miércoles, 13 de septiembre de 2023

CASO PLAZA DE ESPAÑA: SE CONSUMÓ EL ESPERPENTO (I)


 

EL ALCALDE CORPA COMPRA LA PLAZA DE ESPAÑA A PESF QUE LE REGALÓ EN EL AÑO 2009

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La noticia de este esperpento judicial no nos ha pillado de sorpresa. La solución hallada milagrosamente después de más de ocho años tiene unas claves oscuras (sin descartar tampoco que sean delictivas) que iremos desarrollando a lo largo del curso en una nueva plataforma informativa que estamos preparando, porque promete reeditar e incluso incrementar todos los atropellos a la legalidad que hemos visto y conocido a lo largo de esta procelosa e inconcebible actuación urbanística que culmina ahora con este esperpento. En un caso donde ya pensábamos que lo habíamos visto todo, pero no es así ya que la realidad supera todo lo imaginable y los atropellos se suceden uno tras otro en una huida hacia ninguna parte, pero ahora, eso sí, con la bendición del Juez concursal absolutamente entregado al constructivismo jurídico. 

Y un juez negacionista además porque es capaz de negar contra toda evidencia y contra la fe pública registral, que el espacio público de la plaza de España fuera aportado por el Ayuntamiento al capital social de la mercantil PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL.

Tendremos oportunidad de extendernos en los próximos días acerca de la inmensa barbaridad que acaba de perpetrarse en este asunto, una más, porque, sin duda, esta insólita solución avalada por el juez negacionista  será carne de juzgados en los próximos días y meses. Ahora, simplemente daremos unas meras pinceladas acerca de los atropellos que esta "mágica solución" ideada por Caixabank y ejecutada por el Administrador Concursal con la anuencia del Ayuntamiento y bendecida por el Juez Mercantil, y que supone un nuevo esperpento que añadir a los otros y, además, deja por el camino a no pocos perjudicados que se disponen ya a poner este caso en manos de la justicia penal. 

Las objeciones a la legalidad de este monstruoso último acontecimiento conocido ayer, bien pueden ser las siguientes:

i) Las administraciones públicas tienen rigurosamente prohibido por la Ley de Contratos de las AA. PP. contratar con mercantiles concursadas. El alcalde, el Administrador concursal y el Juez concursal se pasan esta prohibición por el forro.

ii) Los bienes demaniales ni se compran ni se vende porque son inalienables. El alcalde Corpa ha procedido a la compra de la finca registral número 31.183 donde se halla agrupada la plaza de España, que la ley dice sin embargo que es cesión obligatoria y gratuita al Ayuntamiento.

iii) El Ayuntamiento vino a reconocer por acuerdo plenario de 30 de diciembre de 2022, que no había desembolsado el capital social que le correspondía a la mercantil PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, y que asciende a nada menos que 11,169 millones de euros. La ley impide a los socios morosos realizar negocios jurídicos con la propia sociedad mientras no sea desembolsado el capital social. El Ayuntamiento, el Administrador concursal y el Juez concursal se pasan eso por el forro.

iv) En diciembre de 2011 y luego en enero de 2012, el Ayuntamiento fue objeto de una donación a título gratuito de un local y catorce plazas de garaje por el precio de 4,6 millones de euros de PESF. Sin embargo, ahora el alcalde Corpa compra esos activos a pesar de tenerlos donados, y el Administrador Concursal se los vende a pesar de no pertenecer ya a la concursada ni haber ejercido tampoco la retroacción sobre la donación referida.

v) Este caso, además, cuenta con unas medidas cautelares penales del juez de instrucción número 5 que impide la disposición de una serie de bienes demaniales y de cesión obligatoria y grutita que, sin embargo, el Ayuntamiento adquiere ahora onerosamente para cerrar así el círculo de este esperpento.

vi) Ni el Juez concursal ni el Administrador saben realmente qué activos venden, ya que, según el auto que lo autoriza, el Juez mercantil autoriza la venta de activos que no existen o que no pueden ser objeto de transacciones mercantiles de ningún  género.

En fin, estos son solo algunos de los más graves atropellos a la legalidad que pueden objetarse a esta increíble transacción mercantil, en lo que parece una invencible obsesión por redundar en un embrollo judicial provocado y perpetrado por quienes lo crearon en su día, y solo buscan atajos ilegales bendecidos por un juez inasequible a la realidad y dado al puro constructivismo jurídico laberíntico. Y que, inevitablemente, habrán de revisar otros jueces y otras jurisdicciones.

Seguiremos informando, si bien en breve desde otra plataforma informativa que estamos implementando y que comenzará,  previsiblemente, a primeros de octubre próximo.