domingo, 29 de marzo de 2026

EL PLAN VIVE O UN PLAN PARA VIVOS

 


¿EL PLAN VIVE O UN PLAN PARA VIVOS?

El dramático problema de acceso a la vivienda en toda España y, más significativamente, en las grandes urbes como Madrid o Barcelona receptores de migrantes en cantidades inasumibles (Madrid recibió el año pasado 132.000 nuevos ciudadanos extranjeros según los censos oficiales y así viene sucediendo desde hace varios años), se asemeja mucho al exodo del campo a la ciudad de los años desarrollistas de los sesenta del franquismo, resuelto entonces mediante el chabolismo salvaje y la construcción de barrios y calles fuera de todo control y sin los servicios y dotaciones más elementales.

Ahora, se vive una situación muy parecida en las urbes que reciben todo tipo de emigrantes sean estos legales o ilegales, con las consecuencias lógicamente de que no hay viviendas disponibles para todos además de pasar a engrosar casi todos ellos la llamada por la banca demanda insolvente, por lo que solo pueden acudir a ocupar viviendas en alquiler y estas se rifan en apenas horas. La situación es pues dramática.

UN PROBLEMA COMPLEJO CON SOLUCIONES NADA SENCILLAS: LA TORMENTA PERFECTA

Los poderes públicos deben poner los medios para paliar este problema de acceso a un elemento de primera necesidad que, al mismo tiempo, constituye un medio de ahorro cuando no de especulación que hace que ahorradores e inversores especuladores, acaparen la producción de un elemento que no deja de subir y subir como consecuencia de un montón de factores que inciden en su carestía rompiendo todas las previsiones, y hallándonos en una situación de auténtico desbordamiento de las políticas públicas de vivienda y suelo que, en muchos casos, han contribuido también a crear este formidable cuello de botella que tampoco admite soluciones fáciles ni demagógicas cualquiera que sea el color político de los gestores públicos. Más volcados en actuaciones a corto plazo que son los ámbitos temporales en los que se mueven los políticos sean del color que sean, no se engañen.

La Comunidad de Madrid, ha implantado un denominado Plan Vive consistente en una solución a medio camino entre la escuela de Jesús Gil y la patada a seguir del problema en la que, además, se han involucrado los Ayuntamientos de todos los colores porque, de lo que se trata es de hacerse la foto final de la entrega de llaves y a otra cosa mariposa.

Y, decimos que es parecido al modelo de gestiòn del problema de Jesús Gil en Marbella porque, mediante la modificación del artículo 36 de la Ley de Suelo de la Comunidad de Madrid, se va a permitir que suelos dotacionales nacidos de obligaciones urbanísticas para dar servicio a los ciudadanos de los ámbitos efectados, vean con estupor cómo de un plumazo y sin información previa, aquellos sistemas locales reservados por las Planes de Urbanismo para dotaciones docentes o sanitarias como es este caso, se transformen de la noche a la mañana en solares sobre los que se levanten miles de pisos a costa, lógicamente, de cargarse miles de dotaciones públicas que desaparecerán para convertirse en lucrativos negocios privados que serán quienes financiarán y explotaran finalmente el Plan Vive, mediante concesiones a largo plazo de 50 o 75 años, y que recuerdan la vieja fórmula del retrógrado derecho de superficie.

En Marbella, cuando Jesús Gil llegó a la alcaldía entendió el problema en los mismos términos, de forma tal que, allí donde había un solar vacante aunque se tratara de reservas dotacionales, aprobó un nuevo PGOU y recalificó todos los que encontró y que no eran otros que dotaciones nunca ejecutadas, precismaente, por las administraciones públicas. El modelo de negocio es exactamente el mismo, con la diferencia de que, ahora y en Madrid, todas las administraciones cualquiera que sea el color se prestan con entusiasmo al mismo juego

EL CASO DE SAN FERNANDO O CÓMO OBRAR EL MILAGRO DE CONVERTIR SOLARES DOTACIONALES EN USOS CON APROVECHAMIENTOS LUCRATIVOS CON UN SIMPLE INFORME URBANÍSTICO

El pasado mes febrero el Pleno municipal acordó realizar lo que llaman una mutaciòn demanial subjetiva consistente en ceder gratuitamente a la Comunidad de Madrid dos parcelas dotacionales de titularidad municipal, que hay en la calle Gustavo Adolfo Bécquer y que se corresponden con equipamientos educativos provenientes del Plan Parcial del Sector 3 del PGOU de 1988. Se trata por lo tanto, de sistemas locales que dan o deberían dar servicio a los ciudadanos de ese ámbito y que, tras este acuerdo, desaparecerán para ver levantadas allí unas torres de cinco plantas.

El acuerdo fue adoptado con los votos favorables de PSOE, PP y VOX y con los votos en contra de Más Madrid.


En rojo, las parcelas que se pretenden ceder a la Comunidad de Madrid calificadas como reservas docentes: sistemas locales que dan servicio a los ciudadanos que viven en las 104 viviendas señaladas en amarillo

Este Plan Vive destinado a poner en marcha un cupo de 20.000 viendas para alquiler, ha tenido su continuidad y apoyo en una modificación de la Ley de Suelo del año 2022, consistente en autorizar estos cambios de uso de dotaciones públicas en residenciales cumpliendo determinadas condiciones, entre otras, que no disminuyan las dotaciones previstas en el ámbito donde se localice la actuación. El problema es que, el cumplimiento de esas condiciones, queda en manos de los ayuntamientos y, como ha sucedido en el caso del de San Fernando, no repararán en hacer trampas en el solitario. Veamos qué se ha hecho en ese acuerdo de pleno votado por todos los grupos menos por Más Madrid.

SUPRIMIR DOTACIONES LOCALES OBLIGATORIAS INCREMENTANDO LA DENSIDAD DE VIVIENDAS PERO INCUMPLIENDO LAS RESERVAS OBLIGATORIAS DEL ZONAS VERDES

La Ley de suelo modificada en 2022 indica que estas actuaciones pueden llevarse a cabo en aquellos solares "vacantes" y sobre dotaciones que sean resevas educativas, culturales, etc.. Pero, ¿cuáles son en el caso de San Fernando los solares vacantes? Casi todos estos solares "vacantes" provienen de los Sectores urbanizables ya incorporados del PGOU de 1988, pero que están programados en el Programa de Actuación del PGOU de 2002. Veamos algunos ejemplos muy significativos.



He aquí un solar que según la Ley sería vacante. Tiene 8.500 m2, es de titularidad municipal y proviene del SUP nº 1 del PGOU de 1988. Su uso es de equipamiento educativo y se corresponde con reservas obligatorias del Plan Parcial del Sector 1, pero programada su ejecución para el primer cuatrienio del PGOU de 2002. ¿Y quién tenía la obligación de ejecutarlo?

Como puede verse quien lleva sin ejecutar esta dotación desde 2002 no es otra que la Consejeria de Educación precisamente


Reserva dotacional del Plan Parcial del SUP nº 3 del PGOU de 1988. Organismo que según el Programa de Actuación del PGU de 2002 debía ejecutarlo:


Al igual que en el caso anterior, de nuevo la Consejería de Educación de la CAM.


Más solares vacantes procedentes en este caso del Sector SUP 4 del PGOU de 1988. Uso asignado: sociocutural, programado en el PGOU de 2002 para el primer cuatrienio al igual que en los demás casos. El primer cuatrienio venció ya en 2006.

Organismos que deben financiar este equipamiento: 


Pues el 60 % corre a cargo de la Comunidad de Madrid y el 40 % restante por el Ayuntamiento.

Como puede comprobarse: a) no se trata de solares "vancantes", sino de reservas dotacionales mínimas obligatorias destinadas a dar servicio al sector al que pertenecen, y ii) el hecho de que estén vacantes se debe, no a que no tenga un uso obligado previsto, sino a la falta de inversiones de las instituciones obligadas a construir esas dotaciones, ya sean en equipamientos docentes, cuturales, sanitarios o incluso comerciales.

Lo insólito del caso es que, según el informe urbanístico emitido, hay que preguntarle a la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid si esas reservas educativas son necesarias o no, cuando el problema es que llevan 24 años sin ejecutarse a pesar del compromiso de hacerlo en el Programa de Actuación. Es fácil anticipar cuál va a ser la contestación de la Consejería.

CÓMO OBRAR EL MILAGRO DE LA MULTIPLICACIÓN DE LOS PECES CON UN SIMPLE INFORME URBANÍSTICO


Como puede verse, las parcelas dotacionales que el Ayuntamiento pretende ceder a la Comunidad de Madrid (en rojo y manzanas 3M Y 3N en amarillo) están afectadas por la zona de Ordenanza ZU R5, que regula las condiciones de las parcelas cuyo uso predominante es la vivienda unifamiliar de cualquiera de sus modalidades adosada o pareada. Estos ginifica que, en todos los salares que hay en su ámbito, las determinaciones urbanísticas para el uso residencial no pueden levantar más de dos plantas y su coeficiente de edificabilidad no puede ser más de 1,05 m2/m2. Es decir, si a esos supuestos solares "vacantes" se les aplicara su Ordenanza Zonal ZU-R5, apenas podrán levantarse ahí unas 40 viviendas. Esto contrasta con los 16.400 m2 pervistos para 204 viviendas que sin embargo se pretende sean levantadas en estas parcelas. ¿Y cómo han conseguido semejante milagro? Pues muy sencillo, aplicándole la Ordenanza Zonal ZU - R4 que es la que se puede ver en la imagen de abajo.


Ale Hop¡ He aquí cómo multiplicar la edificabilidad por cinco pero aplicando en este caso otra Ordenanza Zonal particular distinta a la que le es de aplicación, en este caso la ZU R4 que aparece arriba según del PGOU 2002. Y, ¿ por qué aplican esta si la que le es de aplicación es la ZU - R5 que es donde están localizadas según el PGOU? Pues porque, esta ordenanza sí permite aplicar una edificabilidad muy superior y levantar hasta cinco plantas para el uso residencial. Así de descarado todo, oiga. Total, el personal no se va a enterar. Y todo esto perpetrado con un ¡simple informe urbanístico!

Así se consigue el engaño, aplicando una Ordenanza a unas reservas dotacionales previstas como equipamientos educativos, pero convertidos en bloques de cinco alturas aplicando caprichosamente la Ordenanza que les da la gana porque para eso son el Ayuntamiento. Pero no queda ahí la cosa, sino que, según el sedicente informe técnico, resulta ser que, al parecer, las parcelas a ceder se hallan también en el Área de Reparto nº 1 cuando, ni están ni se las esperan porque tampoco pertencen a ningún Área de Reparto como puede verse por el plano de las Áreas de Reparto en suelo urbano del casco.


Estas son las cuatro Áreas de Reparto que hay pevistas en el PGOU vigente con la trama de amarillo, y circulado en rojo la lolcalización de las parcelas dotacionales que se pretenden ceder a la Comunidad de Madrid. ¿Puede alguien colegir con la simple obsevación del plano que dichas parcelas dotacionales se hallen incluidas en algún Área de Reparto? Evidentemente se trata de una camelo más para tratar de hacer cuadrar los números, aunque ello sea a base de afirmar cosas que son un insulto a la inteligencia. Y todo, como se indica, con un simple informe urbanístico.


LO HAN VUELTO A HACER

Arriba en la foto, el alcalde dando la réplica al grupo municipal de Más Madrid en el punto de orden del acuerdo que, en coherencia con su postura en la Asamblea de Madrid, no está de acuerdo con el modelo que aplica el Plan Vive. El alcalde se justifica por aceptar entrar en el Plan Vive de la Comunidad de Madrid porque "lo han hecho otros muchos municipios" de la izquierda.

No obstante, aprovecha el alcalde siempre estos desaforados speech para soltar un montón de palabrería sin que venga a cuento, y atribuirse cualquier aberrante decisión como un logro y acierto de gestión como si fueran unos genios de la cosa, cuando en realidad van de batacazo en batacazo judicial porque todo está montado, como en este caso de las cesiones de las parcelas, en patentes infracciones del ordenamiento jurídico. 

Así, en el mismo momento en que aparece en la foto de arriba se obstina en asegurar que las 167 viviendas que han de ser demolidas en la actuación de la plaza de España, las salvarán porque lo afirma pero sin decir cómo, que es lo que siempre caracteriza a este hombre de puro voluntarismo desquiciado, sin explicar cómo, de qué manera piensa arreglar el desastre de plaza de España que él contribuyó a crear votando tanto a favor del Plan Especial hoy anulado, como el Proyecto de Reparcelación también  anulado y votado en dos ocasiones por él. Y por lo cual se hallan procesados el ex alcalde Setién y el concejal de Urbanismo Martínez. ¡Votaron igual absolutamente todos, pero eso sí, la Fiscalía solo procesará a dos! ¿alguien lo entiende? 

Pero cuando ya se caen los palos del sombrajo es cuando, haciéndose la víctima además, afirma que el caso lo ha solucionado comprando los activos de Plaza de España San Fernando SL, entre los cuales se halla la propia plaza de España al estar agrupada en la finca registral resultante del Proyecto de Reparcelación que, como está anulado, ahora tendrá que deshacer porque es radicalmente nulo y en la fase de ejecución de sentencia tendrá que hacerse lo que se conoce como una reparcelacion inversa. Lo que afecta a la compra de los activos porque, en realidad, lo que ha comprado ni lo podía vender la mercantil mixta ni adjudicarlo el Juzgado Mercantil como se verá en la ejecución de la sentencia ni, desde luego, estaríamos metidos en este embrollo formidable si él, en lugar de votar mecánicamente a favor del Plan Especial y del Proyecto de Reparcelación, lo hubiera hecho en otro sentido correcto. Algo que les va a pasar también con este acuerdo de la cesión de las parcelas porque, aunque alegado por nosotros, siguiendo su empecinada tradición no rectificarán ni a tiros. Pues nada, que siga la fiesta.

El alcalde habla y habla en tono apodíptico y en buena parte de sus intervenciones se advierte un gran desoconocimiento de los asuntos de los que habla y, sobre todo, falta clamorosamente a la verdad. Lo envuelve casi todo en una vagarosa polvareda de afirmaciones que no resisten el menor análisis. Así, afirma que en relacion con el caso plaza de España cuyo fiasco responde precisamente a la creencia de que la fuerza de los votos puede sustituir la legalidad,  que siguen trabajando para solucionar el problema. Falso, trabajan para incurrir en nuevas infracciones consistentes en tratar de legalizar lo que es ilegalizable.

Aparte de intentar por todos lo medios, paralizar como sea la ejecución de las sentencias que hemos instado perentoriamente ante la ausencia de iniciativa por su parte, están intentado supender la ejecución de las sentencias número nº 231/ 2024 y 232/2024 del TSJ de Madrid.

En el caso de la sentencia 231/2024 han acordado la suspensión de la ejecución atribuyéndose el concejal de urbanismo facultades que no tiene. Y en el caso de la ejecución de la sentencia 232/2024 han pedido también la suspensión de la ejecución, algo que, sin embargo la ley no permite como les ha indicado la Magistrada del Juzgado en un Auto de hace un par de días, ordenando la continuación de la ejecución.


¿Y por qué buscan con tanto empeño la suspensión de la ejecución de ambas sentencias? Pues porque están empecinados en que es posible la legalización de las obras ilegales por medio de una modificación de planeamiento general, algo que el Tribunal Supremo ha establecido en contundente y unánime doctrina que eso no es posible. Por la vía de la modificación puntual del planeamiento no se puede ir porque la ley en absoluto atribuye a la administración facultades para legalizar por esa vía lo que es ilegalizable. 

Pero, como son empecinados hasta la obstinación más burda, han sacado a concurso por 120.000 € la redacción del Proyecto de Legalización de estas atrocidades, ignorando que el TS, por ejemplo, ha procedido a anular el Plan General de Marbella que pretendía, precisamente, tratar de legalizar lo que la ley no permite. Unos gastos inútiles más y un Proyecto de Legalización destinado a estrellarse de nuevo con los tribunales. Un recorrido hacia ninguna parte que el alcalde asegura, con empecinado voluntarismo, que está trabajando para regularizar esas construcciones absolutamente ilegales pero, eso sí, parece que nadie le ha indicado que va justo en la dirección contraria de nuevo. Allá él y su equipo.

PRÓXIMA ENTRADA

EL MODELO DE NEGOCIO DEL PLAN VIVE: LA ENTREGA ABSOLUTA A LAS EMPRESAS CONSTRUCTORAS

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viernes, 6 de febrero de 2026

CASO PLAZA DE ESPAÑA: EL TS TAMBIÉN INADMITE EL RECURSO DE CASACIÓN DEL AYUNTAMIENTO CONTRA LA SENTENCIA DEL TSJM QUE ANULA EL PLAN ESPECIAL

 



NUEVA CRÓNICA URGENTE DE JUZGADOS

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EL TS TAMBIÉN INADMITE EL RECURSO DE CASACIÓN DEL AYUNTAMIENTO CONTRA LA SENTENCIA DEL TSJM QUE ANULA EL PLAN ESPECIAL: LA ANULACIÓN YA ES FIRME TAMBIÉN

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Por Providencia del 4 del presente mes y de la misma sección de admisión de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, se inadmite también el recurso de casación que el Ayuntamiento había interpuesto contra la sentencia del TSJ de Madrid de julio de 2025, por la que se anula el denominado Plan Especial de reordenación de la UE-1 y adheridos. Es decir, del plan que trataba de dar cobertura legal a la actuación completa de plaza de España por parte de la mercantil PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL.  




Esta resolución del Alto Tribunal zanja también definitivamente este intento fraudulento del Ayuntamiento, de tratar de legalizar por la puerta de atrás todas las ilegalidades perpetradas en la actuación urbanística en el corazón mismo de la ciudad y del Conjunto Histórico. Efectivamente, una vez que Corpa y su equipo de gobierno conocieron que las licencias concedidas habían sido anuladas por, entre otras razones, haber sido otorgadas sin la publicación del Plan Especial aprobado en diciembre de 2009, decidieron publicarlo como es preceptivo, pero quince años más tarde. El día 6 de agosto de 2024 en plenas vacaciones para ver si pasaba desapaercibido. Pero no fue así: el Plan Especial publicado tan extemporáneamente y en plena canícula veraniega, también era nulo de pleno derecho por, entre otras cosas, corresponder su aprobación a la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid y no al Ayuntamiento, dado que, entre otras cuestiones, dicho Plan Especial modifica también el Catálogo de Bienes Protegidos del PGOU. Tanto el Plan Especial como el Proyecto de Reparcelación ahora ya definitivamente anulados, fueron aprobados con el voto favorable del alcalde Corpa.

UNA GIGANTESCA INFRACCIÓN URBANÍSTICA ILEGALIZABLE

La firmeza de las sentencias del TSJM anulando los acuerdos de la Junta de Gobierno Local por los que fue arobado el Proyecto de Reparcelación de la UE-1, así como su norma de cobertura, el Plan Especial, deja toda la actuación de la plaza de España en la más absoluta ilegalidad desde el primer ladrillo hasta el último. Es metafísicamente imposible legalizar ni una sola de las actuaciones llevadas a cabo en la UE-1, quedando todo el equipo de gobierno en la más absoluta inoperancia porque, anulado el Plan Especial, nada de lo hecho puede salvarse.

Con el Plan Especial anulado y firme ya la setencia que lo acordaba, y el Proyecto de Reparcelación también anulado por no ajustarse a derecho, unido a la nulidad de también de las licencias de obras otorgadas, TODA la actuación resulta imposible de legalizar por razones obvias, ya que ni los instrumentos de planeamiento son legales ni tampoco lo son los instrumentos de gestión e incluso las propias licencias. El combo es completo e imposible de legalizar, salvo por la demolición. Quien no entienda esto está en la luna.

¿Y AHORA QUÉ?

Tranquilos que, como no sabemos qué hacer, ya hemos creado una Comisión Informativa de Plaza de España para diluir en ese órgano inútil la responsabilidad compartida incluso con la oposición, así el fracaso será repartido.

jueves, 5 de febrero de 2026

CASO PLAZA DE ESPAÑA: EL SUPREMO INADMITE EL RECURSO DE CASACIÓN DEL AYUNTAMIENTO

 



CRÓNICA URGENTE

EL TS INADMITE EL RECURSO DE CASACIÓN INTERPUESTO POR EL AYUNTAMIENTO CONTRA LA SENTENCIA DEL TSJM QUE ANULÓ EL PROYECTO DE REPARCELACIÓN

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EL PROYECTO DE REPARCELACIÓN DE LA UE-1 ES YA NULO EN FIRME

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Por Providencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo dictada el día 4 de febrero de 2026, se ha acordado inadmitir el Recurso de Casación interpuesto por el Ayuntamiento contra la sentencia de 26 de abril de 2025 del TSJ de Madrid, por el cual se anulaban los tres acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local de 3 y 29 de julio de 2009 y de 22 de diciembre de 2011. En los dos primeros acuerdos participó el alcalde Corpa votando favorablemente.

Finaliza aquí pues una larga peripecia que se inició por nuestra asociación nada menos que en el año 2017, y que ha durado casi nueve años contra el más graves de los atropellos a la legalidad en la actuación urbanística de la conocida como UE-1 de la plaza de España. Esta Providencia del TS por el que se inadmite el recurso del Ayuntamiento pone fin a la peripecia judicial, e impone ahora su ejecución con todas las consecuencia de todo tipo que ello supone y que tendrá que ejecutarse en los próximos meses.

¿QUÉ CONSECUENCIAS TENDRÁ EL CUMPLIMIENTO DE ESTA SENTENCIA UNA VEZ FIRME?


Las consecuencias que el cumplimiento de esta sentencia tendrá sobre el caso plaza de España serán enormes, y no solo en el ámbito administrativo sino también en el penal. De momento, el Ayuntamiento se verá obligado a aprobar lo que se conoce como una reparcelación inversa haciendo aflorar de nuevo las fincas agrupadas ilegalmente en su día mediante este Proyecto de Reparcelación absolutamente ilegal, y reponiendo registralmente esas fincas previa anulación de las fincas resultantes que, en el mes de septiembre de 2023, fueron vendidas al Ayuntamiento. Dicha compraventa también será anulada por razones obvias.

Como es sabido y hemos denunciado en numerosas ocasiones, los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local en julio de 2009, fueron aprobados por unanimidad de los asistentes entre los que encontraba presente el actual acalde Corpa, y por el cual se hallan procesados penalmente el exalcalde Setién y el exconcejal de urbanismo Martínez. Esos acuerdos incurrían en numerosas infracciones, una de las más graves resulta ya irreversible: la desaparición del parcelario histórico.



Aquí vemos al alcalde Corpa anunciando a bombo y platillo el desbloqueo del caso plaza de España. Uno más de los muchos bulos que se han hecho circular desde el equipo de gobierno sobre este asunto y que, ahora, por la empecinada actitud municipal se hallan en un verdadero callejón sin salida.

Nuestra asociación celebra que, por fin, quede firme y sancionado por los Tribunales este formidable atropello a la legalidad perpetrado por el Ayuntamiento y, a partir de ahora, quede restablecida la legalidad en una de las actuaciones más bochornosas y graves que se recuerdan en materia de urbanismo municipal. Han sido muchos años de sinsabores y de ataques recibidos de estos políticos que, como queda muy patente, o no sabían lo que votaban o estaban en la creencia de que la legalidad eran sus votos y mayorías. Lástima no obstante que no todos los irresponsables que intervinieron se hallen procesados también. Pero todo se andará.

EL AYUNTAMIENTO NO PAGA LO QUE DEBE

En esta rtesolución del TS de nuevo se condena al Ayuntamiento en costas. Al igual que sucediera en las resoluciones del mismo tribunal de diciembre de 2024. Sin embargo, a pesar de existir las correspondientes tasaciones de costas desde hace mucho tiempo por importe de cerca de unos 15.000 euros, a estas fechas no solo han incumplido las resoluciones judiciales que ordenan el pago de las mismas, sino que también incumple la Ley Antimorosidad, retrasando meses y meses el pago de estos importes que, por definición, son líquidas y exigibles. Llegados a este punto hemos pedido a los juzgados el embargo de los bienes municipales. Es muy lamentable que tengamos que recurrir a esto, pero así funciona este equipo de gobierno.

lunes, 22 de diciembre de 2025

EL PLENO CREA UNA NUEVA COMISIÓN QUE YA ESTABA CONSTITUIDA HACE MUCHO TIEMPO

 



SI QUIERES QUE ALGO NO FUNCIONE CREA UNA COMISIÓN

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El pasado día 19 de septiembre de 2025 se celebró una sesión plenaria pedida por el Grupo Municipal Popular, con objeto de que el equipo de gobierno informara a los concejales acerca de las sucesivas sentencias de nulidad dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid respecto del caso plaza de España. 

Previamente, el día anterior 18 del mismo mes y en la sesión ordinaria también del pleno, en su punto del orden del día nº 14 tuvo lugar una moción suscrita tanto por Más Madrid-SFH como por el Grupo Municipal Socialista para: 

14.Aprobación, si procede, de la proposición conjunta presentada por Dª. Leticia Martín García, portavoz del Grupo Municipal Socialista y Dª. Ana Isabel Luque Morales, concejala del Grupo Mixto por la candidatura de Más Madrid-SFH, para la defensa del interés general en conservar y proteger el conjunto de Plaza de España.

En este caso, acordaron crear una comisión informativa especial para tratar el conocido como caso plaza de España. Hay que decir que esta es la segunda vez que se crea dicha comisión especial constituida ya hacia el año 2014 con la misma pretensión que esta de ahora, pero cuyo fracaso es muy obstensible dado que ahora se ven obligados a crear otra con los mimos objetivos: hacer creer al personal que hacen algo. Es conocido el dicho que proclama la inutilidad de la burocracia administrativa y que dice que, si quieres que algo no funcione, crea una comisión. Bueno, pues eso, fracasaron estrepitosamente con la primera a la vista del resultado y, no escarmentados, crean de nuevo otra pero que es la misma. Pues nada, que siga la fiesta porque, cada vez que esta comisión se reúna, es pasta para sus asistentes que paga el contribuyente.

Cabe decir que la constitución de la anterior comisión especial de Plaza de España, no impidió en absoluto:

- Que hasta seis veces el Tribunal Superior de Justicia de Madrid haya acordado la nulidad de pleno derecho de otros tantos acuerdos, actos o disposiciones relacionados con la actuación urbanística de la conocida como plaza de España, incluidas las licencias de obras

- Que, asimismo, haya hasta seis causas penales abiertas en diferentes juzgados en dos de ellas ya pendientes de señalar juicio

- Que, de la misma forma, el TSJ de Madrid pero ahora la sección de expropiaciones, haya dictado casi sesenta sentencias firmes (la última muy reciente), por las que de forma unánime en todas ellas se condene al Ayuntamiento por responsabilidad patrimonial a pagar gravosísimas indemnizaciones a los socios privados de la mercantil mixta, por ocupacion ilegal de sus fincas

-Una actuación urbanística, la más emblemática, paralizada y en trance de su inevitable demolición por ser toda ella un monumento a la ilegalidad y con un agujero patrimonial ya causado próximo a los 100 millones de euros pero, eso sí, SIN QUE EXISTA UN SOLO RESPONSABLE DE ESTE DESASTRE

Es como si esta calamidad de gestión la hubieran perpetrado unos extraterrestres, y que tiene su continuidad con la etapa del alcalde Corpa incapaz de dar respuesta a lo que él mismo contribuyó a ejecutar pues no envano lleva casi veinte años en la Corporación. Y sin que tenga tampoco la más mínima idea de cómo afrontar este formidable embrollo judicial y urbanístico que él mismo ha contribuido a crear pero por lo que pretende no dar explicaciones a nadie y mucho menos hacerse responsable de nada.

Si todo lo anterior ha sucedido con una Comision Especial constituida desde 2014, imagínense lo que va a suceder ahora con otra Comisión Especial pero, en este caso, para la ejecución de las sentencias encima. Qué Dios mos coja confesados.

CUANDO LOS PIRÓMANOS SE VISTEN DE BOMBEROS



Aquí vemos al hoy alcalde Corpa supervisando las obras cuando era concejal de cultura  y formaba parte del entonces equipo de gobierno (finales de 2011) rodeado de investigados pedientes de juicio por esto mismo. El señor Corpa había tenido ocasion de ponunciarse sobre tres acuerdos que luego el TSJ de Madrid ha declarado nulos de pleno derecho: los correspondientes al Proyecto de Reparcelación en el seno de la Junta de Gobierno Local a la que pertenecía los días 3 y 29 de julio de 2009, y respecto del Plan Especial también declarado nulo de pleno de derecho por el TSJ de Madrid, y votado por él mismo favorablemente en sesión del pleno de 2 de diciembre 2009 pervio rechazo a nuestras alegaciones que advertían ya de su ilegalidad. Para entonces, ya nuestra asociación había pedido la revocación de las licencias por ilegales mediante escrito de 2 de septiembre de 2010. Nunca contestaron ni resolvieron nada continuando adelante con los faroles porque se creen eso: impunes.

Resulta ciertamente escandaloso que, quienes por acción o por omisión hayan permitido llegar a esta situación con plena complicidad y, como es el caso del alcalde Corpa, con su plena participación también en buena parte de los hechos, se presenten ahora como los que van a salvar la integridad del patrimonio histórico tras las salvajadas perpetradas que lo han arrasado y, además, pretendan hacerlo en el nombre del interés general que ellos mismos han contribuido a infringir descaradamente como si ese concepto jurídico indeterminado fuera un chicle que sirve tanto para un roto como para un descosido. 

Hace falta mucho morro para que, quienes no solo no impidieron todos los tremendos atropellos a la legalidad urbanística sino que contribuyeron activamente a ejecutar esta monstruosidad, ahora se presenten como los salvadores de la demolición plena de una actuación urbanística que no hay por donde cogerla, por cuanto que TODA la actuación ha sido literalmente arrumbada por los tribunales y ya es demasido tarde para rectificar porque, entre otras barbaridades, alguna de las resoluciones anuladas es ya irreversible para el patrimonio histórico. 

De ahí que solo acertemos a ver con estupor que, con acuerdos como esos de los días 18 y 19 de septiembre de 2025, sobrevuele la idea de que lo ejecutado ilegalamente y con sentencias firmes de nulidad de las licencias, pretenda ser burlado aprobanado un nuevo PGOU que eluda el cumplimiento de las sentencias. Algo que ya intenteron en Marbella y fue tumbado por el Tribunal Supremo. No parece desde luego que hayan aprendido nada ni siquiera en cabeza ajena.

UN CONCEJAL A MEDIA JORNADA PARA ABORDAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS
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Santos Rozalen, flamante concejal de Planficación de la Ciudad y Desarrollo Sostenible (de urbanismo de toda la vida), resulta ser que ha sido desginado (no se sabe por quién), como el responsable encargado de la ejecución de las dos sentencias firmes ya del TSJ de Madrid, incluida la de la nulidad de las licencias. Tiene dedicación a media jornada porque la otra mitad la dedica a ejercer de abogado y atender otras dos sociedades mercantiles y una asesoría en Coslada. Es decir, goza de una más que presuntamente irregular compatibilidad que el propio alcalde propuso y votó al inicio del mandato. Además, ejerce también de abogado del alcalde Corpa y otros concejales en sus campañas coactivas contra nuestra asociacion mediente la compulsiva interposición de querellas y otras iniciativas judiciales para conseguir nuestro silencio. Así, asistió como letrado del alcalde al juicio celebrado el pasado 30 de mayo en el Juzgado número 3 de Coslada contra nosotros y que se celebró a las 9 y 30 horas de la mañana. Algo que la ley no permite. Sus explicaciones dadas en las sesiones plenarias de 18 y 19 de septiembre sobre el caso plaza de España, han estado presididas por su falta de rigor, no poco desconocimiento de lo que maneja y, en algunos casos, simplemente son falacias. Dado que la oposición no parece que acierte precisamente en su labor de control al equipo de gobierno sino más bien todo lo contrario, aceptando sumisamente explicaciones ciertamente inconcebibles, es por lo que nos vemos obligados a salir al paso de algunas de las más groseras ya que es imposible hacerlo de todas las manifestaciones hechas por este señor que ha aceptado constituirse en el brazo ejecutor de las sentencias en nombre del Ayuntamiento y, por ello, quien ha de proceder a demoler lo ilegalmente construido. Vamos a ver pues algunas de las más inconcebibles afirmaciones hechas por él en ambas sesiones:

PUNTO 14 DEL PLENO DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 2025
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EL MANTRA DE LOS FONDOS BUITRES

El concejal a media jornada Rozalén interpelado por el portavoz de Vox apelando a su condición de jurista en una de las sesiones, comienza su perorata ya faltando a la verdad descaradamente afirmando de entrada que se han dado pasos (se supone que por el Ayuntamiento), para evitar que los inmuebles levantados en la actuación de plaza de España, caigan en manos de los fondos buitres.

Este mantra repetido una y otra vez por el equipo de gobierno para justificar la absurda (e ilegal) compra de los activos de la mercantil PESF al Administrador Concursal, constituye ciertamente una de esas afirmaciones absolutamente falaces que mueven a la indignación. Porque, los fondos inversores serán buitres, pero no son tontos.


Al parecer y según contó el representante del fondo, había sido la propia Bankia quien les había sugerido se pusieran en contacto con nosotros para conocer de primera mano la situación judicial de las actuaciones urbanísticas que se habían llevado cabo, por cuanto que la entidad financiera, personada en el procedimiento contencioso del Proyecto de Reparcelación, le había comunicado al fondo inversor la existencia de varios recursos interpuestos por nosotros donde poníamos en cuestión la legalidad de nada menos que el Proyecto de Reparcelación. Querián pues conocer la situación y en qué fase se hallaban esos procedimientos. Así, hacia el mes de septiembre del año 2020, se puso en contacto con nuestra asociación un representante de una filial del fondo inversor KING STREET CAPITAL con sede en Londres, interesado en la posible compra de los activos de la mercantil PESF en la actuación de la UE-1. En aquellos momentos estaba en plena negociación la adquisición de Bankia por Cixabank y esta le había exigido a entidad madrileña que, peviamente, se deshiciera de varios activos tóxicos entre los que se hallaba el fallido de plaza de España.

Las condiciones económicas presentadas al fondo por parte de Bankia para la adquisición de los activos de PESF en concurso de acreedores, eran exactamente las mismas que luego, en septiembre de 2023, le ofrecieron al Ayuntamiento; las mismas. Sin embargo, bastaron un par de conferencias celebradas por zoom y algunos intercambios de correo para que el fondo inversor conociera de primera mano la situación y los riesgos que, ciertamente, entrañaba la operación por cuanto que entendían que un posible fallo muy probable por parte de los tribunales respecto de los recursos interpuestos, podían suponer una catástrofe. Y, como no lo vieron claro, renunciaron a la compra de esos activos por esa razón y así se lo comunicaron a Bankia.

Un año después, en septiembre de 2021, el responsable de la entidad que agrupa una serie de cooperativas de viviendas y ligadas a la izquierda denominada CONCOVI, se puso también en contacto con nosotros para tratar de conocer de primera mano nuestra posición respecto de los recursos contenciosos que teníamos interpuestos contra las resoluciones municipales respecto de la actuación. En este caso, además, el responsable de la entidad cooperativa interesada póximo a Podemos, nos indicó que había mantenido alguna reunión con el alcalde Corpa y este se había ofrecido incluso a comprarle el aparcamiento subterráneo pues, según ellos, solo tenían interés en las viviendas y los locales.

En ese caso bastó una sola entrevista y un par de llamadas telefónicas para que dicha entidad sin ánimo de lucro, eso dicen ellos al menos, se desentendieran de la operación por cuanto que, al igual que el fondo inversor londinense, entendían que la entidad bancaria (ya entonces era Caixabank), trataba de liarlos en una operación muy atractiva económicamente pero muy enrevesada desde el punto de su viabildiad práctica por los problemas judiciales. Vamos, que, al igual que los responsables del fondo no veían el horizonte legal precisamente despejado, razón por la cual, también desistieron del intento de adquirir los activos.

Por lo tanto, falta a la verdad el concejal y el alcalde Corpa con la matraca de que la compra de los activos de PESF, había evitado la adquisición de los mismos por parte de fondos de inversión buitres, por cuanto que, como pudimos comprobar personalmente, ni los fondos ni las cooperativas vinculadas a la izquierda, tenían interés alguno en comprar un formidable lío urbanístico con pronunciamientos pendientes por parte de los tribunales, lo que les llevó a desistir de su adquisición en condiciones iguales a las que un año después ofrecieron al propio Ayuntamiento. Pero con una gran diferencia, allí donde fondos y cooperativas de viviendas vieron un riesgo cierto, el Ayuntamiento no las vio venir a pesar de hallarse personados en todos y cada uno de los procedimientos contenciosos. 

Si el CEO o el responsable de adquisiciones del fondo inversor o el responsable de las cooperativas, hubieran adquirido los activos de la sociedad a sabiendas de la existencia de recursos judiciales contra los actos y acuerdos municipales, les habrían cortado la cabeza en ambos casos. Sin embargo, el Ayuntamiento predidido por elcalde Corpa picó el anzuelo y, teniendo muchísima más información que los otros interesados, se lanzaron a la piscina cuando no había agua. Y, con la evidencia de que los 21,5 millones de préstamo del ICO y ya fuera del plazo de carencia, se ven obligados ahora a amortizar a sabiendas de que, lo que realmente han comprado es una monumental y gigantesca infracción urbanística y cuyos activos comprados incluso con la implicación del gobierno central (al menos así lo han anunciado), están destinados a su demolición pura y dura.

Esta es la verdad, y no la milonga que dicen de evitar la adquisición por fondos de inversión que, como se dice, al menos los que contactaron con nosotros deisistieron directamente de adquirirlos al menos hasta que se pronunciaran los tribunales al respecto. Ya lo han hecho y los fondos eludieron el fiasco y el riesgo; el Ayuntamiento, sin embargo, metió de pleno la cabeza en el embrollo, lo que les va a costar otra buena millonada de euros a los contribuyentes.

NUESTROS PARTICULARES GENIOS DE LAS FINANZAS


Ya hemos visto que ni los fondos de inversión ni las cooperativas de viviendas querían entrar en la operación que, tanto Bankia como luego Caixabank, le ofrecieron en condiciones económicas exactamente iguales a las que luego le ofrecieron al Ayuntamiento un año más tarde. El doce de septiembre de 2023 el alcalde Corpa firmaba la escritura de compraventa junto con el Administrador Concursal y los apoderados de Caixabank. Y al día siguiente, convocaban eufóricos una rueda de prensa y decían esto:


Bajo el titular "Solución al problema de Plaza de España", los tres genios de las finanzas locales afirmaban haber terminado con el problema de plaza de España mediante la gestión "desde lo público", e insistían ahora ya en el doble mantra: el miedo a los fondos buitres y la rebaja de la deuda municipal. Ambos absolutamente falsas.

Ya hemos visto cómo los fondos de inversión rechazaron absolutamente entrar en la operación (en las mismas condiciones económicas que las ofrecidas al Ayuntamiento) y la Confederación de Cooperativas próximos a las organizaciones de la izquierda también lo rechzaron. En ambos casos porque recabaron los detalles de los pleitos judiciales de los que previamente habían advertido las entidades financieras. Sin embargo, el Ayuntamiento, que, por razones obvias, era quien más información tenía de esos asuntos pues no en vano estaba personado en todos ellos, incumpliendo la ley incluso pues se establece que, antes de adquirir cualquier inmueble, el Ayuntamiento ha de depurar la situación física y jurídica de los mismos, se lanzó irresponsablemente a la compra de unos activos que estaban bajo cuestión en varios procedimientos judiciales. Y aquí los tenemos, insistiendo incluso a día de hoy en el mismo mantra solo apto para adictos: hemos metido la pata pero lo hicimos con vuestro dinero y en nombre del interés general. Si los ejecutivos del fondo hubieran comprado esos activos y ahora estuvieran en la situación de tener que demolerlos hubieran sido despedidos. Otro tanto hubiera ocurrido al responsable de las cooperativas si hubiera aceptado la oferta de Caixabank. Pero si quien compra esta ruina inmobiliaria resultan ser estos políticos presentándose con esta operación a sí mismo como verdaderos genios de las finanzas,  el resultado es que incluso las millonarias pérdidas que tendrán que consignar en los próximos Presupuestos 2026 por la demolición obligada, lo han hecho en el nombe del interés general. Y es que, los otros se jugaban el dinero propio y el riesgo lo tenían que pagar los inversores o los cooperativistas, pero en el caso del Ayuntamiento, no juegan con su dinero; juegan con el de todos los contribuyentes. Y así todo queda diluido en el marasmo de una gestión que de pública no tiene nada, más bien de jugadores de ventaja apostando a la ruleta con el dinero de los demás.

PROXIMA ENTRADA

REFUNTANDO FALACIAS DEL EQUIPO DE GOBIERNO SOBRE EL CASO PLAZA DE ESPAÑA (II)

sábado, 13 de diciembre de 2025

CRÓNICA JUDICIAL: LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID TAMBIÉN RECHAZA LA APELACIÓN DEL ALCALDE CORPA CONFIRMANDO LA ABSOLUCIÓN

 



LA AP DE MADRID RECHAZA LA APELACIÓN DE ALCALDE CORPA Y CONFIRMA LA ABSOLUCIÓN DEL PRESIDENTE Y EL SECRETARIO DE LA ASOCIACIÓN DE DELITOS DE CALUMNIAS E INJURIAS

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El pasado mes de mayo se celebró el juicio en el Juzgado nº 3 de lo Penal de Alcalá de Henares por querella presentada por el alcalde Corpa contra el presidente, el secretario y la propia asociación por delitos de calumnias e injurias vertidas contra él en varias entradas de este blog los días 12 y 14 de mayo de 2022. Pedía penas de prisión así como una indemnización de 20.000 € por supuestos daños morales.

El Juzgado nº 3 no dudó en dictar sentencia de forma contundente y muy rápida, absolviendo con todos los pronunciamientos favorables a ambos, así como a la propia asociación por cuanto que el alcalde Corpa no había podido acreditar que no fueran ciertas las imputaciones que se hacían al respecto en las entradas referidas.

El alcalde, asesorado por quien resulta ser actual concejal de urbanismo, decidió apelar dicha resolución ante la Audiencia Provincial alegando error en la apreciación de las pruebas por parte de la señora magistrada del Juzgado 3 de Alcalá de Henares. Sin embargo, la correspondiente sección de la Audencia Provincial constituida por tres magistrados ha dictado una rápida sentencia el pasado 28 de noviembre de 2025, rechazando el recurso de apelación del alcalde Corpa y confirmando la del Juzgado 3 de Alcalá de Henares de absolución del presidente y del secretario de la asociación de todos los cargos y con todos los pronuncimientos favorables.


LAS TRIBULACIONES DE UN ALCALDE CON EVIDENTES HÁBITOS POLÍTICOS PREDEMOCRÁTICOS

Que al alcalde Corpa no le gustan las críticas es muy evidente y ha dado muestras de ello en numerosas ocasiones. En ese sentido, cree que las críticas a su gestión por parte de quienes, como es el caso de nuestra asociación, no le bailan el agua ni a él ni a nadie, son siempre injuriosas o calumniosas porque su gestión de la cosa pública ya en el gobierno ya en la oposición (no olvidar que lleva en el Ayuntamiento 2007; es decir, 20 años cuando acabe este mandato) es cuestión vetada a la crítica. Tiene tan alto concepto de sí mismo, que considera un agravio personal cualquier crítica, sobre todo la realizada con conocimiento de la opinión pública que es lo que realmente le molesta. No que la crítica sea certera o no, sino, sobre todo, que se haga llegar a la opinión pública.

En ese sentido, ha dado pruebas más que fehacientes y contumaces de ser un pólitico con la piel muy fina y presto siempre a amanezar a sus críticos con acciones judiciales. Confunde así un régimen democrático donde la libertad de expresión afortunadamente está protegida y muy especial cuando se realiza para poner en cuestión conductas de los políticos, y sin que se admitan injerencias intolerables en un régimen democrático y libre, con un régimen totalitario.

La suya, su concepción de esa libertad de expresión, es claramente predemocrática porque lo que le gusta es vivir en un régimen donde toda opinión sobre la gestión crítica de los políticos y desde luego de la suya, está siempre amenzada por acciones judiciales hechas de forma arrogante y con todo el aparato institucional a su servicio. Los poderes públicos, sin embargo, están sujetos a la ley y al derecho y no hay; no debe haber, espacio alguno para la impunidad y mucho menos a costa de amenazar y acosar a los críticos con penas de prisión e indeminizaciones exorbitantes, con la finalidad de domesticar y someter al silencio a los medios y sus organizaciones que no se resginan a callar y silenciar sus atropellos. Casi siempre por cierto soportados por decisiones administrativas luego anuladas por los tribunales, como es el caso de lo sucedido con la actuación urbanística de plaza de España, en la que él ha tenido amplio protagonismo con decisiones y votaciones luego anuladas judicilamente.

Hemos aguantado pues con decisión y sin titubeos la presión coactiva que una intervención judicial desplegada tras una querella donde se nos pedía nada menos que penas de prisión e indemnizaciones desproporcionadas, porque sabíamos que teníamos razón y que nos amparaba la ley en este ataque inusual y nunca visto a lo largo de la vida demócratica del Ayuntamiento desde 1979. 

Nunca jamás había tenido lugar semejante ataque a la libertad de expresion por parte de ningún edil desde que el Ayuntamiento celebró sus primeras elecciones hasta hoy. Solo el carácter intolerante de un alcalde cuyos fundamentos democráticos no parece que sean su fuerte, ha roto esa tradición por parte de los alcaldes que le antecedieron en el cargo. Sí bien no le faltaron tampoco rifirrafes con la alcaldesa Catalina incluso en la oposición del señor Corpa, en esa compulsiva conducta de amenzar con querellas y denuncias a quien simplemente ose realizar cualquier crítica a su gestión. Hemos pues aguantado este embate antidemocrático y abusivo por parte de quien debería dar muchas explicaciones y no parece que vaya a hacerlo voluntariemente ni tampoco a pedir disculpa alguna, pero no vamos a poner la otra mejilla en absoluto. Al contrario, este espaldarazo de la justicia nos afianza mucho más en la lucha que mantenemos contra el estado de cosas en San Fernando de Henares, donde, como se ha demostrado en el caso plaza de España, cualquier actuación acorde con la legalidad resulta pura coincidencia.

EL TIRO POR LA CULATA

El alcalde, asesorado como se dice por su hoy concejal de urbanismo a media jornada porque compatibiliza el cargo con el ejercicio profesional de la abogacía y otras asesorías y de las que nos encargaremos en breve, quiso obtener una suerte de resolución absolutoria en su actuación y protagonismo en el trámite de aprobación del proyecto de reparcelación de la UE-1, cuyos acuerdos ilegales han sido sancionados por el TSJ de Madrid y por lo que van a ser procesados el ex alcalde Setién y el concejal Martínez, en una causa ya solo pendiente de juicio. Y pretendía obtenerla así por la vía torticera indirecta de una condena nuestra que él reputaba de calumniosa y que no era otra cosa que una imputación que ya le hacíamos reiteradamente mediante denuncias y pruebas que obran en los Juzgados, de su participación también en los mismos hechos presuntamente delictivos al votar repetidamente acuerdos de aprobación del Proyecto de Reparcelación que ahora el TSJ de Madrid ha anulado por ilegales.

Su obsesiva y repetida amenaza contra quienes le acusan de esas votaciones ilegales y presuntamente delictivas del Proyecto de Reparcelación, no tenían por finalidad la denuncia de actos en los que sabía perfectamente había participado, sino en el simple hecho de que se dieran a cononcer. Su creencia de que si obtenía una sentencia favorable que condenara a los directivos de la asociación y a la asociación misma, le permitiría presentarse como inocente de los presuntos hechos delictivos a pesar de saber que había participado en los mismos así como la de dar un escarmiento a sus críticos, le llevó a esta aventura que ha acabado estrepitosamente para él porque, independientemente de las reclamaciones que interpondremos ahora nosotros, ha tenido que comparcer en sede judicial para reconocer palmariamente que sí, que participó en dos de los acuerdos ilegales y por lo tanto incurrió en las mismas conductas que Setién o Martínez. El hecho pues de que no vaya a ser juzgado por ello de momento no es porque no participara en los mismos, exactamente los mismos hechos que ambos colegas de la Junta de Gobierno Local, sino porque la Fiscalía, en un alarde de negligencia, olvidó cumplir sus propias diligencias pues el Instructor había autorizado que fuera llamado a declarar en calidad de investigado.

Momento del juicio en el que el alcalde Corpa se ve obligado a reconocer que participó en los hechos sin que, incluso en esta declaraciòn como testigo que le obliga a decir la verdad, dejara también de buscar eludir su responsabilidad al alegar que quienes tenían la obligación de publicar los acuerdos eran los funcionarios municipales. Cosa que es radiclamente falsa, pues la Junta de Gobierno Local a la que perteneció entre junio de 2007 y junio de 2011, constituida al amparo de un Decreto del Alcalde, tenía entre sus funciones no solo la de aprobar los instrumentos de gestión urbanística como los Proyectos de Reparcelación, sino también la de publicar sus acuerdos. Hasta en estos asuntos tan facilmente comprobables se permite faltar a la verdad incluso en sede judicial endosándole la responsabilidad a los funcionarios municipales.

CASO PLAZA DE ESPAÑA: EL ESPERPENTO QUE NO CESA

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EL AYUNTAMIENTO PRETENDE QUE LA DEMOLICIÓN DE LO ILEGALMENTE CONSTRUIDO EN LA ACTUACIÓN DE PLAZA DE ESPAÑA LA PAGUE LA ASOCIACIÓN

El último movimiento del Ayuntamiento respecto del contencioso de la demolición ya en fase de ejecución forzosa de la sentencia firme del TSJ de Madrid, consiste en interponer un Recurso de Apelación contra el Auto de despacho de ejecución del Juzgado 7 de lo CA de Madrid, admitiendo que acata la sentencia pero que la demolición de lo ilegalmente construido, que es todo sobre y bajo rasante, ¡corra por nuestra cuenta!

Ciertamente ya nada nos coge desprevenidos. O sea, que el más grave infractor conocido en toda la Comunidad de Madrid como es el Ayuntamiento de San Fernando de Henares, en una actuación donde todo, instrumentos de planeamiento, de gestion y licencias ha sido anulado por sus atropellos a la legalidad, y cuya inapelable demolición resulta ser la única forma que los Tribunales con unanimidad afirman es de restablecer la legalidad urbanística, hemos de pagarla nosotros que intervenimos en este asunto, precisamente, en condición de acción pública y por lo mismo plenamente legitimados para exigir el cumplimiento de la legalidad tanto en materia de urbanismo como de patrimonio histórico, tenemos que pagar la demolición de lo ileglamente construido en supuestos actos y disposiciones ilegales dictados temerariamente por el Ayuntamiento actuando con arrogante desprecio a las denuncias y avisos debidamente comunicadas en su momento. 

Cuando, sin embargo, podría haberse evitado todo esto cuando, instados los procedimientos contenciosos, en lugar de reconocer los hechos y buscar los acuerdos más favorables para restablecer la legalidad, se dedicaron a desafiarnos con empecinada contumacia como se infiere de este esperpento último consistente en reconocer las brutales ilegalidades cometidas, pero tratando de endosar las consecuencias a los denunciantes, nosotros, corriendo con el coste de restablecer la legalidad, es decir, la demolición total de lo ilegalmente construido. Las carcajadas van a sentirse en todo el TSJ de Madrid pues, entre los muchos pretextos de los infractores que conocemos en casos parecidos, hasta ahora a nadie se le había ocurrido semejante disparate. No hay duda ya de que este Ayuntamiento con su alcalde a la cabeza, en lugar de ejecutar la sentencia incluida la demolición si no quiere ser objeto de sanciones penales, está dispuesto, en su desesperación, a incurrir en estos disparates trantando de invertir la carga de la infracción no sobre quien la ha cometedio sino sobre quien la ha denunciado. Sinceramente, este Ayuntamiento merece más respeto y su población también y no asistir a estos dislates nunca vistos en los anales civilizados de la política local.

DEMANDAREMOS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO HISTÓRICO DE LA COMUNIDAD DE MADRID POR TENER PARALIZADO EN UN CANJÓN UN EXPEDIENTE SANCIONADOR CONTRA EL AYUNTAMIENTO DESDE 2014


Bartolomé González ex alcalde de Alcalá de Henares y actualmente Director General de Patrimonio Histórico

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Conocida la Sentencia del TSJ de Madrid dictada en julio de 2025 por la que era anulado el Plan Especial de reordenación de la UE-1 y adheridos, hemos podido comprobar que dicho Centro Directivo pudo incurrir también en grave responsabilidad en los destrozos que dicho Plan Especial ha podido favorecer por los graves atropellos a los valores históricos del BIC. La intervención de la Junta Local de Patrimonio Histórico unas horas antes del pleno de 2 de diciembre de 2009, en el que también intervino el alcalde Corpa, emitiendo informes por los que luego permitieron que el pleno municipal aprobara el Plan Especial a pesar de que no era competente para ello, como ha quedado señalado en la sentencia del TSJ de Madrid y que ha decretado su nulidad,  podía conllevar la corresponsabilidad también en los altos cargos de la Dirección General que participaron en dichos acuerdos de la Junta Local de Patrimonio Histórico. 
A mayor abundamiento, fue incoado un expediente sancionador contra el Ayuntmiento, por infracción muy grave del patrimonio histórico al ejecutar obras sobre el BIC que dicho Centro Directivo no informó preceptivamente por haberlo omitido el Ayuntamiento. Con fecha de septiembre pasado procedimos a pedir a D. Bartolomé González que levantara la suspensión del expediente sancionador contra el Ayuntamiento y lo ejecutara en todos sus términos por la sencilla razón de que la suspensión de su ejecución no puede basarse en la existencia de prejudicialidad penal por cuanto que, estando dicho expediente incoado contra el Ayuntamiento, es archiconocido que las administraciones públicas son inimputables penalmente. Por lo tanto, la suspensión del expediente sancionador ha de ser levantada y ejecutado plenamente y a la mayor brevedad. Así mismo le hemos pedido también los nombres y cargos de las personas que intervinieron en la tramitación del Plan Especial informando favorablemente el mismo unas horas antes de la celebración del pleno de 2 de diciembre de 2009. 

Parece ser que el flamante Director de Patrimonio Histórico no se da por aludido porque no se digna ni siquiera acusar recibo de nuestras denuncias, y que, ni levanta la suspensión ni tampoco nos facilita los nombres y cargos de las personas que informaron favorablemente los acuerdos de la Junta Local. No nos temblará la mano tampoco interponiendo las acciones judiciales necesarias contra los responsables de la Comunidad de Madrid que intervinieron también en todo este lamentable y desgraciado asunto del caso plaza de España. Ya lo verán.

sábado, 11 de octubre de 2025

LA DEMOLICIÓN, CADA DÍA MÁS CERCA



 



LA DEMOLICIÓN, CADA DÍA MÁS CERCA

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UN AYUNTAMIENTO EN REBELDÍA JUDICIAL

Mientras el alcalde Corpa sigue exhibiendo en digitales locales un desconocimiento oceánico de cuál es judicialmente la situación del caso plaza de España, y haciendo afirmaciones que son verdadera demostración de haberse constituido y arrastrado al Ayuntamiento a una situación de rebeldía judicial, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 7 de Madrid acaba de dictar dos resoluciones ayer mismo disponiendo que, dado el incumplimiento reneunte del Ayuntamiento a dar cumplimiento voluntario a la sentencia 231/2024 del TSJ de Madrid, procede acordar la ejecución forzosa disponiendo, en primero lugar, despachar orden general de ejecución en favor de nuestra asociación frente al Ayuntamiento, así como ordenar a la señora Letrada Judicial la notificación del inicio de la ejecución forozosa del cumplimiento de la sentencia quien, a su vez, notifica lo acordado por el Juzgado mediante Decreto al Ayuntamiento para que comience por disponer la nulidad de las licencias de obras sobre rasante y del aparcamiento subterráneo. Una ejecución foroza que, obviamente, entraña la demolición de lo ilegalmente construido.





Auto por el que el Juzgado despacha orden general de ejecución a nuestro favor y contra el Ayuntamiento de San Fernando de Henares







He aquí el Decreto por el que se le ordena al Ayuntamiento declare nulas las licencias de obras de la actuación de plaza de España. Es decir, el inicio para la inevitable demolición.


¿QUÉ ES LO QUE NO HA ENTENDIDO DE ESTA SITUACIÓN EL SEÑOR CORPA?
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Mientras uno de los juzgados ya ha dedicido que ante la inacción del Ayuntamiento para dar cumplimiento a la sentencia, procede adoptar las medidas necesarias para la ejecución forzosa del cumplimiento de la sentencia que no es, no puede ser otro que ejecutar la demolición de lo ileglamente construido, el señor Corpa va por ahí anunciando en los digitales locales adictos que la decisión de la no demolición y por lo tanto de la inejecución de la sentencia depende de su exclusiva voluntad. Como si el resablecimiento de la legalidad urbanística dependiera del infractor. Mostrando con ello un gran desconocimiento de la situación o simplemente faltando a la verdad a sabiendas y confundiendo e intoxicando al personal. 


Aquí, lo que dispone la Ley de Suelo de la Comunidad de Madrid en su artículo 202 en lo que constituye un verdadero mandato imperativo frente a las infracciones urbanística u otorgamiento de licencias ilegales que es una de las más graves.


Y aquí lo que dispone el Reglamento de Disciplina Urbanística del Estado en su artículo 52. 

¿Qué es lo que no entiende de esos artículos señor Corpa? Es sencillo, son mandatos indisponibles y, por lo mismo, excluye cualquier clase de discrecionalidad administrativa. Vamos, que eso no depende de usted sencillamente porque el Ayuntamiento está olbigado a restablecer la legalidad urbanística en el ejercicio de una potestad/deber y, por lo mismo, no puede eludir su aplicación porque la ley de suelo le impone a usted el ejercicio inexcusable y preceptivo de esa potestad deber. De modo que deje ya de faltar a la verdad y de confundir al presonal porque la demolición o no de lo ilegalmente construido no dependen ni de usted, ni del pleno y ni siquiera de nosotros, sino de la justicia contenciosa que es quien tiene reservada esa facultad sin ningún margen tampoco por cierto para eludirla.

TORRES MÁS ALTAS CAYERON

Aunque los casos más célebres de demoliciones por nulidad de licencias o de instrumentos planeamiento son el caso del Hotel El Algarrobico en Almería o de la urbanización de Valdecañas en Cáceres, lo cierto es que hay otros muchos casos que pasan desapercibidos y sobre los que se aplica exactamente la misma doctrina que en el caso plaza de España de San Fernando. Y que, sucesivamente iremos expondiendo porque, si bien es cierto que muchos de estos incidentes de ejecución derivan en años de pleitos por la oposición judicial de las administraciones fundamentalmente, no es menos cierto que casi ninguno de ellos consigue evitar la única forma de restablecer la legalidad urbanística infringida: la demolición.

Hoy, podemos ver el caso de las famosas Torres Gemelas de Benidorm o del Complejo Gemelo 28 (357 inmuebles distribuidos en dos torres, 168 viviviendas y 157 plazas de garaje).

 
Si bien es cierto que estos procesos son largos por el propio interés de las administraciones en alargar inútilmente estos procedimientos y por las indeminzaciones que hay en juego, lo cierto es que en casi todos ellos y más a raíz de la último modificación de la Ley de Jurisdicción Contenciosa, ya son pocos los casos en los que las construcciones con licencias anuladas se quedan sin demoler. Eso sí, en casi todos estos casos la reacción incial de la administraciones resulta ser la misma que la del alcalde Corpa, no se demolerá nada. Hasta que, recurso de inejecución tras recurso rechazado, se estrellan unanimemente con la implacable resolución judicial: la demolición es consecuencia ineluctable de la nulidad de las licencias. No hay alternativa alguna. Lo demás es vender humo para receptores muy crédulos.