martes, 23 de junio de 2026

TANGENTOPOLIS A LA ESPAÑOLA: LA CORRUPCIÓN QUE NO CESA

 


EL HOMBRE QUE CAMBIÓ LAS NUBES POR LAS ESMERALDAS

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El collage de fotos de arriba responde a un evento principal en nuestro municipio: la inauguración de la nueva sede del PSOE en San Fernando de Henares en la calle Nazario Calonge (ahora está en otra ubicación) un dieciséis de diciembre de 2016. Y para tan gran ocasión nada menos que invitaron al que fuera presidente del gobierno RODRÍGUEZ ZAPATERO en dos legislaturas, la última entre 2008 y 2011. Incluso para la inauguración se descubrió una placa desplegando una bandera LGTBI que se ha convertido casi en la enseña nacional. Estuvo acompañado por quien era portavoz del PSOE en la oposición del Ayuntamiento de Madrid D. Antonio CARMONA a quien puede verse en la foto con cara de susto, y del propio alcalde Corpa. De dicha foto, hoy, dos de los protagonistas se hallan imputados por los tribunales y un tercero, el señor CARMONA, dejó la política y se nos fue a un consejo de administración de una importante compañía eléctrica para ganar la nada despreciable cifra de 500.000 euros al año.

ZAPATERO dejó el gobierno tras las elecciones celebradas el 20 de noviembre de 2011, si bien ya había anunciado que no se presentaría a la reelección tras la formidable crisis económica dejada tras de sí. El paro en más de 6 millones, el déficit en más de 11 %, la prima de riesgo disparada casi a 800, el sector de la construcción inmobiliaria tras la buburja alimentada por su gobierno literalmente devastado, y la banca, especialmente las cajas de ahorros, casi todas en la quiebra. Millones de empresas cerraron y desaparecieron y la economía nacional hundida en el marasmo financiero mundial. 

Llegado el momento de despedirse de la presidencia nos soltó uno de esos ripios cursis dicho con solmenidad y al que es tan aficionado, asegurando que se retiraba de la política "para contar nubes". Estuvo algún tiempo en el cementerio de elefantes donde recalan todos nuestros políticos con cargos ejecutivos: el Consejo de Estado cobrando unos 150.000 €. También podía haber ocupado su puesto en la Escuela Jurídica como profesor de Derechos Constitucional de la Universidad de Valladolid que tiene reservado y de la que nunca tomó posesión. Pero, espíritu inquieto el suyo, pronto lo dejó y comenzó una carrera de fondo para terminar haciendo lo que realmente le gusta: la política. Pero ahora, eso sí, a mitad de camino entre la influencia discreta y el activismo directo. 

Hasta que consiguió que Pedro Sánchez lo aceptara en su grupi de Ferraz donde, conocidas sus magníficas relaciones con la dictadura venezolana de Maduro y su canciller Delcy Rodríguez, le puso un piso como base de operaciones propiedad del partido frente a la propia sede principal de Madrid, y desde donde acabó haciendo discretos trabajos de consultor y mediador hasta convertirlo en un verdadero centro de negocios (el otro es el de Moncloa) y de presunto tráfico de influencias. También instaló una caja fuerte donde poner a buen recaudo una colección de esmeraldas, rubíes y zafiros de gran pureza, engastados en rumbosos colgantes de oro blanco cuya procedencia, al parecer, no recuerda. Definitivamente, este referente moral de la izquierda cambió de oponión y en lugar de retirarse a contar nubes, se dedicó al más lucrativo de contar esmeraldas pero sin darle cuenta al fisco, claro.

Hasta que una transacción extraña de gran tonelaje de oro fue detectado por el servicio antiblanqueo de Francia y Suiza y comicado al SEBLAC español y luego a la fiscalía anticorrupción. La transacción, ordenada por un personaje vinculado al poder venezolano, era también el mayor accionista propietario de la Cía de aviación Plus Ultra, cuyos apuros económicos derivados del único avión de su propiedad varado en el año 2020 por el COVID, fue salvada por un préstamo del Gobierno de 53 millones de euros que nunca fueron devueltos en su integridad, y cuyo rastro de buena parte de ese préstamo acabó en varios paraísos fiscales. Y por cuyas gestiones, al parecer, el presidente Zapatero, faro moral de la izquierda española según dicen, habría cobrado presuntamente una suculenta comisión que él afirma son honorarios por sus informes verbales a un tercero que tenía como cliente único a la referida compañía de aviación Plus Ultra precisamente. 

Una interceptación de una agencia de seguridad americana y la detención del sujeto de la transacción y la clonación de su teléfono, dejó grabados mensajes que podían incriminar al presidente Zapatero, y que acreditarían su mediación en la operación del préstamo fallido a la compañía aérea.

Lo último conocido es que, el Juez Instructor del Juzgado Central nº 4 de la Audiencia Provincial, conocida ya la tasación de las joyas incautadas en el registro llevado a cabo por la policía judicial a las órdenes del Magistrado, valoradas en nada menos que 1,3 millones de euros, ha abierto una pieza separada por presuntos delitos fiscales y de contrabando de joyas. Aquí parece haber acabado la carrera política de Zapatero quien, de contador de nubes se nos ha revelado como un experto contador de zafiros de Thailandia y diamantes de Tanzania. 

Comparecido en el Juzgado Central nº 4 de la Audiencia Nacional, parece que no ha resultado muy convicente y el Magistrado no solo mantiene su imputación sino que, además, ha imputado también a sus hijas y a la secretaria. Sobre las joyas, al parecer anda ganando tiempo hasta conseguir una coartada que presentar al Juzgado.

LAS ANDANZAS DE UN "REFERENTE MORAL" DE LA IZQUIERDA

Cuando ZAPATERO se retiró de la política dejó al país y desde luego a miles y miles de empresas en la ruina más absoluta y millones de trabajadores en la calle, muchos de ellos votantes fieles de su partido. Su decisión de no presentarse a las elecciones fue hacer de la necesidad virtud y, como nadie quería encabezar las listas del PSOE, hallaron la solución forzada en su lugarteniente RUBALCABA, que se inmoló estrepitosamente con el peor resultado electoral en la historia democrática. 

ZAPATERO hizo un discreto mutis por el foro sin haber respondido salvo electoralmente su partido, no él, por aquel desastre económico provocado por la falsa percepción de una burbuja inmobiliaria y financiera, donde millones y millones de personas se habían endeudado hasta las cejas en una borrachera de liquidez sin cuento que, sin embargo, y a pesar de los consejos que recibió de buena parte de sus numerosos asesores, se negó a pinchar como hubiera sido lo prudente. 

Al contrario, en una huida hacia adelante promovió un plan de inversiones públicas que llevó su nombre y que ha dejado un reguero de monumentos al despilfarro por buena parte de los municipios. Y con la banca en el alero con la mora e impagados en récord que tuvieron que reestructurar urgentemente y, por exigencias del BCE, reconvertir todas las cajas de ahorros en sociedades anónimas bancarias y traspasando a los activos tóxicos a un denominado banco malo. El desastre económico era total y costaría muchos años y tiempo reequilibrar el PIB alcanzado apenas hace unos meses.

Hubiera podido y debido pasar a la historia discretamente y en el mejor de los casos, olvidado en el oscuro cajón de presidente que arruinó a miles y miles de negocios y destruyó millones de empleos, a resultas de una política enloquecida cuyo crecimiento galopante en su etapa ya iniciada con su antecesor AZNAR, se basaba en el adictivo combustible del endeudamiento de las familias y las empresas porque sobraba el crédito por doquier en una euforia suicida que no solo no se pinchó a tiempo desde su gobierno, sino que se alimentó incluso irresponsablemente negando una y otra vez la crisis yacente.

Sin embargo, tan pronto como detectó que la gente tiene memoria de pez y parecía haberse olvidado de su nefasta gestión de la economía a costa de recortes y endeudamiento pero ahora del Estado, comenzó a ejercer el activismo en su partido primero y luego en otros foros, labrándose una inexplicable imagen de referente moral de la izquierda que, ciertamente, supo explotar allende los mares y singularmente entre dictaduras caribeñas como Venezuela o Cuba.

Nadie que conociera sus antecedentes en España podía explicarse de dónde venía el aprecio cómplice de personajes como Maduro si no es por el compartido antiyanquismo primario, y la necesidad de lavado de la dictadura por medio de la mutua utilización. Y, desde luego, de las buenas y retribuidas apariciones (caso de las últimas elecciones perdidas del chavismo), en una actividad cómplice con simulación de su interés por la suerte de los presos políticos. Y ello al igual que otros agentes podemitas como MONEDERO, exhibiendo de forma obscena un impostado interés por los derechos humanos pero sobre la idea de lavar la cara de la dictadura. 

Por lo que se sabe ahora, el piso propiedad del PSOE en la calle Ferraz frente a su sede nacional, acabó convirtiéndose en una frenética actividad mercantil con conexiones con tramas de petróleo venezolano y otros negocios más o menos turbios.

Pero, si ya resultaban clamorosas las interrogantes sobre sus negocios con Venezuela disfrazados de tareas humanitarias por parte de los círculos socialistas apartados de un manotazo por el sanchismo presidencialista, lo que, ciertamente resultaba insólita es esa suerte de alo de una ortodoxia socialista que lo consideraban en una especie de reliquia rediviva del radicalismo izquierdista, pero expresado mediante cursilerías y ripios que tanto gusta a las mesnadas de las bases pero que, en realidad, se reduce todo a lo que se conoce como el "pensamiento Bambi". Una suerte de sedicente sincretismo ideológico y recetario marxista (de Groucho) dicho con engolada solemnidad impostada.


TANGENTOPOLIS A LA ESPAÑOLA



Arriba, en la foto, Italia años noventa, el famoso fiscal Di Pietro de Mani Pulite (pool de fiscales investigadores) como fue conocida la férrea e insobornable asociación de fiscales capitaneados por este valiente Fiscal, que en el fotograma interroga al que fuera todo poderoso Secretario General del Partido Socialista Italiano (PSI) Bettino Craxi y primer ministro, en uno los tumultuosos juicios públicos celebrados y televisados a modo de catársis nacional, donde los más cínicos y granados dirigentes corruptos confesaban su impunidad y el alcance la Tangentopolis (tangenti en italiano significa soborno). Fueron imputadas 4.000 personas entre políticos, funcionarios y empresarios, promovidos cientos de procesos y más de treinta suicidios. El secretario del PSI acabó huyendo a Túnez al conocer la setencia que le iba a condenar a años de cárcel. Murió huido en el país del norte de África que no tenía tratado de extradicción.

Todo comenzó con la detención de Mario Chiesa, un político socialista de segundo rango y presidente de un centro de atención de ancianos de Milán, y que marco el inicio de la conocida como Tangentopolis. Chiesa fue arrestado por el fiscal Antonio Di Pietro mientras recibía un soborno de un empresario. Lo demás es historia ya conocida aunque, al parecer, olvidada por estos lares nuestros a juzgar por la marea de escándalos de corrupción que ahogan nuestra democracia.


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PRÓXIMA ENTRADA

EL PRESIDENTE ZAPATERO Y EL NUNCA EXPLICADO ÚLTIMO FAVOR AL QUE ENTONCES ERA GRAN PATRÓN DE LA BANCA ESPAÑOLA






En el último Consejo de Ministros celebrado por Zapatero se inlcuyó un asunto ciertamente inquietante: el indulto de quien fuera CEO del Banco Santander D. Alfredo SAENZ, condenado e inhabilitado por la Justicia a resultas de un delito de acusación falsa contra un cliente cuando era presidente del intervenido por el Banco de España, Banesto.

Este oscuro caso que terminó con el indulto del gobierno Zapatero al condenado CEO del Banco Santander, es un verdadero asunto que hunde sus raíces hasta nuestros días y, no hace falta mucha imaginación, el último Gobierno de Zapatero que en el último minuto de su ejercicio desahuciado ya para la política, quiso pagar el último favor al gran tiburón de la banca española. ¿A cambio de qué? Explicaremos algunas claves de este proceloso asunto que este faro moral de la izquierda nunca tuvo interés en explicar bien. No se la pierdan. Verán cómo esto de la Tangentopolis a la española viene de hace mucho tiempo, sin que sin embargo, no afecte mucho a la imagen de estos sedicentes faros de la izquierda con placa en la sede del PSOE de San Fernando de Henares. Así funcionaba el sistema en la nefasta época del insigne invitado a la inauguración de la sede del PSOE en San Fernando.


viernes, 5 de junio de 2026

NUEVA CRÓNICA DE TRIBUNALES: ÚLTIMAS NOVEDADES DEL CASO PLAZA DE ESPAÑA


 

AL ALCALDE SE LE ACUMULAN LOS REQUERIMIENTOS DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES PARA QUE EJECUTE LAS SENTENCIAS FIRMES DE PLAZA DE ESPAÑA

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Mientras el personal se hallaba disfrutando de la fiestas patronales y los responsables municipales se recuperan de la resaca de fuegos de artificio, los tribunales y juzgados funcionan a pleno rendimiento y van despachando órdenes de ejecución de las sentencias firmes del caso plaza de España cuyas ejecuciones se le acumulan y atragantan al alcalde Corpa. Veamos las últimas resoluciones recién salidas del horno judicial.


TRIBUNAL DE INSTANCIA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. PLAZA 19


El pasado día 22 de mayo de 2026, la Letrada Judicial del Tribunal de Instancia PLaza 19 de lo Contencioso Administrativo dictaba una Diligencia de Ordenación en virtud de la cual, firme ya la sentencia del TSJ de Madrid dictada en su día por el que se anulaba el Proyecto de Reparcelación de la UE-1, procede que el Ayuntamiento ejecute la sentencia en su términos, teniendo un plazo para hacerlo voluntariamente de dos meses. Transcurridos esos meses sin que el Ayuntamiento haya ejecutado la misma, procederemos a pedir a la Sección de Ejecuciones que se proceda a la ejecución forzosa.

La ejecución de esta sentencia resulta ser de muchísima trascendencia y, en próximas entradas, explicaremos el efecto que esto tendrá incluso sobre los asientos registrales del Registro de la Propiedad que tendrán que ser anulados. De momento simplemente indicar que, las parcelas resultantes sobre y bajo rasante, habrán de ser anuladas.


En el Registro de la Propiedad aparecen estas dos fincas resultantes junto con otra bajo rasante que habrán de ser anuladas, porque traen causa, precisamente, del Proyecto de Reparcelación anulado. Por lo que todos los asientos registrales desde septiembre de 2009, habrán de ser anulados. También la finca de las plazas subterráneas sobre las que se han levantado 606 plazas de garaje también ilegales.



Sin embargo, lo que no podrá ser repuesto a su estado orginal ya es el parcelario histórico que goza de protección integral del Catálogo de Bienes Protegidos del PGOU y que ha desaparecido irreversiblemente. El alcalde Corpa votó a favor de esta barbaridad en las sucesivas sesiones de la Junta de Gobierno Local de 3 y 29 de julio de 2009. Ahora, se verá obligado a dehacer estos formidables atropellos a la legalidad.




Esta es la escritura por la que se elevaron a públicos los acuerdos de la Junta de Gobierno Local de 3 y 29 de julio de 2009, y por el que dieron por aprobado definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la UE-1, cosa que no era cierta.
He aquí la descripción contenida en la escritura notarial afirmando que el referido Proyecto de Reparcelación fue aprobado definitivamente por el Ayuntamiento. Falso de toda falsedad. El Proyecto de Reparcelación que ahora han anulado los Tribunales, NUNCA fue aprobado definitivamente por la Junta de Gobierno Local de la que formaba parte el alcalde Corpa.


DE CÓMO CAJA MADRID CONSIGUIÓ ESCAMOTEAR EN EL REGISTRO LA PREFERENCIA DE LAS HIPOTECAS LEGALES TÁCITAS EN FAVOR DEL AYUNTAMIENTO

Aunque ya hemos hablado alguna de vez de este asunto, otras de las cuestiones que la nulidad del Proyecto de Reparcelación va a traer a colación es la estratagema del fraude registral, con que la entidad financiera consiguió que sus hipotecas luego fueran considerados créditos preferentes y por lo tanto los primeros respecto de la masa acreedora, cuando, en realidad, debió ser en favor del Ayuntamiento de acuerdo a lo que dispone el artículo 126 del Reglamento de Gestión Urbanísctica, y que tiene preferencia sobre todos los demás créditos. Esto pudo suceder porque las fincas resultantes del Proyecto de Reparcelación no fueron afectadas a esas obligaciones o cargas, y que es lo que se conoce en el argot registral como hipotecas legales táctitas con preferencia sobre todas las demás cargas incluidas las hipotecarias.

Así, mientras en las inscripciones de los préstamos hipotecarios, Caja Madrid, que fue quien realmente gestionó las inscripciones en registro de la propiedad, afirma que los títulos de las fincas hipotecadas provienen del Proyecto de Reparcelación ahora anulado, sin embargo las anotaciones de las fincas resultantes se hizo como obra nueva y division horizontal.


De esta sencilla forma Caja Madrid consiguió eludir la afección real de las cargas de urbanización desplazando las hipotecas legales tácitas en favor del Ayuntamiento como preferentes, por la preferencia de las suyas. Lo que ha permitido manejar como créditos preferentes sus hipotecas en lugar de los créditos correspondientes a las cargas urbanísticas que afectan a las fincas resultantes de toda actuación urbanística.

MÁS RESOLUCIONES JUDICIALES RECIENTES QUE SE LE ACUMULAN AL ALCALDE




Hoy mismo el Tribunal de Instancia Plaza nº 7 de lo CA de Madrid, que es el que tiene a su cargo la ejecución de la sentencia que anuló las licencias de obras, ha dictado Auto por el anula un Decreto dictado por el concejal de urbanismo, que pretendía suspender la ejecución de la sentencia. En el auto se advierte entre otras cosas, que resulta incompatible hacer depender la ejecución de la sentencia de la aprobación de futura aprobación de modificaciones del planeamiento.




El Ayuntamiento pretendía la suspensión de la ejecución de la sentencia a cuyo cargo está la Sección de Ejecución del Tribunal de Instancia Plaza 17 de lo CA de Madrid. Sin embargo, ha sido denegada dicha suspensión. La ejecución de esta sentencia persigue la demolición de todas las obras realizadas sin licencia en la UE-1 y que, entre otras, son estas de abajo:


GRUPO DE OBRAS ILEGALES (EJECUTADAS SIN LICENCIA) QUE HAN DE SER DEMOLIDAS





MÁS MADERA




Por último, también el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ordenado mediante Diligencia de Ordenación de la señora Letrada Judicial de la Sección Primera, la ejecución de la Sentencia ya firme que anuló el Plan Especial emplazando al Ayuntamiento a su cumplimiento. Tiene dos meses para hacerlo, si no lo hace pediremos al Tribunal la ejecución forzosa.


Y ENTRE TANTO ¿QUÉ HACE EL ALCALDE?


Nada. Aparte de felicitarse mucho porque el TSJ de Madrid ha estimado una reclamación de uno de los afectados por la Línea 7 B del Metro, y por el que se le reconocía un suplemento económico por daño moral que le negaba la Comunidad de Madrid, y a los que viene prometiendo las viviendas de las plaza de España, organizar las fiestas y demás fuegos artificiales, desde luego en relación con la comisión informativa flamante de plaza de España, de la que nunca volvimos a saber nada, no mueve ni una sola actuación salvo hacer declaraciones evasivas y poco más. Sin duda, este asunto le viene grande y el Ayuntamiento se halla desbordado por cuanto que cinco Tribunales de Justicia ya lo han requerido para ejecute otras tantas cinco sentencias firmes sobre el caso plaza de España, sin que, prácticamente haya movido un solo dedo al respecto. Así están las cosas. Desde luego de todo esto, nada hallarán en la muy controlada información municipal. Solo se hacen eco de las resoluciones judiciales que le interesan, las demás las ocultan tras un manto de silencio ominoso.

martes, 19 de mayo de 2026

CASO PLAZA DE ESPAÑA: OTRO VARAPALO JUDICIAL PARA EL AYUNTAMIENTO


 LA SECCIÓN DE CASACIÓN DEL TSJ DE MADRID ACABA DE DICTAR UN NUEVO AUTO POR EL QUE INADMITE UN RECURSO DE QUEJA QUE TENÍA PARALIZADA LA EJEUCIÓN DE LA SENTENCIA FIRME QUE ANULA EL PROYECTO DE REPARCELACIÓN

El TSJ de Madrid, su sección de Casación, tenía paralizada desde enero de 2026 la ejecución de la sentencia que anulaba los tres acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local, de 29 y 3 de julio de 2009 y de 22 de diciembre de 2011. Pero por fín y tras escritos interpuestos hemos conseguido que dicha Sección de Casación desbloquee la ejeución de la sentencia mediante un Auto dictado el pasado día 22 de abril de 2026 por el que inadmiten un recurso de queja presentado por satélites del Ayuntamiento, con objeto de impedir la firmeza de la sentencia o su nulidad. Asimismo, la Letrada Judicial del TSJ decreta la firmeza de la sentencia y remite la causa al Juzgado de lo Contencioso número 19 de Madrid para que ordene al Ayuntamiento la ejecución de la misma.

FIN DE TRAYECTO E INICIO DEL DESMANTELAMIENTO DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN DE LA UE-1




Vía libre para seguir con la ejecución de la asentencia firme del mismo TSJ por el que se anulan los acuerdos de la Junta de Gobierno Local de 3 y 29 de julio de 2009 y 22 dediciembre de 2011. Aquí terminan nueve largos años de un procedimiento iniciado allá por el año 2017.


Le señora Letrada Judicial decreta la firmeza de la sentencia y ordena su remisión al Juzgado de lo Conencioso Administrativo de Madrid nº 19 para que la ejecute. En este procedimiento estuvieron personados además del Ayuntamiento, dos mienbros del equipo de gobierno y Caixabank como sucerosa de Caja Madrid. 

AL ALCALDE CORPA SE LE ACUMULAN LOS MANDATOS JUDICIALES PARA EJECUTAR LAS CINCO SENTENCIAS YA FIRMES

Al alcalde Corpa se le acumulan las notificaciones de los Jugados y del TSJ de Madrid para ejecutar las ya cinco sentencias firmes todas ellas relacionadas con la desastrosa actuación urbanística de plaza de España en la UE-1 por parte del Ayuntamiento, y en dos de las cuales ha tenido un protagonismo total él mismo. 

En efecto, así como puede haber gente que piense que solo se trata de la ejecucion de la sentencia que anula las licencias de obras, sin embargo hay otros cuatro emplazamientos por parte de los órganos judiciales de ejecución que han requerido o están en trámite de requerir al Ayuntamiento, para que dé cumplimiento a otras cuatro sentencias firmes más. Dos está relacionados con el Plan Especial anulado y cuya ejecución corresponde a la Sección primera del TSJ de Madrid, y el resto a los juzgados 7, 17 y 19 de lo Contencioso Administrativo que tienen que ordenar la ejecución del cumplimiento de la sentencia que anula las licencias de obras, la del Decreto del alcalde por el que se negaba al restablecimiento de la legalidad urbanística y, finalmente, el Juzgado 19 de Madrid que se encargará de ordenar al Ayuntamiento la ejecución de la sentencia que anula los acuerdos de la Junta de Gobierno Local adoptados entre 2009 y 2011 para aprobar el Proyecto de Reparcelación, en dos de los cuales intervino el alcalde Corpa con su voto favorable. 

Por estos acuerdos, se hallan procesados pendientes de juicio en el Juzgado nº 3 de lo Penal de Alcalá de Henares el excalde Setién y el exconcejal de urbanismo Martínez, así como un secretario, dos asesoras, el director de la obra y autor del Plan Especial y el administrador de Jovicasa sl que firmaba los encargos del Plan Especial en nombre de plaza de España. El alcalde Corpa, a pesar de haber participado en la votación no fue inculpado por su participación en exactamente las mismas votaciones. Su no procesamiento se debe a un lamentable e incompresible olvido de la Fiscalía.


Hace un año compareció ante el Juzgado número 3 de lo penal de Alcalá de Henares por una querella que presentó contra nostros y de la que fuimos absueltos. Sin embargo él, en el interrogatorio a que fue sometido, vino a reconocer que había participado en excatamente los mismos hechos por los que se va a juzgar al excalde Setién y al ex concejal Martínez. No obstante lo cual, no resultó imputado finalmente por un olvido de la Fiscal. De todas formas tampoco ha resultado desimputado porque, formalmente, no hay auto de sobreseimiento alguno respecto de las denuncias hechas contra él y otros más que participaron en los mismos hechos. 

QUÉ INCIDENCIA VA A TENER LA EJECUCIÓN DE ESTA SENTENCIA DE NULIDAD DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN

Enorme. En las próximas entradas vamos a desarrollar las implicaciones que va a tener la ejecución de esta sentencia. Entre otras, la nulidad de las transmisiones de los activos de PESF al Ayuntamiento, cuya muñidora fue Caixabank. Inciaremos acciones judiciales contra la compraventa de los activos y contra los firmantes de la escritura de compraventa incluida CAIXABANK que, como puede comprobarse, conocía perfectamente que las fincas resultantes del Proyecto de Reparcelación estaban cuestionadas por nosotros dede 2017, fecha en que comenzó este largo y tortuoso camino judicial. 

Obviamente, su personación en la causa le permitía tener perfecto conocimiento de que las fincas resultantes, hipotecadas además, estaban siendo objeto de equidistruibución y por eso eran fincas que debían hallarse afectadas para responder por las obligaciones urbanísticas caso de abandono o interrupción de las obras. Sin embargo, el Proyecto de Reparcelación carece de afección alguna al respecto, lo que ha favorecido su condición de acreedor preferente o privilegiado especial en el concurso de acreedores. Se sabe que el Proyecto de Reparcelaciòn fue inscrito en el Registro de la Propiedad como obra nueva en lugar de como Proyecto de Reparcelación, y que dicha inscripción fue practicada por el Registro de la Propiedad a instancias de la propia Caixabank (entonces Caja Madrid). Lo que, naturalmente le favoreció. En la fase de ejecución de la sentencia vamos a pedir al Juzgado las correspondientes medidas cautelares y la nulidad de la operación de compraventa de los activos de PESF.

Aunque con fecha catorce de septiembre de 2009 se elevaron a públicos los acuerdos de la Junta de Gobierno Local de aprobación del Proyecto de Reparcelación, sin embargo, el Registro de la Propiedad aunque bajo el mismo Protocolo 1889, finalmente fue inscrito en el Registro como Obra Nueva. Y, ¿quién resultó favorecido por ese fraude registral? Pues Caja Madrid, que fue quien presentó la escritura finalmente. Este patente fraude registral impidió la afección de la fincas al cumplimiento de los deberes urbanísticos y con ello, el reconocimiento de crédito preferente el de la entidad financiera en lugar del Ayuntamiento y los socios. Todo ello va a ser aflorado en el trámite de la ejecución de esta sentencia porque, el efecto ex tunc obliga a retrotraer las actuaciones al momento inmediato anterior a estas inscripciones. O dicho de otra manera, tanto esta escritura como todas las inscripciones registrales porteriores a la fecha de 3 de junio de 2009, han de ser anuladas. Nada menos.


Y aquí la evidencia del fraude registral, al consignar que las fincas resultantes del Proyecto de Reparcelación se habían adquirido por PESF por division horizontal, cuando en realidad se hizo por adjudicación ilegal del Proyecto de Reparcelación ahora anulado. Esta circunstancia hizo que no quedaran afectadas las fincas resultantes al cumplimiento de las obligaciones urbanísticas y, con ello, la condición de crédito privilegiado de Caja Madrid en el concurso de acreedores. Aquí, el que no corre vuela.

sábado, 16 de mayo de 2026

VOX, EL PSOE Y EL REPLICANTE

 


Desde los aledaños del gobierno municipal y del PSOE local, se ha hecho circular este meme bajo el antetítulo "El VOX que tenemos". Como casi todos los memes, contiene sintetizadas falacias, grandes falacias y directamente falsas premisas con una finalidad a veces oscura y a veces explícita, pero casi siempre de esquinadas intenciones que se quiere exhibir pero de forma aviesa, sesgada y torticera.

Vaya por delante que desconocemos cuáles son realmente las posiciones políticas del protavoz de VOX en el Ayuntamiento respecto de los asuntos que se aluden en el meme, y que ni se ha puesto en contacto con nosotros ni mucho menos nosotros con él. Y que, obviamente, le corresponde a él defenderse de lo que es una burda manipulación. Manipulación que denunciamos no obstante porque, segun parece, lo que el PSOE le reprocha al protavoz de VOX no es otra cosa que se alineé con "derribar la plaza" afeándole al mismo tiempo su postura o votaciones en otras ocasiones relacionadas con el mismo caso. La burda intención no deja dudas: asociar a VOX con la demolición de la plaza y por lo tanto con la "extrema derecha" y así estigmatizar algo que debería ser (por la cuenta que le tiene, además) sagrado: el cumplimiento estricto de la ley. Cosa que al parecer solo es cuestión de fachas en San Fernando. 


De la foto de arriba, uno se hace pasar ahora por consultor (no dice de qué) y hace informes verbales para compañías aéreas con un solo avión, y que, empresa interpuesta por medio, le remuneran a él y a sus hijas de manera harto generosa. La línea área con un solo avión recibió un generoso y millonario rescate del gobierno que no ha devuelto y en estos momentos está bajo sospecha de la Audiencia Nacional por destinar, presuntamente, buena parte de ese rescate a blanquear capitales en paraísos fiscales. También viaja mucho a Venezuela con cargo al siniestro gobierno chavista, donde es muy apreciado por los sátrapas del régimen. Tampoco falta a citas secretas por cuenta del gobierno español en la ciudad de Ginebra, para negociar oscuros acuerdos parlamentarios con el más famoso y largo fugado de la justicia española. Ah, y es activo militante del PSOE. El otro, solo es el portavoz de VOX en el Ayuntamiento y del que, además, se quejan los correligionarios del "consultor" por votar cosas tan criminales como acatar las sentencias de los tribunales. Hace falta de todas formas mucha vesanía para quejarse por parte del equipo de gobierno de la más pacífica y resignada oposición que jamás haya pasado por el Ayuntamiento.


Y naturalmente no podía faltar a la manipulación el replicante perejil de todas las salsas, quien directamente y sin tantos rodeos como el PSOE e inspirado en el meme anterior, establece maliciosamente una relación directa entre nuestra asociación afirmando además que contamos con el apoyo de VOX (cosa que ni hemos pedido y desde luego desconocemos) y, cómo no, con la demolición de la plaza. Burda manipulación. No faltan en sus montajes tampoco el clásico oximorón de turno cuando afirma que cumplir la ley, sí, destruir San Fernando, no. Solo le falta añadir que nos proponemos tirar la bomba atómica sobre la mayor aberración urbanística que se haya conocido en Madrid en mucho tiempo. 

Esta seudoasociación que no figura en registro de asociaciones alguno, goza del ilegal privilegio con la tolerancia del alcalde de designar el centro municipal asociativo Marcelino Camacho como su domicilio social, algo que prohíbe expresamente el Reglamento municipal por el que se regula el funcionamiento de este centro. Lo que nos ha obligado a denunciarlo ante el alcalde quien, transcurridos seis meses, no parece que haya hecho nada al respecto lo que, lógicamente, nos obligará a llevarlo ante los tribunales. Y de paso, para que su único asociado y al parecer responsable explique en sede judicial por qué, desde ese domicilio social público del centro municipal Marcelino Camacho, se hace pasar por CEO de una mercantil inexistente, o se ofrece en páginas web con titulaciones que no tiene según acreditan los colegios profesionales consultados. A las próximas actuaciones judiciales nos remitimos pues, donde quedarán emplazados al respecto.

MÁS VARAPALOS JUDICIALES

La Sala de Casación del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado un nuevo Auto por el que se desestima el penúltimo intento del Ayuntamiento y sus adláteres de tratar de parar las resoluciones firmes sobre la actuación de la Unidad de Ejecución UE-1 del PGOU más conocido como el "caso plaza de España".



Es este el penúltimo y desesperado intento de impedir o tratar de anular las sentencias ya firmes dictadas por el TSJ de Madrid (siete firmes ya nada menos), en relación con la actuación urbanística llevada a cabo entre 2007 y 2011 cuando el alcalde Corpa cogobernaba con Setién y compañía. Ahora, tras este nuevo varapalo judicial, queda la vía libre para ejecutar la sentencia de nulidad del Plan Especial ya firme de este mismo Tribunal Superior, cuya Sección de Ejecuciones librará oficio en breve al Ayuntamiento para que la ejecute en sus propios términos. La diferencia ahora es que no será un Juzgado de lo Contencioso quien ordene ejecutar la sentencia, sino que será el propio Tribunal Superior quien se encargará de hacer ejecutar lo juzgado. La diferencia no es baladí, desde luego.

sábado, 9 de mayo de 2026

LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA CONTRA LOS VENDEDORES DE CRECEPELOS

 



EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID COMUNICA AL AYUNTAMIENTO LA FIRMEZA DE LA SENTENCIA DE NULIDAD DEL PLAN ESPECIAL Y LE ORDENA SU EJECUCIÓN
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Como es conocido, se han producido dos sentencias ya firmes sobre la nulidad del Plan Especial de reordenación de la UE-1 y adheridos. La última instada por un ciudadano al que afectaba la actuación urbanística y que trata de que se haga justicia con este formidable embrollo urbanístico en el que el Ayuntamiento nos metió irresponsablemente entre los años 2007 a 2011, con la participación activa también del actual alcalde Corpa que entonces formaba parte del equipo de gobierno constituido por IU y PSOE.


El Ayuntamiento recurrió en casación ante el Tribunal Supremo para ver si sonaba la flauta y para ganar tiempo. Ni sonó la flauta ni se ganó mucho tiempo porque el Alto Tribunal rechazó de nuevo el recurso el 22 de abril pasado y, desde esa fecha, la sentencia del TSJ de Madrid es firme. Procede pues ahora, que el Ayuntamiento cumpla la sentencia firme de nulidad del Plan Especial de la UE-1 con todas las consecuencias que ello comporta. Porque han de saber todos que ni la pueden eludir ni lo puede alargar mucho tiempo.

QUÉ CONSECUENCIAS CONLLEVA LA NULIDAD DEL PLAN ESPECIAL DE LA UE-1


Son numerosas las consecuencias que la anulación del Plan Especial conlleva porque se trata del instrumento que daba cobertura legal a toda la actuación. Su anulación entraña de inmediato que, al tratarse de un disposición de carácter general, se produce un efecto ex tunc que retrotrae todo al momento inmediato anterior a la aprobación de dicho Plan Especial que se produjo definitivamente el día 2 de diciembre de 2009. Por lo tanto, desaparecido dicho Plan Especial que es bajo el paraguas legal que se han ejecutado las actuaciones en la UE-1 aunque no estaba publicado, supone que todo lo edificiado sobre rasante y delimitado en rojo en la foto de arriba, es totalmente ilegal y, en consecuencia, ha de ser demolido. Y es inexorable le cuenten lo que le cuenten los vendedores de crecepelo con IA que se afanan la arrogante tarea de dar lecciones a los magistrados más especializados de los tribunales de justicia.

¿POR QUÉ NO ES LEGALIZABLE LO EJECUTADO?

El Ayuntamiento pretende contratar por 120.000 € a algún equipo consultor que elabore un denominado Proyecto de Legalización referido fundamentalmente a lo ejecutado sobre rasante (porque asegura que el aparcamiento subterráneo es directamente legalizable, lo cual resulta también inicierto). Será dinero tirado a la basura porque ya anticipamos que, si finalmente lo intentan, lo recurriremos en la seguridad de que los tribunales lo tumbarán también.

Pero es que, contra lo que afirma el Ayuntamiento y espontáneos vendedores de humo que nunca faltan en estos asuntos, lo ejecutado no puede ser legalizado por poderosas y varias razones jurídicas y urbanísticas, siendo la más importante la referida a la mezcla ya irreversible del suelo urbano consolidado con el no consolidado y, puesto que bajo esas determinaciones se han alterado y modificado ya irreversiblemente las del Plan General, la posibilidad de legalizar eso incluso mediante una modificación del PGOU resulta imposible. Aunque de forma muy esquemática, vamos a tratar de explicar la imposibilidad de legalizar nada de la actuación de la UE-1.


El Plan Especial alteró de manera decisiva e irreversible (e irresponsable, habría que añadir) ya varios aspectos clave de la UE-1, contraviniendo tanto el PGOU y Catálogo de Edificios Protegidos como la propia Ley de Suelo y del Patrimonio Histórico. En la imagen de arriba vemos algunas de las más groseras y cuya irreversibilidad aboca a la imposibilidad de su legalización. Utilizando la numeración de la imagen:

1) La finca del Museo de la Ciudad fue sacada de la UE-1, lo que directamente provocó que el Aprovechamiento Tipo quedara también alterado. Hay que decir que en el PGOU no hay prevista ninguna dotación como Museo de la Ciudad, sino que es consecuencia de una vía de hecho utilizada al margen de las previsiones legales (incluso la nulidad de las licencias también le afecta al Museo de la Ciudad). Originariamente era una finca privada más de la UE-1 con aprovechamiento lucrativo asignado y luego comprada por el Ayuntamiento. Ahora, con la nulidad del Plan Especial, esta finca vuelve estar dentro de la UE-1 con aprovechamiento lucrativo asignado.

2) Se trata de tres fincas particulares que forman parte de la UE-1 pero a las que el PGOU olvidó asignarle aprovechamiento alguno. El Plan Especial se lo asignó, pero ello alteró también el Aprovechamiento Tipo de la Unidad. Algo que solo puede hacerse mediante la Modificación del PGOU y no mediante Plan Especial al tratarse de determinaciones estructurantes. Ahora, con la nulidad del Plan Especial, las determinaciones de estas fincas vuelven a ser las que tenían antes de la aprobación del Plan Especial. Es decir, aprovechamiento lucrativo 0.

3 y 4) Y aquí está la clave de todo. El Plan Especial agrupó estas fincas y las incluyó dentro de la UE-1 pero, en realidad, lo que hizo fue mezclar churras con merinas, ya que estas dos fincas que se correspondían con la calle Coslada 9 y Gonzalo de Córdoba 14, eran suelo urbano consolidado, tienen un aprovechamiento tipo mucho mayor que las fincas de la UE-1 y forman parte de otra Área de Reparto. Esto significa que, anulado el Plan Especial, estas fincas vuelven a ser independientes y retornarán a su categoría de suelo urbano consolidado, al Área de Reparto distinta y a tener un aprovechamiento de 2,64 m2/m2 en lugar de 1 m2/m2 que es el que se le asignó al adherirlas al UE-1.

Las distorisones que el Plan Especial anulado ha provocado (algunas absolutamente irreversibles) sobre la Unidad de Ejecución, el PGOU y su Catálogo de Edificios Protegidos son de tal naturaleza, que ya no pueden recurperar las determinaciones que tenían con el PGOU, de ahí también que haya sido declarado nulo el Proyecto de Reparcelación.


El Plan Especial provocó también una formidable distorsión absolutamente irreversible ya: un exceso de aprovechamiento de más de 2.000 m2 que no puede ser materializado en la Unidad y, por lo cual, fue necesario "comprar" esas 2.000 unidades de aprovechamiento en la UE-3. Afectó a veinte propietarios y tenía un coste añadido de 6,700 millones de euros que no figura en sitio alguno. 

NUESTROS ESTÚPIDOS DETRACTORES QUIEREN HACERLE CREER AL PERSONAL QUE MEDIANTE LA "LEGALIZACIÓN" ES POSIBLE HACER ENTRAR TODA LA PASTA DENTAL VACIADA Y DERRAMADA DE NUEVO EN EL TUBO

Este formidable embrollo sin parangón al menos en la Comunidad de Madrid, tiene autores señalados (algunos se hallan procesados y pedientes de juicio) porque ese desastre no lo han llevado a cabo los extraterrestres. Lo han hecho políticos de varios partidos y señaladamente del PSOE e IU, elegidos por los electores. Uno de ellos resulta ser precisamente el alcalde Corpa, que formó parte del equipo de gobierno entre 2007 y 2011 y votó a favor de estas monstruosidades en el pleno municipal y en la junta de gobierno local. No, la pasta dental derramada y vaciada ya no puede volver al tubo.

También han causado un daño patrimonial enorme a las arcas municipales pero, eso sí, no hay una sola responsabilidad asumida ni por supuesto exigida. Las sentencias firmes por responsabilidad patrimonial se suceden una tras otra hasta más de la cincuentena, y las enormes cantidades pagadas por esta negligente actuación han sido cargadas a los bolsillos de los contribuyentes, sin que ninguno de los responsables del desastre haya sido objeto de exigencia de responsabilidad alguna. Es más, el Ayuntamiento, que está personado en varias de las causas penales como responsable civil (lo que significa también que tendrá que asumir las indemnizaciones si los responsables se declaran insolventes), lo hace invocando en sus escritos de defensa que no ha existido delito alguno y que todo esto, incluidas las ya cuatro sentencias firmes, solo son empecinada inquina de los denunciantes. Hace falta tener morro.

La Constición Española tiene dos artículos particularmente importantes para la defensa de la ciudadanía contra el abuso de poder. Se trata del artículos 9 que garantiza la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. Y el artículo 103 que señala que los poderes públicos están sujetos a la ley y al derecho. Pues bien, estos principios constitucionales que defienden a los ciudadanos de los atropellos a la legalidad y de los abusos de poder, han sido triturados en nuestro municipio en relación con este lamentable asunto, y se pretende, además, que los culpables de este desastre se vayan de rositas imputando la responsabilidad sobre quienes, arropados por los Tribunales como hasta ahora, tratan de hacer valer los principios constitucionales frente a la barbarie de hacer su santa voluntad. En el camino de la legalidad nos encontrarán sin duda, pero en el camino de la arbitrariedad y de los atajos legales, no. Por lo demás, los agitadores de salón será mejor que se abstengan de descalificar desde el burladero impune de las redes sociales, porque no conseguirán torcer nuestra voluntad en absoluto mientras los tribunales respalden plenamente nuestras iniciativas. De momento y reservándonos nuestras acciones, el más ínfimo de nuestro desprecio.

domingo, 3 de mayo de 2026

CRÓNICA DE JUZGADOS

 


EL TSJ DE MADRID TUMBA EL PENÚLTIMO INTENTO DEL AYUNTAMIENTO POR EVITAR LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA QUE ANULA LAS LICENCIAS DE LA UE-1

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La Sección Segunda de la Sala de lo Contenciosos Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por Sentencia dictada el pasado día 27 de abril de 2026, acaba de tumbar un recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento contra un Auto del Juzgado número 7 de lo CA de Madrid encargado de ejecutar la sentencia 231/2024 del mismo Tribunal, en el incidente de ejecución de dicha sentencia por la nulidad de las licencias de obras a cuyo amparo fueron levatandas las edificaciones de la plaza de España. Además, el Ayuntamiento es condenado en costas también.

Este recurso del Ayuntamiento es una más de las dilaciones con las que el Ayuntamiento pretende inejecutar la sentencia y evitar la demolición de lo ilegalmente construido en la Unidad de Ejecución UE-1. Se trata, como se dice, de un recurso incidental más a ver si suena la flauta y alguna vez los tribunales le dan la razón y con ello evitan ejecutar la sentencia y la demolición que conlleva. Pero, la mayoría de estos incidentes están condenados a ser inadmitidos como este caso de ahora porque, en realidad, no son más que producto de la empecinada contumacia municipal que solo pretende ganar tiempo y enredar la ejecución mediante un despliegue que el TSJ de Madrid en absoluto le compra.

TAMBIÉN EL TRIBUNAL SUPREMO INADMITE EL ÚLTIMO RECURSO DE CASACIÓN DEL AYUNTAMIENTO CONTRA LA SENTENCIA QUE ANULABA EL PLAN ESPECIAL DE LA UE-1

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De la misma forma, por Providencia del pasado día 23 de abril y a la que ha tenido acceso El Molino, el Tribunal Supremo inadmite el Recurso de Casación  interpuesto por el Ayuntamiento contra una de las dos sentencias dictadas por el TSJ de Madrid y por la que se anulaba también el Plan Especial, quedando pues firme la misma y cuya ejecución ha de corresponder a la sección de ejecuciones del Tribunal Superior. Con esta resolución del TS contra la que no cabe recurso alguno ya, se confirma por segunda vez la nulidad de pleno derecho del Plan Especial que daba cobertura a la actuación en la Unidad de Ejecución del PGOU más conocida como plaza de España.

EL JUEZ MAGISTRADO DEL JUZGADO Nº 7 DE LO C.A. DE MADRID QUE HA DE EJECUTAR LA SENTENCIA DA UN PLAZO DE VEINTE DÍAS PARA QUE EL AYUNTAMIENTO INFORME AL JUZGADO SI ESTÁ CUMPLIENDO LA SENTENCIA O HACIENDO EL PARIPÉ PARA NO EJECUTARLA

Mediante reciente Providencia, el señor Magistrado Juez del Juzgado nº 7 de lo Contencioso Administrativo de Madrid, en quien ha recaído la encomienda de hacer ejecutar lo fallado, ha ordenado al Ayuntamiento que justifique si realmente está ejecutando la sentencia o si se dedica a marear la perdiz en lugar de ejecutar la Sentencia 231/20024 del TSJ de Madrid por la que fueron anuladas las licencias. Esta sentencia es firme ya desde el 18 de diciembre de 2024 y, hasta el día de la fecha, el Ayuntamniento, en lugar de demoler lo ilegamente construido, se ha dedicado a realizar multitud de informes incongruentes y dictar decretos de suspensión sin autorización del juez. E incluso se permite realizar afirmaciones según las cuales al menos la licencia de las plazas de garaje sería susceptibles de legalización. En fin, un verdadero e inacabable esperpento que el titular del Juzgado espera le aclare el responsable de la ejecución de la sentencia.

AVISO A NAVEGANTES

Es difícil hallar en los anales de las atrocidades urbanísticas un caso como este de la actuación en la UE-1. Ni siquiera en la Marbella de Jesús Gil se halla un caso parecido que tenga anulados el Plan Especial que le daba cobertura, el Proyecto de Reparcelación y los propios títulos habilitantes, las licencias. Todos en un solo paquete. Y, además, el Proyecto de Urbanización denunciado por la Dirección General de Patrimonio Histórico por haber ejecutado obras sin la autorización preceptiva de dicho centro directivo que, además, propone nada menos que la revocación de la declaración de BIC por haber perdido los valores históricos tras las obras ejecutadas. El caso desde luego no hay por donde cogerlo porque, con todos los instrumentos de planeamiento y de gestión anulados, así como nulos de pleno derecho también los títulos habilitantes, la ensoñación del gobierno municipal es que todo lo hecho es prácicamente legalizable.


El Magistrado ponente de la muy reciente sentencia del TSJ de Madrid y presidente de la Sección Segunda resulta ser el autor de este libro titulado DISCIPLINA URBANÍSTICA Y TRÁFICO INMBOLILIARIO, D. José Daniel Sanz Heredero, con el subtítulo de "Ejecución de sentencias de demolición y terceros de buena fe". Publicado en el año 2023 por la Editorial velenciana especializada en temas de derecho, Tirant lo blanc, está también prologado por el prestigioso catedrático D. Luciano Parejo y gran especialista en derecho urbanístico. En su apartado III.- LA DEMOLICIÓN COMO CONSECUENCIA JURÍDICA NECESARIA DE LA DECLARCIÓN DE NULIDAD DE LA LICENCIA DE OBRA, desarrolla una minuciosa y precisa exégesis sobre toda la doctrina dictada por Tribunal Supremo al respecto, sin que falte tampoco la refutación impecable de las voces críticas (pocas, pero existentes) que reprochan al Tribunal Supremo su doctrina de Lex, dura lex

Como se dice, el señor Magistrado Presidente de la Sección Segunda no solo es un probado especialista en las cuestiones urbanísticas, sino una verdadera autoridad en la ejecución de sentencias de demolición como consecuencia de las nulidades de las licencias urbanísticas. Sin embargo, no faltan necios con cuenta en facebook que pretendan enmendar la plana a jueces y magistrados tan especializados, rigurosos y estudiosos de la materia como es este caso, y sin más conocimientos en esta especialidad tan árida que la consigna panfletaria de los infractores con los que simpatiza o simplemente conmilita. Y que revela el destestable envilecimiento de la política pasada por el tamiz unineuronal del militante irredento que solo replica los atropellos de los suyos con exabruptos y descalificaciones de los denunciantes pero nunca de los ejecutantes de semejantes atrocidades. Son los tiempos que corren sin contención por las redes sociales, donde cualquier analfabeto de la cosa es capaz de emitir juicios de intenciones desde el más profundo desconocimiento cuando no desde la fe de carbonero de descerebrado militante, como la de aquellos tontos útiles que defendían en cofradía a Jesús Gil camino de Alahurín de la Torre, mientras él y los suyos saqueaban al Ayuntamiento de Marbella. Así está la cosa. Vamos de derrota en derrota pero hasta la victoria final.