domingo, 9 de febrero de 2020

VISTO PARA SENTENCIA








EN EL BANQUILLO UNA DETESTABLE FORMA DE HACER POLÍTICA
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El pasado viernes 7 de enero, tal y como nos informa SAN FERNANDO DE HENARES NEWS, se celebró la fase final de conclusiones del juicio que se venía celebrando en el Juzgado número 1 de Alcalá de Henares, contra la que fuera Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento durante el mandato del Alcalde Setién de 2011 - 2015.

El Ministerio Público (parte de cuya intervención puede verse en el vídeo), pide para todos sus miembros y otros dos altos cargos de la Corporación de entonces, la condena por Prevaricación administrativa, así como la condena también por nombramientos ilegales que conllevan multas económicas e inhabilitación. Asimismo, para los cargos nombrados la misma pena por aceptación de esos nombramientos.

Sin perjuicio lógicamente del desenlace final de este juicio cuya sentencia ha de dictar la señora Juez en los próximos días, el fondo del asunto, lo que se enjuicia también aquí, no es otra cosa que una determinada forma de hacer política, consistente en ignorar la ley y sustituirla por la mera voluntad (política) de sus cargos electos. 

Y es que, éstos, parecen estar en la creencia de que sus decisiones, de las que se desprenden obviamente consecuencias jurídicas y económicas para terceros, por el simple hecho de emanar de un cargo público elegido democráticamente, no están sujetas a control judicial alguno, de forma que la ley es sustituida por el mero acuerdo político de conveniencia y cuyo mandato, creen ellos, les legitima para hacer simplemente lo que les da la gana o les conviene más a sus intereses políticos sin necesidad de justificarlos pues. 

Este virus de creerse por encima o al margen de la ley hasta el punto de crear su propia coartada legal para justificar sus propias decisiones, se extiende como la pólvora y tiene su mejor expresión en el caso del llamado procés en Cataluña. Ignorando palmariamente lo que invoca la Constitución como garantía para todos nosotros demás ciudadanos mortales: que los poderes públicos están todos ellos sujetos a la ley y al derecho, y que la Constitución garantiza la interdicción de la arbitrariedad de esos poderes precisamente por medio del otro poder del Estado, el judicial, que tiene encomendada precisamente esa función.

Este caso es de libro y tiene un precedente igual: el del exalcalde de Jeréz Pedro PACHECO, cuya actuación absolutamente arbitraria en un caso muy parecido, le llevó a prisión con una condena de más de cinco años. En el caso de la Junta de Gobierno cuyo juicio quedó visto para sentencia el viernes, las concomitancias con aquél son prácticamente idénticas.

En las elecciones municipales de año 2011, Izquierda Unida obtuvo 10 concejales y el PSOE 3. Es decir, IU  no tenía mayoría absoluta. Ambos grupos habían estado gobernando en coalición durante los cuatro años anteriores. Pero ante el nuevo resultado, el PSOE no quiso llegar a un acuerdo con IU, quedando reflejado ese divorcio de forma dramática precisamente en el pleno de organización, cuya propuesta para los cargos eventuales de confianza el Grupo Socialista enmendó drásticamente al rebajarlos de 14 a solo 8 suprimiendo todos los demás o sustituyéndolos en su forma de provisión. Entre los cargos suprimidos estaban el de la asesora jurídica y la directora del área de urbanismo. El PP se sumó también a la enmienda y entre ambos, que tenían 11 concejales, aprobaron esa supresión. Esta es una función indelegable del Pleno.

Ante la eventualidad de que esos dos cargos de confianza política de IU, que venían desempeñando esas misma funciones y mediante el mismo sistema de nombramiento como cargos de confianza desde los años noventa, el entonces alcalde Setién maniobró y aprovechó la Junta de Gobierno Local para aprobar una propuesta suya, en el sentido de contratar a estas mismas personas para exactamente los mismo puestos, pero ahora mediante contratos de alta dirección, olvidando sin  embargo que para ello necesitaban convocar las plazas y hacerlo bajo los principios de publicidad, mérito y concurrencia. 

Estas manifiestas irregulares contrataciones fueron recurridas por las Sección Sindical de UGT del Ayuntamiento y un Juzgado de lo Contencioso las anuló por considerarlas celebradas en fraude de ley. A raíz de esto, el grupo municipal popular solicitó insistentemente copia de esos contratos como se constata en varias intervenciones en los plenos recogidas en las actas. Peticiones que sin embargo fueron todas ellas desatendidas. De forma que ya en el año 2013, el grupo municipal del PP presentó una denuncia que es la que ha acabado sentando en el banquillo a toda la Junta de Gobierno Local de 2011, incluido lógicamente su presidente el entones alcalde SETIÉN. 

Se ha juzgado pues un lamentable sentido de la política, según el cual, la ley, a cuyo imperio están sometidos todos los poderes públicos por mandato constitucional, es simplemente ignorada para ser sustituida por la santa voluntad de esos poderes públicos, que, en el colmo de su arrogancia (ver el caso del procés catalán), creen hallarse facultados para interpretarla a su conveniencia cuando no ignorándola directamente, porque su legitimidad no nace de la ley, sino de su condición de sujeto electo y elegido. También esto es lo que se ha juzgado en este caso en el Juzgado 1 de Alcalá de Henares, simplemente la estúpida idea de que pueden hacer lo que les dé la gana. Eso es lo que en definitiva está siendo juzgado.