán de tener paciencia porque requerirá varias entregas y no precisamente cortas pero de muchas sorpresas también. Comenzamos pues.

LA PERIPECIA DEL INMUEBLE QUE HOY LUCE COMO UN ESPACIO LIBRE

Tan pronto como se proclamó la segunda República, todos los organismos y dependencias e incluso las ciudades (caso de Ciudad Real a la que rebautizaron como Ciudad Libre) que tuvieran alguna reseña en su nomenclatura referida a la monarquía fueron literalmente borrados del mapa. Y esa fue la suerte del Real Patronato para la Represión de la Trata de Blancas, constituido bajo la monarquía restaurada de Alfonso XIII y adscrito al Ministerio Justicia en 1902, pero con vinculación a varios convenios internacionales y con la misma finalidad de la lucha contra la trata de blancas suscritos por casi toda Europa y algunos países del continente americano.

Una de las primeras cosas que hizo la República nada más proclamarse fue, como se dice, cambiarle el nombre por el de Patronato de Protección de la Mujer, casualmente lo mismo que el adoptado luego por la época de la dictadura franquista pero, eso sí, con un leve matiz: la República en 1931 adoptó la decisión de disolver el Patronato monárquico y nombró una serie de personalidades fundamentalmente mujeres adscritas a la República como Margarita Nelken o Clara Campoamor, entre otras, para ocupar el Consejo nacional en sustitución de las desginadas en el periodo anterior.

No obstante lo cual, el Estado republicano se quedó con todos los bienes e inmuebles del patronato monárquico disuelto, uno de los cuales era una donación modal por su propietaria Dª Elisa García Page obtenida en subasta por un tío suyo que pujó y pagó al Estado y a la Corona el correspondiente remate. Y que, fallecido, dejó en herencia a Dª Elisa, entre otros elementos desamortizados como la propia fábrica de tejidos y otras viviendas de la plaza de España, el de la antigua casa del Administrador sito entre la plaza de Fernando VI y la calle la Presa antes de Hernán Cortés. Así pues, la finca y el edificio de la conocida como casa de la administración, no pertenecía ni ha pertenecido nunca al Estado, porque incluso hoy tal y como figura en el Registro de la Propiedad, se trata de un inmueble donado al Estado pero cuya donación esta sujeta a que el mismo se dedique a la función del Patronato para la lucha contra la trata de blancas. Esa claúsula modal advertía que, si el inmueble dejara de dedicarse a esa función, inmediatamente era activada la correspondiente cláusula de reversión automática y con ello la donante o sus causahabientes recuperarían la propiedad y posesión de los mismos.


Breve esquema genealógico de la donante del inmueble


Plano del inmueble (10.000 m2) en rojo y donado por Dª Elisa García Page al Estado con cláusula de reversión modal automática si el inmueble dejaba de dedicarse a la protección de la mujer. En verde, la conocida como Casa de Administración con fachada a la Plaza de Fernando VI, La Presa y Nazario Calonge


La escritura de donación otorgada en 1906 firmada en nombre del Estado por el entonces ministro de Justicia D. Eduardo Dato, luego asesinado en la puerta de Alcalá por pistoleros arnaquistas en 1921



El Patronato, durante la epóca de la monarquía, no solo publicaba memorias de actividades y acuerdos adoptados incluso trimestralmente, sino que también recogía datos estadísticos por cada uno de los centros que dependían del mismo. Lo que, como puede comprobarse por el cuadro que conserva el INE, nos permite comprobar en el caso de San Fernando las altas y bajas y los motivos de ambas entre los años 1912 a 1926. Ni durante la República ni tampoco durante el franquismo, fueron editadas memorias de actividad y mucho menos datos estadísticos año a año. 


LA REPÚBLICA TAMBIÉN REPRIMIÓ A LAS INTERNAS DE ESTE CENTRO
(Y DE QUÉ MANERA)

La República, como es sabido, tuvo entre 1933 y 1935 un gobierno constituido por los partidos del centro y la derecha, es decir, el Partido Radical de Lerroux y la Ceda de Gil Robles. Durante ese periodo, el gobierno adoptó al final de su mandato un acuerdo de gran trascendencia a resultas de las recomendaciones de los organismos internacionales radicados en París: la de abolir la prostitución, un asunto de gran calado y siempre muy en concordancia con el tema de la Trata de Blancas.

Sin embargo, al gobierno del conocido como el "bienio negro" del centroderecha no le dio tiempo a implementar los acuerdos, toda vez que el Presidente de la República, Alcalá Zamora, presionado por los grupos de la oposición y al socaire del escándalo del caso del estraperlo, disolvió las Cortes y convocó elecciones a primeros de 1936 que ganaron (no sin reservas, ciertamente), los partidos que formaban el conocido como Frente Popular. Una muy amplia coalición formada por el PSOE, Izquierda Republicana, PCE, etc.

En todo caso, a la vista del resultado aunque era provisional y sin celebrar la segunda vuelta en muchas circunscripciones y huido literalmente el primer ministro puesto por el Presidente para intentar ganar las elecciones, Portela Valladares, encargó formar gobierno a D. Manuel Azaña quien se vio obligado a formar gobierno solo con su partido, Izquierda Republicana, ya que sus coaligados del Frente Popular como es el caso del partido mayoritario entonces, el PSOE, se negó a formar parte del Gobierno. 

Lo cual no le impidió encabezar varias semanas después una moción para nada menos que destituir al mismísmo Presidente de la República D. Niceto Alcalá Zamora, por, según los autores de la moción, haber infringido el mandato constitucional de utilización de la prerrogativa pesidencial de disolución de las Cortes para solo dos ocasiones, contando los promotores de la destitución tres disoluciones una de ellas correspondiente precisamente a la fase constituyente. La maniobra tuvo como correlato la destitución de D. Niceto por las Cortes y el posterior nombramiento como Presidente de la República a D. Manuel Azaña, y cuyo puesto de Presidente del Consejo lo dejó en manos de su correligionario D. Santiago Casares Quiroga.

Lo primero que hizo Azaña como presidente del Consejo fue decretar una amnistía general, quedando libres no solo los condenados y en prisión del golpe de 1934 principalmente de Asturias, sino también delincuentes comunes e incluso los asesinos de Eduardo Dato que cumplían condena de cadena perpetua. Al mismo tiempo, y haciendo uso de la prerrogativa que le otorgaba la Ley de Orden Público aprobada en 1933 (curiosamente, Franco utilizó esta misma temida ley republicana junto con la de Vagos y Maleantes también republicana para reprimir, no siendo sustituida sino hasta 1959 por otra), decretaba el Estado de Alarma que fueron prorrogando tanto él como Casares cada mes. Esto permitía al ejecutivo suspender los derechos y garantías constitucionales y era aplicada muy severamente a todo aquel individuo que tuviera comportamiento de desafección de la República o de simple protesta. Todos aquellos que quebrantaran el Estado de Alarma serían objeto de denuncias y procesos penales muy severos y con penas ciertamente muy altas y juzgados especiales.

Pues bien, el gobierno republicano de aquellas fechas, desbordado por la violencia desatada, agravó y aplicó los desordenes públicos a delitos contra el Orden Público decretando la aplicación del Estado de Alarma, con cuya aplicación quedaban suspendidas las garantías constitucionales. Y fue en mayo de 1936 cuando el gobierno adoptó una serie de resoluciones con respecto del Patronato de Protección de la Mujer ordenando la extinción de la Delegaciones Provinciales y Locales del Patronado y adscribiendo las mismas al Consejo Superior de Protección de Menores (algo que se repetirá muchas veces en la historia de estos centros), procediendo pues al cese de los responsables provinciales y locales y quedando adscritos los inmuebles y enseres del Patronato así como sus internas al nuevo Centro Directivo. 

Esta nueva reestructuración del Patronato y adscripción al Consejo Superior de Protección de Menores fue muy fuertemente contestado por las internas del Centro de San Fernando de Henares donde no solo quedó cesada su Directora sino que, también, las propias internas quedarían adscritas al Consejo Superior de Proteccion de Menores y, en su caso, trasladadas a los Centros de Menores. El descontento de las internas con estas deciciones fueron violentamente contestadas constituyéndose casi en un motìn con la toma del Centro y la rotura y quema de su mobiliario y demás instalaciones en señal de protesta. Especilamente se rebelaban contra la sutitución de la Directora del Centro, una persona que había accedido al puesto precisamente por medio de un concurso de méritos.

La fuerte represión ante el motín de las internas expresado violentamente contra el mobiliario de las instalaciones, se constituyó en forma de denuncia del Delegado gubernamental y la intervención de la policía que levantó atestado dando cuenta al Juzgado de lo Penal de Alcalá de Henares, incoando un Procedimiento penal especial con aplicación del Estado de Alarma y recayendo sobre las internas rebeldes posibles penas de prisión por desórdenes públicos. 


Sumario abierto a las internas el día 22 de junio de 1936, apenas un mes antes del inicio de la guerra civil, a resultas de sus protestas y desórdenes como consecuencia del cambio de la Directora y de su nueva adscripción al Consejo de Ptrotección de Menores. Se les aplicó nada menos que la temida Ley de Orden Público que entonces tenía también decretado el Estado de alarma asociado, lo que suponía la incoación por Tribunales Especiales de Orden Público y penas más severas. Se les imputaba un delito de desórdenes públicos y en pleno Estado de Alarma. Lo que podía suponer una pena de arresto mayor para todas ellas agravadas por la aplicación del de Alarma.


Las internas, ante la amenaza de aplicarles la durísima legislación penal en pleno Estado de Alarma se vieron obligadas a acatar la disposición dictada: supresión de delegaciones del Patronato e ingreso en el Consejo Superior del Patronato de Protección de Menores, lo que supuso, obviamente, el cambio también de la directora que había accedido un par de años antes al puesto mediante un concurso de méritos y cobrando 6.000 pesetas al año. Por supuesto, los inmuebles que pertenecieran al Patronato de la Mujer pasarían a ser propiedad del Consejo Superior cualquiera que fuera el título de adquisición.

PRÓXIMA ENTRADA

(II)

EL PATRONATO Y SAN FERNANDO DURANTE LA GUERRA CIVIL

domingo, 19 de julio de 2026

CASO PLAZA DE ESPAÑA: EMPECINADOS EN EL ERROR

 



CASO PLAZA DE ESPAÑA


LA PERMANENTE HUIDA HACIA NINGUNA PARTE

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En el que conocemos como caso Plaza de España, ese vergonzante embrollo urbanístico que no tiene fin, hay una costante: la inequívoca y permanente huida hacia ninguna parte y el empecinado empeño de los responsables municipales en hacernos creer que ellos y solo ellos tienen la solución, aunque sea a costa de ir contra todos los presupuestos legales, doctrinales y jurisprudenciales conocidos sobre el caso.


Este caso es ciertamente singular pues tiene anulados un Plan Especial, el Proyecto de Reparcelación y los títulos de las licencas de las obras ejecutadas tanto sobre rasante, bajo rasante como, también, sobre el Museo de la Ciudad. Y, como consecuencia de ello, las correspondientes secciones del servicio de ejecuciones de sentencias de tres Tribunales de instancia y la del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, están tutelando la aplicación del mandato constitucional del artícuo 118 dela CE que ordena la inexorable ejecución de las sentencias y, de paso, también de nuestro derecho a la tutela judicial efectiva en tanto que recurrentes y parte ejecutante también.

Sin embargo, en este Ayuntamiento, desde hace mucho tiempo, hay una suerte de epidemia de personas iluminadas que, a tan singular atropello a la legalidad donde nada de lo ejecutado es legal, ni los edficios sobre rasante, ni los aparcamientos bajo rasante ni tampoco las obras de urbanización, aseguran que se puede arreglar con una simple Modificación Puntual del PGOU. Es decir, el Ayuntamiento de San Fernando de Henares o esos ínclitos personajes a mitad de camino entre la complicidad errática y la irresponsabilidad más abstrusa, están en la creencia de que tan complejísimo embrollo urbanístico tiene una solución mágica y milagrosa del siguiente infantil tenor: modifiquemos el PGOU y asunto concluido. Así de sencillo y fácil.

CONCURSOS A GOGÓ

Hace muy poco tiempo una resolución de uno de los Juzgados que tiene a su cargo asegurar la ejecucion de la sentencia que anula las licencias, advertía al Ayuntamiento que no era conforme a derecho hacer depender la ejecución de la sentencia (ejecución que no puede ser otra que la demolición de lo ilíctamente construido), porque no puede hacerse depender de una futura modificación del PGOU. Sin embargo, y a pesar de esas advertencias del órgano judicial, el alcalde, que va por su cuenta y riesgo, ha sacado a licitación un contrato de asistencia consistente en redactar una Modificación Puntual del PGOU que regularice la situación de Plaza de España. Así, como suena.

El contrato de la empresa adjudicataria, Omicron-Ampero SA se ha firmado muy recientemente y el procedimiento seguido no deja de sorprendernos por las siguiente razones: i) que la adjudicataria no sea un empresa consultora de urbanismo propiamente dicho, sino un grupo de construcción puro y duro, ii) que, asimismo, las otras dos empresas concurrentes sean también empresas constructoras puras y duras quedando una de ellas fuera del concurso por solo 32 segundos de retraso, y iii) que se haya adjudicado el contrato a la oferta más cara. De todas formas, nuestra asociación pedirá acceder al expediente de contratación con objeto de estudiar su impugnación.

No obstante lo cual, no es eso lo que más nos preocupa, sino el irracional empecinamiento de los responsables de la cosa en llevarle la contraria una y otra vez al sentido común y, sobre todo, a lo que los tribunales vienen sosteniendo como doctrina unificada desde hace mucho tiempo y que consiste en que, entre las amplias facultades de ius variandi que los Ayuntamientos tienen reconocido en materia de ordenación del territorio, NO ESTÁ LA DE LEGALIZAR LO QUE ES ILEGAL.

EN BUSCA DE LA CUADRATURA DEL CÍRCULO

(EL CASO DE MARBELLA Y EL CASO DE SAN FERNANDO)

Hay muchas concomitancias entre lo ocurrido en el muncipio de Marbella y el de San Fernando de Henares, en relación con la gestión municipal de urbanismo. En ambos casos se sustituyó la ley por la pura voluntad de los gestores municipales. Y la consecuencia en ambos casos es la misma.

También los gestores municipales de Marbella pensaron que la solución para regularizar los muchísimos casos de infracciones urbanísticas incluso con licencia, se podían resolver mediante una revisión del propio PGOU vigente adaptando su propia normativa a la casuística de cada ilícito urbanístico para, de esta forma, legalizar lo declarado nulo por nulidad de las licencias. Craso error. Es nada menos que el Tribunal Supremo el que, recongiendo su propia doctrina anterior declaró nulo el PGOU de Marbella de 2010, proclamando que, entre las potestades del ius variandi que la ley le reconoce a los Ayuntamiento, no está la de decretar legal lo que es ilegal. Que es, exactamente, lo que pretende el Ayuntamiento de San Fernando con esta Modificación encargada del PGOU.

Pero además, otro motivo para declarar nulo el nuevo PGOU que pretendía regularizar todas las atrocidades cometidas durante la etapa de Jesús Gil, es el referido a la clasificación del suelo urbano consolidado, vedado también a la modulación caprichosa de los planificadores, pues su clasficación tiene carácter reglado y no discrecional.

Y este asunto es también uno de los que se pretende burlar mediante la Modificación Puntual del PGOU que se ha contratado. Y es muy importante porque pretender "regularizar" mediante esa modificación de planeamiento general es tanto como pretender hallar la cuadratura del círculo. Solo desde un gran desconcimiento de lo que ha pasado con esta impresentable actuación comparable a lo sucedido en la Marbella de Gil, se puede sostener con frivolidad o desconocimiento inexcusable que los atropellos a la legalidad perepetrados por los órganos incluso los colegiados en el caso PLaza de España, pueden hacerse desaparecer mágicamente mediante la tramitación de una incoua Modificación del PGOU y a otra cosa mariposa.

Vamos pues a llevar ante los jueces que están presentes en cada uno de los cuatro incidentes de ejecución de las respectivas sentencias ya firmes, este asunto del contrato de la Modificación del PGOU, además naturalmente de impugnar si es posible esta contratación directamente. Y hacemos responsable directamente al alcalde de esta adjudicación que firma porque, con seguridad, los tribunales lo anularán de nuevo. Y, como los concejales están sujetos a responsabilidad penal y civil activaremos los mecanismos coercitivos que tienen los jueces cuando, dada la abierta rebeldía de quienes tienen la obligación de cumplir las sentencias, se dedican a burlarlas. Ahí nos vamos a ver.

AVISO A NAVEGANTES

Subyace en todas las maniobras que el equipo de gobierno viene realizando respecto del cumplimiento de las sentencias que han condenado al Ayuntamiento, que pueden dedicarse a buscar soluciones estrafalarias como esta de tratar de legalizar lo que es ilegal, sin contar con nosotros, que somos los titulares de derechos constitucionales que amparan el nuestro a que sean ejecutadas las sentencias. Solo desde la arrogancia más frívola o desde el desconocimiento más inexcusable se puede pretender semejante conclusión. Pues bien, que sepan que nuestra determinación es inamovible y que, cada paso en falso que den, allí estaremos para su depuración por la vía judicial sin descartar ninguna acción.

martes, 23 de junio de 2026

TANGENTOPOLIS A LA ESPAÑOLA: LA CORRUPCIÓN QUE NO CESA

 


EL HOMBRE QUE CAMBIÓ LAS NUBES POR LAS ESMERALDAS

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El collage de fotos de arriba responde a un evento principal en nuestro municipio: la inauguración de la nueva sede del PSOE en San Fernando de Henares en la calle Nazario Calonge (ahora está en otra ubicación) un dieciséis de diciembre de 2016. Y para tan gran ocasión nada menos que invitaron al que fuera presidente del gobierno RODRÍGUEZ ZAPATERO en dos legislaturas, la última entre 2008 y 2011. Incluso para la inauguración se descubrió una placa desplegando una bandera LGTBI que se ha convertido casi en la enseña nacional. Estuvo acompañado por quien era portavoz del PSOE en la oposición del Ayuntamiento de Madrid D. Antonio CARMONA a quien puede verse en la foto con cara de susto, y del propio alcalde Corpa. De dicha foto, hoy, dos de los protagonistas se hallan imputados por los tribunales y un tercero, el señor CARMONA, dejó la política y se nos fue a un consejo de administración de una importante compañía eléctrica para ganar la nada despreciable cifra de 500.000 euros al año.

ZAPATERO dejó el gobierno tras las elecciones celebradas el 20 de noviembre de 2011, si bien ya había anunciado que no se presentaría a la reelección tras la formidable crisis económica dejada tras de sí. El paro en más de 6 millones, el déficit en más de 11 %, la prima de riesgo disparada casi a 800, el sector de la construcción inmobiliaria tras la buburja alimentada por su gobierno literalmente devastado, y la banca, especialmente las cajas de ahorros, casi todas en la quiebra. Millones de empresas cerraron y desaparecieron y la economía nacional hundida en el marasmo financiero mundial. 

Llegado el momento de despedirse de la presidencia nos soltó uno de esos ripios cursis dicho con solmenidad y al que es tan aficionado, asegurando que se retiraba de la política "para contar nubes". Estuvo algún tiempo en el cementerio de elefantes donde recalan todos nuestros políticos con cargos ejecutivos: el Consejo de Estado cobrando unos 150.000 €. También podía haber ocupado su puesto en la Escuela Jurídica como profesor de Derechos Constitucional de la Universidad de Valladolid que tiene reservado y de la que nunca tomó posesión. Pero, espíritu inquieto el suyo, pronto lo dejó y comenzó una carrera de fondo para terminar haciendo lo que realmente le gusta: la política. Pero ahora, eso sí, a mitad de camino entre la influencia discreta y el activismo directo. 

Hasta que consiguió que Pedro Sánchez lo aceptara en su grupi de Ferraz donde, conocidas sus magníficas relaciones con la dictadura venezolana de Maduro y su canciller Delcy Rodríguez, le puso un piso como base de operaciones propiedad del partido frente a la propia sede principal de Madrid, y desde donde acabó haciendo discretos trabajos de consultor y mediador hasta convertirlo en un verdadero centro de negocios (el otro es el de Moncloa) y de presunto tráfico de influencias. También instaló una caja fuerte donde poner a buen recaudo una colección de esmeraldas, rubíes y zafiros de gran pureza, engastados en rumbosos colgantes de oro blanco cuya procedencia, al parecer, no recuerda. Definitivamente, este referente moral de la izquierda cambió de oponión y en lugar de retirarse a contar nubes, se dedicó al más lucrativo de contar esmeraldas pero sin darle cuenta al fisco, claro.

Hasta que una transacción extraña de gran tonelaje de oro fue detectado por el servicio antiblanqueo de Francia y Suiza y comicado al SEBLAC español y luego a la fiscalía anticorrupción. La transacción, ordenada por un personaje vinculado al poder venezolano, era también el mayor accionista propietario de la Cía de aviación Plus Ultra, cuyos apuros económicos derivados del único avión de su propiedad varado en el año 2020 por el COVID, fue salvada por un préstamo del Gobierno de 53 millones de euros que nunca fueron devueltos en su integridad, y cuyo rastro de buena parte de ese préstamo acabó en varios paraísos fiscales. Y por cuyas gestiones, al parecer, el presidente Zapatero, faro moral de la izquierda española según dicen, habría cobrado presuntamente una suculenta comisión que él afirma son honorarios por sus informes verbales a un tercero que tenía como cliente único a la referida compañía de aviación Plus Ultra precisamente. 

Una interceptación de una agencia de seguridad americana y la detención del sujeto de la transacción y la clonación de su teléfono, dejó grabados mensajes que podían incriminar al presidente Zapatero, y que acreditarían su mediación en la operación del préstamo fallido a la compañía aérea.

Lo último conocido es que, el Juez Instructor del Juzgado Central nº 4 de la Audiencia Provincial, conocida ya la tasación de las joyas incautadas en el registro llevado a cabo por la policía judicial a las órdenes del Magistrado, valoradas en nada menos que 1,3 millones de euros, ha abierto una pieza separada por presuntos delitos fiscales y de contrabando de joyas. Aquí parece haber acabado la carrera política de Zapatero quien, de contador de nubes se nos ha revelado como un experto contador de zafiros de Thailandia y diamantes de Tanzania. 

Comparecido en el Juzgado Central nº 4 de la Audiencia Nacional, parece que no ha resultado muy convicente y el Magistrado no solo mantiene su imputación sino que, además, ha imputado también a sus hijas y a la secretaria. Sobre las joyas, al parecer anda ganando tiempo hasta conseguir una coartada que presentar al Juzgado.

LAS ANDANZAS DE UN "REFERENTE MORAL" DE LA IZQUIERDA

Cuando ZAPATERO se retiró de la política dejó al país y desde luego a miles y miles de empresas en la ruina más absoluta y millones de trabajadores en la calle, muchos de ellos votantes fieles de su partido. Su decisión de no presentarse a las elecciones fue hacer de la necesidad virtud y, como nadie quería encabezar las listas del PSOE, hallaron la solución forzada en su lugarteniente RUBALCABA, que se inmoló estrepitosamente con el peor resultado electoral en la historia democrática. 

ZAPATERO hizo un discreto mutis por el foro sin haber respondido salvo electoralmente su partido, no él, por aquel desastre económico provocado por la falsa percepción de una burbuja inmobiliaria y financiera, donde millones y millones de personas se habían endeudado hasta las cejas en una borrachera de liquidez sin cuento que, sin embargo, y a pesar de los consejos que recibió de buena parte de sus numerosos asesores, se negó a pinchar como hubiera sido lo prudente. 

Al contrario, en una huida hacia adelante promovió un plan de inversiones públicas que llevó su nombre y que ha dejado un reguero de monumentos al despilfarro por buena parte de los municipios. Y con la banca en el alero con la mora e impagados en récord que tuvieron que reestructurar urgentemente y, por exigencias del BCE, reconvertir todas las cajas de ahorros en sociedades anónimas bancarias y traspasando a los activos tóxicos a un denominado banco malo. El desastre económico era total y costaría muchos años y tiempo reequilibrar el PIB alcanzado apenas hace unos meses.

Hubiera podido y debido pasar a la historia discretamente y en el mejor de los casos, olvidado en el oscuro cajón de presidente que arruinó a miles y miles de negocios y destruyó millones de empleos, a resultas de una política enloquecida cuyo crecimiento galopante en su etapa ya iniciada con su antecesor AZNAR, se basaba en el adictivo combustible del endeudamiento de las familias y las empresas porque sobraba el crédito por doquier en una euforia suicida que no solo no se pinchó a tiempo desde su gobierno, sino que se alimentó incluso irresponsablemente negando una y otra vez la crisis yacente.

Sin embargo, tan pronto como detectó que la gente tiene memoria de pez y parecía haberse olvidado de su nefasta gestión de la economía a costa de recortes y endeudamiento pero ahora del Estado, comenzó a ejercer el activismo en su partido primero y luego en otros foros, labrándose una inexplicable imagen de referente moral de la izquierda que, ciertamente, supo explotar allende los mares y singularmente entre dictaduras caribeñas como Venezuela o Cuba.

Nadie que conociera sus antecedentes en España podía explicarse de dónde venía el aprecio cómplice de personajes como Maduro si no es por el compartido antiyanquismo primario, y la necesidad de lavado de la dictadura por medio de la mutua utilización. Y, desde luego, de las buenas y retribuidas apariciones (caso de las últimas elecciones perdidas del chavismo), en una actividad cómplice con simulación de su interés por la suerte de los presos políticos. Y ello al igual que otros agentes podemitas como MONEDERO, exhibiendo de forma obscena un impostado interés por los derechos humanos pero sobre la idea de lavar la cara de la dictadura. 

Por lo que se sabe ahora, el piso propiedad del PSOE en la calle Ferraz frente a su sede nacional, acabó convirtiéndose en una frenética actividad mercantil con conexiones con tramas de petróleo venezolano y otros negocios más o menos turbios.

Pero, si ya resultaban clamorosas las interrogantes sobre sus negocios con Venezuela disfrazados de tareas humanitarias por parte de los círculos socialistas apartados de un manotazo por el sanchismo presidencialista, lo que, ciertamente resultaba insólito es esa suerte de halo de una ortodoxia socialista que lo consideraban en una especie de reliquia rediviva del radicalismo izquierdista, pero expresado mediante cursilerías y ripios que tanto gusta a las mesnadas de las bases pero que, en realidad, se reduce todo a lo que se conoce como el "pensamiento Bambi": una suerte de sedicente sincretismo ideológico y recetario marxista (de Groucho) dicho con engolada solemnidad impostada.


TANGENTOPOLIS A LA ESPAÑOLA



Arriba, en la foto, Italia años noventa, el famoso fiscal Di Pietro de Mani Pulite (pool de fiscales investigadores) como fue conocida la férrea e insobornable asociación de fiscales capitaneados por este valiente Fiscal, que en el fotograma interroga al que fuera todo poderoso Secretario General del Partido Socialista Italiano (PSI) Bettino Craxi y primer ministro, en uno de los tumultuosos juicios públicos celebrados y televisados a modo de catársis nacional, donde los más cínicos y granados dirigentes corruptos confesaban su impunidad y el alcance la Tangentopolis (tangenti en italiano significa soborno). Fueron imputadas 4.000 personas entre políticos, funcionarios y empresarios, promovidos cientos de procesos y más de treinta suicidios. El secretario del PSI acabó huyendo a Túnez al conocer la setencia que le iba a condenar a años de cárcel. Murió huido en el país del norte de África que no tenía tratado de extradicción.

Todo comenzó con la detención de Mario Chiesa, un político socialista de segundo rango y presidente de un centro de atención de ancianos de Milán, y que marcó el inicio de la conocida como Tangentopolis. Chiesa fue arrestado por el fiscal Antonio Di Pietro mientras recibía un soborno de un empresario. Lo demás es historia ya conocida aunque, al parecer, olvidada por estos lares nuestros a juzgar por la marea de escándalos de corrupción que ahogan nuestra democracia.


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PRÓXIMA ENTRADA

EL PRESIDENTE ZAPATERO Y EL NUNCA EXPLICADO ÚLTIMO FAVOR AL QUE ENTONCES ERA GRAN PATRÓN DE LA BANCA ESPAÑOLA






En el último Consejo de Ministros celebrado por Zapatero se inlcuyó un asunto ciertamente inquietante: el indulto de quien fuera CEO del Banco Santander D. Alfredo SAENZ, condenado e inhabilitado por la Justicia a resultas de un delito de acusación falsa contra un cliente cuando era presidente del intervenido por el Banco de España, Banesto.

Este oscuro caso que terminó con el indulto del gobierno Zapatero al condenado CEO del Banco Santander, es un verdadero asunto que hunde sus raíces hasta nuestros días y, no hace falta mucha imaginación, el último Gobierno de Zapatero que en el último minuto de su ejercicio desahuciado ya para la política, quiso pagar el último favor al gran tiburón de la banca española. ¿A cambio de qué? Explicaremos algunas claves de este proceloso asunto que este faro moral de la izquierda nunca tuvo interés en explicar bien. No se la pierdan. Verán cómo esto de la Tangentopolis a la española viene de hace mucho tiempo, sin que sin embargo, no afecte mucho a la imagen de estos sedicentes faros de la izquierda con placa en la sede del PSOE de San Fernando de Henares. Así funcionaba el sistema en la nefasta época del insigne invitado a la inauguración de la sede del PSOE en San Fernando.


viernes, 5 de junio de 2026

NUEVA CRÓNICA DE TRIBUNALES: ÚLTIMAS NOVEDADES DEL CASO PLAZA DE ESPAÑA


 

AL ALCALDE SE LE ACUMULAN LOS REQUERIMIENTOS DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES PARA QUE EJECUTE LAS SENTENCIAS FIRMES DE PLAZA DE ESPAÑA

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Mientras el personal se hallaba disfrutando de la fiestas patronales y los responsables municipales se recuperan de la resaca de fuegos de artificio, los tribunales y juzgados funcionan a pleno rendimiento y van despachando órdenes de ejecución de las sentencias firmes del caso plaza de España cuyas ejecuciones se le acumulan y atragantan al alcalde Corpa. Veamos las últimas resoluciones recién salidas del horno judicial.


TRIBUNAL DE INSTANCIA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. PLAZA 19


El pasado día 22 de mayo de 2026, la Letrada Judicial del Tribunal de Instancia PLaza 19 de lo Contencioso Administrativo dictaba una Diligencia de Ordenación en virtud de la cual, firme ya la sentencia del TSJ de Madrid dictada en su día por el que se anulaba el Proyecto de Reparcelación de la UE-1, procede que el Ayuntamiento ejecute la sentencia en su términos, teniendo un plazo para hacerlo voluntariamente de dos meses. Transcurridos esos meses sin que el Ayuntamiento haya ejecutado la misma, procederemos a pedir a la Sección de Ejecuciones que se proceda a la ejecución forzosa.

La ejecución de esta sentencia resulta ser de muchísima trascendencia y, en próximas entradas, explicaremos el efecto que esto tendrá incluso sobre los asientos registrales del Registro de la Propiedad que tendrán que ser anulados. De momento simplemente indicar que, las parcelas resultantes sobre y bajo rasante, habrán de ser anuladas.


En el Registro de la Propiedad aparecen estas dos fincas resultantes junto con otra bajo rasante que habrán de ser anuladas, porque traen causa, precisamente, del Proyecto de Reparcelación anulado. Por lo que todos los asientos registrales desde septiembre de 2009, habrán de ser anulados. También la finca de las plazas subterráneas sobre las que se han levantado 606 plazas de garaje también ilegales.



Sin embargo, lo que no podrá ser repuesto a su estado orginal ya es el parcelario histórico que goza de protección integral del Catálogo de Bienes Protegidos del PGOU y que ha desaparecido irreversiblemente. El alcalde Corpa votó a favor de esta barbaridad en las sucesivas sesiones de la Junta de Gobierno Local de 3 y 29 de julio de 2009. Ahora, se verá obligado a dehacer estos formidables atropellos a la legalidad.




Esta es la escritura por la que se elevaron a públicos los acuerdos de la Junta de Gobierno Local de 3 y 29 de julio de 2009, y por el que dieron por aprobado definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la UE-1, cosa que no era cierta.
He aquí la descripción contenida en la escritura notarial afirmando que el referido Proyecto de Reparcelación fue aprobado definitivamente por el Ayuntamiento. Falso de toda falsedad. El Proyecto de Reparcelación que ahora han anulado los Tribunales, NUNCA fue aprobado definitivamente por la Junta de Gobierno Local de la que formaba parte el alcalde Corpa.


DE CÓMO CAJA MADRID CONSIGUIÓ ESCAMOTEAR EN EL REGISTRO LA PREFERENCIA DE LAS HIPOTECAS LEGALES TÁCITAS EN FAVOR DEL AYUNTAMIENTO

Aunque ya hemos hablado alguna de vez de este asunto, otras de las cuestiones que la nulidad del Proyecto de Reparcelación va a traer a colación es la estratagema del fraude registral, con que la entidad financiera consiguió que sus hipotecas luego fueran considerados créditos preferentes y por lo tanto los primeros respecto de la masa acreedora, cuando, en realidad, debió ser en favor del Ayuntamiento de acuerdo a lo que dispone el artículo 126 del Reglamento de Gestión Urbanísctica, y que tiene preferencia sobre todos los demás créditos. Esto pudo suceder porque las fincas resultantes del Proyecto de Reparcelación no fueron afectadas a esas obligaciones o cargas, y que es lo que se conoce en el argot registral como hipotecas legales táctitas con preferencia sobre todas las demás cargas incluidas las hipotecarias.

Así, mientras en las inscripciones de los préstamos hipotecarios, Caja Madrid, que fue quien realmente gestionó las inscripciones en registro de la propiedad, afirma que los títulos de las fincas hipotecadas provienen del Proyecto de Reparcelación ahora anulado, sin embargo las anotaciones de las fincas resultantes se hizo como obra nueva y division horizontal.


De esta sencilla forma Caja Madrid consiguió eludir la afección real de las cargas de urbanización desplazando las hipotecas legales tácitas en favor del Ayuntamiento como preferentes, por la preferencia de las suyas. Lo que ha permitido manejar como créditos preferentes sus hipotecas en lugar de los créditos correspondientes a las cargas urbanísticas que afectan a las fincas resultantes de toda actuación urbanística.

MÁS RESOLUCIONES JUDICIALES RECIENTES QUE SE LE ACUMULAN AL ALCALDE




Hoy mismo el Tribunal de Instancia Plaza nº 7 de lo CA de Madrid, que es el que tiene a su cargo la ejecución de la sentencia que anuló las licencias de obras, ha dictado Auto por el anula un Decreto dictado por el concejal de urbanismo, que pretendía suspender la ejecución de la sentencia. En el auto se advierte entre otras cosas, que resulta incompatible hacer depender la ejecución de la sentencia de la aprobación de futura aprobación de modificaciones del planeamiento.




El Ayuntamiento pretendía la suspensión de la ejecución de la sentencia a cuyo cargo está la Sección de Ejecución del Tribunal de Instancia Plaza 17 de lo CA de Madrid. Sin embargo, ha sido denegada dicha suspensión. La ejecución de esta sentencia persigue la demolición de todas las obras realizadas sin licencia en la UE-1 y que, entre otras, son estas de abajo:


GRUPO DE OBRAS ILEGALES (EJECUTADAS SIN LICENCIA) QUE HAN DE SER DEMOLIDAS





MÁS MADERA




Por último, también el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ordenado mediante Diligencia de Ordenación de la señora Letrada Judicial de la Sección Primera, la ejecución de la Sentencia ya firme que anuló el Plan Especial emplazando al Ayuntamiento a su cumplimiento. Tiene dos meses para hacerlo, si no lo hace pediremos al Tribunal la ejecución forzosa.


Y ENTRE TANTO ¿QUÉ HACE EL ALCALDE?


Nada. Aparte de felicitarse mucho porque el TSJ de Madrid ha estimado una reclamación de uno de los afectados por la Línea 7 B del Metro, y por el que se le reconocía un suplemento económico por daño moral que le negaba la Comunidad de Madrid, y a los que viene prometiendo las viviendas de las plaza de España, organizar las fiestas y demás fuegos artificiales, desde luego en relación con la comisión informativa flamante de plaza de España, de la que nunca volvimos a saber nada, no mueve ni una sola actuación salvo hacer declaraciones evasivas y poco más. Sin duda, este asunto le viene grande y el Ayuntamiento se halla desbordado por cuanto que cinco Tribunales de Justicia ya lo han requerido para ejecute otras tantas cinco sentencias firmes sobre el caso plaza de España, sin que, prácticamente haya movido un solo dedo al respecto. Así están las cosas. Desde luego de todo esto, nada hallarán en la muy controlada información municipal. Solo se hacen eco de las resoluciones judiciales que le interesan, las demás las ocultan tras un manto de silencio ominoso.

martes, 19 de mayo de 2026

CASO PLAZA DE ESPAÑA: OTRO VARAPALO JUDICIAL PARA EL AYUNTAMIENTO


 LA SECCIÓN DE CASACIÓN DEL TSJ DE MADRID ACABA DE DICTAR UN NUEVO AUTO POR EL QUE INADMITE UN RECURSO DE QUEJA QUE TENÍA PARALIZADA LA EJEUCIÓN DE LA SENTENCIA FIRME QUE ANULA EL PROYECTO DE REPARCELACIÓN

El TSJ de Madrid, su sección de Casación, tenía paralizada desde enero de 2026 la ejecución de la sentencia que anulaba los tres acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local, de 29 y 3 de julio de 2009 y de 22 de diciembre de 2011. Pero por fín y tras escritos interpuestos hemos conseguido que dicha Sección de Casación desbloquee la ejeución de la sentencia mediante un Auto dictado el pasado día 22 de abril de 2026 por el que inadmiten un recurso de queja presentado por satélites del Ayuntamiento, con objeto de impedir la firmeza de la sentencia o su nulidad. Asimismo, la Letrada Judicial del TSJ decreta la firmeza de la sentencia y remite la causa al Juzgado de lo Contencioso número 19 de Madrid para que ordene al Ayuntamiento la ejecución de la misma.

FIN DE TRAYECTO E INICIO DEL DESMANTELAMIENTO DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN DE LA UE-1




Vía libre para seguir con la ejecución de la asentencia firme del mismo TSJ por el que se anulan los acuerdos de la Junta de Gobierno Local de 3 y 29 de julio de 2009 y 22 dediciembre de 2011. Aquí terminan nueve largos años de un procedimiento iniciado allá por el año 2017.


Le señora Letrada Judicial decreta la firmeza de la sentencia y ordena su remisión al Juzgado de lo Conencioso Administrativo de Madrid nº 19 para que la ejecute. En este procedimiento estuvieron personados además del Ayuntamiento, dos mienbros del equipo de gobierno y Caixabank como sucerosa de Caja Madrid. 

AL ALCALDE CORPA SE LE ACUMULAN LOS MANDATOS JUDICIALES PARA EJECUTAR LAS CINCO SENTENCIAS YA FIRMES

Al alcalde Corpa se le acumulan las notificaciones de los Jugados y del TSJ de Madrid para ejecutar las ya cinco sentencias firmes todas ellas relacionadas con la desastrosa actuación urbanística de plaza de España en la UE-1 por parte del Ayuntamiento, y en dos de las cuales ha tenido un protagonismo total él mismo. 

En efecto, así como puede haber gente que piense que solo se trata de la ejecucion de la sentencia que anula las licencias de obras, sin embargo hay otros cuatro emplazamientos por parte de los órganos judiciales de ejecución que han requerido o están en trámite de requerir al Ayuntamiento, para que dé cumplimiento a otras cuatro sentencias firmes más. Dos está relacionados con el Plan Especial anulado y cuya ejecución corresponde a la Sección primera del TSJ de Madrid, y el resto a los juzgados 7, 17 y 19 de lo Contencioso Administrativo que tienen que ordenar la ejecución del cumplimiento de la sentencia que anula las licencias de obras, la del Decreto del alcalde por el que se negaba al restablecimiento de la legalidad urbanística y, finalmente, el Juzgado 19 de Madrid que se encargará de ordenar al Ayuntamiento la ejecución de la sentencia que anula los acuerdos de la Junta de Gobierno Local adoptados entre 2009 y 2011 para aprobar el Proyecto de Reparcelación, en dos de los cuales intervino el alcalde Corpa con su voto favorable. 

Por estos acuerdos, se hallan procesados pendientes de juicio en el Juzgado nº 3 de lo Penal de Alcalá de Henares el excalde Setién y el exconcejal de urbanismo Martínez, así como un secretario, dos asesoras, el director de la obra y autor del Plan Especial y el administrador de Jovicasa sl que firmaba los encargos del Plan Especial en nombre de plaza de España. El alcalde Corpa, a pesar de haber participado en la votación no fue inculpado por su participación en exactamente las mismas votaciones. Su no procesamiento se debe a un lamentable e incompresible olvido de la Fiscalía.


Hace un año compareció ante el Juzgado número 3 de lo penal de Alcalá de Henares por una querella que presentó contra nostros y de la que fuimos absueltos. Sin embargo él, en el interrogatorio a que fue sometido, vino a reconocer que había participado en excatamente los mismos hechos por los que se va a juzgar al excalde Setién y al ex concejal Martínez. No obstante lo cual, no resultó imputado finalmente por un olvido de la Fiscal. De todas formas tampoco ha resultado desimputado porque, formalmente, no hay auto de sobreseimiento alguno respecto de las denuncias hechas contra él y otros más que participaron en los mismos hechos. 

QUÉ INCIDENCIA VA A TENER LA EJECUCIÓN DE ESTA SENTENCIA DE NULIDAD DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN

Enorme. En las próximas entradas vamos a desarrollar las implicaciones que va a tener la ejecución de esta sentencia. Entre otras, la nulidad de las transmisiones de los activos de PESF al Ayuntamiento, cuya muñidora fue Caixabank. Inciaremos acciones judiciales contra la compraventa de los activos y contra los firmantes de la escritura de compraventa incluida CAIXABANK que, como puede comprobarse, conocía perfectamente que las fincas resultantes del Proyecto de Reparcelación estaban cuestionadas por nosotros dede 2017, fecha en que comenzó este largo y tortuoso camino judicial. 

Obviamente, su personación en la causa le permitía tener perfecto conocimiento de que las fincas resultantes, hipotecadas además, estaban siendo objeto de equidistruibución y por eso eran fincas que debían hallarse afectadas para responder por las obligaciones urbanísticas caso de abandono o interrupción de las obras. Sin embargo, el Proyecto de Reparcelación carece de afección alguna al respecto, lo que ha favorecido su condición de acreedor preferente o privilegiado especial en el concurso de acreedores. Se sabe que el Proyecto de Reparcelaciòn fue inscrito en el Registro de la Propiedad como obra nueva en lugar de como Proyecto de Reparcelación, y que dicha inscripción fue practicada por el Registro de la Propiedad a instancias de la propia Caixabank (entonces Caja Madrid). Lo que, naturalmente le favoreció. En la fase de ejecución de la sentencia vamos a pedir al Juzgado las correspondientes medidas cautelares y la nulidad de la operación de compraventa de los activos de PESF.

Aunque con fecha catorce de septiembre de 2009 se elevaron a públicos los acuerdos de la Junta de Gobierno Local de aprobación del Proyecto de Reparcelación, sin embargo, el Registro de la Propiedad aunque bajo el mismo Protocolo 1889, finalmente fue inscrito en el Registro como Obra Nueva. Y, ¿quién resultó favorecido por ese fraude registral? Pues Caja Madrid, que fue quien presentó la escritura finalmente. Este patente fraude registral impidió la afección de la fincas al cumplimiento de los deberes urbanísticos y con ello, el reconocimiento de crédito preferente el de la entidad financiera en lugar del Ayuntamiento y los socios. Todo ello va a ser aflorado en el trámite de la ejecución de esta sentencia porque, el efecto ex tunc obliga a retrotraer las actuaciones al momento inmediato anterior a estas inscripciones. O dicho de otra manera, tanto esta escritura como todas las inscripciones registrales porteriores a la fecha de 3 de junio de 2009, han de ser anuladas. Nada menos.


Y aquí la evidencia del fraude registral, al consignar que las fincas resultantes del Proyecto de Reparcelación se habían adquirido por PESF por division horizontal, cuando en realidad se hizo por adjudicación ilegal del Proyecto de Reparcelación ahora anulado. Esta circunstancia hizo que no quedaran afectadas las fincas resultantes al cumplimiento de las obligaciones urbanísticas y, con ello, la condición de crédito privilegiado de Caja Madrid en el concurso de acreedores. Aquí, el que no corre vuela.