BANKIA SE PERSONA EN EL JUZGADO CONTENCIOSO
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Como venimos publicando, nuestra asociación presentó una demanda contenciosa contra la aprobación del Proyecto de Reparcelación que aprobó la Junta de Gobierno Local en el mes de julio de 2009, porque no fue sometido al preceptivo trámite de información pública y, entre otras cuestiones, porque incumple el Plan General de Ordenación Urbana. El Procedimiento Ordinario se sigue en el Juzgado 19 de Madrid de lo Contencioso.
Sorprendentemente, el Ayuntamiento se opone manteniendo la legalidad de los acuerdos a pesar de que no ha remitido al Juzgado los expedientes porque, según ellos, han desaparecido de los archivos municipales. Y aquí tenemos el primer disparate: ¿cómo pretende el equipo de gobierno defender la legalidad de unos acuerdos cuyos expedientes han desaparecido del Ayuntamiento?
Pero es que, además, en ese Proyecto de Reparcelación, entre otras barbaridades, está la madre del cordero de la plaza de España: un bien de dominio público que en dicho Proyecto le adjudica a una mercantil privada. Por esa razón pretendemos su nulidad.
En la peripecia de este Proyecto de Reparcelación del que pretendemos su nulidad, jugó un papel muy importante Bankia, puesto que el acuerdo adoptado por el consejo de administración de lo que entonces era Caja Madrid celebrado el 6 de junio, y en virtud del cual era aprobada la concesión del préstamo hipotecario de 54 millones de euros a PESF SL, contenía una serie de condicionalidades, entre otras, la de que la titular de los préstamos tenía que presentar un Proyecto de Reparcelación de la actuación antes de proceder a disponer de los préstamos.
Los responsables de PESF SL encargaron la redacción del Proyecto de Reparcelación al entonces arquitecto director de la obra y autor del proyecto de edificación, y lo presentaron a la Junta de Gobierno del día 3 de julio de 2009. Es decir, apenas veinte días después del acuerdo de Caja Madrid. Trataban pues de ganar todo el tiempo posible y comenzar las obras a la mayor brevedad. Además lógicamente de disponer del dinero lo antes posible. Estas prisas y el hecho de que los miembros del equipo de gobierno de entonces no quisieran que nadie perturbara sus planes corriendo el riesgo de que alguien alegara el Proyecto y descubriera además lo que estaban haciendo con la plaza de España, fue por lo que acordaron no someter el expediente al trámite de información pública. Cuestión esta obligada por todas las leyes del suelo y su reglamento; tanto la del Estado como la de la Comunidad de Madrid. Previsiblemente, por esta y otras razones, el Juzgado de lo Contencioso anulará estos acuerdos.
BANKIA SE PERSONA; PESF SL NO
Tanto Bankia como el Administrador concursal de PESF SL han sido debidamente notificados por tener un interés directo y legítimo en el caso. Sin embargo, el Administrador Concursal de PESF SL ha decidido no personarse a pesar de que está en juego todo el entramado registral propiedad de dicha sociedad, mientras que Bankia acaba de hacerlo hace dos días. Lo cual eleva la dimensión del caso, pues Bankia actúa en este caso en calidad de codemandada junto con la Administración, en este caso el Ayuntamiento.
La incorporación de Bankia en la causa es de enorme trascendencia, puesto que puede ser condenada junto con el Ayuntamiento. Hay que tener en cuenta que es el banco precisamente quien aceptó como garantía de las hipotecas que se constituyeron para los préstamos, una plaza pública y su subsuelo sin desafectar por citar solo algunos de los elementos que pueden llevar a Bankia a tener que asumir su corresponsabilidad junto con el Ayuntamiento.
Pronto sabremos pues qué hace el Ayuntamiento, pues en este caso tiene un plazo perentorio de seis días a punto de cumplir para contestar nuestra demanda tal y como ha sido emplazado por el Juzgado. Mucho nos tememos que el equipo de gobierno tomará la peor decisión; pero allá el equipo de gobierno.
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