LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL PRESENTA SU PLAN DE LIQUIDACIÓN
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Después de una prórroga y un retraso provocado por la negativa de las empresas constructoras a autorizar la entrada de los tasadores en los inmuebles, y previa petición de auxilio judicial, por fin el administrador concursal ha presentado su plan de liquidación de PESF SL, tal y como le ordenó el juzgado allá por mes de septiembre de 2014.
Y por primera vez viene a reconocer la AC en uno de sus escritos oficiales, que la realización de los activos no permitirá pagar los créditos de todos los acreedores, a la vista del saldo que arroja el informe de los tasadores del inventario de bienes y derechos de PESF SL. Es pues ya todo un avance que la AC se avenga a plasmar en uno de sus documentos que PESF SL no tenía un problema de liquidez como pretendían los anteriores administradores, sino un auténtico agujero patrimonial que nosotros ciframos cercano a los 46 millones. También los nuevos administradores de la sociedad mixta lo entendieron así y por ello solicitaron ellos mismos la liquidación.
UN CHEQUE EN BLANCO
El plan de liquidación de la sociedad presentado por la AC y al que ha tenido acceso El Molino, es un catálogo de los esquemas repetitivos de la ley concursal y por lo tanto de contenido legalista al uso, sin más objeto que formular una propuesta para que el juzgado otorgue a la AC un auténtico cheque en blanco para realizar los activos como le dé la gana. Si bien establece como primera opción la dación en pago de los inmuebles, una vez anuladas sus cargas hipotecarias y los embargos, a los primeros acreedores hipotecarios, es decir a BANKIA, a un precio que no puede ser inferior al 50 % del valor de tasación.
El resto de los bienes y derechos que prácticamente se reducen a los derechos de crédito que PESF SL tiene contra el Ayuntamiento por importe de 4,8 millones de euros (el Ayuntamiento es el mayor y casi único deudor de PESF SL y por lo tanto tendrá que pagar o será ejecutado), así como los créditos de las devoluciones de Hacienda, serán aplicados al pago de los créditos contra la masa que se elevan a nada menos que casi otros 4 millones, correspondientes al pago por alquileres de realojos, lucro cesante, etc. Los demás acreedores con créditos ordinarios o subordinados previsiblemente se quedarán sin cobrar. Las constructoras y el resto de los proveedores tendrán que esperar a las migajas del reparto si es que llegan, y razonablemente han de perder toda esperanza de cobro.
LA CALIFICACIÓN DEL CONCURSO
Cuando en unos días el juzgado dicte el correspondiente Auto aprobando el plan de liquidación, también ordenará la apertura de la fase sexta del concurso consistente en su calificación (una especie de juicio en el que ha de calificarse el concurso como fortuito o culpable), y en el que es de esperar que la AC (o las partes perjudicadas en su caso), pidan la calificación de culpable dadas las vicisitudes en la administración de la sociedad. En este caso los administradores de hecho o de derecho habrán de responder si finalmente se declara el concurso culpable, con su propio patrimonio frente al agujero patrimonial de la sociedad. No es descartable tampoco más bien todo lo contrario, que el propio Ayuntamiento sea declarado también responsable como socio dominante de la sociedad.
Por lo demás, estamos a la espera de que el Juzgado dicte el correspondiente Auto aprobando el plan de liquidación para conocer exactamente qué sucederá con la plaza de España y, en su caso, también con el aparcamiento construido bajo su suelo que como venimos manteniendo, es de titularidad pública al no haber sido desafectado por el Ayuntamiento. A la espera quedamos pues.
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