LA AP DE MADRID RATIFICA LA CONDENA AL EX VICEALCALDE ALBERTO HONTECILLAS POR SENTENCIA DEL JUZGADO DE LO PENAL DE ALCALÁ DE HENARES
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LA AP DE MADRID RATIFICA LA CONDENA AL EX VICEALCALDE ALBERTO HONTECILLAS POR SENTENCIA DEL JUZGADO DE LO PENAL DE ALCALÁ DE HENARES
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LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID REVOCA EL AUTO DE ARCHIVO DEL JUZGADO 1 DE COSLADA A LA QUERELLA PRESENTADA POR NUESTRA ASOCIACIÓN Y ORDENA SEGUIR CON LA INSTRUCCIÓN
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Por Auto del pasado 25 de enero ahora comunicado, la sección tercera de la Audiencia Provincial ha revocado el Auto de archivo de enero de 2023 y ordena continuar con las instrucción de la causa penal abierta contra el Alcalde Corpa y otros más, a resultas de querella presentada por nuestra Asociación.
El Auto de la Audiencia Provincial de Madrid analiza y razona cada uno de los presuntos delitos que se le imputaban a los investigados entre los que se hallan el alcalde Corpa, el vicealcalde Hontecillas, el concejal David Moreno y el concejal Fernández Casar. Todos los hechos denunciados ocurrieron en el mandato pasado.
La discrepancia que aprecia la Audiencia Provincial respecto del Auto del Juzgado que revoca, es total. La AP concluye en su auto al contrario que la señora Instructora que, los hechos, de ser ciertos, podrían ser constitutivos de delitos de impedir el ejercicio de derechos cívicos, prevaricación administrativa, falsedad en documento oficial y certificados, infidelidad en la custodia de documentos, omisión del deber de perseguir delitos y presunta falsedad de a contabilidad municipal.
Así pues, la instrucción sigue y, en su momento, realizaremos la valoración correspondiente.
LA FISCALÍA DE ÁREA DE ALCALÁ DE HENARES ABRE DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN CONTRA VARIOS RESPONSABLES MUNICIPALES POR PRESUNTOS DELITOS MEDIO AMBIENTALES Y CONTRA LA ORDENACIÓN DE TERRITORIO
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La Fiscalía de Área de Alcalá de Henares ha procedido a abrir diligencias de investigación contra varios responsables municipales del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, a raíz de una denuncia formulada por nuestra asociación por presuntos delitos contra el medio ambiente y la ordenación del territorio.
En efecto, con fecha de doce de diciembre de 2023, procedimos a interponer una profusa y documentada denuncia contra varios de los responsables municipales en materia de medioambiente y ordenación de territorio, así como contra el propio alcalde, por autorizar, tolerar y/o no proceder a restablecer la legalidad urbanística, e incluso por haber rechazado nuestras denuncias al efecto, producidas en el ámbito de la ZEPA 142 que ocupa el 34 % del territorio de nuestro municipio.
Los hechos se remontan a varias actuaciones incluso de la época de Catalina, si bien tanto en el anterior mandato como en este que estamos, es cuando se han producido singularmente los posibles ilícitos tanto en materia de medio ambiente como de ordenación del territorio.
El pasado día doce de diciembre de 2023 nuestro presidente procedía a interponer denuncia ante la Fiscalía de Área de Alcalá de Henares, por presuntos delitos contra la ordenación del territorio y el medio ambiente, por autorización de obras en el ámbito de la Zona Especial de Protección de Aves nº 142, y hoy Zona de Especial Conservación bajo el número ES3110006 de las Vegas, Cuestas Y Páramos del Sureste de Madrid, así como LIC de la Red Natura 2000 de la UE. Asimismo, con la intrusión y apropiación de un tramo de la vía pecuaria Vereda de Sedano. Por comunicación de la Fiscal Jefe del Área, se nos notifica que han procedido a la apertura de Diligencia de Investigación Preprocesales.
ACTUACIONES VARIAS VECES DENUNCIADAS POR NUESTRA ASOCIACIÓN
El PGOU de San Fernando de Henares aprobado por el gobierno regional en octubre de 2002, tiene, entre otras peculiaridades, la de clasificar como suelo urbanizable más de 5,6 millones de metros cuadrados para actividad cuasi de monocultivo de instalaciones logísticas. Veintidós años después solo un 35 % de dicho suelo está ocupado y, en la mayoría de los casos, la casi totalidad es propiedad de fondos de inversión internacionales.
Una de las empresas participadas por esos fondos es la mercantil SEGRO EUROPEAN LOGISTIC PARTNERSHIP LTD, con sede central en Londres. Esta sociedad, procedió a la compra de una de las parcelas perteneciente desde finales del siglo pasado a EUROPARK MADRID SA, donde había instalado unas campas de vehículos. Sin embargo, esa parcela de casi 65.000 metros cuadrados, tenía dos inconvenientes: i) su explanación y vallado había sido levantando en su zona norte sobre una franja del tramo de la Vereda de Sedano, una vía pecuaria de titularidad pública y no urbanizable, y ii) toda la parcela se halla reclasificada como no urbanizable y de protección, a raíz de su inclusión en la ZEPA 142 de los Cortados y Cantiles del Río Jarama, y luego en la ZEC y LIC número ES 3110006 de Vegas, Cuestas y Páramos del Sureste de Madrid y, por lo mismo, incorporado como espacio protegido de la RED NATURA 2000 de la Unión Europea.
Y aquí las zonas de afección al norte del LIC que ha sido y esta siendo objeto de construcciones y urbanizaciones señalados en rojo, con invasión de suelo no urbanizable protegido, dentro del ámbito de la Zona Especial de Protección de Aves 142, tal y como aparece en el Ministerio de Medio Ambiente.
TAMBIÉN HEMOS PUESTO EN CONOCIMIENTO DEL COMISARIO EUROPEO DE MEDIO AMBIENTE ESTOS HECHOS POR ESTAR ESTE ÁMBITO DEL LIC BAJO LA TUTELA DE LA COMISIÓN EUROPEA
MANIFESTACION PARTE VENDEDORA:
ADMINISTRADOR CONCURSAL CON LA AQUIESCENCIA DEL ALCALDE CORPA
- Que,
“la presente transmisión no está sujeta de ningún derecho de tanteo y
retracto convencional, legal o urbanístico, y especialmente de los inmuebles
objeto de esta escritura no se hallan incluidos en área de tanteo y retracto
urbanístico, conforme establece el artículo 84 del RD 1093/1997”
Que, no le consta que se haya incoado ningún expediente de infracción urbanística
Ambas afirmaciones son falsas: i) Existe derecho de tanteo sobre al menos 19 fincas declaradas BIC, y ii) hay incoados dos expedientes de infracción de la ley de patrimonio histórico, y iii) hay también incoado un procedimiento penal por posible delito contra la ordenación de territorio que dio lugar a las medidas cautelares penales.
OTRAS MANIFESTACIONES DE LA PARTE VENDEDORA (A.C.) CON LA
CONFORMIDAD DE LA PARTE COMPRADORA (AYTO)
-
Que,
el terreno que se transmite mediante la escritura, no se encuentra en ninguna
de las situaciones del artículo 27.2 a del RDL 7/2015 del texto refundido de la
Ley de Suelo del Estado: i) que no cuenta con edificaciones fuera de
ordenación, ii) que no están destinadas a la construcción de viviendas de
protegidas.
Ambas
afirmaciones son falsas también:
i)
Todas
las edificaciones levantadas en la actuación se hallan fuera de ordenación por
cuanto que el Plan Especial no se ha publicado aún y por lo tanto no estaba en vigor cuando se autorizaron las licencias.
ii) Asimismo, es falso que no haya destinadas algunas de las edificaciones residenciales levantadas a viviendas protegidas. Es más, se produjo un sorteo de 52 viviendas y fueron adjudicadas e incluso señaladas las reservas económicamente. El alcalde estuvo en la mesa presidencial del sorteo celebrado ante notario como puede comprobarse en la foto de abajo.
CASO PLAZA DE ESPAÑA: PENÚLTIMO ESCÁNDALO
EL JUEZ CONCURSAL CALIFICA EL CONCURSO DE ACREEDORES DE PESF COMO FORTUITO TRAS UN PATENTE PACTO ENTRE EL AYUNTAMIENTO Y EL ADMINISTRADOR CONCURSAL
EL FISCAL MANTIENE POR EL CONTRARIO QUE EL CONCURSO ES CULPABLE
(O LO QUE ES LO MISMO: LA QUIEBRA DE PESF LA CAUSÓ UN METEORITO SEGÚN EL JUEZ)
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MONUMENTAL ESCÁNDALO QUE TRAERÁ CONSECUENCIAS A TODOS LOS NIVELES
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Sin perjuicio de volver más adelante con más detalles sobre el asunto, hacemos una apresurada valoración de la sentencia dictada por el juez concursal titular del Juzgado Mercantil número 6 de Madrid, D. FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTÍN el pasado día 28 de septiembre de 2023, respecto de la pieza de calificación del concurso abierta desde el año 2015 y que culmina con un insólito, inaudito y escandaloso fallo de absolución de los administradores de la mercantil mixta PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, al entender que, si bien se dan todos los supuestos de iure para calificar el concurso como culpable de acuerdo a lo que mantiene el Fiscal del caso, éstos no son "relevantes".
CÓMO SE LLEGA A ESTE ESCANDALOSO FALLO JUDICIAL TRAS LA VENTA DE LOS ACTIVOS AL AYUNTAMIENTO
La pieza de calificación es la fase final de un concurso de acreedores cuando no ha sido posible reflotar la empresa concursada y es necesaria su liquidación. Se trata, finalmente, de determinar si la quiebra de la empresa ha sido causada por la mala gestión de los administradores o, por el contrario, su quiebra lo ha sido por causas fortuitas.
En este caso, la fase de calificación fue abierta en mayo de 2015 y, desde entonces, ha estado en hibernación hasta que, por fin, y solo cuando el Ayuntamiento se ha hecho cargo de todo, el señor Juez concursal ha dictado una sentencia en la que afirma que el concurso de PESF ha sido fortuito (a pesar de reconocer que concurren las causas legales para calificarlo como culpable), y por lo mismo absuelve a los administradores de PESF que no eran otros que Setién y demás concejales que formaban parte del consejo de administración.
LA EXISTENCIA DE UN PACTO ESPÚRIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE CORPA, LOS EX ADMINISTRADORES DE PESF Y EL ADMINISTRADOR CONCURSAL, QUE LA FISCALÍA DEBE INVESTIGAR
EL TRIBUNAL DE CUENTAS AUDITARÁ LAS CUENTAS MUNICIPALES DESDE 2004 POR ORDEN DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
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El pasado día 28 de septiembre de 2023, tenía señalado el TSJ de Madrid la fecha para votación y fallo de un recurso presentado por nuestra asociación contra la aprobación de los Presupuestos municipales del ejercicio de 2021 por, entre otras cosas, entender que las finanzas municipales arrastran un agujero económico de al menos 26,6 millones de euros. Asimismo, por entender que la deuda municipal reconocida en el proyecto de Presupuestos de 2021 en 22 millones de euros, no se ajusta a la realidad ya que no coincidía con la deuda reconocida por el Ministerio de Hacienda que, a 31 de diciembre de 2021, se cifraba la deuda del Ayuntamiento en 83,9 millones de euros. Es decir, el 187 % de los recursos ordinarios muy por encima del 110 % que permite la Ley de Haciendas Locales.
Pues bien, la votación y el fallo fueron suspendidos y la sala correspondiente, acordó encomendar al Tribunal de Cuentas auditar las cuentas municipales y emitir informe al respecto antes de dictar sentencia.
UNAS CUENTAS BAJO SOSPECHA
Aunque ya tendremos ocasión de comentar in extenso esta importantísima decisión del TSJ de Madrid, al encomendar al Tribunal de Cuentas que examine las cuentas municipales del Ayuntamiento desde el año 2004, las objeciones de fondo que nuestra asociación formuló al proyecto de Presupuestos de 2021 (y que fueron rechazadas por el pleno), se basan en que el Ayuntamiento, desde al menos el año 2004, arrastra un agujero patrimonial y financiero que ciframos en al menos 26,6 millones de euros, como consecuencia de ingresos obtenidos por convenios urbanísticos con las Juntas de Compensación del suelo urbanizable programado (hasta que 23 convenios), y en los que tiene comprometidos desde el año 2004 (fecha de su firma), unos ingresos de nada menos que 47 millones de euros.
De estos ingresos previstos, han ingresado ya 30 millones y todos ellos lo fueron con financiación afectada. Es decir, han de tener su correlativa dotación de gasto puesto que se trata de financiar el Programa de Actuación del PGOU y sus redes generales (vías, puentes, colectores y otros sistemas).
Sin embargo, lo que ha hecho realmente el Ayuntamiento ha sido ciertamente insólito: cobra e incluso gira liquidaciones contra las Juntas por esos ingresos comprometidos pero, una vez entra el dinero en las arcas municipales y que tiene como destino el gasto correlativo, deciden desafectar el mismo para destinarlo no a su fin sino a gastos generales y/o gastos corrientes.
De esta forma y desde el año 2004, se ha ido acumulando un formidable agujero financiero por cuanto que, habiendo sido cobrados ya 30 millones de euros de las Juntas, el Ayuntamiento solo ha aplicado 4,3 millones de euros al fin para el que fueron realizados los abonos. Lo cual significa que hay acumulado un compromiso de gasto (todo él derivado del Programa de Actuación del PGOU), de 26 millones de euros ya ingresados pero desviado para otros fines. O, lo que es lo mismo, hay una deuda latente y oculta por ese importe que el Ayuntamiento no ha presupuestado nunca a pesar de estar obligado a ello.
UN PGOU A COLMATACIÓN IDEADO SOLO PARA RECAUDAR DINERO QUE ADEMÁS HAN DESVIADO PARA OTRAS COSAS A LO LARGO DE DIECIOCHO AÑOS
La intervención del Tribunal de Cuentas para auditar las cuentas municipales desde el año 2004 a hoy, va a permitir poner negro sobre blanco en no pocos elementos muy oscuros de la gestión financiera y presupuestaria municipal desde entonces a hoy mismo.
En el año 2001, concretamente en pleno mes de agosto, fue convocada sesión plenaria de forma urgente e imprevista (algunos concejales estaban de vacaciones y no asistieron) para aprobar provisionalmente el PGOU. Esta insólita convocatoria en plenas vacaciones se debía a que, dos días más tarde, entraba en vigor la nueva ley de suelo de la Comunidad de Madrid. Lo cual trastocaba sobre todo los convenios urbanísticos firmados con los titulares de los sectores programados mediante los cuales se habían comprometido a ceder al Ayuntamiento el 15 % del aprovechamiento en lugar del 10 % que fijaba la nueva ley de suelo.
Por compromisos en esos convenios, el Ayuntamiento reclasificó nada menos que 5,8 millones de metros cuadrados de suelo rústico (en algunos casos incluso no urbanizable), a urbanizable no dejando un solo metro cuadrado sin reclasificar. Esa escandalosa reclasificación a colmatación fue hecha pensando más en los ingresos a obtener por la financiación de las redes generales y locales, que por necesidades de suelo propiamente dichas. Hoy, 22 años después, solo el 30 % de ese suelo urbanizable está ocupado y, ninguna de sus redes generales cobradas por el Ayuntamiento anticipadamente, ha sido ejecutada por este.
El resultado es pues según nuestro estudio y a la vista de la documentación facilitada al Tribunal por el Ayuntamiento, de un agujero patrimonial de 26,6 millones de euros que, sin embargo, no tiene ningún reflejo ni en los Presupuestos ni tampoco en la contabilidad municipal.
EL AYUNTAMIENTO NO TIENE CUENTA DE EXPLOTACIÓN DEL PATRIMONIO MUNICIPAL DE SUELO NI TAMPOCO INVENTARIO MUNICIPAL DE BIENES ACTUALIZADO DESDE EL AÑO 1992
A pesar tener clasificado como suelo urbanizable nada menos que 5,8 millones de metros cuadrados, y de que la Ley de suelo obliga a todos los Ayuntamiento a tener una cuenta separada de explotación del Patrimonio Municipal de Suelo, sin embargo nuestro Ayuntamiento carece de dicha cuenta explotación del PMS como ha tenido que reconocer ante la sala del TSJ de Madrid. Pero es que, además, tampoco tiene actualizado el Inventario de Bienes (que debe ser actualizado y aprobado cada año) desde el año 1992. Lo cual significa que no tienen ni idea del patrimonio real que el Ayuntamiento tiene ni tampoco su valor actualizado.
La falta de la cuenta de explotación del PMS, entraña que ese patrimonio no pueda ser enajenado, lo cual no ha impedido la venta o permuta de buena parte de ese PMS (caso por ejemplo de la monetización por 8,5 millones de euros de PMS del sector de El Rayo). También se sabe que una buena parte de los ingresos obtenidos por la enajenación del PMS ha sido desviado para el pago de la sentencias de los socios privados de la mercantil PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL. Lo cual obviamente es ilegal.
EL SUELO URBANIZABLE EN MANOS DE FONDOS DE INVERSIÓN
Arriba, la parcela de la UE-2 del SUE 5 de de 53.000 m2 perteneciente al fondo británico SEGRO construyendo en la actualidad un complejo industrial sobre suelo no urbanizable protegido y Zona de Especial Conservación (ZEC) y sobre una vía pecuaria, con licencia municipal. Denunciaremos esta actuación ante la Fiscalía de Medio Ambiente.
Las obras que se están ejecutando en la actualidad en la parcela propiedad de SEGRO en la avenida de Astronomía, declarada LIC desde 1999, con licencia municipal y que la Ley 42/2007 de la biodiversidad prohíbe.
La mayor parte del suelo urbanizable de nuestro municipio ha acabado en manos de fondos de inversión que están detrás de los operadores de suelo logístico. Algunos, como el de arriba que comentamos, ejecutan obras directamente autorizados por el Ayuntamiento en una Zona Especial de Protección de Aves (ZEPA) y Lugar de Interés Comunitario (LIC) con licencia municipal. En los próximos días denunciaremos este caso ante la Comisión Europea también porque es la titular de las competencias puesto que esa parcela toda ella de 87.000 m2, se halla incorporada desde el año 1999 a Red Natura 2000 de la U.E..
EL AYUNTAMIENTO NI ESTÁ NI SE LE ESPERA
No es el único caso y no es tampoco el único (por reciente) que ha sido objeto de denuncias por parte de nuestra asociación. Sucede, por el contrario, que el Ayuntamiento, que tiene la obligación legal de incoar el correspondiente expediente de restablecimiento de la legalidad urbanística y, en su caso, de revocar o revisar esas licencias, se inhibe totalmente y da la callada por respuesta. Pues bien, no nos queda mas remedio también que denunciar esta pasividad y tolerancia ante la Fiscalía de Medio Ambiente. Con el agravante en estos otros casos, de que se trata de suelo clasificado como urbanizable programado y no como urbano en ejecución.
LA DELEGACIÓN DE URBANISMO DE SAN FERNANDO DE HENARES MEDIOPENSIONISTA
Las contorsiones que el alcalde Corpa tiene que hacer para acomodar las delegaciones de las áreas a la particular situación profesional de sus concejales, tiene su máximo exponente en el mandato anterior donde nombró concejal con delegación sin dedicación exclusiva y ni siquiera parcial, a alguien que tenía sin embargo una pensión de incapacidad absoluta, pero para gestionar incluso casi la mitad del presupuesto.
Ahora, nos vuelve a sorprender con unos enjuagues que no pueden salirle bien. Ha nombrado concejal de urbanismo a su abogado particular, pero solo en régimen de media jornada. Algo nunca visto en este Ayuntamiento y revelador de lo que importa el asunto al alcalde. Pero no queda ahí la cosa, ha nombrado "asesor" al que fuera anterior último concejal de urbanismo como cargo de confianza. Y aún hay más, han nombrado también "asesor" a otro cargo de confianza que, sin embargo, viene haciendo las veces de Director del Área de Urbanismo como continuidad también del mandato anterior.
Es decir, un concejal de urbanismo a media jornada en la persona de su abogado particular, un ex concejal de urbanismo nombrado asesor a tiempo completo y, por último, un Director de Área camuflado bajo el nombramiento de asesor también. ¿Qué puede salir mal? Pues ya lo verán.