lunes, 28 de diciembre de 2009

EL PROYECTO DE LA PLAZA DE ESPAÑA

INFOGRAFÍA DE LA PLAZA DE ESPAÑA, ACTUALMENTE PROPIEDAD DE LA SOCIEDAD MERCANTIL PRIVADA "PLAZA DE ESPAÑA DE SAN FERNANDO S.L."

LA PLAZA DE ESPAÑA ERA UN ESPACIO AFECTADO A UN USO PÚBLICO ADEMÁS DE UN SISTEMA GENERAL O ZONA VERDE EXISTENTE, AHORA PRIVATIZADO POR EL EQUIPO DE GOBIERNO


JULIO SETIÉN, ALCALDE DE SAN FERNANDO DE HENARES Y PRESIDENTE DE LA MERCANTIL PRIVADA "PLAZA DE ESPAÑA DE SAN FERNANDO SL"
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CRÓNICA DE UN DISPARATE (III)
(continuación)
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LA PERFECTA CONFUSIÓN DE LO PÚBLICO Y LO PRIVADO
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Esta actuación estaba prevista ser ejecutada por el sistema de expropiación en el PGOU - se halla incluida en el Área de Reparto nº 2 - mediante la Unida de Ejecución UE-1. Los propietarios afectados podían haber liberado la expropiación si lo hubiesen solicitado más del 50%. Sin embargo, no el 50% sino el 89%, idearon un sistema mejor: la creación de una empresa de economía "mixta" con el Ayuntamiento. A condición , claro está, de que ellos, los propietarios, conservaran siempre el 51% de la participación, el resto correspondiente al 49% sería del Ayuntamiento. Pero, ¿cómo consiguió el Ayuntamiento alcanzar esa participación si no era propietario de un solo metro cuadrado? Mediante una alambicada y extraña fórmula, los propietarios iniciales del suelo fueron "expropiados", reconociéndoles derechos equivalentes a 1m2/m2. Si bien, según el PGOU, les correspondía al menos los derechos íntegros, es decir, 1,864 m2/m2. Esos derechos reconocidos por el Ayuntamiento en un convenio expropiatorio, tendrían que ser aportados por los expropiados al capital social de la mercantil a constituir, hasta alcanzar el 51% del capital total, inicialmente establecido en 18.727.082,10 €. Y, como la mercantil a constituir era la "designada" por el propio Ayuntamiento como beneficiaria de la expropiación, los propietarios se convertían así al mismo tiempo en expropiados y "beneficiarios" de la expropiación, lo cual no deja de ser insólito. El resto de los derechos a los que renunciaban, los "donaron" al Ayuntamiento, hasta alcanzar el 49%. Importe que, con ser importante, es insuficiente para poder ser considerada dicha mercantil como un empresa pública. Se trata pues de una empresa puramente privada. Y, claro está, sólo quedaba que los órganos gestores fueran nombrados por los fundadores de la mercantil, cuya desginación recayó, cómo no, en los miembros de la corporación municipal. Y para más confusión, el Consejero Delegado nombrado es el Concejal de Urbanismo. Poco importa que el artículo 124 de la Ley de Sociedades lo prohiba al coincidir el objeto social de la mercantil con sus funciones como cargo público. Otra cuestión insólita es el hecho de que, a pesar de estar el capital social "totalmente desembolsado" y ser éste al día de hoy de más de 22 millones de euros, aquí en realidad nadie ha puesto un solo euro, excepto Caja Madrid mediante un préstamo de 70 millones pero ¡avalado por el Ayuntamiento! Lo dicho, la perfecta confusión entre lo público y lo privado.
(Continuará)

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