CIUDADANOS O LA APOTEOSIS DEL VOLUNTARISMO
***
HENARES HOY TV HA REALIZADO UNA
ENTREVISTA/PRESENTACIÓN DE PARTE DE LA CANDIDATURA DE CIUDADANOS SAN FERNANDO
EN LA QUE, TRAS MÁS DE VEINTE LARGOS MINUTOS, SU CABEZA DE LISTA Y ASPIRANTE A ALCALDE
ALBERTO HONTECILLAS HA IDO CONTESTANDO A LAS PREGUNTAS DEL REPORTERO. NADA ESPECIAL Y NUEVO QUE HAYA LLAMADO NUESTRA ATENCIÓN POR LOS CONSABIDOS LUGARES COMUNES DE LAS
RESPUESTAS PLAGADAS DE PURO VOLUNTARISMO PROPIO DE QUIEN, NEÓFITO EN LA GESTIÓN DE LA COSA PÚBLICA, CREE INGENUAMENTE QUE ADMINISTRAR UN AYUNTAMIENTO ES COMO HACERLO EN UNA EMPRESA. JESÚS GIL PENSABA IGUAL Y ASÍ ACABÓ MARBELLA. PERO EN FIN, SI LLEGA AL GOBIERNO MUNICIPAL YA SE CONVENCERÁ DE QUE ESTO DE LA GESTIÓN MUNICIPAL TIENE OTRAS CLAVES MUY DISTINTAS.
SIN EMBARGO UN DETALLE PREOCUPANTE SÍ HA HECHO QUE MEREZCA NUESTRA ATENCIÓN Y DEDIQUEMOS ESTA ENTRADA (Y TAL VEZ ALGUNA MÁS) POR LO INQUIETANTE DE LO ESCUCHADO (EN REALIDAD SÓLO HABLÓ EL CANDIDATO). EL ASUNTO QUE NOS PONE EN GUARDIA RESPECTO DE ESTE PARTIDO ES QUE, CUANDO FUE PREGUNTADO POR EL CASO PLAZA DE ESPAÑA, D. ALBERTO NOS PRESENTÓ A DOS DE SUS ESCUDEROS PARA ACOMETER LA SOLUCIÓN DEL CASO: UN EXPERTO (EXPERTISE DICE EN CURSI EL ENTREVISTADO) EN !LIQUIDACIÓN DE EMPRESAS¡ (LA VERDAD ES QUE TENÍAMOS DOS Y YA NO QUEDA NINGUNA PARA LO CUAL SOBRAN YA ENTERRADORES), Y SOBRE TODO LA CANDIDATA QUE ES O HA SIDO LETRADA MUNICIPAL Dª LOURDES DE JESÚS PERAZA CASAJUS.
EN REALIDAD, D. ALBERTO NO DIJO CÓMO IBA A SOLUCIONAR ESTE PAVOROSO PROBLEMA QUE ASOLA LA GESTIÓN MUNICIPAL MANDATO TRAS MANDATO, SINO QUE SE LIMITÓ A DECIR QUE SU EXPERTISE, LA LETRADA MUNICIPAL, TENÍA LAS CLAVES DEL CASO. ESO SÍ, NADIE PUDO ESCUCHAR CÓMO LO IBAN A HACER COMO SI SE TRATARA DE UN SECRETO DE ESTADO. PERO D. ALBERTO DESVIÓ Y SEÑALÓ A Dª LOURDES DE JESÚS COMO LA ENCOMENDADA POR SU PARTIDO PARA ACOMETERLA. CLARO QUE PARA SER UN ACTO DE CAMPAÑA Y NO DECIR CÓMO VAS A SOLUCIONAR EL PRINCIPAL PROBLEMA URBANÍSTICO, LEGAL Y ECONÓMICO QUE NUNCA HAYA TENIDO LA CORPORACIÓN, TIENE MÉRITO OCULTAR CÓMO LO VAS A HACER. SE LIMITÓ PUES SÓLO A ENVIAR UN MENSAJE: NOSOTROS TENEMOS LA SOLUCIÓN, CRÉANNOS. PERO NADA MÁS. NO DICEN CÓMO LO HARÁN. EN ESTO NO SON MUY ORIGINALES; MÁS O MENOS COMO TODOS.
CABE NO OBSTANTE DEDUCIR QUE UNA DE DOS: O NO TIENEN NI PAJOLERA IDEA DE CÓMO HACERLO, O NO SE ATREVEN A EXPONERLO EN CAMPAÑA ELECTORAL PORQUE EN REALIDAD LA SOLUCIÓN, SI ES QUE LA TIENEN, DEPENDE DE UN TERCERO Y SEGURAMENTE PIENSAN QUE NO ES MUY PRESENTABLE. ESO SÍ, ALUDIÓ A BIENES Y PARCELAS MUNICIPALES DEL PATRIMONIO MUNICIPAL PARA PAGAR LAS DEUDAS, EXHIBIENDO UN COMPRENSIBLE DESCONOCIMIENTO POR SU LÓGICA BISOÑEZ, PUES ES SABIDO QUE EL PMS NO PUEDE SER APLICADO A PAGAR DEUDAS Y TRAMPAS FINANCIERAS SIN CUMPLIR UNA SERIE DE REQUISITOS ANTES, QUE EL AYUNTAMIENTO NO CUMPLE EN ABSOLUTO.
SIN EMBARGO UN DETALLE PREOCUPANTE SÍ HA HECHO QUE MEREZCA NUESTRA ATENCIÓN Y DEDIQUEMOS ESTA ENTRADA (Y TAL VEZ ALGUNA MÁS) POR LO INQUIETANTE DE LO ESCUCHADO (EN REALIDAD SÓLO HABLÓ EL CANDIDATO). EL ASUNTO QUE NOS PONE EN GUARDIA RESPECTO DE ESTE PARTIDO ES QUE, CUANDO FUE PREGUNTADO POR EL CASO PLAZA DE ESPAÑA, D. ALBERTO NOS PRESENTÓ A DOS DE SUS ESCUDEROS PARA ACOMETER LA SOLUCIÓN DEL CASO: UN EXPERTO (EXPERTISE DICE EN CURSI EL ENTREVISTADO) EN !LIQUIDACIÓN DE EMPRESAS¡ (LA VERDAD ES QUE TENÍAMOS DOS Y YA NO QUEDA NINGUNA PARA LO CUAL SOBRAN YA ENTERRADORES), Y SOBRE TODO LA CANDIDATA QUE ES O HA SIDO LETRADA MUNICIPAL Dª LOURDES DE JESÚS PERAZA CASAJUS.
EN REALIDAD, D. ALBERTO NO DIJO CÓMO IBA A SOLUCIONAR ESTE PAVOROSO PROBLEMA QUE ASOLA LA GESTIÓN MUNICIPAL MANDATO TRAS MANDATO, SINO QUE SE LIMITÓ A DECIR QUE SU EXPERTISE, LA LETRADA MUNICIPAL, TENÍA LAS CLAVES DEL CASO. ESO SÍ, NADIE PUDO ESCUCHAR CÓMO LO IBAN A HACER COMO SI SE TRATARA DE UN SECRETO DE ESTADO. PERO D. ALBERTO DESVIÓ Y SEÑALÓ A Dª LOURDES DE JESÚS COMO LA ENCOMENDADA POR SU PARTIDO PARA ACOMETERLA. CLARO QUE PARA SER UN ACTO DE CAMPAÑA Y NO DECIR CÓMO VAS A SOLUCIONAR EL PRINCIPAL PROBLEMA URBANÍSTICO, LEGAL Y ECONÓMICO QUE NUNCA HAYA TENIDO LA CORPORACIÓN, TIENE MÉRITO OCULTAR CÓMO LO VAS A HACER. SE LIMITÓ PUES SÓLO A ENVIAR UN MENSAJE: NOSOTROS TENEMOS LA SOLUCIÓN, CRÉANNOS. PERO NADA MÁS. NO DICEN CÓMO LO HARÁN. EN ESTO NO SON MUY ORIGINALES; MÁS O MENOS COMO TODOS.
CABE NO OBSTANTE DEDUCIR QUE UNA DE DOS: O NO TIENEN NI PAJOLERA IDEA DE CÓMO HACERLO, O NO SE ATREVEN A EXPONERLO EN CAMPAÑA ELECTORAL PORQUE EN REALIDAD LA SOLUCIÓN, SI ES QUE LA TIENEN, DEPENDE DE UN TERCERO Y SEGURAMENTE PIENSAN QUE NO ES MUY PRESENTABLE. ESO SÍ, ALUDIÓ A BIENES Y PARCELAS MUNICIPALES DEL PATRIMONIO MUNICIPAL PARA PAGAR LAS DEUDAS, EXHIBIENDO UN COMPRENSIBLE DESCONOCIMIENTO POR SU LÓGICA BISOÑEZ, PUES ES SABIDO QUE EL PMS NO PUEDE SER APLICADO A PAGAR DEUDAS Y TRAMPAS FINANCIERAS SIN CUMPLIR UNA SERIE DE REQUISITOS ANTES, QUE EL AYUNTAMIENTO NO CUMPLE EN ABSOLUTO.
PERO NOSOTROS SÍ SABEMOS BIEN CÓMO PIENSA Dª LOURDES DE JESÚS SOBRE EL CASO QUE, SUPONEMOS, ES TANTO COMO DECIR EN ESTOS MOMENTOS QUÉ ES LO QUE PIENSA CIUDADANOS. EN REALIDAD LO SABEMOS TODO. Y ES QUE SE TRATA, CIERTAMENTE, DE LA LETRADA DE LA PARTE CONTRARIA, ES DECIR, DEL AYUNTAMIENTO, EN EL CONTENCIOSO QUE TENEMOS PRESENTADO. Y LA VERDAD, SI LA SOLUCIÓN QUE CIUDADANOS TIENE PARA EL CASO PLAZA DE ESPAÑA ESTÁ BASADA EN LOS CONOCIMIENTOS DEL MISMO QUE ESTA SEÑORA EXHIBE EN SUS ESCRITOS Y ALEGATOS CONTRA NOSOTROS EN ESTA CAUSA, DE ANTEMANO AUGURAMOS A CIUDADANOS UN ESTREPITOSO FRACASO EN ESTE TEMA AL MENOS (CASO DE QUE LLEGUEN AL GOBIERNO, CLARO). PORQUE CIERTAMENTE ES IMPOSIBLE HALLAR EN UNA DEFENSA DE LOS INTERESES MUNICIPALES TAL CANTIDAD DE INCORRECCIONES Y DISLOCADOS ARGUMENTOS QUE, SINCERAMENTE, REVELAN UN GRAN DESCONOCIMIENTO TANTO DEL CASO COMO, DESDE LUEGO, DE ASPECTOS CLAVE DE LA GESTIÓN URBANÍSTICA. VEAMOS LAS PERLAS CULTIVADAS QUE LA LETRADA MUNICIPAL, FLAMANTE FICHAJE AHORA DE CIUDADANOS COMO NÚMERO CUATRO DE SU LISTA, NOS OFRECE EN SUS ALEGATOS EN REPRESENTACIÓN DEL AYUNTAMIENTO. Y ANTICIPEMOS TAMBIÉN QUE SERÍA MEJOR QUE NOS QUEDEMOS COMO ESTAMOS. PORQUE VEAN, VEAN LO QUE ESTA SEÑORA, OJO, EN NOMBRE DEL AYUNTAMIENTO, MANIFIESTA EN ESTE PROCEDIMIENTO. HORRORIZADOS ESTAMOS.
Dª LOURDES ES LETRADA MUNICIPAL Y, SEGÚN EL BACKGROUND DISTRIBUIDO POR CIUDADANOS, LLEVA TODOS LOS ASUNTOS CIVILES, MERCANTILES, PENALES, LABORALES Y CONTENCIOSOS ADMINISTRATIVOS DEL AYUNTAMIENTO. NADA MENOS OIGAN. NOSOTROS SÓLO LA CONOCEMOS BIEN POR SUS RÉPLICAS Y DEMÁS ESCRITOS FIRMADOS POR ELLA EN EL ASUNTO DEL CONTENCIOSO DEL JUZGADO 19 DONDE TENEMOS IMPUGNADO EL PROYECTO DE REPARCELACIÓN DE LA UE-1, PORQUE ENTENDEMOS (Y PRETENDEMOS) QUE ES NULO DE PLENO DERECHO.
PERO ELLA, IGNORAMOS SI POR SU PROPIA INICIATIVA O POR INDICACIÓN DE LA ALCALDESA CATALINA, SOSTIENE TODO LO CONTRARIO: QUE LA TRAMITACIÓN DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN (YA HEMOS DICHO Y DENUNCIADO QUE HAN DESAPARECIDO DEL AYUNTAMIENTO LOS EXPEDIENTES), ES UN DECHADO DE PERFECCIÓN. ASÍ, COMO LO LEEN. ESTA LETRADA ACTUANDO EN REPRESENTACIÓN DEL AYUNTAMIENTO, ASEGURA EN EL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO NUESTRO QUE EL PROYECTO DE REPARCELACIÓN DE LA UE-1 (PLAZA DE ESPAÑA), SE EJECUTÓ CON EXQUISITO Y ESCRUPULOSO RESPETO AL ORDENAMIENTO JURÍDICO. COMO USTEDES LO ESTÁN LEYENDO. OJIPLÁTICOS NOS QUEDAMOS AL LEER SEMEJANTE TEORÍA EN PAPEL CON MEMBRETE MUNICIPAL. NI SIQUIERA COMO SIMPLE ESTRATEGIA DE DEFENSA ES ADMISIBLE QUE UNA LETRADA QUE REPRESENTA AL AYUNTAMIENTO EN ESTE CASO, PUEDA SOSTENER SEMEJANTE CRITERIO. PORQUE UNA DE DOS, O NO HABLA EN SERIO O SIMPLEMENTE NOS ESTÁ TOMANDO EL PELO. VEAMOS EL PORQUÉ DE ESTE INCREÍBLE DESBARRE QUE BIEN PUDIÉRAMOS INTERPRETAR COMO UN VERDADERO INSULTO A LA INTELIGENCIA, QUE CIUDADANOS ESTÁ OBLIGADO Y ASÍ LOS EMPLAZAMOS, A ACLARAR URGENTEMENTE.
POR QUÉ NUESTRA ASOCIACIÓN PIDE LA NULIDAD DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN DE LA UE-1
PARA AQUELLOS QUE TODAVÍA SE PREGUNTEN CÓMO ES POSIBLE QUE UNA PLAZA PÚBLICA APAREZCA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD A NOMBRE DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL PRIVADA Y QUE ADEMÁS SE HALLE HIPOTECADA Y EMBARGADA, ES PRECISO QUE LEAN LO QUE PONE MÁS ARRIBA Y QUE SE CONTIENE EN EL PROYECTO DE REPARCELACIÓN DE LA UE-1 (PLAZA DE ESPAÑA), DONDE SE AFIRMA QUE, COMO SE TRATA DE UN SISTEMA DE EJECUCIÓN POR EXPROPIACIÓN, NO SE HACE NINGUNA CESIÓN AL AYUNTAMIENTO. COMO LO LEEN SEÑORES.
ES DECIR, QUE LA PERSONA O PERSONAS QUE ELABORARON ESE PROYECTO DE REPARCELACIÓN Y CUYA AUTORÍA SE DESCONOCE, SOSTIENEN EN NADA MENOS QUE UN INSTRUMENTO DE EQUIDISTRIBUCIÓN QUE TIENE POR DESTINO EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y POR LO TANTO LA PROTECCIÓN DE LA FE PÚBLICA REGISTRAL ENTRE OTRAS COSAS, QUE NO HAY QUE CEDERLE NADA AL AYUNTAMIENTO, NI LAS PLAZAS, NI LOS SISTEMAS LOCALES, NI LOS JARDINES, NADA, ABSOLUTAMENTE NADA. Y ELLO ¡PORQUE FUE EJECUTADO POR EL SISTEMA DE EXPROPIACIÓN!, COMO SI ESE SISTEMA EXIMIERA AL BENEFICIARIO (EN ESTE CASO PESF) DE REALIZAR LAS CESIONES OBLIGATORIAS AL AYUNTAMIENTO. Y, ADEMÁS, PORQUE ESTE PROYECTO DE REPARCELACIÓN NUNCA FUE SOMETIDO AL TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA. AUNQUE NUESTRA DEMANDA CONTIENE MÁS ELEMENTOS DE IMPUGNACIÓN, LOS MÁS IMPORTANTES SON ESTOS DOS: I) QUE NO SE REALIZARON LAS CESIONES OBLIGATORIAS AL AYUNTAMIENTO INCLUIDA LA PLAZA DE ESPAÑA, Y II) QUE NO FUE SOMETIDO AL TRÁMITE PRECEPTIVO DE INFORMACIÓN PÚBLICA.
Y PARA AQUELLOS QUE TENGAN DUDAS O NO CONOZCAN BIEN LAS DISPOSICIONES LEGALES EN LA MATERIA, HE AQUÍ LO QUE DICE EL ARTÍCULO 46 DEL REGLAMENTO DE GESTIÓN URBANÍSTICA: QUE LOS TERRENOS DESTINADOS A VIALES, PARQUES, JARDINES PÚBLICOS, ETC. HAN DE SER CEDIDOS OBLIGATORIAMENTE AL AYUNTAMIENTO Y POR MINISTERIO DE LA LEY NADA MENOS. Y ELLO CUALQUIERA QUE SEA EL SISTEMA DE EJECUCIÓN QUE SE UTILICE INCLUIDO EL DE EXPROPIACIÓN.
ES DECIR, QUE EL PROYECTO DE REPARCELACIÓN APROBADO EN SU DÍA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL (IU Y PSOE), INCUMPLE CLAMOROSAMENTE ESTE PRECEPTO LEGAL Y POR ESA RAZÓN, A VER SI SE ENTERAN TODOS DE UNA VEZ, POR ESTA RAZÓN LA PLAZA DE ESPAÑA PERMANECE HOY DÍA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD A NOMBRE DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL PRIVADA Y NO A NOMBRE DEL AYUNTAMIENTO. ¿COMIENZAN USTEDES AMABLES SEGUIDORES A ENTENDER DÓNDE ESTÁ EL ORIGEN DEL PROBLEMA Y A EXPLICARSE EL PORQUÉ DE LA DESAPARICIÓN DE ESTOS EXPEDIENTES DE LOS ARCHIVOS MUNICIPALES?
ES DECIR, QUE EL PROYECTO DE REPARCELACIÓN APROBADO EN SU DÍA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL (IU Y PSOE), INCUMPLE CLAMOROSAMENTE ESTE PRECEPTO LEGAL Y POR ESA RAZÓN, A VER SI SE ENTERAN TODOS DE UNA VEZ, POR ESTA RAZÓN LA PLAZA DE ESPAÑA PERMANECE HOY DÍA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD A NOMBRE DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL PRIVADA Y NO A NOMBRE DEL AYUNTAMIENTO. ¿COMIENZAN USTEDES AMABLES SEGUIDORES A ENTENDER DÓNDE ESTÁ EL ORIGEN DEL PROBLEMA Y A EXPLICARSE EL PORQUÉ DE LA DESAPARICIÓN DE ESTOS EXPEDIENTES DE LOS ARCHIVOS MUNICIPALES?
PERO ES QUE, ADEMÁS, TODO PROYECTO DE REPARCELACIÓN HA DE SER SOMETIDO AL TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA TAMBIÉN POR IMPERATIVO LEGAL, COMO SE DICE PRECISAMENTE EN EL ARTÍCULO 88.1 1ª DE LA LEY DE SUELO DE LA COMUNIDAD DE MADRID. ¿ES MUY CLARO NO? PUES BIEN, LA AUSENCIA DE ESTE TRÁMITE CONLLEVA LA NULIDAD DE PROYECTO, QUE ES LO QUE PEDIMOS NOSOTROS EN EL JUZGADO.
PERO EL AYUNTAMIENTO, A TRAVÉS DE LA FLAMANTE LETRADA QUE AHORA SALTA A LA POLÍTICA EN LAS FILAS DE CIUDADANOS, SOSTIENE LO CONTRARIO. VEAMOS PUES CON QUÉ DESCABELLADOS ARGUMENTOS SE DEFIENDE LO INDEFENDIBLE. SI ESTO QUE VAN A LEER A CONTINUACIÓN ES LO QUE PIENSA CIUDADANOS Y CREEN DE VERDAD QUE ASÍ VAN A SOLUCIONAR EL PROBLEMA DE LA PLAZA DE ESPAÑA, SERÍA MEJOR QUE LO DEJARAN TODO COMO ESTÁ Y SE DEDIQUEN A OTRA COSA.
VEAMOS PUES ESTA ANTOLOGÍA DE DISPARATES QUE, AL PARECER, CIUDADANOS ENCOMIENDA A SU CANDIDATA PARA ABORDAR LA SOLUCIÓN DE ESTE FORMIDABLE Y PRIMER PROBLEMA QUE TIENE EL AYUNTAMIENTO.
VEAMOS PUES ESTA ANTOLOGÍA DE DISPARATES QUE, AL PARECER, CIUDADANOS ENCOMIENDA A SU CANDIDATA PARA ABORDAR LA SOLUCIÓN DE ESTE FORMIDABLE Y PRIMER PROBLEMA QUE TIENE EL AYUNTAMIENTO.
UNA VERDADERA ANTOLOGÍA DE EQUÍVOCOS ABSURDOS EXPRESADOS EN NOMBRE DEL AYUNTAMIENTO ANTE UN JUZGADO
YA UNO DE LOS PRIMEROS ERRORES O DESPISTES POR NO DECIR ALGO MÁS GRAVE, LO TENEMOS EN EL PRIMER PÁRRAFO DEL PRIMERO DE SUS MOTIVOS PARA OPONERSE A NUESTRA DEMANDA, CUANDO ASEGURA QUE POR EL ACUERDO DEL PLENO DE 28 DE MAYO DE 2008, SE ACORDÓ EJECUTAR LA ACTUACIÓN "MEDIANTE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA". Y, LA VERDAD, HAY QUE FROTARSE LOS OJOS PARA LEER SEMEJANTE AFIRMACIÓN EN PAPEL OFICIAL Y COMPARECIENDO EN UN JUZGADO EN REPRESENTACIÓN DEL AYUNTAMIENTO, PORQUE ES ARCHISABIDO QUE EN ESTE CASO NO HUBO TAL CONCESIÓN ADMINISTRATIVA, SINO LA DESIGNACIÓN COMO BENEFICIARIA DE LA EXPROPIACIÓN DE UNA EMPRESA, PESF, QUE EN AQUELLAS FECHAS NO ESTABA NI SIQUIERA CONSTITUIDA.
DE MODO SEÑORA CANDIDATA QUE, NI EXISTE TAL CONCESIÓN ADMINISTRATIVA QUE HUBIERA EXIGIDO UN CONCURSO PREVIO EN TODO CASO, NI TAMPOCO LA SOCIEDAD MERCANTIL DESIGNADA COMO BENEFICIARIA EXISTÍA A LA FECHA DEL ACUERDO. YA TIENE AQUÍ PUES UNA PRIMERA CAUSA DE NULIDAD CLAMOROSA, PORQUE LA LEY DE EXPROPIACIÓN FORZOSA NO PERMITE DESIGNAR COMO BENEFICIARIOS DE EXPROPIACIÓN ALGUNA A SOCIEDADES O ENTES QUE NO EXISTÍAN EN EL MOMENTO DEL ACUERDO. ES SENCILLO DE DEDUCIR. POR LO DEMÁS, ES PATENTE QUE, COMO EN ESTE CASO, LA TÉCNICA DEL CORTA Y PEGA CAUSA VERDADEROS ESTRAGOS.
Y CLARO, YA PUESTOS A DEFENDER LO INDEFENDIBLE, LA SEÑORA LETRADA AHORA CANDIDATA DE CIUDADANOS NOS BRINDA LA SIGUIENTE PERLA CULTIVADA: QUE LA INCLUSIÓN DE LA PLAZA DE ESPAÑA EN LA OPERACIÓN REPARCELATORIA FUE CORRECTA. Y LO DICE ASÍ, CON TODAS LAS LETRAS.
VAMOS A VER SEÑORA CANDIDATA, SI LA PLAZA DE ESPAÑA, QUE EL PGOU CLASIFICA COMO SISTEMA GENERAL PÚBLICO ZONA VERDE Y POR LO TANTO COMO UNA CLASE DE SUELO PROPIO Y DISTINTO AL RESTO DE LA UE-1, HUBIERA TENIDO NECESARIAMENTE QUE SER INCLUIDA EN LA OPERACIÓN REPARCELATORIA SEGÚN SOSTIENE USTED, Y TENIENDO EN CUENTA QUE LA ACTUACIÓN SE EJECUTABA POR EL SISTEMA DE EXPROPIACIÓN, ¿PUEDE USTED EXPLICAR POR QUÉ RAZÓN NO APARECE COMO UNO DE LOS BIENES A EXPROPIAR EN EL ACUERDO DEL PLENO DE 28 DE MAYO DE 2008 Y EN EL LISTADO DE BIENES A EXPROPIAR PUBLICADO EN EL BOCM DE 26 DE JUNIO DE 2008?
ELEMENTAL PREGUNTA QUE SI USTED SE HUBIERA HECHO LA LLEVARÍA A LA CONCLUSIÓN CONTRARIA A LA SUYA DEL ESCRITO: QUE EL PLANIFICADOR INCLUYÓ LA PLAZA DE ESPAÑA EN EL ÁREA DE REPARTO LO CUAL ES CORRECTO, PERO NO EN LA UNIDAD DE EJECUCIÓN. PORQUE ES MUY SENCILLO DE COMPROBAR. VAYA USTED A LA FICHA URBANÍSTICA Y, ADEMÁS DE VER QUE LA PLAZA DE ESPAÑA NO FIGURA ENTRE LAS PARCELAS AFECTADAS, SU URBANIZACIÓN NO VA A CARGO DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN UE-1 . ¿Y SABE USTED POR QUÉ? PUES PORQUE AL TRATARSE DE UN SISTEMA GENERAL ÉSTE ESTÁ AL SERVICIO DE TODO EL MUNICIPIO Y NO DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN UE-1.
CUESTA TRABAJO ENTENDER CUÁL ES LA RAZÓN POR LA QUE TAN ELEMENTALES CUESTIONES DE LA GESTIÓN URBANÍSTICA SON IGNORADAS POR QUIENES, ASOMBROSAMENTE, TIENEN ENCOMENDADA LA TAREA DE REPRESENTAR Y DEFENDER LOS INTERESES MUNICIPALES EN LOS PROCEDIMIENTO JUDICIALES.
Y EL SIGUIENTE ARGUMENTO QUE NOS BRINDA CONSTITUYE OTRA FORMIDABLE JOYA QUE EVIDENCIA QUE LA SEÑORA CANDIDATA DESCONOCE CASI TODO DEL CASO, PORQUE AFIRMA EN SU ALEGATO QUE LA PLAZA DE ESPAÑA SUFRIÓ UNA MUTACIÓN JURÍDICA A LA ENTRADA EN VIGOR DEL PGOU, Y QUE POR APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 81.1 DE LEY DE BASES DE RÉGIMEN LOCAL Y DE LA LEY DE SUELO DE MADRID, LA PLAZA DE ESPAÑA QUEDÓ ASÍ "DESAFECTADA" AUTOMÁTICAMENTE.
SINCERAMENTE ESTO ES YA DE AURORA BOREAL, PORQUE EL PGOU PRECISAMENTE LO QUE DICE ES QUE LA PLAZA DE ESPAÑA ES UN SISTEMA GENERAL PÚBLICO O ZONA VERDE, CONCRETAMENTE LA DESIGNA COMO ZVB - 7, Y EN NINGÚN CASO SE DICE QUE DICHA PLAZA VAYA A DEJAR DE SER OTRA COSA QUE UNA PLAZA PÚBLICA. POR LO TANTO, ¿ DE DÓNDE SACA USTED QUE LA PLAZA DE ESPAÑA SUFRIERA MUTACIÓN ALGUNA EN SU CALIFICACIÓN JURÍDICA SI VA A SEGUIR SIENDO UNA PLAZA PÚBLICA SEGÚN EL PLAN? O TAL VEZ LA RAZÓN DE ESTE DISPARATE SE DEBE A QUE NO TIENE USTED MUY CLARO A QUÉ SE REFIERE EL CONCEPTO DE "DESAFECTACIÓN" QUE ENTRAÑA PUES UN CAMBIO DE USO Y DESTINO POR EL PGOU. PERO ¿DÓNDE ESTÁ EN ESTE CASO EL CAMBIO DE USO O DESTINO DE UNA PLAZA QUE SEGÚN EL PGOU ERA UNA PLAZA PÚBLICA ANTES DE LA APROBACIÓN DEL PLAN, Y DESPUÉS VA A SEGUIR SIENDO UNA PLAZA PÚBLICA? ¿DE DÓNDE SACA USTED SEÑORA CANDIDATA SEMEJANTE ESTRAFALARIA CONCLUSIÓN DE QUE LA PLAZA DE ESPAÑA SUFRIÓ UN CAMBIO EN SU CALIFICACIÓN JURÍDICA POR EL PGOU?
LA SEÑORA CANDIDATA NOS DELEITA LUEGO CON ALGUNOS DISLATES COMO ESTOS. PRIMERO ANUNCIA QUE SON CUATRO LAS CUESTIONES QUE DEBEN SER TENIDAS EN CUENTA, PERO LUEGO SOLO VEMOS TRES. DE ELLAS VEREMOS LA a) EN LA QUE SE REFIERE AL PROCEDIMIENTO DE APORTACIÓN DE LA PLAZA A LA REPARCELACIÓN Y SU APORTACIÓN AL CAPITAL SOCIAL DE LA SOCIEDAD.
ES MUY FRECUENTE ESTA CONFUSIÓN INADMISIBLE LEÍDA EN NUMEROSOS DOCUMENTOS DEL CASO. AL CONFUNDIR GROSERAMENTE LAS APORTACIONES DE LAS FINCAS A LOS PROYECTOS REPARCELATORIOS, CON LAS APORTACIONES NO DINERARIAS AL CAPITAL SOCIAL DE PESF, SIN QUE SEA POSIBLE ENTENDER QUÉ TIENE QUE VER UNA COSA Y LA OTRA. PERO HE AQUÍ LA EVIDENCIA DE CÓMO LA SEÑORA CANDIDATA TIENE UNA MÁS QUE NOTABLE CONFUSIÓN. LAS OTRAS CUESTIONES LAS COMENTAMOS MÁS ADELANTE PORQUE TAMBIÉN TIENEN MIGA.
AQUÍ LA SEÑORA CANDIDATA DE CIUDADANOS NOS DELEITA CON UNA RIGUROSA FALACIA, QUE LA PLAZA DE ESPAÑA FUE TRANSMITIDA POR EL AYUNTAMIENTO A LA MERCANTIL PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, CUANDO ES PATENTE QUE ÉSO, QUIEN LO HIZO NO FUE EL AYUNTAMIENTO, SINO SU ENTONCES ALCALDE SEÑOR SETIÉN. REALIZANDO PUES UNA DISPOSICIÓN DE UN BIEN DEMANIAL MUNICIPAL PARA EL QUE NUNCA ESTUVO AUTORIZADO POR EL PLENO. ESTO NO OBSTANTE LA HA OBLIGADO A RECTIFICAR DESPUÉS MEDIANTE UN NUEVO ESCRITO QUE SIN EMBARGO NO LE FUE ADMITIDO POR LA JUEZ. EN TODO CASO, QUEDA AQUÍ BIEN PATENTE EL FORMIDABLE CACACO QUE TIENE LA CANDIDATA CON EL CASO PLAZA DE ESPAÑA.
Y DE NUEVO AQUÍ UNA PERLA ANTOLÓGICA, PUES LA CANDIDATA DE CIUDADANOS SOSTIENE QUE EL PROYECTO DE REPARCELACIÓN SEGREGA LA FINCA BAJO RASANTE DONDE SE HAN CONSTRUIDO LAS PLAZAS DE APARCAMIENTO, PORQUE ASÍ LO AUTORIZABA LA MODIFICACIÓN DEL PLAN GENERAL DE 2010 (MPG2010) Y EL PLAN ESPECIAL (PERI DICE ELLA). PERO CLARO, LA SEÑORA CANDIDATA IGNORA O SE HACE LA SUECA OMITIENDO QUE LA MODIFICACIÓN DEL PGOU (MPG2010) NO FUE NUNCA APROBADA POR LA COMUNIDAD DE MADRID Y EN TODO CASO NO LO FUE SINO HASTA MAYO DE 2010. Y SIN EMBARGO EL PROYECTO DE REPARCELACIÓN FUE APROBADO POR LAS JUNTAS DE GOBIERNO DE 3 Y 29 DE JULIO DE 2009. ES DECIR, CASI UN AÑO ANTES DE LA APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL PGOU. Y, ADEMÁS, EL PLAN ESPECIAL O PERI COMO ELLA DICE, APROBADO POR EL PLENO MUNICIPAL DE DICIEMBRE DE 2009, SIN EMBARGO HASTA EL DÍA DE HOY NO HA ENTRADO EN VIGOR PORQUE NO HA SIDO PUBLICADO. O LO QUE ES LO MISMO, EL PROYECTO DE REPARCELACIÓN A LA FECHA DE SU APROBACIÓN POR LA JUNTA DE GOBIERNO CARECÍA DE COBERTURA LEGAL ALGUNA. TAN ELEMENTAL COMO ESO.
DE NUEVO AQUÍ LA CANDIDATA DE CIUDADANOS ACTUANDO COMO LETRADA DEL AYUNTAMIENTO, SOSTIENE LA PEREGRINA TEORÍA DE QUE LA CALIFICACIÓN JURÍDICA DE LA PLAZA DE ESPAÑA FUE MUTADA POR EL PLAN GENERAL, RAZÓN POR LA CUAL FUE POSIBLE ADJUDICAR A LA MERCANTIL PESF LA FINCA RESULTANTE DEL SUBSUELO. YA SE HA DICHO QUE NO HUBO NUNCA TAL MUTACIÓN DEL BIEN DEMANIAL, SINO QUE, MEDIANTE LA APORTACIÓN AL CAPITAL SOCIAL DE LA MERCANTIL EL 9 DE JULIO DE 2008, LO QUE SE PRODUJO REALMENTE FUE UNA APROPIACIÓN INDEBIDA TAMBIÉN DEL SUBSUELO POR PARTE DE LA MERCANTIL MIXTA. RESULTA PATÉTICO QUE UNA LETRADA MUNICIPAL AFIRME SIN EMBARGO EN UN JUZGADO DE LO CONTENCIOSO QUE, LO QUE ES UNA CLARA APROPIACIÓN ILEGAL EJECUTADA MUY PREVIAMENTE A LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN, CONSTITUYE EN REALIDAD UNA "MUTACIÓN JURÍDICA" SOBREVENIDA DEL BIEN QUE JUSTIFICA LA ADJUDICACIÓN DE LAS 606 PLAZAS DE GARAJE A LA MERCANTIL USURPADORA. SENCILLAMENTE INEXPLICABLE TODO ESTO.
Y EN SU EXPOSITIVO QUINTO NOS EXPONE LA SEÑORA CANDIDATA DE CIUDADANOS OTRA PERLA ANTOLÓGICA. SOSTIENE LA LETRADA MUNICIPAL CANDIDATA QUE LA NULIDAD DE LOS ACUERDOS QUE PRETENDEMOS NO SIGNIFICA QUE LA PLAZA DE ESPAÑA VUELVA AL AYUNTAMIENTO, YA QUE LA MISMA HABÍA SIDO TRASMITIDA CON ANTERIORIDAD A LA TRAMITACIÓN DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN. ESTO ES, QUE SI LA PLAZA DE ESPAÑA YA FIGURABA A NOMBRE DE LA MERCANTIL POR SU APORTACIÓN AL CAPITAL SOCIAL, LA NULIDAD DE LOS PROYECTOS DE REPARCELACIÓN NO VAN A MODIFICAR ESA SITUACIÓN.
OBVIAMENTE SEÑORA CANDIDATA, SI LOS PROYECTOS DE REPARCELACIÓN FUERAN ANULADOS POR MEDIO DE UN FALLO JUDICIAL, ESA NULIDAD RETROTRAERÁ LA ACTUACIÓN AL MOMENTO ANTERIOR A SU APROBACIÓN. MOMENTO ÉSE EN EL QUE HA DE SER CORREGIDA LA PATENTE INFRACCIÓN DE LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 46 DEL REGLAMENTO DE GESTIÓN URBANÍSTICA. Y ELLO CON INDEPENDENCIA DE SI LA FINCA FUE APORTADA A NO AL CAPITAL SOCIAL O SI FUE AGRUPADA O NO ANTES, POR CUANTO QUE LAS FINCAS INICIALES HAN DE SER TRANSFORMADAS LUEGO A RESULTAS DEL PROYECTO REPARCELATORIO, CON ADJUDICACIÓN PUES AL AYUNTAMIENTO, POR IMPERATIVO LEGAL ADEMÁS, DE LOS ESPACIOS LIBRES Y ZONAS VERDES ENTRE OTRAS. ¿ES TAN COMPLICADO DE ENTENDER ESTO?
ESCRITO DE RECTIFICACIÓN POSTERIOR
Y FÍJENSE SI LAS COSAS QUE LA SEÑORA CANDIDATA DE CIUDADANOS DECÍA EN SU ESCRITO INICIAL DE CONTESTACIÓN A LA DEMANDA CHIRRIABAN, QUE SE VIO OBLIGADA (IGNORAMOS SI MOTU PROPIO O INDUCIDA POR ALGUIEN) A PRESENTAR UN ESCRITO POSTERIOR DE RECTIFICACIÓN DE ALGUNA DE LAS CUESTIONES MÁS PATÉTICAS, AUNQUE NO DE TODAS. ASÍ, EN EL ESCRITO POSTERIOR RECTIFICA Y ADMITE, AHORA SÍ, QUE LA PLAZA DE ESPAÑA FUE APORTADA IRREGULARMENTE POR EL ALCALDE SETIÉN, Y QUE NO EXISTE EN REALIDAD LA MUTACIÓN DEMANIAL AUTOMÁTICA DE LA PLAZA, SINO QUE REQUIERE EN TODO CASO SEGUIR EL PROCEDIMIENTO LEGAL ESTABLECIDO POR LA LEY DE BASES Y EL REGLAMENTO DE BIENES.
EL PROBLEMA SIN EMBARGO ES QUE LA JUEZ NO HA ADMITIDO ESTE NUEVO ESCRITO AL CONSIDERAR QUE NO SE TRATA EN REALIDAD DE ERRORES SINO DE UN CAMBIO RADICAL EN SUS POSTULADOS. POR LO TANTO, A TODOS LOS EFECTOS, LA POSICIÓN OFICIAL DEL AYUNTAMIENTO HOY Y EN ESTE ASUNTO ES LA QUE ES: SOSTENELLA Y NO ENMENDALLA. PUES NADA, QUE SIGA LA FIESTA.
UNA VEZ MÁS EN MANOS DE VENDEDORES DE HUMO
(O LA COMISIÓN DE EXPERTOS ERA ESTO)
Van ya casi once años desde que la plaza de España dejó de pertenecer al Ayuntamiento para pasar a ser propiedad de una empresa mercantil privada. Además, luego hipotecada y embargada. Algo que es digno de formar parte de todos los anales de alcaldadas y otras antologías del disparate administrativo local. Y también han pasado dos mandatos electorales más (ocho años pues) y el asunto sigue igual de enmarañado y sin resolver.
Ahora aparecen nuevos partidos que, como Ciudadanos San Fernando, afirman tener la solución del caso. En un folleto de precampaña nos decían que este asunto lo consultarían con una comisión de expertos, para comprobar ahora que la "comisión de expertos" era en realidad la letrada municipal del caso cuya antología de absurdos y equívocos están ya expresados en escritos inmutables de un procedimiento judicial en representación del Ayuntamiento. Que tiene además como parte actora nuestra propia asociación. Por eso lo hacemos público, para que todo el mundo lo conozca ahora que estamos en plena campaña electoral, porque pasadas las elecciones y durante los próximos cuatro años, las reclamaciones al maestro armero.
No sabemos si Ciudadanos conoce y comparte las estrafalarias tesis de su candidata en modo letrada municipal, o simplemente no tienen ni puñetera idea del asunto y para eso han fichado a esta señora. Pero de verdad, señores de Ciudadanos, ¿ustedes comparten con su candidata en modo letrada municipal, la estrafalaria teoría de que los Proyectos de Reparcelación de la UE-1 fueron correctamente tramitados y su contenido es escrupulosamente legal? ¿De verdad se atreverían ustedes a sostener que en los Proyectos de Reparcelación no hay por qué ceder obligatoriamente las plazas o las calles al Ayuntamiento sino que éstas pueden ser adjudicadas a una sociedad mercantil privada? ¿De verdad pueden ustedes sostener mirando a la cara a la gente como dice el candidato Hontecillas, que no es obligado someter a información pública los Proyectos de Reparcelación? ¿Pero conocen ustedes realmente lo que su flamante candidata sostiene en modo de letrada municipal en este procedimiento contencioso?
Pues sería bueno que lo aclarasen antes de las elecciones porque, de momento, o bien ustedes no tienen ni idea de lo que su candidata sostiene en documentos oficiales y en nombre del Ayuntamiento, o, lo que sería peor, a pesar de conocerlo la presentan como la solución. ¡Vaya empanada tienen y vaya futuro nos espera!
Queda pues Ciudadanos emplazado desde aquí a que aclare si apoyan lo que sostiene su candidata en modo letrada municipal en el contencioso nuestro, o si por el contrario lo desmienten. Es sencillo señores de Ciudadanos
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